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VISTOS: t o g u El Memorando N° D000408-2025-OECE-OPPM y el Informe N° D000116- d e d t 2025-OECE-UMOD de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el e o Informe N° D000064-2025-OECE-ORH de la Oficina de Recursos Humanos; y el d e c r Informe N° D000100-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, m n e o CONSIDERANDO: o i y m a d Que, el artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones u o Públicas, establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas o g a a Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de e m Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye a n pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica ) e r n y financiera; m l s m p c Que, mediante Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, e o se establecen principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para los servidores e e públicos de las entidades de la Administración Pública, entendiéndose por aquellos a s a r e todo funcionario o se...
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VISTOS: t o g u El Memorando N° D000408-2025-OECE-OPPM y el Informe N° D000116- d e d t 2025-OECE-UMOD de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el e o Informe N° D000064-2025-OECE-ORH de la Oficina de Recursos Humanos; y el d e c r Informe N° D000100-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, m n e o CONSIDERANDO: o i y m a d Que, el artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones u o Públicas, establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas o g a a Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de e m Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye a n pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica ) e r n y financiera; m l s m p c Que, mediante Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, e o se establecen principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para los servidores e e públicos de las entidades de la Administración Pública, entendiéndose por aquellos a s a r e todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública en cualquiera e N de los niveles jerárquicos, sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o f 2 electo, que desempeñe actividades o funciones en nombre del servicio del Estado, no a 2 a 9 importando el régimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el régimen e L laboral o de contratación al que esté sujeto; : y h e s i Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2005-PCM, se aprueba el Reglamento / m de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, el cual establece, p s s C entre otras disposiciones, medidas vinculadas a la difusión del Código de Ética, así r r como a los incentivos y estímulos, y mecanismos de protección a favor de los m f empleados públicos que denuncien el incumplimiento de las disposiciones de la Ley y p a u o su Reglamento; g D b g Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política e a w s Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la cual es de cumplimiento b s obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos v R i g Constitucionales Autónomos y los diferentes niveles de gobierno, cuyo objetivo a m específico 4 se dirige a promover e instalar una cultura de integridad y de ética pública o e en los/las servidores/as civiles y en la ciudadanía, para lo cual las entidades x t m y responsables deberán considerar, como mínimo, entre otros lineamientos: i) evaluar y l m actualizar el código de ética de la función pública y ii) articular las iniciativas de d capacitación en temas de integridad y lucha contra la corrupción de acuerdo a los i t objetivos planteados en esta política; r s L a Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: E12AWRS Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, en cuyo artículo 4 se establece que los códigos y cartas de buena conducta administrativa son instrumentos mediante los cuales se establecen lineamientos para la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores civiles con el fin de promover una cultura de integridad y servicio a la ciudadanía al interior de cada entidad; i D t o r m Que, en atención al marco normativo expuesto, mediante Resolución N° 101- a e d t 2019-OSCE/PRE, se aprueba el Código de Ética del Organismo Supervisor de las e e Contrataciones del Estado, el cual tiene como objetivo establecer los principios d c institucionales, deberes y prohibiciones éticas que deben regir para todos los c r m n servidores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, a efectos de n o prevenir actos de corrupción y establecer una cultura ética en su actuación; o r l a a o Que, mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021- t d PCM/SIP, se aprueba la Directiva N° 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer r i una cultura de integridad en las entidades del sector público”, la cual establece d l e e medidas de desempeño para el fortalecimiento de una cultura de integridad en las ( t entidades de la Administración Pública, cuyo numeral 5.2.3 define al Componente f e “Políticas de Integridad” como los estándares de cumplimiento y responsabilidad para m n a m las entidades y servidores públicos como parte de la estrategia nacional de integridad ) a y lucha contra la corrupción, dicho componente se desarrolla a través de la ejecución u o de los seis (6) subcomponentes, siendo uno de ellos el Código de Conducta, el cual d d n l describe el comportamiento esperado de los servidores públicos para guiarlos hacia el e L logro de objetivos comunes y promover una cultura de integridad en la organización; v y r ° c 7 Que, bajo dicho contexto normativo, mediante Resolución N° D000181-2022- d 6 OSCE/PRE, se aprueba el “Código de Conducta del Organismo Supervisor de las s , n e Contrataciones del Estado – OSCE”, el cual tiene como objetivo proporcionar a los h d funcionarios y servidores los lineamientos para un adecuado comportamiento en el p F ejercicio de sus funciones, contribuyendo al fortalecimiento de los valores : m a a institucionales; p y f e Que, mediante Informe N° D000064-2025-OECE-ORH, la Oficina de Recursos m i p c Humanos sustenta la propuesta del Código de Ética y Conducta del Organismo r d Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE, como un único g s documento que guíe el comportamiento y desempeño de los servidores del OECE, b i p t estableciendo los principios, deberes y prohibiciones éticas que deben regir al personal / e del OECE, así como un adecuado comportamiento en el ejercicio de sus funciones, e , contribuyendo al fortalecimiento de los valores institucionales; asimismo, precisa que / u l e su contenido cuenta con la conformidad de la Unidad Funcional de Integridad a a Institucional, proponiendo, además, la derogación de la Resolución N° 101-2019- o m x n OSCE/PRE y de la Resolución N° D0000181-2022-OSCE-PRE, que aprueba el Código t o de Ética del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado y el Código de l m Conducta del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, o f respectivamente; a r s L a Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: E12AWRS Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante Memorando N° D000408-2025-OECE-OPPM que adjunta el Informe N° D000116- 2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° D000100-2025-OECE-OAJ, emiten opinión técnica y legal favorable, respectivamente, a la aprobación del Código de Ética y Conducta del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE; asi i D t o como, a la derogación de las Resoluciones N° 101-2019-OSCE/PRE y N° D0000181- r m 2022-OSCE-PRE, que aprueban el Código de Ética del Organismo Supervisor de las a e d t Contrataciones del Estado y el Código de Conducta del Organismo Supervisor de las e e Contrataciones del Estado – OSCE, respectivamente; d c c r m n Que, en ese sentido corresponde la emisión del acto resolutivo que apruebe la n o propuesta del Código de Ética y Conducta del Organismo Especializado para las o r Contrataciones Públicas Eficientes – OECE; asi como, la derogación de las l a a o Resoluciones N° 101-2019-OSCE/PRE y N° D0000181-2022-OSCE-PRE; t d r i Con las visaciones de la Gerente General, de la Jefa (e) de la Oficina de d l e e Recursos Humanos, de la Coordinadora de la Unidad Funcional de Integridad ( t Institucional, de la Jefa de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, f e y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; m n a m ) a De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética u o de la Función Pública, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2005- d d n l PCM; el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de e L Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, que v y r ° establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción; la c 7 Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021- PCM/SIP, que aprueba d 6 la Directiva N° 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura de s , n e integridad en las entidades del sector público”; y el Texto Integrado del Reglamento de h d Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones p F Públicas Eficientes – OECE, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° : m a a D000002-2025-OECE-PRE; p y f e SE RESUELVE: m i p c r d Artículo 1.- Aprobar el Código de Ética y Conducta del Organismo g s Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE, el que, como b i p t Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. / e e , Artículo 2.- Derogar la Resolución N° 101-2019-OSCE/PRE, que aprueba el / u l e Código de Ética del Organismo Supervisor de las Contrataciones Públicas del Estado. a a o m x n Artículo 3.- Derogar la Resolución N° D000181-2022-OSCE-PRE, que t o aprueba el Código de Conducta del Organismo Supervisor de las Contrataciones del l m Estado – OSCE. o f a Artículo 4.- Disponer la difusión de la presente Resolución y su anexo para r conocimiento los servidores de la entidad. s L a Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: E12AWRS Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece). n o Regístrese y comuníquese. g u d m d n d o l e o t Firmado por u ó MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE e c t f Presidenta Ejecutiva y m PRESIDENCIA EJECUTIVA a a a o o i a t d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: E12AWRS