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VISTOS: n D El Informe N° D000044-2025-OSCE-UOYM, de la Unidad de e c i mu Organización y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Modernización; d n el Memorando N° D000285-2025-OSCE-OPM, de la Oficina de Planeamiento y d o l e Modernización; y, el Informe N° D000194-2025-OSCE-OAJ, de la Oficina de o t Asesoría Jurídica; y, m rn e c o f CONSIDERANDO: y m a ad u od Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la r ig Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión a ta e m del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de a n eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ) te m n ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el a l objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y ) a transparente en su gestión; u c d d n l Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley N° 29158, e L v y Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Organismos Públicos son entidades r ° desconcentradas del Poder Ejecutivo, c...
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VISTOS: n D El Informe N° D000044-2025-OSCE-UOYM, de la Unidad de e c i mu Organización y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Modernización; d n el Memorando N° D000285-2025-OSCE-OPM, de la Oficina de Planeamiento y d o l e Modernización; y, el Informe N° D000194-2025-OSCE-OAJ, de la Oficina de o t Asesoría Jurídica; y, m rn e c o f CONSIDERANDO: y m a ad u od Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la r ig Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión a ta e m del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de a n eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ) te m n ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el a l objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y ) a transparente en su gestión; u c d d n l Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley N° 29158, e L v y Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Organismos Públicos son entidades r ° desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de Derecho c 7 d 6 Público, con competencias de alcance nacional y están adscritos a un Ministerio; s , asimismo, el artículo en mención estipula que los Reglamentos de Organización n y h d y Funciones respectivos se aprueban por Decreto Supremo con el voto p Fe aprobatorio del Consejo de Ministros; : m p s s y Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, se aprueban los i eC Lineamientos de Organización del Estado (Lineamientos), que regulan los m f p a principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y u o funcionamiento de las entidades del Estado; asimismo, el párrafo 45.1 del g D b g artículo 45 de los Lineamientos dispone que el Reglamento de Organización y e ta Funciones de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por Decreto w es b u Supremo y se estructura de acuerdo con lo dispuesto en la sección primera del v R artículo 44; y, que la organización interna de sus órganos y el despliegue de sus d g funciones, que comprende del tercer nivel organizacional en adelante, se d m r n estructura conforme la Sección Segunda del artículo 44 y se aprueba por h to resolución del titular de la Entidad; m y l o i Que, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, tiene por c o objeto establecer el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna a de bienes, servicios y obras, así como regular, en el marco del Sistema Nacional . a de Abastecimiento (SNA), la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública; siendo que su Única Disposición Complementaria Derogatoria, deroga la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias; Pág. 1 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidae integridadpueden ser contrastadasa travésde la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YFHTM6Z Que, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley N° 32069, el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y financiera; i D t o r mu Que, el párrafo 12.2 del artículo 12 de la Ley N° 32069 señala que el a e Reglamento de Organización y Funciones (ROF) establece la estructura d t orgánica del OECE, así como las funciones generales y específicas de sus e e d c órganos; c rt m n n o Que, el párrafo 3 de la Décima Tercera Disposición Complementaria Final o r de la Ley N° 32069, establece que el Organismo Supervisor de las l am a od Contrataciones del Estado (OSCE) propone y gestiona la aprobación del t d Reglamento de Organización y Funciones del OECE, cuya vigencia estará r ii d tl condicionada a la entrada en vigor de la Ley N° 32069 y su Reglamento; e e ( tn f e Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° m n 32069 establece que dicha norma entrará en vigor a los noventa días calendario a m ) a contados a partir del día siguiente a la publicación de su reglamento, a excepción u o de ciertos artículos; siendo que el Reglamento de la citada Ley fue aprobado por d d n l Decreto Supremo N° 009-2025-EF del 22 de enero de 2025, y tanto la ley como e L el reglamento inician su vigencia el 22 de abril del 2025; por lo que, el v y r ° Reglamento de Organización y Funciones que se apruebe por Decreto Supremo c 7 inicia su vigencia en la misma fecha; d 6 s , n e Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, publicado en el diario h d p Fe oficial El Peruano con fecha 22 de enero de 2025, se aprobó el Reglamento de : m la Ley N° 32069, el cual entrará en vigencia a los noventa días calendario a a contados a partir del día siguiente de dicha publicación; p y f eC m i Que, mediante Decreto Supremo N° 067-2025-EF, se aprueba la Sección p c r d Primera del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, estableciendo g s en su Segunda Disposición Complementaria Final que la Sección Segunda del b i p tg Reglamento de Organización y Funciones del OECE se aprueba mediante / el Resolución de la Presidencia Ejecutiva de la entidad; e , / u l Re Que, mediante documentos de vistos, la Oficina de Planeamiento y a a o m Modernización propone la aprobación de la Sección Segunda del Reglamento x tn de Organización y Funciones del OECE; y, la Oficina de Asesoría Jurídica emite t o l m opinión legal favorable sobre dicha propuesta; o f a Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del r OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF, señala que el s L Presidente Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutiva, titular del Pliego y a representante legal de la entidad; Pág. 2 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidae integridadpueden ser contrastadasa travésde la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YFHTM6Z Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del OECE; Con las visaciones de la Secretaria General, de la Jefa de la Unidad de Organización y Modernización, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Modernización, y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; i D t o r mu De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del a e Poder Ejecutivo; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del d t Estado; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Decreto e e d c Supremo N° 009-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la c rt Ley N° 32069; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por m n n o Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; el Decreto Supremo N° 067-2025-EF, que o r aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del l am a od OECE y, el Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por t d Decreto Supremo N° 076-2016- EF; r ii d tl e e SE RESUELVE: ( t f e m n Artículo 1.- Aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de a m ) a Organización y Funciones del Organismo Especializado para las u o Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) d d n l Aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y e L Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas v y r ° Eficientes (OECE), que consta de sesenta y un (61) artículos y dos (2) Anexos c 7 que contienen la Estructura Orgánica y el Organigrama de la entidad, que forman d 6 s , parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva. n e h d p Fe Artículo 2.- Financiamiento : m La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución de a a Presidencia Ejecutiva se financia con cargo al presupuesto institucional del p y f eC Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), m i en el marco de las leyes anuales de presupuesto. p c r d g s Artículo 3.- Publicación b i p tg Disponer la publicación de la presente Resolución y la Sección Segunda / el del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para e , / u las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), en la sede digital del Organismo l Re Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce) y en a a o m el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe), el x tn mismo día de la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva t o l m en el diario oficial El Peruano. o f a r s L a Pág. 3 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidae integridadpueden ser contrastadasa travésde la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YFHTM6Z DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Vigencia La presente resolución rige a partir de la entrada en vigor de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, de conformidad con lo establecido en el párrafo 3 de la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la citada Ley; con excepción de la Segunda Disposición Complementaria Final de la n Do g u presente resolución, que entra en vigencia al día siguiente de la publicación de d m d n esta norma. d o l e o t SEGUNDA.- Implementación u ró Las unidades de organización competentes del Organismo Supervisor de e c t f las Contrataciones del Estado – OSCE deben adoptar las medidas necesarias y m para la implementación del Decreto Supremo N° 067-2025-EF, que aprueba la a a a od Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo o id Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), y la presente a ti d m resolución. l e s te f e m e Regístrese, comuníquese y publíquese. ( m ) a u o d d n l e L v y Firmado por r ° c 7 d 6 MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE s , PRESIDENTA EJECUTIVA n e h d PRESIDENCIA EJECUTIVA p Fe : r a a p y . C m et a i e d u s o D . ig e tl w e, b u a R d g d m r n h to m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YFHTM6Z