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i D VISTOS: t o r m a e El Informe N° D000002-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; d t y el Informe N° D000010-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, e e d c c r CONSIDERANDO: m n n o o r Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de l a Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en a o Contrataciones Públicas Eficientes – OECE es un organismo técnico especializado t d r i adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho d l público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, e e administrativa, funcional, económica y financiera; ( t f e m n Que, con fecha 22 de octubre de 2022 se publica en el diario oficial El Peruano a m ) a la Ley N° 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas, u o modificada por los Decretos Legislativos N° 1584 y N° 1636, y cuyo Texto Único d d Ordenado es aprobado por Decreto Supremo N° 206-2024-EF, publicado en el diario n l e L oficial El Peruano con fecha 6 de noviembre de 2024; v y r ° Que, con fecha...
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i D VISTOS: t o r m a e El Informe N° D000002-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; d t y el Informe N° D000010-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, e e d c c r CONSIDERANDO: m n n o o r Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de l a Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en a o Contrataciones Públicas Eficientes – OECE es un organismo técnico especializado t d r i adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho d l público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, e e administrativa, funcional, económica y financiera; ( t f e m n Que, con fecha 22 de octubre de 2022 se publica en el diario oficial El Peruano a m ) a la Ley N° 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas, u o modificada por los Decretos Legislativos N° 1584 y N° 1636, y cuyo Texto Único d d Ordenado es aprobado por Decreto Supremo N° 206-2024-EF, publicado en el diario n l e L oficial El Peruano con fecha 6 de noviembre de 2024; v y r ° Que, con fecha 14 de noviembre de 2022, se publica en el diario oficial El c 7 d 6 Peruano la Resolución N° D000223-2022-OSCE-PRE, mediante la cual se formaliza s , la aprobación de la Directiva N° 004-2022-OSCE/CD, Bases estándar para los n e procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley h d p F N° 31589, para la reactivación de obras públicas paralizadas iniciadas bajo la : m modalidad de administración directa, siendo modificada mediante Resolución N° a a D000134-2024-OSCE-PRE, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 12 de p y f e setiembre de 2024; m i p c Que, con fecha 17 de abril de 2025, se publica en el diario oficial El Peruano r d g s el Decreto Supremo N° 072-2025-EF, que aprueba las equivalencias y otras b i disposiciones sobre los procedimientos de selección señalados en el Texto Único p t / e Ordenado de la Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas e , paralizadas, con los procedimientos de selección aplicables en el marco de la Ley Nº / u 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por l e a a Decreto Supremo N° 009-2025-EF; o m x n Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 072-2025-EF señala que el objeto t o l m de dicho dispositivo normativo es establecer las equivalencias y otras disposiciones o sobre los procedimientos de selección señalados en el Texto Único Ordenado de la f Ley Nº 31589, con los procedimientos de selección aplicables en el marco de la Ley a r Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento; s L a Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YLRFPKZ Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 072-2025-EF establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE actualiza las Bases Estándar a utilizar en el marco del Procedimiento Especial de Selección al que hace referencia el artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 31589, estableciendo disposiciones específicas acordes i D con los montos de contratación involucrados y con las equivalencias establecidas en t o r m dicho Decreto Supremo, en la misma fecha de la entrada en vigencia de dicha norma; a e d t Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 86 y el literal c) del artículo 87 del e e d c Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado c r por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, la Dirección m n Técnico Normativa es el órgano de línea, encargado de promover la generación de n o o r directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública, l a absolver consultas sobre el sentido o alcance de la normativa vigente; y, tiene entre a o sus funciones, el evaluar y proponer directivas y lineamientos de alcance general en t d r i materia de contratación pública, respectivamente; d l e e Que, mediante el documento de vistos, la Dirección Técnico Normativa ( t f e presenta y emite opinión favorable al proyecto de Directiva de Bases estándar para m n los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley N° a m ) a 31589, para la reactivación de obras públicas paralizadas, remitiendo el documento u o que contiene dicho proyecto, así como el sustento técnico respectivo; siendo que la d d Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la continuación del n l e L trámite de publicación correspondiente, remitiendo el proyecto de Resolución que v y aprueba la mencionada propuesta de Directiva; r ° c 7 d 6 Que, de acuerdo con el párrafo 19.1 del artículo 19 del Reglamento que s , establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter n e general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo h d p F N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican : m en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su a a elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; p y f e m i Que, los párrafos 21.1 y 21.2 del artículo 21 del reglamento citado en el p c considerando precedente establecen que la publicación de un proyecto normativo se r d g s aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la b i Administración Pública, la cual se publica en el diario oficial y precisa, además, que el p t / e proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la e , entidad de la Administración Pública; asimismo, en el caso de una entidad del Poder / u Ejecutivo adscrita a un ministerio, aquella entidad debe comunicar a este ministerio la l e a a publicación del proyecto normativo y dicha comunicación debe incluir el proyecto o m normativo, la exposición de motivos y la norma que dispone la publicación; x n t o l m Que, considerando que el proyecto de Directiva de Bases estándar para los o procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley N° 31589, f para la reactivación de obras públicas paralizadas, y el sustento respectivo, así como a r el proyecto de resolución que dispone la formalización de su aprobación, constituyen s normas de carácter general, resulta necesario aprobar la publicación del citado L a Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YLRFPKZ proyecto, a fin de recoger los comentarios, aportes u opiniones de los actores involucrados en la contratación pública; así como, del público en general; Que, el literal b) del párrafo 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que el Presidente Ejecutivo es la i D máxima autoridad ejecutiva, titular del pliego y representante legal de la entidad, t o r m asimismo, en concordancia con lo cual el literal q) del artículo 12 del Reglamento de a e Organización y Funciones (ROF) del OECE, la Presidencia Ejecutiva tiene, entre d t otras, la función de expedir Resoluciones de Presidencia Ejecutiva sobre asuntos de e e d c su competencia; c r m n Con las visaciones de la Gerente General, de la Directora de la Dirección n o o r Técnico Normativa, y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; l a a o De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de t d r i Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- d l 2025-EF; el Decreto Supremo N° 072-2025-EF, que aprueba las equivalencias y otras e e disposiciones sobre los procedimientos de selección señalados en el Texto Único ( t f e Ordenado de la Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas m n paralizadas, con los procedimientos de selección aplicables en el marco de la Ley a m ) a Nº 32069 y su Reglamento; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la u o publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y d d proyectos normativos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, n l e L el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo v y Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE, aprobado por r ° Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; c 7 d 6 s , SE RESUELVE: n e h d p F Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo : m a a Aprobar la publicación del proyecto de Directiva de Bases estándar para los p y f e procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley N° 31589 m i para la reactivación de obras públicas paralizadas, y su correspondiente exposición p c de motivos, así como el proyecto de resolución de aprobación, en la sede digital del r d g s Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) b i (www.gob.pe/oece), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el p t / e diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde e , el día siguiente de la publicación de la presente resolución, para recoger los / u comentarios, aportes u opiniones conforme a lo señalado en la parte considerativa de l e a a la presente Resolución. o m x n Artículo 2.- Mecanismos de participación t o l m o Disponer que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado en el f artículo precedente son recibidos a través de la Mesa de Partes del Organismo a r Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE, ubicada en Av. s Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” No. 108, Piso 1, Jesús María, y la sección L a Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YLRFPKZ https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos- prepublicados de la sede digital del OECE. Artículo 3.- Unidad de organización encargada n o Establecer que la Dirección Técnico Normativa es la encargada de recibir, g u sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. d m d n d o Artículo 4.- Remisión l e o t u ó Remitir la presente Resolución, el proyecto normativo y la exposición de e c motivos que lo sustentan, al Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines t f correspondientes. y m a a a o o i a t d m Regístrese, comuníquese y publíquese. l e s e f e m e ( m Firmado por ) a u o MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE d d Presidenta Ejecutiva n l e L PRESIDENCIA EJECUTIVA v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YLRFPKZ