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VISTOS: t o Los Memorandos N° D000253-2025-OSCE-OOD, N° D000370-2025-OSCE- g u OOD, N° D000390-2025-OSCE-OOD y D000393-2025-OSCE-OOD, de la Oficina de d e Órganos Desconcentrados; los Memorandos N° D000048-2025-OSCE-UABA, N° d t e o D000234-2025-OSCE-UABA, el Proveído N° D006149-2025-OSCE-UABA y el Informe d e Técnico N° D000003-2025-OSCE-UABA, de la Unidad de Abastecimiento; el Proveído c r N° D003443-2025-OSCE-OAD y el Memorando N° D000235-2025-OSCE-OAD, de la m n e o Oficina de Administración; así como el Informe N° D000134-2025-OSCE-OAJ, de la o i Oficina de Asesoría Jurídica; y, y m a d u o o g CONSIDERANDO: a a e m a n Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en ) e adelante la Ley, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del r n m l Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de s m Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego p c presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y e o e e financiera; s a r e e N Que, med...
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VISTOS: t o Los Memorandos N° D000253-2025-OSCE-OOD, N° D000370-2025-OSCE- g u OOD, N° D000390-2025-OSCE-OOD y D000393-2025-OSCE-OOD, de la Oficina de d e Órganos Desconcentrados; los Memorandos N° D000048-2025-OSCE-UABA, N° d t e o D000234-2025-OSCE-UABA, el Proveído N° D006149-2025-OSCE-UABA y el Informe d e Técnico N° D000003-2025-OSCE-UABA, de la Unidad de Abastecimiento; el Proveído c r N° D003443-2025-OSCE-OAD y el Memorando N° D000235-2025-OSCE-OAD, de la m n e o Oficina de Administración; así como el Informe N° D000134-2025-OSCE-OAJ, de la o i Oficina de Asesoría Jurídica; y, y m a d u o o g CONSIDERANDO: a a e m a n Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en ) e adelante la Ley, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del r n m l Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de s m Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego p c presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y e o e e financiera; s a r e e N Que, mediante la Resolución N° D00004-2025-OSCE-PRE, de fecha 14 de enero f 2 de 2025, se aprueba el Plan Anual de Contrataciones del OSCE, para el año fiscal 2025, a 2 en cuya referencia 25, se encuentra incluido el procedimiento de selección para el a 9 e L servicio de alquiler de un inmueble para el funcionamiento de la Oficina Desconcentrada : y de Tarapoto; h e s i / m Que, mediante el Oficio N° 0005-2024-EF/45.04, de fecha 23 de enero de 2024, p s la Oficina General de Servicios al Usuario del Ministerio de Economía y Finanzas indicó s C a la Oficina de Órganos Desconcentrados que se ha evaluado la distribución de r r m f espacios en los locales de los Centros CONECTAMEF de Arequipa, Cusco, Huánuco, p a Huancayo, Chiclayo, Tarapoto, Puno, Piura y Cajamarca, verificándose que no existen u o g D áreas disponibles para albergar al personal del OSCE; b g e a Que, a través del Memorando N° D000048-2025-OSCE-UABA, de fecha 9 de w s b s enero de 2025, la Unidad de Abastecimiento comunicó a la Oficina de Órganos v R Desconcentrados que el plazo de vigencia del Contrato N° 014-2015-OSCE está i g próximo a cumplir diez (10) años de vigencia, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en a m o e el artículo 1688 del Código Civil el plazo máximo para poder prorrogar el alquiler se x t habría cumplido; en ese sentido, se solicitó remita el requerimiento respectivo, a fin de m y l m iniciar con las gestiones para la contratación directa del “Servicio de arrendamiento de d un inmueble para el funcionamiento de la Oficina Desconcentrada del OSCE en la i ciudad de Tarapoto”; t r s Que, mediante Memorando N° D000234-2025-OSCE-UABA, de fecha 13 de L febrero de 2025, la Unidad de Abastecimiento requirió a la Oficina de Órganos a Desconcentrados remitir el Anexo “Acciones de Optimización de Bienes Inmuebles, previas al requerimiento de arrendamiento de bienes inmuebles de propiedad privada” Pág. 1 de 5 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: OMWJB3R con su V°B°, a efectos de ser remitido a la Oficina de Administración, para su respectiva firma; Que, mediante Memorando N° D000253-2025-OSCE-OOD, de fecha 14 de febrero de 2025, la Oficina de Órganos Desconcentrados remitió el formato de las acciones de optimización de bien inmueble para el funcionamiento de la Oficina Desconcentrada del OSCE en la ciudad de Tarapoto, debidamente visado, en el cual indicó que, no se han realizado acciones de optimización, a razón que, en la ciudad de Tarapoto, no se cuenta con bienes muebles de propiedad del OSCE, por lo que, dichas i D acciones de optimización no son aplicables, al caso concreto; t o r m a e Que, mediante Memorando N° D000370-2025-OSCE-OOD, de fecha 3 de marzo d t de 2025, la Oficina de Órganos Desconcentrados remite a la Unidad de Abastecimiento e e d c los Términos de Referencia para la contratación del Servicio; c r m n Que, mediante Memorando Nº D000380-2025-OSCE-OOD, de fecha 4 de marzo n o o r de 2025, la Oficina de Órganos Desconcentrados remite el Informe N° D000018-2025- l a OSCE-ODE TARAPOTO de la misma fecha, mediante el cual el Responsable de la a o t d Oficina Desconcentrada del OSCE en la ciudad de Tarapoto concluye ante la Oficina r i de Órganos Desconcentrados lo siguiente: “El inmueble propuesto por la Sra. ENITH d l LOZANO LOZANO DE RIVERA y su esposo JOSE RODRIGO RIVERA ROMERO, e e ( t cumple con los requisitos señalados en el numeral 8 y 9 de los TDR.”; f e m n Que, mediante Proveído N° D006149-2025-OSCE-UABA, de fecha 4 de marzo de a m ) a 2025, la Unidad de Abastecimiento hace suyo el Informe N° D000008-2025-OSCE- u o UABA-LCV de la misma fecha, mediante el cual Profesional III de la referida unidad, d d concluye, entre otros, lo siguiente: “(…) 3.5. Por lo expuesto se recomienda aprobar el n l e L presente informe de indagación de mercado, para la contratación "servicio de v y arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de la oficina desconcentrada del r ° OSCE en la ciudad de Tarapoto”, por un valor Estimado ascendente a S/ 52,800.00 c 7 d 6 (Cincuenta y Dos Mil Ochocientos con 00/100 Soles), con la finalidad de continuar con s , el procedimiento administrativo correspondiente para su contratación. 3.6. Se n e recomienda solicitar la Certificación de Crédito Presupuestal y su respectiva Previsión, h d p F de ser el caso para continuar con las etapas que corresponden.” y dispone continuar : m con las gestiones pertinentes para llevar a cabo la contratación del Servicio; a a p y f e Que, la Oficina de Planeamiento y Modernización remite a la Oficina de m i Administración la Certificación de Crédito Presupuestal N° D000502-2025-OSCE-OPM, p c r d del 6 de marzo de 2025, a través de la cual se adjunta la Certificación de Crédito g s Presupuestario Nº 000542 (Nº CCP SIAF: 0000000557) por el monto de S/ 41,800.00 b i (Cuarenta y Un Mil Ochocientos con 00/100 Soles), la Constancia de Previsión de p t / e Crédito Presupuestal N° 0010-2025 con la previsión de recursos para el ejercicio fiscal e , 2026, por el monto de S/11,000.00 (Once Mil Doscientos con 00/100 soles), así como, / u la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 000489 (Nº CCP SIAF: 0000000500), por l e a a la garantía del alquiler del inmueble para la Oficina Desconcentrada del OSCE en la o m ciudad de Tarapoto por el monto de S/ 4,400.00 (Cuatro Mil Cuatrocientos con 00/100 x n soles); t o l m o Que, a través del Memorando N° D000390-2025-OSCE-OOD, de fecha 6 de f marzo de 2025, la Oficina de Órganos Desconcentrados remitió el Informe N° D000020- a r 2025-OSCE-ODE TARAPOTO, elaborado por la responsable de la Oficina s Desconcentrada del OSCE de Tarapoto, mediante el cual efectuó un análisis costo- L beneficio, concluyendo que es más conveniente para la entidad que se realice el alquiler a del inmueble ubicado en el Jr. Daniel Alcides Carrión Nº 327 – Tarapoto, provincia y departamento de San Martín; y, requirió que se gestione ante la Oficina de Administración la autorización para el alquiler del citado inmueble en virtud a lo Pág. 2 de 5 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: OMWJB3R dispuesto en el numeral 11.3 del artículo 11 de la Directiva N.º 003-2021-EF/54.01 y sus modificatorias; Que, mediante Proveído N° D003443-2025-OSCE-OAD, de fecha 6 de marzo de 2025, la Oficina de Administración remite a la Unidad de Abastecimiento el Formato N° 02 “Solicitud y Aprobación de Expediente de Contratación N° 08-2025/UABA”, mediante el cual aprueba el expediente de contratación del “Servicio de Arrendamiento de un Inmueble para el funcionamiento de la Oficina Desconcentrada del OSCE en la ciudad de Tarapoto”, solicitando la continuidad del trámite; i D t o r m Que, a través del Memorando N° D000393-2025-OSCE-OOD, de fecha 6 de a e marzo de 2025, la Oficina de Órganos Desconcentrados remite a la Oficina de d t Administración el Informe N° D000022-2025-OSCE-ODE TARAPOTO de la misma e e d c fecha, mediante el cual el Responsable de la Oficina Desconcentrada del OSCE en la c r ciudad de Tarapoto sustentó que el inmueble ubicado en el Jirón Daniel Alcides Carrión m n Nº 327 – Tarapoto, provincia y departamento de San Martín, cumple con las condiciones n o o r exigidas en los numerales 11.2, 11.3, 11.4 y 11.5 del artículo 11 de la Directiva N.º 003- l a 2021-EF/54.01 y sus modificatorias; a o t d r i Que, mediante Memorando N° D000235-2025-OSCE-OAD, de fecha 7 de marzo d l de 2025, la Oficina de Administración hace suyo y remite a la Oficina de Asesoría e e ( t Jurídica el Informe Técnico N° D000003-2025-OSCE-UABA de la misma fecha, a través f e del cual la Unidad de Abastecimiento emite opinión técnica favorable, concluyendo que m n corresponde aprobar la Contratación Directa del “Servicio de arrendamiento de un a m ) a inmueble para el funcionamiento de la Oficina Desconcentrada del OSCE en la ciudad u o de Tarapoto”, por la causal establecida en el literal j) del numeral 27.1 del artículo 27 de d d la Ley de Contrataciones del Estado, por un valor estimado de S/ 52,800.00 (Cincuenta n l e L y Dos Mil Ochocientos con 00/100 soles), incluidos los impuestos de Ley, por el periodo v y de doce (12) meses, a razón de una renta mensual de S/ 4,400.00 (Cuatro Mil r ° Cuatrocientos con 00/100 soles), y un adelanto de garantía por un (1) mes de alquiler c 7 d 6 por el monto de S/ 4,400.00 (Cuatro Mil Cuatrocientos con 00/100 soles), sustentando s , técnicamente la justificación de la necesidad y procedencia de la referida contratación, n e tal y como lo establecen los presupuestos señalados en el numeral 101.2 del artículo h d p F 101 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; : m a a p y Que, mediante Informe Nº D000134-2025-OSCE-OAJ, de fecha 10 de marzo de f e 2025, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable sobre la procedencia m i de la Contratación Directa del “Servicio de arrendamiento de un inmueble para el p c r d funcionamiento de la Oficina Desconcentrada del OSCE en la ciudad de Tarapoto”, por g s el monto de S/ 52,800.00 (Cincuenta y Dos Mil Ochocientos con 00/100 soles), incluidos b i impuestos de Ley, por el periodo de doce (12) meses, a razón de una renta mensual de p t / e S/ 4,400.00 (Cuatro Mil Cuatrocientos con 00/100 soles), y un adelanto de garantía por e , un (1) mes de alquiler por el monto de S/ 4,400.00 (Cuatro Mil Cuatrocientos con 00/100 / u soles), en el marco de lo dispuesto en el literal j) del numeral 27.1 del artículo 27 de la l e a a Ley, el numeral 101.2 del artículo 101 del Reglamento de la citada Ley, y en la Directiva o m Nº 003-2021-EF/54.01 y sus modificatorias; x n t o l m Que, el literal j) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley Nº 30225, Ley de o Contrataciones del Estado, establece que las entidades, de forma excepcional, pueden f realizar contrataciones directas, para la adquisición de bienes inmuebles existentes y a r para el arrendamiento de bienes inmuebles; s L Que, el numeral 101.2 del artículo 101 del Reglamento de la Ley, aprobado por a Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, establece que la Resolución del Titular de la Entidad que apruebe la contratación directa requiere obligatoriamente del respectivo sustento técnico y legal, en el informe o Pág. 3 de 5 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: OMWJB3R informes previos, que contengan la justificación de la necesidad y procedencia de la Contratación Directa; Que, la Directiva Nº 0003-2021-EF/54.01, “Disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles por parte de los Ministerios, Organismo Públicos, Programas y Proyectos Especiales”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0010- 2021-EF/54.01, modificada por la Resolución Directoral N° 0004-2022-EF/54.01 y Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/54.01, tiene por objeto establecer disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles destinados a sedes institucionales y i D oficinas administrativas, almacenes, depósitos, talleres, laboratorios, archivos y otros, t o r m que realice el Poder Ejecutivo, que comprende a los ministerios, sus organismos a e públicos, sus programas y proyectos especiales; d t e e d c Que, de conformidad con el numeral 101.1 del artículo 101 del Reglamento, la c r potestad de aprobar contrataciones directas es indelegable, salvo en los supuestos m n indicados en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley; n o o r l a Que, la facultad de aprobar las contrataciones directas en los supuestos indicados a o t d en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley, se encuentra r i delegada en la Secretaría General del OSCE, de conformidad con lo dispuesto en el d l literal c) del numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Nº D000192-2024-OSCE-PRE, e e ( t de la Presidencia Ejecutiva, del 27 de diciembre de 2024; f e m n Que, de acuerdo con lo expuesto en los considerandos precedentes, contándose a m ) a con el sustento técnico y legal respectivo, y habiéndose cumplido con las exigencias y u o formalidades establecidas en la normativa vigente sobre la materia, corresponde emitir d d el acto de aprobación por el supuesto previsto en el literal j) del numeral 27.1 del artículo n l e L 27 de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, para la Contratación del v y “Servicio de arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de la Oficina r ° Desconcentrada del OSCE en la ciudad de Tarapoto”; c 7 d 6 s , Con las visaciones del Jefe de la Oficina de Administración, de la Jefa de la Unidad n e de Abastecimiento, y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; h d p F : m De conformidad con lo dispuesto por la Directiva Nº 0003-2021-EF-54.01 a a p y “Disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles por parte de los f e ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales”; la Ley N° 30225, m i Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo p c r d Nº 344-2018-EF y sus respectivas modificatorias; el Reglamento de Organización y g s Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y la Resolución b i Nº D000192-2024-OSCE-PRE que aprueba la delegación de facultades para el año p t / e 2025; e , / u l e a a SE RESUELVE: o m x n Artículo 1.- Aprobar la Contratación Directa del “Servicio de arrendamiento de un t o l m inmueble para el funcionamiento de la Oficina Desconcentrada del OSCE en la ciudad o de Tarapoto”, por el monto de S/ 52,800.00 (Cincuenta y Dos Mil Ochocientos con f 00/100 soles), incluidos impuestos de Ley, por el periodo de doce (12) meses, a razón a r de una renta mensual de S/ 4,400.00 (Cuatro Mil Cuatrocientos con 00/100 soles), y un s adelanto de garantía por un (1) mes de alquiler por el monto de S/ 4,400.00 (Cuatro Mil L Cuatrocientos con 00/100 soles), en el marco del supuesto previsto en el literal j) del a numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y en el numeral 101.2 del artículo 101 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Pág. 4 de 5 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: OMWJB3R Estado, así como lo dispuesto en la Directiva Nº 003-2021-EF/54.01, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración se encargue de las acciones conducentes a la Contratación Directa del “Servicio de arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de la Oficina Desconcentrada del OSCE en la Ciudad de Tarapoto”, actuando conforme a los parámetros establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. n o Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Administración, la publicación de la presente g u Resolución en el SEACE, con sus respectivos informes que contienen el sustento d m d n técnico y legal, dentro del plazo establecido en la normativa de contrataciones de d o Estado. l e o t u ó Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital e c del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE t f (www.gob.pe/osce) y m a a a o o i a t d m Regístrese y comuníquese. l e s e f e Firmado por m e CARMEN MARIA MARROU GARCIA ( m Secretaria General ) a u o SECRETARIA GENERAL d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 5 de 5 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: OMWJB3R