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VISTOS: t Do g u El Informe D00025-2025-LAR-OSCE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la Oficina de d me Administración; y d t e o d e c rt CONSIDERANDO: m n e o o i Que el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones y m del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el a ad u o Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo o ig técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería a ta e m jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía a n técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; ) te r n m l Que, conforme el numeral 53.1 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de la s m Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto p c Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los e o e e procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la s a prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en r e ...
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VISTOS: t Do g u El Informe D00025-2025-LAR-OSCE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la Oficina de d me Administración; y d t e o d e c rt CONSIDERANDO: m n e o o i Que el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones y m del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el a ad u o Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo o ig técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería a ta e m jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía a n técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; ) te r n m l Que, conforme el numeral 53.1 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de la s m Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto p c Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los e o e e procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la s a prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en r e e N función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en f 2 los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de a 27 la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operación y mantenimiento de la a 9 e ,L infraestructura asociada a cada procedimiento; : y h e Que, de acuerdo al numeral 6.2.1 de la Directiva N° 001-2021-OSCE/SGE “Directiva s Fi / m para el reconocimiento de ingresos y devolución de tasas del Organismo Supervisor de p s las Contrataciones del Estado – OSCE”, aprobada mediante Resolución N° 004-2021- s C OSCE/SGE, la solicitud de devolución de tasas, se presentará en los siguientes r er m f supuestos: (I) Pago no Utilizado, o (II) Pago no utilizado en un trámite ante el OSCE; p a u o g D Que, asimismo, conforme lo previsto en el numeral 7.3.1.5 de la acotada b g Directiva, en caso de ser procedente la solicitud de devolución de tasas, esta deberá e ta realizarse a nombre de la persona natural que figura en el voucher; y en caso de persona w es b s jurídica, a nombre de su representante legal; v Ru i g Que, el literal c) de la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado a m o e del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que x tn la tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva m y l m por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente; d i De conformidad con lo dispuesto en el en el literal j) del artículo 50 del Reglamento de t r Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado s - OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; L a Pág. 1 de 2 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidae integridadpueden ser contrastadasa travésde la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: NR8CGFI SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar procedente Dos (2) depósito indebido que se encuentra en Tránsito, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución, por un importe de S/ 49 527.30 (Cuarenta y Nueve Mil Quinientos Veintisiete con 30/100 Soles) importe del cual se descontará la comisión bancaria que aplique el banco según sea el caso. n D e c Regístrese, comuníquese y publíquese. i mu a n d o l e o c u ró m i Firmado por n o o r l am MARTHA VIRGINIA ARIAS QUISPE a od t d Jefe(a) de la Unidad de Finanzas r ii UNIDAD DE FINANZAS a tl e e ( tn ) e r n a l s m p c e o e e s a r e e N f 2 a 27 a 9 e ,L : y h e p F : m p s p y i eC m i p c r d g s b i p tg / el e , / u a Re d a d m r n h to m y l o i c o a . a Pág. 2 de 2 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: NR8CGFI A : MARTHA VIRGINIA ARIAS QUISPE Jefe(a) de la Unidad de Finanzas t Do g u d m DE : LADY SAMIRA ALMERCO RENAILOS d n d o Auxiliar en Finanzas l ee o t ASUNTO : DEPOSITO INDEBIDO. u ró e c t o REFERENCIA : PROVEIDO N° D004724-2025-OSCE-UFIN (21ABR2025) o m a a . a o t d í ti d l Me dirijo a usted, a fin de informar que se han verificado los depósitos que detallo en el e e ( tn siguiente cuadro: ) e m n a l RAZON SOCIAL RUC/DNI BENEFICIARIO CCI VOUCHER FECHA DE PAGO IMPORTE EXPEDIENTE ) a u c TAME INVERSIONES d d TAME S.A.C. 00237500874892505542 e e 20534144432 BCP 123879 08/04/2025 48,318.30 EXP 03717-2025-TCEs a INVERSIONES RUC: 20534144432 r e S.A.C. e N f 2 a 27 JORGE ALBERTO 00330000300274346413 MESA DE PARTES a 9 ALNUSUR S.A.C. 20455679231 TORRES LLERENA IBK 0857849 07/03/2025 1,209.00 2025-00052928 e L DNI: 29372389 : y h e BANCO DE LA NACION S/. 49,527.30 p F 00-068-198194 : m a s p y Dicho depósito se muestra en tránsito, es decir no se ha utilizado en alguna facturación, f eC el mismo que se han reconocido como depósito indebido. m i p c r d Recibo de Ingreso R202500212 con SIAF 1143 y de fecha 15.04.2025 . s o i p tg / el e , b u a Re d l d m Firmado por r n h o m y LADY SAMIRA ALMERCO RENAILOS l m AUXILIAR EN FINANZAS d UNIDAD DE FINANZAS c t r s L LAR a cc.: Pág. 1 de 1 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoSupervisordelasContrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: