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VISTOS: t o g u El Informe N° D000035-2025-OSCE-DTN de la Dirección Técnico Normativa, el d e Informe N° D000204-2025-OSCE-OAJ e Informe N° D000187-2025-OSCE-OAJ de la d t e o Oficina de Asesoría Jurídica y el Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 10- d e 2025/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE; y, c r m n e o CONSIDERANDO: o f y m a d Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, u o establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es o g un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con a a e m personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de a n autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; ) e r n m l Que, el literal a) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones s m (ROF) del OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF, establece dentro p r de las funciones y atribuciones del Consejo Directivo, la de aprobar las directivas de e o e e alcance general en materia de contrataciones del Estado; s a r e e N...
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VISTOS: t o g u El Informe N° D000035-2025-OSCE-DTN de la Dirección Técnico Normativa, el d e Informe N° D000204-2025-OSCE-OAJ e Informe N° D000187-2025-OSCE-OAJ de la d t e o Oficina de Asesoría Jurídica y el Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 10- d e 2025/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE; y, c r m n e o CONSIDERANDO: o f y m a d Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, u o establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es o g un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con a a e m personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de a n autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; ) e r n m l Que, el literal a) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones s m (ROF) del OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF, establece dentro p r de las funciones y atribuciones del Consejo Directivo, la de aprobar las directivas de e o e e alcance general en materia de contrataciones del Estado; s a r e e N Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 67 y el literal d) del artículo 69 f 2 del ROF del OSCE, la Dirección Técnico Normativa es responsable, entre otros, de a 2 evaluar y proponer los proyectos de directivas, documentos estandarizados, a 9 e L comunicados, productos y proyectos para la mejora de la gestión de las contrataciones : y del Estado; y, entre sus funciones, tiene la de evaluar y proponer, para su aprobación h e por el Consejo Directivo, los proyectos de directivas en materia de contrataciones del s i : m Estado; p s s y i r Que, mediante Resolución Nº 061-2019-OSCE/PRE, se formaliza la aprobación m f de la Directiva N° 009-2019-OSCE/CD “Emisión de Pronunciamiento”; p a u o g D Que, con fecha 24 de junio de 2024, se publicó en el diario oficial El Peruano la b g Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, la cual tiene por objeto e a establecer el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, w s b s servicios y obras, así como regular, la participación de los actores involucrados en el v R proceso de contratación pública, siendo su finalidad la de maximizar el uso de recursos i g públicos en las contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del Estado; a a o e x t Que, el numeral 3 de la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de m y l m la Ley N° 32069 habilita al OSCE, a partir de la publicación del reglamento, entre otros, d a gestionar y aprobar las directivas y/o los lineamientos para el desarrollo y i complemento de la Ley N° 32069; t r s Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32069 L establece que dicha norma entrará en vigor a los noventa días calendario contados a a Pág. 1 de 4 Esta esuna copiaauténtica imprimibledeun documentoelectrónico archivado en elOrganismo Supervisor delasContrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Finaldel D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadasa través de la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XWWACAE partir del día siguiente a la publicación de su reglamento, a excepción de ciertos artículos; siendo queel Reglamentode lacitada Ley fue aprobadopor Decreto Supremo N° 009-2025-EF del 22 de enero de 2025, y tanto la ley como el reglamento inician su vigencia el 22 de abril del 2025; t o g u Que, mediante Resolución N° D000023-2025-OSCE-PRE, se aprobó la d e publicación del proyecto de Directiva “Disposiciones para la presentación de lasolicitud d t e o de elevación de cuestionamientos, emisión del pronunciamiento e integración definitiva d e de las bases”, exposición de motivos y el proyecto de Resolución de aprobación, en la c r sede digital del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE m n e o (www.gob.pe/osce), a fin de recoger comentarios, aportes u opiniones; o f y m a d Que, mediante los informes de vistos, la Dirección Técnico Normativa remite la u o propuesta de Directiva “Disposiciones para la presentación de la solicitud de elevación o g de cuestionamientos, emisión del pronunciamiento e integración definitiva de las a a e m bases”, emitiendo opinión favorable, para continuar con el trámite de su aprobación por a n el Consejo Directivo del OSCE; y, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que la ) e propuesta de Directiva se encuentra acorde al marco legal aplicable; por lo que, resulta r n m l viable su aprobación por parte del Consejo Directivo, y su posterior formalización s m mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva; p r e o e e Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo N° 003-010- s a 2025/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 10-2025/OSCE-CD, el r e e N Consejo Directivo del OSCE acordó, por unanimidad, aprobar la Directiva f 2 “Disposiciones para la presentación de la solicitud de elevación de cuestionamientos, a 2 emisión del pronunciamiento e integración definitiva de las bases”, con vigencia a partir a 9 e L del 22 de abril del 2025; derogar la Directiva N° 009-2019-OSCE/CD “Emisión de : y Pronunciamiento”, a partir de la entrada en vigencia de la directiva objeto de h e aprobación; y, dispuso la formalización del acuerdo mediante Resolución de s i : m Presidencia Ejecutiva; p s s y i r Que, deconformidad con el artículo 8 y el literal h) del artículo 9 del Reglamento m f Interno del Consejo Directivo del OSCE, cuya aprobación se formaliza mediante p a Resolución N° D000249-2023-OSCE-PRE, el Presidente del Consejo Directivo, quien u o g D ejerce, a su vez, el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos b g adoptados por el Consejo Directivo a través de Resolución cuando así se disponga en e a el acta; w s b s v R Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde emitir el i g acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; a a o e x t Que, en virtud de lo dispuesto en el literal i) del párrafo 41.1 del artículo 41 del m y l m Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley d General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 023- i 2025-PCM, la presente norma se encuentra excluida de la aplicación del Análisis de t r Impacto Regulatorio Ex Ante, dado que su contenido regula disposiciones en el marco s del desarrollo, funcionamiento e implementación del Sistema Nacional de L Abastecimiento; a Pág. 2 de 4 Esta esuna copiaauténtica imprimibledeun documentoelectrónico archivado en elOrganismo Supervisor delasContrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Finaldel D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadasa través de la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XWWACAE Con las visaciones de la Secretaría General, de la Directora de la Dirección Técnico Normativa, y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; t o De conformidad con la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; la Ley g u N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Reglamento de Organización y d e Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, d t e o aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; y, el Reglamento Interno del Consejo d e Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, cuya c r aprobación se formalizó con Resolución N° D000249-2023-OSCE-PRE; m n e o o f SE RESUELVE: y m a d u o Artículo 1.-. Formalizar la aprobación de la Directiva N° 003-2025-OECE/CD o g “Disposiciones para la presentación de la solicitud de elevación de cuestionamientos, a a e m emisión del pronunciamiento e integración definitiva de las bases”, que forma parte a n integrante de la presente Resolución. ) e r n m l Artículo 2.- Formalizar la derogación de la Resolución N° 061-2019- s m OSCE/PRE, que formaliza la aprobación de la Directiva N° 009-2019-OSCE/CD p r “Emisión de Pronunciamiento”, a partir de la entrada en vigencia de la Directiva e o e e aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución. s a r e e N Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y la Directiva N° f 2 003-2025-OECE/CD “Disposiciones para la presentación de la solicitud de elevación a 2 de cuestionamientos, emisióndelpronunciamiento eintegracióndefinitivade las bases” a 9 e L en el diario oficial El Peruano, en la sede digital del Organismo Supervisor de las : y Contrataciones delEstado – OSCE (www.gob.pe/osce) y en el Portal de Transparencia h e Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la s i : m presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario oficial El Peruano. p s s y i r m f DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES p a u o g D PRIMERA. - Vigencia b g La presente resolución rige a partir de la entrada en vigor de la Ley Nº 32069, e a Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto w s b s Supremo Nº 009-2025-EF, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 de la v R Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la citada Ley; con excepción de i g la Segunda Disposición Complementaria Final de la presente resolución, que entra en a a o e vigencia al día siguiente de la publicación de esta norma. x t m y l m SEGUNDA. - Implementación d Las unidades de organización competentes del Organismo Supervisor de las i Contrataciones del Estado – OSCE deben adoptar las medidas necesarias para la t r implementación de la presente resolución. s L a Pág. 3 de 4 Esta esuna copiaauténtica imprimibledeun documentoelectrónico archivado en elOrganismo Supervisor delasContrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Finaldel D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadasa través de la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XWWACAE Regístrese, comuníquese y publíquese. n D FIRMADO POR e c MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE i m a n Presidenta Ejecutiva d o PRESIDENCIA EJECUTIVA l e o c u ó m i n o o r l m a d t d r i a a e m ( n ) e r n a l s m p c e o e e s a r e e N f 2 a 2 a 9 e L : y h e p F : m a s p y f e m i p c r d g s b i p t / e e , / u a e d l d m r n h o m y l o i c o i . a Pág. 4 de 4 Esta esuna copiaauténtica imprimibledeun documentoelectrónico archivado en elOrganismo Supervisor delasContrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Finaldel D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidad e integridadpueden ser contrastadasa través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XWWACAE