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t o g u d e d t e o d e VISTOS: c r m n El Memorando Nº D000179-2025-OECE-DRNP de fecha 14 de mayo de 2025 e o o i de la Dirección del Registro Nacional de Proveedores y el Informe N° D000011-2025- y m OECE-UFIN de fecha 15 de mayo de 2025 de la Unidad de Finanzas. a d u o o g CONSIDERANDO: a a e m a n Que, el artículo 40° de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, ) e aprobada por Resolución Directoral N° 002-2007-EF-77.15 y modificatorias, establece r n que el Encargo consiste en la entrega de dinero mediante cheque o giro bancario a m l s m personal de la institución para el pago de obligaciones que, por la naturaleza de p c determinadas funciones o características de ciertas tareas o trabajos indispensables e o para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, no pueden ser efectuados de e e s a manera directa por la Oficina de Administración o la que haga sus veces en la Unidad r e Ejecutora; disponiendo además que el Encargo se regula mediante Resolución del Jefe e N f 2 de la Oficina de Administración o de quien haga sus veces, estableciendo el nombre a 2 de la...
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t o g u d e d t e o d e VISTOS: c r m n El Memorando Nº D000179-2025-OECE-DRNP de fecha 14 de mayo de 2025 e o o i de la Dirección del Registro Nacional de Proveedores y el Informe N° D000011-2025- y m OECE-UFIN de fecha 15 de mayo de 2025 de la Unidad de Finanzas. a d u o o g CONSIDERANDO: a a e m a n Que, el artículo 40° de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, ) e aprobada por Resolución Directoral N° 002-2007-EF-77.15 y modificatorias, establece r n que el Encargo consiste en la entrega de dinero mediante cheque o giro bancario a m l s m personal de la institución para el pago de obligaciones que, por la naturaleza de p c determinadas funciones o características de ciertas tareas o trabajos indispensables e o para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, no pueden ser efectuados de e e s a manera directa por la Oficina de Administración o la que haga sus veces en la Unidad r e Ejecutora; disponiendo además que el Encargo se regula mediante Resolución del Jefe e N f 2 de la Oficina de Administración o de quien haga sus veces, estableciendo el nombre a 2 de la(s) persona(s), la descripción del objeto del “Encargo”, los conceptos del gasto, los a 9 montos, las condiciones a que deben sujetarse las adquisiciones y contrataciones a ser e L : y realizadas, el tiempo que tomará el desarrollo de las mismas y el plazo para la rendición h e de cuentas debidamente documentada; s i / m p s Que, en el marco de lo dispuesto en la Directiva de Tesorería Nº 001-2007- s C EF/77.15, mediante Resolución Nº 093-2021-OSCE-SGE se aprobó la Directiva Nº r r 009-2021-OSCE/SGE “Directiva para la solicitud, autorización y otorgamiento, m f p a utilización, ejecución, rendición y control de fondos públicos bajo la modalidad de u o Encargo en el “Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes” g D b g la misma que regula la solicitud, autorización, otorgamiento, ejecución, rendición y e a control de los fondos públicos bajo la modalidad de Encargo interno en el Organismo w s Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE; b s v R i g Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 4.1) de la Directiva Nº 009- a m 2021-OSCE/SGE, las Actividades por Encargo son aquellas que se encuentran o e x t enmarcadas en los siguientes supuestos: m y l m d a) Desarrollo de eventos, talleres o investigaciones, cuyo detalle de gastos no i pueda conocerse con precisión ni con la debida anticipación. t b) Contratación de bienes y servicios, ante restricciones justificadas en cuanto a la r s oferta local. L c) Contingencias derivadas de situaciones de emergencia declaradas por Ley. a Que, mediante Resolución N° D000072-2025-OSCE-OAD de 15 de abril de 2025, se aprobó el Encargo solicitado por la Oficina de Órganos Desconcentrados, por el Pág. 1 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: TSLPADO monto ascendente a S/ 31,204.00 (Treinta y un mil doscientos cuatro con 00/100 Soles) y con Resolución N° D000007-2025-OECE-OAD de 14 de mayo de 2025, se aprobó la ampliación del Encargo otorgado mediante Resolución D00072-2025-OSCE-OAD solicitada por la Dirección del Registro Nacional de Proveedores, por el monto ascendente a S/ 550.00 (Quinientos cincuenta con 00/100 Soles), para la OECE -Cusco, a fin de atender los gastos por contratación de bienes y/o servicios, que coadyuven al cumplimiento de sus funciones, bajo el supuesto establecido en el literal b) del numeral i D 4.1 de la Directiva N. 009-2021-OSCE/SGE; t o r m Que, mediante Memorando Nº D000179-2025-OECE-DRNP la Dirección del a e Registro Nacionalde Proveedores comunica que la gestión para la instalación del letrero d t e e institucional en la OECE Cusco, entre otros, implica ajustar las dimensiones del letrero d c institucional conforme a los requisitos establecidos por la Municipalidad Provincial del c r Cusco y solícita la ampliación de la vigencia del fondo de encargo asignado mediante m n n o Resolución N° D000072-2025-OSCE-OAD, por lo que solicita autorizar la ampliación de o r la vigencia del fondo de encargo autorizado del 15 de abril de 2025 al 30 de mayo de l a 2025; a o t d Que, con Informe N° D000011-2025-OECE-UFIN, la Unidad de Finanzas señala r i d l que de los argumentos presentados por el Coordinador de la Unidad Desconcentrada e e Cusco y estando aún vigente el Encargo asignado, es viable se proceda con la ( t ampliación de la vigencia del plazo del Encargo; f e m n Que, en atención a lo expuesto por la Dirección solicitante y a lo informado por a m ) a la Unidad de Finanzas, corresponde viabilizar la ampliación de vigencia del fondo de u o encargo asignado mediante Resolución N° D000072-2025-OSCE-OAD y Resolución N° d d n l D000007-2025-OECE-OAD; e L v y Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del artículo 38° del Texto r ° Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado c 7 para las Contrataciones Públicas Eficientes - ROF del OECE, aprobado con Resolución d 6 s , de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, es función de la Oficina de n e Administración “Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, h d los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Tesorería y p F : m Contabilidad”; a a p y Con la visación de la Jefa de la Unidad de Finanzas, y; f e m i De conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y j) del artículo 38° del Texto p c Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado r d para las Contrataciones Públicas Eficientes - ROF del OECE, la Directiva de Tesorería g s b i N 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral N. 002-2007-EF/77.15 y p t modificatorias y la Directiva N 009-2021-OSCE/SGE; / e e , / u SE RESUELVE: l e a a o m Artículo 1º.- Ampliar el plazo de vigencia del fondo de encargo autorizado por la x n Resolución N° D000072-2025-OSCE-OAD y Resolución N° D000007-2025-OECE-OAD t o l m para la OECE Cusco, del 15 de abril de 2025 al 30 de mayo de 2025. o f Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del a Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes– OECE r (www.gob.pe/oece) y Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al s L Ciudadano (www.gob.pe). a Regístrese, comuníquese y publíquese. Pág. 2 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: TSLPADO Firmado por ANA FABIOLA ZARATE ANCHANTE Jefa de la Oficina de Administración OFICINA DE ADMINISTRACIÓN n D e c i m a n d o l e o c u ó m i n o o r l a a o t d r i a l e e ( n ) e r n a l s m p c e o e e s a r e e N f 2 a 2 a 9 e L : y h e p F : m p s p y i e m i p c r d g s b i p t / e e , / u a e d a d m . n h o m y l o i c o a . a Pág. 3 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: TSLPADO