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VISTOS: t Do El Informe D00021-2025-LAR-OSCE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la g u Oficina de Administración; y d me d t CONSIDERANDO: e o d e c rt m n Que el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de e o Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, o i y m establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es a ad un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, u o con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza o ig a ta de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; e m a n ) te r n Que, conforme el numeral 53.1 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de m l la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto s m p c Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los e o procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la e e prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en s a r e ...
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VISTOS: t Do El Informe D00021-2025-LAR-OSCE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la g u Oficina de Administración; y d me d t CONSIDERANDO: e o d e c rt m n Que el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de e o Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, o i y m establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es a ad un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, u o con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza o ig a ta de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; e m a n ) te r n Que, conforme el numeral 53.1 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de m l la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto s m p c Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los e o procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la e e prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en s a r e función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en e N los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades f 2 de la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operación y mantenimiento de la a 27 a 9 infraestructura asociada a cada procedimiento; e ,L : y h e s Fi Que, de acuerdo al numeral 6.2.1 de la Directiva N° 001-2021-OSCE/SGE / m “Directiva para el reconocimiento de ingresos y devolución de tasas del Organismo p s s C Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE”, aprobada mediante Resolución r er N° 004-2021-OSCE/SGE, la solicitud de devolución de tasas, se presentará en los m f siguientes supuestos: (I) Pago no Utilizado, o (II) Pago no utilizado en un trámite ante p a u o el OSCE; g D b g e ta w es Que, asimismo, conforme lo previsto en el numeral 7.3.1.5 de la acotada b s Directiva, en caso de ser procedente la solicitud de devolución de tasas, esta deberá v Ru realizarse a nombre de la persona natural que figura en el voucher; y en caso de i g a m persona jurídica, a nombre de su representante legal; o e x tn m y l m Que, el literal c) de la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado d del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que i t la tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva r por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente; s L a De conformidad con lo dispuesto en el en el literal j) del artículo 50 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; Pág. 1 de 2 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidae integridadpueden ser contrastadasa travésde la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XWQVK95 SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar procedente Uno (1) depósito indebido que se encuentra en Tránsito, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución, por un importe de S/ 32, 813.70 (Treinta y Dos Mil Ochocientos Trece con 70/100 Soles) importe del cual se descontará la comisión bancaria que aplique el banco según sea el caso. n D e c i mu a n d o Regístrese, comuníquese y publíquese. l e o c u ró m i n o o r l am Firmado por a od t d r ii MARTHA VIRGINIA ARIAS QUISPE a tl Jefe(a) de la Unidad de Finanzas e e UNIDAD DE FINANZAS ( tn ) e r n a l s m p c e o e e s a r e e N f 2 a 27 a 9 e ,L : y h e p F : m p s p y i eC m i p c r d g s b i p tg / el e , / u a Re d a d m r n h to m y l o i c o a . a Pág. 2 de 2 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XWQVK95 A : MARTHA VIRGINIA ARIAS QUISPE Jefe(a) de la Unidad de Finanzas t Do g u d me DE : LADY SAMIRA ALMERCO RENAILOS d t AUXILIAR EN FINANZAS e eo d e c rt ASUNTO : DEPOSITO INDEBIDO. m n e o o f REFERENCIA : PROVEIDO N° D004523-2025-OSCE-UFIN (14ABR2025) y m . a d u o o ig a ta e m Me dirijo a usted, a fin de informar que se han verificado los depósitos que detallo en el a n siguiente cuadro: s te i ne m e RAZON SOCIAL RUC/DNI CCI VOUCHER FECHA DE IMPORTE EXPEDIENTE ( m BENEFICIARIO PAGO p r u o 20601065691 RAPIDIAGNOSTICS RAPIDIAGNOSTICS d d S.A.C. S.A.C. 00219400261817804197 2010344 27/03/2025 32, 813.70 EXP 03403-2025- n a RUC: 20601065691 BCP TCE e L v y BANCO DE LA NACION S/. 32, 813.70 r ° 00-068-198194 c 7 d 6 s , Dicho depósito se muestra en tránsito, es decir no se ha utilizado en alguna facturación, n e h d el mismo que se han reconocido como depósito indebido. t e : Fr a a Recibo de Ingreso R202500193 con SIAF 168 y de fecha 10.03.2025 p y . C m et a i Es todo cuanto informo para los fines convenientes. e d u o o D . ig e tl w es b u v R Firmado por i g a m o e LADY SAMIRA ALMERCO RENAILOS x t AUXILIAR EN FINANZAS m y l m UNIDAD DE FINANZAS d i a r s L a LAR cc.: Pág. 1 de 1 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoSupervisordelasContrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: