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i D t o VISTOS: r m a e d t El Memorando N° D000030-2025-OECE-OAD y el Memorando N° D000036- e e 2025-OECE-OAD de la Oficina de Administración; el Informe N° D000028-2025- d c OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; el Memorando N° D000090-2025- c r m n OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el n o Informe N° D000037-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l e e Contrataciones Públicas, dispone que el Organismo Especializado para las ( t Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n a m público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d n l Que, el artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y e L Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes v y r ° (OECE), aprobado p...
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i D t o VISTOS: r m a e d t El Memorando N° D000030-2025-OECE-OAD y el Memorando N° D000036- e e 2025-OECE-OAD de la Oficina de Administración; el Informe N° D000028-2025- d c OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; el Memorando N° D000090-2025- c r m n OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el n o Informe N° D000037-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l e e Contrataciones Públicas, dispone que el Organismo Especializado para las ( t Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n a m público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d n l Que, el artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y e L Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes v y r ° (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000002-2025-OECE- c 7 PRE (en adelante, ROF del OECE), establece que la Gerencia General es el órgano d 6 de la Alta Dirección y máxima autoridad administrativa de la entidad, encargada de la s , n e conducción y supervisión de la gestión de las unidades de organización de h d administración interna, así como de las actividades vinculadas a los sistemas p F administrativos a su cargo; : m a a p y Que, el literal m) del artículo 14 del ROF del OECE señala como una de las f e funciones de la Gerencia General el delegar las funciones que no sean privativas de m i p c su competencia, conforme a la normativa de la materia; r d g s Que, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su b i p t Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, establecen el marco / e normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras; e , precisando los párrafos 25.1 y 25.2 del artículo 25 de la Ley que la autoridad de la / u l e gestión administrativa de cada entidad contratante es responsable de la aprobación, a a autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, o m x n con excepción de aquellas reservadas al titular de la entidad, siendo que, en el caso t o de los organismos públicos, ésta recae en la Gerencia General; pudiendo dicha l m autoridad delegar, mediante resolución, las facultades que la ley le otorga, salvo las o f excepciones previstas en el Reglamento; a r Que, por su parte, el párrafo 76.1 del artículo 76 del Texto Único Ordenado s L (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado a por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el ejercicio de la competencia Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: M2G7MEJ es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación; Que, el párrafo 78.1 del artículo 78 del citado TUO señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo i D t o hagan conveniente, siendo procedente, además, la delegación de competencia de un r m órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79 que el a e d t delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; e e d c Que, mediante Informe N° D000023-2025-OECE-UABA, la Unidad de c r m n Abastecimiento, contando con la conformidad de la Oficina de Administración, propone n o delegar facultades correspondientes a la autoridad de la gestión administrativa en el o r ámbito de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, l a a o con el fin de efectivizar la contratación oportuna y eficiente de bienes, servicios y obras t d en el cumplimiento de los objetivos institucionales; r i d l e e Que, mediante Informe N° D000028-2025-OECE-UMOD, de la Unidad de ( t Modernización, con la confomidad de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y f e Modernización, y el Informe N° D000037-2025-OECE-OAJ, de la Oficina de Asesoría m n a m Jurídica, concluyen que es técnica y legalmente viable, respectivamente, la propuesta ) a de delegación de facultades formulada por la Unidad de Abastecimiento de la Oficina u o de Administración; d d n l e L Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente delegar en el jefe de la Oficina v y r ° de Administración las facultades conferidas por la Ley N° 32069, Ley General de c 7 Contrataciones Públicas, y su Reglamento, al Gerente General en su calidad de d 6 autoridad de la gestión administrativa, y; s , n e h d Con el visado de la Jefa de la Oficina de Administración, de la Jefa de la Oficina p F de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Jefa de la Oficina de Asesoría : m a a Jurídica, y; p y f e De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° m i p c 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Decreto Supremo r d N° 004-2019-JUS; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su g s Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; y el Texto Integrado del b i p t Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las / e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia e , Ejecutiva Nº D000002-2025-OECE-PRE; / u l e a a SE RESUELVE: o m x n t o Artículo 1.- Delegar en el Jefe de la Oficina de Administración del Organismo l m Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) las siguientes o f facultades, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, a y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-EF: r s L a) Solicitar la inscripción, actualización de la información o desactivación a de la inscripción de la entidad en el Registro de Entidades Contratantes (REC), en el marco de la Directiva N° 007-2025-OECE-CD Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: M2G7MEJ “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado- SEACE”, aprobada mediante Resolución D000055-2025-OSCE-PRE. b) Solicitar la inscripción del usuario de Gestor de la información de la entidad, en el marco de la Directiva N° 007-2025-OECE-CD “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el n D e c Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE”, aprobada r m mediante Resolución D000055-2025-OSCE-PRE. a n c) Aprobar el expediente de contratación para bienes y servicios y obras d o l l previo a la fase de selección. o c d) Designar a una o más unidades orgánicas de la entidad contratante u ó como áreas técnicas estratégicas, de conformidad con lo establecido en e c t o el numeral 21.1 del artículo 21 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley o m General de Contrataciones Públicas. a a e) Designar a los miembros de los comités, así como evaluar y aprobar su u o o i remoción o renuncia, considerando el motivo de la ausencia de los a t integrantes titulares y suplentes de los titulares a fin de determinar, de d m a n ser el caso, su responsabilidad. s e f) Designar a los expertos integrantes del jurado y a un suplente, de i n conformidad con lo establecido en el numeral 60.1 del artículo 60 del m e s m Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones p r Públicas. e o g) Supervisar el cumplimiento de la obligación de atención de e e s a requerimiento de información u opinión técnica, en el marco de los r e procesos de estandarización de requerimientos. e N h) Aprobar la cancelación del procedimiento de selección, en cualquier f 2 a 2 momento previo a la adjudicación de la buena pro o la adjudicación para a 9 la innovación, por los supuestos señalados en el artículo 57 de la Ley e e N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. : y t e i) Autorizar el pago por la ejecución de mayores metrados, de acuerdo al s r artículo 197 del Reglamento de la Ley N° 32069. / m j) Aprobar que no se utilice la subasta inversa para la contratación de un p s . C bien o servicio que cuente con ficha técnica, de acuerdo a lo establecido r r en el numeral 264.5 del artículo 264 del Reglamento de la Ley N° 32069, a i Ley General de Contrataciones Públicas. e d u s k) Verificar que el responsable de la Dependencia Encargada de las o D Contrataciones (DEC) cuente con certificación como comprador público . i en el nivel avanzado, cuando corresponda. / e w , l) Verificar que los servidores de la DEC se encuentren certificados como / u compradores públicos conforme al nivel que corresponda a las a e d l actividades que realiza. d m m) Aprobar el proceso de compatibilización del requerimiento. . n n) Adoptar los mecanismos necesarios para que la dependencia h o m m encargada de las contrataciones revise la existencia de impedimentos l o señalados en el párrafo 30.1 del artículo 30 y conforme a lo dispuesto f en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley N° 32069, Ley General de a o Contrataciones Públicas. a o) Autorizar la suspensión del plazo de ejecución, por acuerdo de partes, L aun cuando el evento se deba a causa imputable a la entidad a contratante, sin perjuicio de iniciarse el respectivo deslinde de responsabilidades. Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: M2G7MEJ p) Autorizar la ejecución y pago de prestaciones adicionales de bienes y servicios, hasta por el 25% del monto del contrato original, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento. q) Autorizar la reducción de prestaciones de bienes y servicios hasta por el 25% del monto del contrato original, conforme a lo dispuesto en la i D t o Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su r m Reglamento. a e d t r) Autorizar la ampliación del plazo del contrato para bienes y servicios, y e e suscribir la documentación derivada de la misma, previa solicitud d c sustentada del contratista. c r m n s) Autorizar otras modificaciones a los contratos, cuando no resulten n o aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones de plazo, o r conforme a lo previsto en la Ley N° 32069, Ley de Contrataciones l a a o Públicas y su Reglamento. t d t) Suscribir el convenio interinstitucional para encargar a Perú Compras u r i otra entidad contratante la realización de la fase de actuaciones d l e e preparatorias y/o de la fase de selección que aquella requiera para la ( t contratación de bienes y servicios en general. f e u) Aprobar la designación del árbitro de parte, tanto en arbitrajes m n a m institucionales como el ad hoc, a propuesta de la Procuraduría Pública. ) a u o Artículo 2.- La delegación de facultades a que se refiere la presente d d n l Resolución es indelegable y comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, e L sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales v y r ° establecidos para cada caso en concreto. c 7 d 6 Artículo 3.- El funcionario al que se le delega las facultades señaladas en el s , n e artículo 1 está obligado a dar cuenta trimestralmente a la Gerencia General, dentro de h d los cinco (5) días hábiles de vencido el trimestre que corresponda, respecto de las p F actuaciones derivadas de las facultades delegadas. : m a a p y Artículo 4.- El funcionario al que se le delega las facultades indicadas en la f e presente Resolución está obligado a indicar expresamente que actúan en vía de m i p c delegación. r d g s Artículo 5.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución b i p t tendrán vigencia durante el Año Fiscal 2025. / e e , Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital / u l e del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) a a (www.gob.pe/oece), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. o m x n t o Regístrese, comuníquese y publíquese. l m o f a Firmado por r CARMEN MARIA MARROU GARCIA s L Gerencia General a GERENCIA GENERAL Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: M2G7MEJ