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t o g u d e d t e o d e VISTOS: c r m n El Memorando Nº D00057-2025-OECE-DRNP de fecha 30 de abril de 2025 de e o o i la Dirección del Registro Nacional de Proveedores y la Certificación de Crédito y m Presupuestario Nº D00027-2025-OECE-OPPM de fecha 06 de mayo del 2025, de la a d Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. u o o g a a CONSIDERANDO: e m a n ) e Que, el artículo 40° de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, r n aprobada por Resolución Directoral N° 002-2007-EF-77.15 y modificatorias, establece m l s m que el Encargo consiste en la entrega de dinero mediante cheque o giro bancario a p c personal de la institución para el pago de obligaciones que, por la naturaleza de e o determinadas funciones o características de ciertas tareas o trabajos indispensables e e s a para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, no pueden ser efectuados de r e manera directa por la Oficina de Administración o la que haga sus veces en la Unidad e N f 2 Ejecutora; disponiendo además que el Encargo se regula mediante Resolución del Jefe a 2 de la Oficina de Admin...
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t o g u d e d t e o d e VISTOS: c r m n El Memorando Nº D00057-2025-OECE-DRNP de fecha 30 de abril de 2025 de e o o i la Dirección del Registro Nacional de Proveedores y la Certificación de Crédito y m Presupuestario Nº D00027-2025-OECE-OPPM de fecha 06 de mayo del 2025, de la a d Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. u o o g a a CONSIDERANDO: e m a n ) e Que, el artículo 40° de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, r n aprobada por Resolución Directoral N° 002-2007-EF-77.15 y modificatorias, establece m l s m que el Encargo consiste en la entrega de dinero mediante cheque o giro bancario a p c personal de la institución para el pago de obligaciones que, por la naturaleza de e o determinadas funciones o características de ciertas tareas o trabajos indispensables e e s a para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, no pueden ser efectuados de r e manera directa por la Oficina de Administración o la que haga sus veces en la Unidad e N f 2 Ejecutora; disponiendo además que el Encargo se regula mediante Resolución del Jefe a 2 de la Oficina de Administración o de quien haga sus veces, estableciendo el nombre a 9 de la(s) persona(s), la descripción del objeto del “Encargo”, los conceptos del gasto, los e L : y montos, las condiciones a que deben sujetarse las adquisiciones y contrataciones a ser h e realizadas, el tiempo que tomará el desarrollo de las mismas y el plazo para la rendición s i de cuentas debidamente documentada; / m p s s C Que, en el marco de lo dispuesto en la Directiva de Tesorería Nº 001-2007- r r EF/77.15, mediante Resolución Nº 093-2021-OSCE-SGE se aprobó la Directiva Nº m f p a 009-2021-OSCE/SGE “Directiva para la solicitud, autorización y otorgamiento, u o utilización, ejecución, rendición y control de fondos públicos bajo la modalidad de g D b g Encargo en el “Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes” e a la misma que regula la solicitud, autorización, otorgamiento, ejecución, rendición y w s control de los fondos públicos bajo la modalidad de Encargo interno en el Organismo b s v R Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE; i g a m Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 4.1) de la Directiva Nº 009- o e x t 2021-OSCE/SGE, las Actividades por Encargo son aquellas que se encuentran m y enmarcadas en los siguientes supuestos: l m d i a) Desarrollo de eventos, talleres o investigaciones, cuyo detalle de gastos no t pueda conocerse con precisión ni con la debida anticipación. r s b) Contratación de bienes y servicios, ante restricciones justificadas en cuanto a la L oferta local. a c) Contingencias derivadas de situaciones de emergencia declaradas por Ley. Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YNXUGEN Que, mediante el documento del visto la Dirección del Registro Nacional de Proveedores comunica la necesidad de ampliar el fondo de encargo otorgado mediante Resolución D00072-2025-OSCE-OAD para trabajo de desmontaje del letrero institucional en el OECE Cusco, por lo que solicita la suma de S/ 550.00 (Quinientos cincuenta con 00/100 Soles), de acuerdo al anexo adjunto a dicho documento, bajo la modalidad de fondo de Encargo, lo que se enmarca en el supuesto previsto en el literal b) del numeral 4.1) de la Directiva Nº009-2021-OSCE/SGE “Directiva para la solicitud, i D autorización , otorgamiento, utilización, ejecución, rendición y control de los fondos t o públicos bajo la modalidad de encargo en el Organismo Especializado para las r m a e Contrataciones Públicas Eficientes, aprobada con Resolución Nº 093-2021- d t OSCE/SGE; e e d c c r Que, a través de la Certificación de Crédito Presupuestal de vistos, la Oficina de m n Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite la Certificación de Crédito n o Presupuestal Nº D00027-2025-OECE-OPPM de fecha 06 de mayo de 2025 a fin de o r l a atender el requerimiento de asignación de fondos por Encargo para el trabajo de a o desmontaje del letrero institucional en el OECE Cusco; t d r i Que, conforme a lo expuesto por la Dirección solicitante, siendo el referido d l servicio de carácter indispensable, toda vez que permitirá el normal desarrollo de las e e ( t actividades de la OECE en mención, teniendo en cuenta que por su naturaleza y f e características no podría ser efectuado de manera directa por la Oficina de m n a m Administración, resulta pertinente que los recursos para la atención de dichas ) a obligaciones se autoricen a través de la modalidad de encargo, bajo el supuesto u o establecido en el literal b) del numeral 4.1) de la Directiva N 009-2021-OSCE/SGE; d d n l Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del artículo 38° del Texto e L v y Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado r ° para las Contrataciones Públicas Eficientes - ROF del OECE, aprobado con Resolución c 7 de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, es función de la Oficina de d 6 s , Administración “Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, n e los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Tesorería y h d Contabilidad”; p F : m a a Con la visación de la Jefa de la Unidad de Finanzas y la Jefa de la Unidad de p y Abastecimiento, y; f e m i De conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y j) del artículo 38° del Texto p c r d Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado g s para las Contrataciones Públicas Eficientes - ROF del OECE, la Directiva de Tesorería b i N 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral N. 002-2007-EF/77.15 y p t / e modificatorias y la Directiva N 009-2021-OSCE/SGE; e , / u l e SE RESUELVE: a a o m x n Artículo 1º.- Aprobar la ampliación del Encargo otorgado mediante Resolución t o D00072-2025-OSCE-OAD solicitada por la Dirección del Registro Nacional de l m o Proveedores, por el monto ascendente a S/ 550.00 (Quinientos cincuenta con 00/100 f Soles), de acuerdo al anexo adjunto, a fin de atender los gastos por contratación de a bienes y/o servicios, que coadyuven al cumplimiento de sus funciones, bajo el supuesto r s establecido en el literal b) del numeral 4.1 de la Directiva N. 009-2021-OSCE/SGE. L a Artículo 2°.- Otorgar el Encargo aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, por el monto solicitado por la Dirección del Registro Nacional de Proveedores, según cuadro adjunto, debiendo presentar la rendición de cuentas Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YNXUGEN documentada en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles de culminada la actividad por Encargo, de conformidad a lo establecido en el numeral 7.5) de la Directiva Nº 009- 2021-OSCE/SGE. Artículo 3°.- La utilización de esta modalidad de ejecución es para fines distintos de los que tienen establecidos el Fondo para Pagos en Efectivo o Fondo Fijo para Caja Chica y los viáticos, así como no exime del cumplimiento de los procedimientos de contratación aplicables de acuerdo a Ley General de Contrataciones Públicas vigente. t o g u d e Artículo 4°.- Los gastos que se efectúen con relación al Encargo, deberán estar d t debidamente sustentados con los Comprobantes de Pago – SUNAT, visados por el e o d e funcionario responsable de la solicitud del gasto, en señal de conformidad. c r m n Artículo 5°.- La rendición de cuentas de dicho Encargo, se afectará con cargo al e o o i Presupuesto Institucional del OECE, correspondiente al Año Fiscal 2025, en la Fuente y m de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios y Meta asignada a la OECE Unidad a d Desconcentrada Cusco. u o o g a a Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital e m a n del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes– OECE ) e (www.gob.pe/oece) y Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al r n Ciudadano (www.gob.pe). m l s m p c e o Regístrese, comuníquese y publíquese. e e s a r e e N f 2 Firmado por a 2 a 9 ANA FABIOLA ZARATE ANCHANTE e L : y Jefa de la Oficina de Administración h e OFICINA DE ADMINISTRACIÓN s i / m p s s C r r m f p a u o g D b g e a w s b s v R i g a m o e x t m y l m d i t r s L a Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YNXUGEN ANEXO FECHA DE COMISION DEL ENCARGO DEL 15 DE ABRIL AL 16 DE MAYO 2025 n D META COMISIONADO IMPORTE CLASIFICADOR e c i m a n d o 009-OECE l e Unidad Pizarro Esquivel Nilo S/ 550.00 2.3.2.4.2.1 o c Desconcentrada u ó Cusco m i n o o r l a a o t d r i a l e e ( n ) e r n a l s m p c e o e e s a r e e N f 2 a 2 a 9 e L : y h e p F : m p s p y i e m i p c r d g s b i p t / e e , / u a e d a d m . n h o m y l o i c o a . a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YNXUGEN