Documento regulatorio

Resolución Ministerial N.° 202-2025-EF/10

Resolución Ministerial que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes - OECE

Tipo
Resolución Ministerial
Fecha
07/05/2025
Fuente
gob.pe/oece/normas-legales

Vista previa del PDF

Puedes leer el documento directamente en la página.

Si tu navegador bloquea el visor, usa este enlace directo al PDF.

Extracto del texto

Extracto del contenido extraído del PDF para facilitar lectura e indexación.

ElPeruano /Jueves 8 de mayo de 2025 NORMASLEGALES 7 que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, entidades públicas deben seguir para la administración Ley del Servicio Civil y; la Directiva N° 003-2024-SERVIR- de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, GDSRH: Diseño de perfiles de puestos y elaboración, aprobación y administración del CAP Provisional; aprobación, administración y modificación del Manual Que, el literal b) del numeral 5.1 de la citada Directiva de Perfiles de Puestos, aprobada con Resolución de define al CAP Provisional como el documento de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE; gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su SE RESUELVE: estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Artículo 1.- Aprobar la Sección N° 1 del Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad Perfiles de Puestos - MPP del Servicio Nacional Forestal es viabilizar la operación de las entidades públicas y de Fauna Silvestre - SERFOR...
Ver texto completo extraído
ElPeruano /Jueves 8 de mayo de 2025 NORMASLEGALES 7 que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, entidades públicas deben seguir para la administración Ley del Servicio Civil y; la Directiva N° 003-2024-SERVIR- de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, GDSRH: Diseño de perfiles de puestos y elaboración, aprobación y administración del CAP Provisional; aprobación, administración y modificación del Manual Que, el literal b) del numeral 5.1 de la citada Directiva de Perfiles de Puestos, aprobada con Resolución de define al CAP Provisional como el documento de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE; gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su SE RESUELVE: estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Artículo 1.- Aprobar la Sección N° 1 del Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad Perfiles de Puestos - MPP del Servicio Nacional Forestal es viabilizar la operación de las entidades públicas y de Fauna Silvestre - SERFOR, que como Anexo forma durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley parte de la presente Resolución. Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace Artículo 2.- Disponer la notificación de la presente junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por Resolución a la Oficina General de Administración, para el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); los fines pertinentes. Que, asimismo, el numeral 6.2.1 de la Directiva Nº Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente 006-2021-SERVIR-GDSRH establece los supuestos Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como de para la elaboración del CAP Provisional, entre los la Resolución y su Anexo en el Portal Institucional (www. cuales se encuentra la reorganización, asignación gob.pe/serfor) y el Portal de Transparencia del Servicio o reasignación de funciones, el cual precisa que Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, el mismo día de la las entidades públicas que, a través de una norma publicación que se efectúe en el Diario Oficial El Peruano.sustantiva, vean incrementadas o reducidas sus competencias y/o funciones, y requieran la creación o Regístrese, comuníquese y publíquese. reducción de cargos vinculados a la implementación, o no, de dichas competencias y/o funciones, pueden hacer JORGE ARMANDO PELÁEZ MARTÍNEZ uso de este supuesto; Gerente General Que, el numeral 6.2.3.2 de la citada Directiva señala Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre que el formato de CAP Provisional se elabora siguiendo el SERFOR orden dispuesto en la estructura organizacional contenida en el ROF o MOP, según corresponda; y tomando en 2397793-1 consideración la información contenida en el Manual del Clasificador de Cargos (MCC) vigente; Que, con Decreto Supremo Nº 067-2025-EF, se ECONOMÍAYFINANZAS aprueba la Sección Primera del ROF del OECE; Que, mediante Resolución Nº D000049-2025-OSCE- PRE, se aprueba la Sección Segunda del ROF del OECE; Aprueban Cuadro para Asignación de Que,porResolucióndeGerenciaGeneralNºD000001- Personal Provisional - CAP Provisional 2025-OECE-GG, se aprueba el MCC del OECE, el cual tiene como finalidad describir de manera ordenada todos del Organismo Especializado para las los cargos del OECE, estableciendo su denominación, ContratacionesPúblicasEficientes-OECE clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de los objetivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL de la entidad; Nº 202-2025-EF/10 Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.3.1.8 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, la Lima, 8 de mayo del 2025 aprobación del CAP Provisional para los organismos públicos se realiza por resolución ministerial del sector correspondiente, previa opinión favorable de SERVIR; VISTOS: Que, el OECE sustenta la aprobación del CAP ElOficioNºD000003-2025-OECE-PRE,delOrganismo Provisional de dicha entidad, el cual se ha elaborado Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes sobre la base de la estructura aprobada en su ROF – OECE; y el Oficio Nº 000390-2025-SERVIR-PE, de vigente y con los cargos estructurales aprobados en su la Presidencia Ejecutiva del Consejo Directivo de la MCC vigente, guardando coherencia en la clasificación; Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, que Que, mediante el Informe Técnico Nº remite el Informe Técnico Nº 000095-2025-SERVIR- 000095-2025-SERVIR-GDSRH, la Gerencia de Desarrollo GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR emite Recursos Humanos de SERVIR; y, opinión técnica favorable sobre la propuesta del CAP Provisional del OECE; CONSIDERANDO: Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar CAP Provisional del OECE, el mismo que se encuentra acorde Que,elnumeral11.1delartículo11delaLeyNº32069, a la normativa vigente; y, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, el OECE es un organismo técnico especializado adscrito Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32069, al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería Ley General de Contrataciones Públicas; la Ley Nº jurídica de derecho público, que constituye pliego 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General, presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y la funcional, económica y financiera. Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración Que, mediante Resolución Ministerial Nº 327-2018- del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para EF/10, se aprueba el Cuadro paraAsignación de Personal Asignación de Personal Provisional”; cuya formalización Provisional (CAP Provisional) del Organismo Supervisor fue aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº de las Contrataciones del Estado – OSCE; 000150-2021-SERVIR-PE; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de SE RESUELVE: la implementación de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, SERVIR formaliza la Personal Provisional - CAP Provisional del Organismo aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del - OECE, el que, como Anexo, forma parte integrante de la Cuadro paraAsignación de Personal Provisional”, a través presente Resolución. de la cual se establece y precisa las normas técnicas Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 327- y procedimientos de observancia obligatoria que las 2018-EF/10, que aprobó el Cuadro para Asignación de Jueves 8 de mayo de 2025 ElPeruano 8 NORMASLEGALES Personal Provisional - CAP Provisional del Organismo y recomendaciones respecto a la conveniencia de Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. incorporar la tecnología nuclear como parte de las Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente opciones energéticas de largo plazo en el Perú, con un Resolución Ministerial y su Anexo en la Plataforma Digital plazo de vigencia de ciento ochenta (180) días calendario, Única del Estado Peruano (www.gob.pe); en el Portal de contados a partir del día siguiente de su publicación en el Transparencia Estándar del Organismo Especializado diario oficial El Peruano; para las Contrataciones Públicas Eficientes - OECE; así Que, el artículo 5 de la Resolución Ministerial Nº como en la sede digital del Organismo Especializado para 419-2024-MINEM/DM establece que, la Secretaría las Contrataciones Públicas Eficientes - OECE (www.gob. Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección pe/oece), en la misma fecha de publicación de la presente General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, norma en el diario oficial El Peruano. quien es responsable de brindar asistencia técnica y administrativa durante su vigencia; Regístrese, comuníquese y publíquese. Que, mediante el “Acta de sesión del GT Nuclear”, de fecha 30 de abril de 2025, los integrantes del Grupo JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ de Trabajo acordaron prorrogar por cuatro (04) meses la Ministro de Economía y Finanzas vigencia del citado Grupo; Que, mediante el Informe Nº 0158-2025-MINEM/ 2397552-1 DGE, elaborado por la Dirección General de Electricidad se sustenta la necesidad de prorrogar la vigencia del “Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, ENERGÍAYMINAS dependiente del Ministerio de Energía y Minas, el cual tiene por objeto elaborar la Hoja de Ruta que incluirá conclusiones y recomendaciones respecto a la Prorrogan vigencia de Grupo de Trabajo conveniencia de incorporar la tecnología nuclear como Sectorial que tiene por objeto elaborar la parte de las opciones energéticas de largo plazo en el Perú”, por cuatro (04) meses; a efectos de culminar las Hoja de Ruta que incluirá conclusiones tareas pendientes y realizar reuniones de coordinación y recomendaciones respecto a la final, garantizando así el cumplimiento efectivo de los conveniencia de incorporar la tecnología objetivos establecidos; Que, mediante el Informe Nº 150-2025-MINEM- nuclear como parte de las opciones OGPP-ODICR la Oficina de Desarrollo Institucional energéticas de largo plazo en el Perú, y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica creadomedianteR.M.Nº419-2024-MINEM/ favorable, desde el punto de vista organizacional, para la DM prórroga de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial; Que, con el Informe Nº 414-2025-MINEM/OGAJ, la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal Nº 169-2025-MINEM/DM favorable para prorrogar de la vigencia del referido Grupo de Trabajo Sectorial; Lima, 8 de mayo de 2025 Que, en este contexto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que prorroga por cuatro (04) meses, a partir del VISTOS: El Informe Nº 0158-2025-MINEM/DGE 09 de mayo de 2025, la vigencia del Grupo de Trabajo de la Dirección General de Electricidad; el Informe Sectorial; Nº 150-2025-MINEM-OGPP-ODICR de la Oficina de Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Informe Nº 414-2025-MINEM/OGAJ de la Oficina General Viceministerial de Electricidad; de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley CONSIDERANDO: de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba Que, el numeral 28.1 del artículo 28 de los el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Lineamientos de Organización del Estado, aprobados de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018- por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM (en adelante, PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM), señala que los Estado; grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean SE RESUELVE: para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, Artículo 1.- Prórroga de vigencia tales como la elaboración de propuestas normativas, Prorrogar por cuatro (04) meses, contados a partir del instrumentos, entre otros productos específicos; sus 09 de mayo de 2025, la vigencia del Grupo de Trabajo conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Que, asimismo, el numeral 28.2 del artículo 28 Ministerio de Energía y Minas, el cual tiene por objeto elaborar la Hoja de Ruta que incluirá conclusiones del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM establece y recomendaciones respecto a la conveniencia de que, los Grupos de Trabajo pueden ser sectoriales o incorporar la tecnología nuclear como parte de las multisectoriales y se aprueban mediante resolución opciones energéticas de largo plazo en el Perú, creado ministerial del ministerio del cual depende; asimismo mediante Resolución Ministerial Nº 419-2024-MINEM/DM. pueden participar en calidad de integrantes del Grupo de Trabajo representantes de otros poderes del Estado, Artículo 2.- Publicación niveles de gobierno y organismos constitucionalmente Disponer la publicación de la presente Resolución autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad; así como representantes acreditados de la sociedad civil, Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía academia, gremios empresariales, entre otros, siempre y Minas (www.gob.pe/minem) el mismo día de su que su participación se vincule y contribuya al objeto del publicación en el diario oficial El Peruano. Grupo de Trabajo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº Regístrese, comuníquese y publíquese. 419-2024-MINEM/DM, publicada el 09 de noviembre de 2024 en el diario oficial El Peruano, se conformó el Grupo JORGE LUIS MONTERO CORNEJO de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente Ministro de Energía y Minas del Ministerio de Energía y Minas, el cual tiene por objeto elaborar la Hoja de Ruta que incluirá conclusiones 2397625-1