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VISTOS: Los Informes N° D000131-2025-OSCE-UABA-GCV y N° D000164-2025-OSCE- t o UABA-GCV del responsable de Servicios Generales de la Unidad de Abastecimiento; las g u d e Cartas N° D001198-2024-OSCE-OAD, D001285-2024-OSCE-OAD, D001359-2024-OSCE- d t OAD y D000068-2025-OSCE-OAD de la Oficina de Administración; las Cartas N° 117-2024- e o PRATSEL (Expediente N°2024-0159970), N° 127-2025 PRATSEEL (Expediente 2025- d e 0015960) y N° 129-2025 PRATSEEL (Expediente 2025-0026406 de la empresa PROT c r m n RAYOS TIERRA SIST ELECT ELECTRO S.R.L.; el Proveído N° D008864-2025-OSCE- e o UABA de la Unidad de Abastecimiento; el Certificado de Crédito Presupuestal N° D000603- o i 2025-OSCE-OPM y la Certificación de Crédito Presupuestario N° 619 - Certificación SIAF y m a d N° 646 de la Oficina de Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000148-2025- u o OSCE-UABA de la Unidad de Abastecimiento; o g a a e m CONSIDERANDO: a n ) e Que, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de r n m l Tesorería, tiene por objeto regular al Sistema Nacional de Tesorería, conform...
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VISTOS: Los Informes N° D000131-2025-OSCE-UABA-GCV y N° D000164-2025-OSCE- t o UABA-GCV del responsable de Servicios Generales de la Unidad de Abastecimiento; las g u d e Cartas N° D001198-2024-OSCE-OAD, D001285-2024-OSCE-OAD, D001359-2024-OSCE- d t OAD y D000068-2025-OSCE-OAD de la Oficina de Administración; las Cartas N° 117-2024- e o PRATSEL (Expediente N°2024-0159970), N° 127-2025 PRATSEEL (Expediente 2025- d e 0015960) y N° 129-2025 PRATSEEL (Expediente 2025-0026406 de la empresa PROT c r m n RAYOS TIERRA SIST ELECT ELECTRO S.R.L.; el Proveído N° D008864-2025-OSCE- e o UABA de la Unidad de Abastecimiento; el Certificado de Crédito Presupuestal N° D000603- o i 2025-OSCE-OPM y la Certificación de Crédito Presupuestario N° 619 - Certificación SIAF y m a d N° 646 de la Oficina de Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000148-2025- u o OSCE-UABA de la Unidad de Abastecimiento; o g a a e m CONSIDERANDO: a n ) e Que, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de r n m l Tesorería, tiene por objeto regular al Sistema Nacional de Tesorería, conformante de la s m Administración Financiera del Sector Público, estableciendo en su artículo 17 el p c procedimiento de gestión de pagos, el cual mediante Decreto Legislativo Nº 1645, Decreto e o Legislativo que fortalece el Sistema Nacional de Tesorería y el Sistema Nacional de e e s a Endeudamiento Público, modificó diversos artículos del Decreto Legislativo Nº 1441; r e e N Que, el numeral 17.2 del Decreto Legislativo Nº 1441, modificado por Decreto f 2 a 2 Legislativo Nº 1645, establece que el devengado reconoce una obligación de pago, previa a 9 acreditación de la existencia del derecho del acreedor, sobre la base del compromiso e L previamente formalizado y registrado; se formaliza cuando se otorga la conformidad por : y h e parte del área correspondiente y se registra en el SIAF-RP, luego de haberse verificado el s i cumplimiento de algunas de las siguientes condiciones, según corresponda: (i) Recepción / m satisfactoria de los bienes adquiridos (ii) Efectiva prestación de los servicios o la ejecución p s de obras contratadas y (iii) Cumplimiento de los términos contractuales o legales, incluyendo s C r r gastos cuya contraprestación no sea de carácter inmediato; m f p a Que, asimismo, el numeral 17.3 del Decreto Legislativo Nº 1441 modificado por u o g D Decreto Legislativo Nº 1645, dispone que la autorización para el reconocimiento del b g devengado es competencia del Jefe de Administración o quien haga sus veces; e a w s b s Que, el numeral 2 de la Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto v R Legislativo Nº 1645 dispone derogar el Decreto Supremo Nº 017-84PCM, que aprueba el i g Reglamento del Procedimiento Administrativo para el Reconocimiento y Abono de Créditos a m o e Internos y Devengados a cargo del Estado; x t m y Que, el 05 de agosto de 2024, el Organismo Supervisor de las Contrataciones (en l m adelante la Entidad) emitió la Orden de Servicio N° 000809-2024 a la empresa PROT d i RAYOS TIERRA SIST ELECT ELECTRO S.R.L. (en adelante El Contratista), para t contratación del “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE POZOS A TIERRA r DE LA SEDE CENTRAL Y EL EDIFICIO "EL REGIDOR”, por el monto de S/ 5,500.00 soles s L (Cinco Mil Quinientos con 00/100 soles), con un plazo de siete (07) días calendario, que a deben ser ejecutados en el mes de noviembre computados desde el día siguiente de suscrito el acta de entrega del Área de Trabajo; Pág. 1 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: UHGMNAI Que, el 15 de noviembre de 2024, se suscribió el Acta de entrega de área de trabajo entre el responsable de Servicios Generales de la Unidad de Abastecimiento y el representante de El Contratista, por lo cual, la presente contratación que tuvo como plazo de ejecución siete (07) días calendario, desde el 16 al 22 de noviembre de 2024; Que, el 20 de noviembre de 2024, El Contratista presentó la Carta N° 117-2024- PRATSEL (Expediente N°2024-0159970) que contiene el entregable correspondiente a la Orden de Servicio N° 000809-2024; Que, el 22 de noviembre de 2024, mediante Informe N° D000540-2024-OSCE- t o UABA-GCV, el responsable de Servicios Generales de la Unidad de Abastecimiento, g u d e informó que producto de los trabajos de mantenimiento preventivo de pozos a tierra de la d t Sede Central y el Edificio El Regidor, se produjo la rotura de una tubería matriz de agua e o potable de 15 cm de diámetro instalada a 1 metro de profundidad, muy por debajo de la d e profundidad indicada en los términos de referencia lo que produjo la inundación gradual del c r m n jardín y posterior ingreso de agua al supermercado saludable FLORA Y FAUNA; e o o i Que, el 25 de noviembre de 2024, la Unidad de Abastecimiento mediante Carta N° y m a d D001198-2024-OSCE-OAD, comunicó a El Contratista que el día 16 de noviembre de 2024, u o se produjo un siniestro de rotura de tubería matriz de agua y que inundo al supermercado o g saludable "Flora y Fauna". Asimismo, la empresa PRODUSANA S.A.C., propietaria del a a e m referido supermercado, presentó un reclamo formal ante la Entidad por las pérdidas a n producto del siniestro. En ese sentido, solicitó atender y resolver el reclamo presentado por ) e PRODUSANA S.A.C. a la brevedad, ya que, para proceder con el trámite de pago por los r n m l servicios derivados de Orden de Servicio N°000809-2024, se le requirió contar con el s m documento emitido por PRODUSANA S.A.C., que evidencie la solución o conciliación p c alcanzada respecto al siniestro; e o e e s a Que, el 11 de diciembre de 2024, la Unidad de Abastecimiento mediante Carta N° r e D001285-2024-OSCE-OAD notificó a El Contratista de manera reiterada que el trámite de e N pago correspondiente a la Orden de Servicio N°000809-2024 queda condicionado a la f 2 a 2 solución del siniestro reportado durante el servicio de mantenimiento de pozos a tierra a 9 realizado el 16 de noviembre de 2024. Asimismo, comunicó que, de no atender la solicitud e L con urgencia, el presupuesto asignado podría revertirse al cierre del ejercicio fiscal, : y h e generando retrasos en la cancelación del pago, que se reprogramaría para el próximo año s i en caso existiera respuesta favorable por parte de la conciliación; / m p s Que, el 19 de diciembre de 2024, la Unidad de Abastecimiento mediante Carta N° s C r r D001359-2024-OSCE-OAD notificó a El Contratista reiterando por segunda oportunidad que m f el trámite de pago correspondiente a la Orden de Servicio N°000809-2024 queda p a condicionado a la solución del siniestro reportado durante el servicio de mantenimiento de u o g D pozos a tierra realizado el 16 de noviembre de 2024. Asimismo, se precisó, que, de no b g atender la solicitud con urgencia, el presupuesto asignado podría revertirse al cierre del e a ejercicio fiscal, generando retrasos en la cancelación del pago, que se reprogramaría para w s b s el próximo año en caso existiera respuesta favorable por parte de la conciliación; v R i g Que, el 30 de diciembre de 2024, se realizó la anulación de compromiso SIAF 1878 a m o e de la Orden de Servicio N° 000809-2024, por el importe de S/ 5,500.00 soles, toda vez que, x t no se contaba con la documentación requerida mediante Carta N° D001198-2024-OSCE- m y OAD, Carta N° D001285-2024-OSCE-OAD y Carta N° D001359-2024-OSCE-OAD donde l m se le requirió al Contratista la documentación que evidencie la solución o conciliación d i alcanzada con PRODUSANA S.A.C., respecto al siniestro; t r Que, el 28 de enero de 2025, la Unidad de Abastecimiento mediante Carta N° s L D000068-2025-OSCE-OAD notificó a El Contratista la comunicación donde se le solicita que a en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles, derive la documentación formal que demuestre las acciones realizadas con PRODUSANA S.A.C., así como cualquier evidencia que sustente la solución satisfactoria entre ambas partes; Pág. 2 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: UHGMNAI Que, el 03 de febrero de 2025, mediante CARTA N° 127-2025 PRATSEEL (Expediente 2025-0015960), el Contratista comunicó al OSCE las gestiones realizadas con la empresa PRODUSANA S.A.C., además precisó que se encuentra con la predisposición y a la espera de la respuesta por parte de la citada empresa, para formalizar la firma del documento de conciliación; Que, el 24 de febrero de 2025, mediante CARTA N° 129-2025 PRATSEEL (Expediente 2025-0026406), El Contratista comunica a la Entidad que, tras haber alcanzado un acuerdo con la empresa PRODUSANA S.A.C., adjuntó la carta de conciliación t o correspondiente con el fin de viabilizar el pago del servicio prestado al OSCE. Además de g u d e ello, adjunta la Factura Electrónica E001-754 de fecha 24 de febrero de 2025 por la Orden d t de Servicio N° 000809-2024; e o d e Que, el 12 de marzo de 2025, el área de Servicios Generales mediante Informe N° c r m n D000131-2025-OSCE-UABA-GCV, tomó como referencia el Informe N° D000033-2025- e o OSCE-UABA-JFA, emitió conformidad y solicita el reconocimiento de deuda por el “Servicio o i de mantenimiento preventivo de pozos tierra de la Sede Central y el Edificio el Regidor”, y m a d correspondiente a la Orden de Servicio N°000809-2024, donde detalla las acciones u o realizadas por el servicio prestado y precisa que era requisito indispensable para la emisión o g de la misma que el contratista remita a la Entidad, un documento emitido por la empresa a a e m PRODUSANA S.A.C., que evidencie la solución y/o conciliación alcanzada respecto al a n siniestro. Asimismo, precisó que el servicio contratado fue por 10 pozos a tierra, sin ) e embargo, solo se ejecutó el servicio de mantenimiento preventivo de 09 pozos a tierra por r n m l un monto que asciende a la suma de S/ 4,950.00 soles; s m p c Que, el 27 de marzo de 2025, el área de Servicios Generales mediante Informe N° e o D000164-2025-OSCE-UABA-GCV, tomó como referencia el Informe N° D000047-2025- e e s a OSCE-UABA-JFA, expuso las razones, por el cual no se realizó el mantenimiento preventivo r e del 10mo pozo a tierra, indicando que, en la fecha programada se presentaron filtraciones e N de agua en el pozo a tierra antes mencionado, hecho que impidió la ejecución de dicho f 2 a 2 servicio y que actualmente se encuentra en evaluación para un reforzamiento y/o la a 9 ejecución de un nuevo pozo a tierra en una zona no expuesta a daños similares; e L : y h e Que, el 02 de abril de 2025, mediante Proveído N° D008864-2025-OSCE-UABA, la s i Unidad de Abastecimiento solicitó a la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la / m habilitación presupuestal a fin de viabilizar el reconocimiento de deuda, por el monto de S/ p s 4,950.00 soles en la Fuente de Financiamiento RO, Meta 0039, Clasificador 2.3.2.4.2.1; s C r r m f Que, con Certificado de Crédito Presupuestal N° D000603-2025-OSCE-OPM de p a fecha 03 de abril de 2025, la Oficina de Planeamiento y Modernización remite la Certificación u o g D de Crédito Presupuestario N° 619 - Certificación SIAF N° 646, para el reconocimiento de b g deuda del servicio de mantenimiento preventivo de pozos a tierra de la sede Central y sede e a El Regidor del OSCE; w s b s v R Que, con Informe N° D000148-2025-OSCE-UABA, la Unidad de Abastecimiento i g concluye que resulta procedente el reconocimiento de crédito devengado a favor de la a m o e empresa PROT RAYOS TIERRA SIST ELECT ELECTRO S.R.L., por la prestación del x t “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE POZOS A TIERRA DE LA SEDE m y CENTRAL Y EL EDIFICIO "EL REGIDOR” por el importe de S/ 4,950.00 soles (Cuatro Mil l m Novecientos Cincuenta con 00/100 soles), al haber cumplido con ejecutar el servicio de d i mantenimiento preventivo de 09 pozos a tierra; t r Que, de acuerdo con los antecedentes, se evidencia que la empresa PROT RAYOS s L TIERRA SIST ELECT ELECTRO S.R.L., cumplió con efectuar la prestación a su cargo, a conforme a los términos de referencia y plazos establecidos, cuyo trámites de pagos no fue posible efectivizar al cierre del año 2024 debido a que El Contratista no remitió la documentación requerida mediante Carta N° D001198-2024-OSCE-OAD, Carta N° Pág. 3 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: UHGMNAI D001285-2024-OSCE-OAD y Carta N° D001359-2024-OSCE-OAD donde se le requería documentación emitida por PRODUSANA S.A.C., que evidencie la solución y/o conciliación alcanzada respecto al siniestro, correspondiendo al OSCE reconocer la contraprestación por la recepción satisfactoria de la prestación del servicio, señalándose en los párrafos precedentes la causa por la cual, no se habría logrado realizar el pago, por lo que, debe tramitarse el reconocimiento del devengado a favor de la empresa PROT RAYOS TIERRA SIST ELECT ELECTRO S.R.L. al contarse con la conformidad del servicio emitida por el área usuaria; Con la visación de la Jefa de la Unidad de Abastecimiento, y; n o g u d m SE RESUELVE: d n d o Artículo 1.- RECONOCER el devengado a favor de la empresa PROT RAYOS l e o t TIERRA SIST ELECT ELECTRO S.R.L., por la prestación del “SERVICIO DE u ó MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE POZOS A TIERRA DE LA SEDE CENTRAL Y EL e c EDIFICIO "EL REGIDOR” correspondiente a la Orden de Servicio N° 000809-2024 por el t f y m importe de S/ 4,950.00 soles (Cuatro Mil Novecientos Cincuenta con 00/100 soles). a a a o Artículo 2.- DISPONER a la Unidad de Abastecimiento y a la Unidad de Finanzas, o i a t el cumplimiento de la presente resolución conforme a ley. d m l e Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la Secretaría Técnica de los s e f e Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Organismo Supervisor de las m e Contrataciones del Estado - OSCE, para el deslinde de responsabilidad a que hubiera lugar. ( m ) a u o Artículo 4.- ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento notificar la presente d d Resolución a la empresa PROT RAYOS TIERRA SIST ELECT ELECTRO S.R.L. n l e L v y Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal r ° Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE c 7 (www.gob.pe/osce). d 6 s , n e Regístrese, comuníquese y cúmplase. h d p e : r a a p y . C Firmado por m t a i e d CHRISTIAN NELSON ALCALA NEGRON u s o D Jefe(a) de la Oficina de Administración . i OFICINA DE ADMINISTRACIÓN e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: UHGMNAI