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VISTOS: t o La Carta A-CML N° 016-2025/AC&C/GG de fecha 07 de enero de 2025, de la g u empresa AC & C EMPRESARIAL SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, el Memorando N° d e D000170-2025-OSCE-UREH de fecha 21 de enero del 2025 de la Unidad de Recursos d t e o Humanos, el Informe N° D000010-2025-OSCE-OOD de fecha 04 de febrero del 2025, d e emitido por la Oficina de Órganos Desconcentrados, Certificado de Crédito c r Presupuestal N° 339-2025-OSCE-OPM de fecha 10 de febrero del 2025 emitido por la m n e o Oficina de Planeamiento y Modernización, el Informe N° D000056-2025-OSCE-UABA o i de fecha 18 de febrero del 2025 emitido por la Unidad de Abastecimiento; y y m a d u o CONSIDERANDO: o g a a e m Que, con fecha 07 de abril de 2025, mediante la Resolución N° D000037-2025- a n OSCE-SGE, la Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del ) e Estado, efectuó la aprobación de la Directiva N° 001-2025-OSCE/SGE “Directiva para r n m l contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (08) unidades impositivas s m tributarias en el Organismo Supervisor de las Contratacion...
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VISTOS: t o La Carta A-CML N° 016-2025/AC&C/GG de fecha 07 de enero de 2025, de la g u empresa AC & C EMPRESARIAL SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, el Memorando N° d e D000170-2025-OSCE-UREH de fecha 21 de enero del 2025 de la Unidad de Recursos d t e o Humanos, el Informe N° D000010-2025-OSCE-OOD de fecha 04 de febrero del 2025, d e emitido por la Oficina de Órganos Desconcentrados, Certificado de Crédito c r Presupuestal N° 339-2025-OSCE-OPM de fecha 10 de febrero del 2025 emitido por la m n e o Oficina de Planeamiento y Modernización, el Informe N° D000056-2025-OSCE-UABA o i de fecha 18 de febrero del 2025 emitido por la Unidad de Abastecimiento; y y m a d u o CONSIDERANDO: o g a a e m Que, con fecha 07 de abril de 2025, mediante la Resolución N° D000037-2025- a n OSCE-SGE, la Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del ) e Estado, efectuó la aprobación de la Directiva N° 001-2025-OSCE/SGE “Directiva para r n m l contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (08) unidades impositivas s m tributarias en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado”; la misma que p c establece las disposiciones para regular la contratación de bienes, servicios y e o e e consultorías por montos iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias s a (UIT) realizadas por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado; r e e N f 2 Que, el numeral 7.8.5 de la Directiva N° 001-2025-OSCE/SGE, establece los a 2 supuestos para efectuar la modificación al contrato derivado de contrataciones cuyos a 9 e L montos sean iguales o inferiores a ocho (08) unidades impositivas tributarias, entre : y ellos, el literal c) el cual dispone que, “Por hecho hechos sobrevinientes a la h e presentación de ofertas que no sean imputables a alguna de las partes, y que permitan s i / m alcanzar su finalidad de manera oportuna y eficiente, y no cambien los elementos p s determinantes del objeto, que generen un incremento de monto contractual, derivado s C del incremento de la remuneración mínima vital. Para el presente caso, la Oficina de r r m f Administración es la competente para autorizar modificaciones contractuales en p a contratos menores o iguales a 8 UIT, previo sustento del área usuaria correspondiente, u o g D informe técnico de la Unidad de Abastecimiento; para lo cual se suscribe la adenda b g respectiva. e a w s b s Que, con fecha 28 de diciembre de 2024, el Gobierno Central promulgó en el v R diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N.º 006-2024-TR, mediante el cual se i g dispone el incremento de la Remuneración Mínima Vital a partir del 1 de enero de 2025. a m o e x t Que, con fecha 23 de setiembre de 2024, el Organismo Supervisor de las m y l m Contrataciones con el Estado, en adelante el OSCE, otorgó la Buena Pro de la d Adjudicación Sin Proceso N° 0481-2024-OSCE, para la «Contratación del Servicio de i Limpieza y Desinfección de la Oficina Desconcentrada de Huánuco», siendo que, con t r fecha 02 de octubre de 2024, el OSCE y la empresa AC & C EMPRESARIAL s SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, en adelante el Contratista, suscribieron el Contrato L ASP N° 023-2024-OSCE para el citado servicio, con un plazo de doce (12) meses, por a el monto total de S/ 32,920.44 (Treinta y Dos Mil Novecientos Veinte y 44/100 soles), incluido todos los impuestos de Ley, el mismo quese computa desde el 18 de noviembre del 2024 al 18 de noviembre del 2025; Pág. 1 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: CYBVTJW Que, mediante Carta A-CML N° 016-2025/AC&C/GG recibida el 08 de enero de 2025, el Contratista hace llegar la estructura de costos modificada con el incremento de la remuneración mínima vital, según Decreto Supremo Nº 006-2024-TR, en el marco del Contrato ASP Nº 023-2024-OSCE; señalando que el monto a cancelar mensualmente por la prestación del servicio asciende a S/ 201.35 soles; Que, mediante Memorando Nº D000170-2025-OSCE-UREH, la Unidad de Recursos Humanos, señala que, teniendo el incremento de la remuneración mínima n D vital (RMV) aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2024-TR, comunica que se e c verificado y validado la estructura de costos del “Servicio de Limpieza y Desinfección de i m a n la Oficina Desconcentrada de Huánuco”; d o l e o c Que, mediante Informe Nº D000010-2025-OSCE-OOD, la Oficina de Órganos u ó Desconcentrados, informó a la Oficina de Administración, que de la evaluación m i efectuada, el presente caso cumple con los siguientes supuestos establecidos artículo n o o r 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, por lo que, corresponde l a realizar la modificación convencional al Contrato ASP N° 023-2024-OSCE, en a o t d consecuencia se requiere la habilitación de recursos por el monto de S/ 2,134.31 (Dos r i Mil Ciento treinta y cuatro con 31/100 Soles), para cubrir el monto mensual a a l incrementarse por la RMV, durante el plazo vigente del Contrato ASP N° 023-2024- e e ( n OSCE; ) e r n a l Que, mediante la Certificado de Crédito Presupuestal N° 339-2025-OSCE-OPM, s m la Oficina de Planeamiento y Modernización, señala que se cuenta con los recursos p c presupuestales para poder atender el requerimiento de incremento de la Remuneración e o e e Mínima Vital según Decreto Supremo Nº 006-2024-TR; emitiendo la CCP N° 0091- s a 2025/OPM, por S/ S/ 2,134.31 soles; r e e N f 2 Que, mediante el Informe N° D000056-2025-OSCE-UABA, la Unidad de a 2 Abastecimiento, señala que procedente la modificación convencional del Contrato ASP a 9 e L N° 023-2024-OSCE, en conformidad con lo informado por la Oficina de órganos : y Desconcentrados, en su calidad de área usuaria, al cumplirse con los requisitos y h e p F condiciones para configurar dicha modificación; como consecuencia del incremento de : m la remuneración mínima vital, el monto del Contrato ASP N° 023-2024-OSCE, quedará p s incrementado a S/ 35,054.75 soles, conforme al siguiente detalle: p y i e m i INICIO DEL INCIDENCIA MONTO MONTO p c PLAZO DE MENSUAL COSTO MENSUAL DEL INCREMENTO CONTRACTUAL r d EJECUCIÓN POR EL CON INCREMENTO DE CONTRATO TOTAL RMV TOTAL g s CON INCREMENTO RMV ORIGINAL S/ INCLUIDO RMV b i INCREMENTO DE LA RMV S/ S/ S/ p t DE RMV / e 201.35 S/ 2,944.72 e , (Ene-Oct) (Ene 2025-Oct 2025) / u 01.01.2025 120.81 32,920.44 2,134.31 35,054.75 a e (01 al 18 Nov) S/1,675.39 d a (01 Nov al 18 Nov 2025) d m . n h o Con el visado de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración y m y la Oficina de Órganos Desconcentrados; l o i c De conformidad con lo dispuesto por la Directiva N° 001-2025-OSCE/SGE - o a Directiva para contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (08) . unidades impositivas tributarias en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del a Estado, aprobada por Resolución N° D000037-2025-OSCE-SGE y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado -OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; Pág. 2 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: CYBVTJW SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la modificación del Contrato ASP N° 023-2024-OSCE para la ejecución del “Servicio de Limpieza y Desinfección de la Oficina Desconcentrada de Huánuco”, en virtud de incremento de la remuneración mínima vital dispuesto por el Decreto Supremo N° 006-2024-TR, cuya incidencia económica asciende a de S/ 2,134.31 (Dos Mil Ciento treinta y cuatro con 31/100 Soles), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. n o g u Artículo 2º.- El pago mensual del “Servicio de Limpieza y Desinfección de la d m d n Oficina Desconcentrada de Huánuco”, se ejecutará el pago, de la siguiente manera: d o l e Período del Monto Monto Monto o t Incremento de Mensual Mensual con mensual u ó e c la RMV contractual el IRMV total a pagar t f Del 01 de enero al 2025 al 18 de noviembre de 2025 y m ENERO a a 2,743.37 201.35 2,944.72 a o FEBRERO 2,944.72 o i 2,743.37 201.35 a t MARZO 2,743.37 201.35 2,944.72 d m ABRIL l e 2,743.37 201.35 2,944.72 s e MAYO 2,944.72 f e 2,743.37 201.35 m e JUNIO 2,743.37 201.35 2,944.72 ( m ) a JULIO 2,743.37 201.35 2,944.72 u o AGOSTO d d 2,743.37 201.35 2,944.72 n l SETIEMBRE 2,743.37 201.35 2,944.72 e L v y OCTUBRE 2,743.37 201.35 2,944.72 r ° 01 al 18 c 7 noviembre 1,554.58 120.81 1,675.39 d 6 s , n e Artículo 3º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento realice, en el marco de h d sus competencias, las acciones pertinentes destinadas para la suscripción de la Adenda p e : r del Contrato ASP N° 023-2024-OSCE, destinada al cumplimiento de la presente a a resolución. p y . C m t Artículo 4º.- Disponer que la presente Resolución se publique en la sede digital a i del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE e d u s (www.gob.pe/osce). o D . i Regístrese, comuníquese y publíquese. e l w , b u a R d g d m r n Firmado por h o m y l m CHRISTIAN NELSON ALCALA NEGRON d c Jefe(a) de la Oficina de Administración t OFICINA DE ADMINISTRACIÓN i s a Pág. 3 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: CYBVTJW