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i D t o r m a e VISTOS: d t e e d c El Memorando N° D000310-2025-OECE-DSAT, de la Dirección de Supervisión c r y Asistencia Técnica; el Memorando N° D000896-2025-OECE-OPPM de la Oficina de m n Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000219-2025-OECE- n o o r UMOD de la Unidad de Modernización; y el Informe N° D000226-2025-OECE-OAJ de l a la Oficina de Asesoría Jurídica; y, a o t d r i CONSIDERANDO: d l e e ( t Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de f e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en Contrataciones m n Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio a m ) a de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye u o pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica d d y financiera; n l e L v y Que, mediante Resolución de Gerencia General N° D000053-2025-OECE-GG, r ° se aprueba la Directiva N° 003-2025-OECE/GG, Directiva para la Gestión de c 7 d 6 Documentos Normativos Institucionales, la cual...
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i D t o r m a e VISTOS: d t e e d c El Memorando N° D000310-2025-OECE-DSAT, de la Dirección de Supervisión c r y Asistencia Técnica; el Memorando N° D000896-2025-OECE-OPPM de la Oficina de m n Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000219-2025-OECE- n o o r UMOD de la Unidad de Modernización; y el Informe N° D000226-2025-OECE-OAJ de l a la Oficina de Asesoría Jurídica; y, a o t d r i CONSIDERANDO: d l e e ( t Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de f e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en Contrataciones m n Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio a m ) a de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye u o pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica d d y financiera; n l e L v y Que, mediante Resolución de Gerencia General N° D000053-2025-OECE-GG, r ° se aprueba la Directiva N° 003-2025-OECE/GG, Directiva para la Gestión de c 7 d 6 Documentos Normativos Institucionales, la cual tiene como finalidad establecer las s , disposiciones técnicas para el diseño, elaboración, aprobación, publicación, difusión; n e así como, la revisión, modificación y derogación de los documentos normativos h d p F institucionales del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas : m Eficientes; a a p y f e Que, de conformidad con el numeral 2 del artículo 1 de la Resolución N° 027- m i 2019-OSCE/SGE, se aprueba la ficha de procedimiento: Declaración de p c r d Cuestionamientos Improcedentes y Atención de Solicitudes de Barreras de Acceso, con g s código PR01-GSUP-SUPP, versión 00, con el objetivo de evaluar y dar respuesta a las b i comunicaciones, quejas y/o reclamos de terceros (proveedores, asociaciones, p t / e organizaciones gremiales, autoridades y ciudadanía en general) sobre presunta e , existencia de transgresiones de la Ley, su Reglamento y/o normativa conexa o / u complementaria; l e a a o m Que, mediante Resolución N° D000064-2024-OSCE-SGE, se aprueba la ficha x n de procedimiento: Supervisión de oficio al registro de orden de compra, orden de t o l m servicio y de información de la ejecución contractual en el SEACE, con código o PM04.01.03.04, versión 01, con el objetivo de establecer los lineamientos para realizar f la supervisión de oficio al registro de orden de compra, orden de servicio y de a r información de la ejecución contractual en el SEACE; s L Que, a partir del 22 de abril de 2025, a la entrada en vigencia de la Ley N° 32069, a Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, se deroga la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, según lo Pág. 1 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: HJFJKDY dispuesto en el literal a) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley N° 32069, y el literal a) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento de la Ley N° 32069, respectivamente; Que, mediante Memorando N° D000310-2025-OECE-DSAT, que adjunta el Informe N° D000057-2025-OECE-SDNC, los Informes Técnicos N° D000022-2025- OECE-SDEC y N° D000183-2025-OECE-SDPC y el Proveído N° D000274-2025- OECE-SDAT, la Dirección de Supervisión y Asistencia Técnica propone y sustenta la derogación del numeral 2 del artículo 1 de la Resolución Nº 027-2019-OSCE/SGE, que i D aprueba la ficha de procedimiento: Declaración de Cuestionamientos Improcedentes y t o r m Atención de Solicitudes de Barreras de Acceso, con código PR01-GSUP-SUPP, versión a e 00; y de la Resolución N° D000064-2024-OSCE-SGE, que aprueba la ficha de d t procedimiento: Supervisión de oficio al registro de orden de compra, orden de servicio e e d c y de información de la ejecución contractual en el SEACE, con código PM04.01.03.04, c r versión 01, en tanto su contenido ha sido desplazado por un nuevo marco normativo m n vigente, configurado por la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y n o o r su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; así como la nueva l a estructura orgánica del OECE; a o t d r i Que, mediante Memorando N° D000896-2025-OECE-OPPM, que adjunta el d l Informe N° D000219-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, la Oficina de e e ( t Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustenta y emite opinión técnica favorable f e para la derogación del numeral 2 del artículo 1 de la Resolución Nº 027-2019- m n OSCE/SGE, que aprueba la ficha de procedimiento: Declaración de Cuestionamientos a m ) a Improcedentes y Atención de Solicitudes de Barreras de Acceso, con código PR01- u o GSUP-SUPP, versión 00; y la derogación de la Resolución N° D000064-2024-OSCE- d d SGE, que aprueba la ficha de procedimiento: Supervisión de oficio al registro de orden n l e L de compra, orden de servicio y de información de la ejecución contractual en el SEACE, v y con código PM04.01.03.04, versión 01, de acuerdo con las causales de derogación r ° señaladas en el numeral 8.1.14 de la Directiva N° 003-2025-OECE-GG, toda vez que c 7 d 6 los documentos normativos contienen disposiciones que han sido superadas por s , nuevas normas o lineamientos vigentes; y se han reestructurado procesos, funciones o n e unidades de organización que hacen inviable o innecesaria la aplicación del documento; h d p F : m Que, mediante Informe N° D000226-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría a a p y Jurídica señala que es legalmente viable continuar con el trámite para la derogación de f e la Resolución Nº 027-2019-OSCE/SGE, cuyo numeral 2 del artículo 1 aprueba la ficha m i de procedimiento: Declaración de Cuestionamientos Improcedentes y Atención de p c r d Solicitudes de Barreras de Acceso, con código PR01-GSUP-SUPP, versión 00; y la g s derogación de la Resolución N° D000064-2024-OSCE-SGE, que aprueba la ficha de b i procedimiento: Supervisión de oficio al registro de orden de compra, orden de servicio p t / e y de información de la ejecución contractual en el SEACE, con código PM04.01.03.04, e , versión 01, por cuanto fueron emitidas en el contexto de un marco normativo que no se / u encuentra a la fecha vigente; l e a a o m Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 8.1.14 de la Directiva N° 003- x n 2025-OECE/GG, Directiva para la Gestión de Documentos Normativos Institucionales, t o l m aprobada por Resolución de Gerencia General N° D000053-2025-OECE-GG, puede o proponerse la derogación de documentos normativos institucionales de alcance interno, f entre otros criterios, cuando el documento normativo contiene disposiciones que han a r sido superadas por nuevas normas o lineamientos vigentes; s L Que, de conformidad con el artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de a Organización y Funciones del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, la Gerencia General es el órgano de la Alta Dirección y máxima autoridad administrativa de la entidad, siendo que conforme al Pág. 2 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: HJFJKDY literal l) del artículo 14 del citado documento la Gerencia General tiene entre sus funciones expedir resoluciones en materia de su competencia; Con las visaciones del Director de la Dirección de Supervisión y Asistencia Técnica; del Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; del Jefe de la Unidad de Modernización (e); y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- t o 2025-EF; la Directiva N° 003-2025-OECE/GG Directiva para la Gestión de Documentos g u Normativos Institucionales, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 053- d e 2025-OECE-GG; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del d t e o Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), d e aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; c r m n e o SE RESUELVE: o i y m Artículo 1.- Derogar el numeral 2 del artículo 1 de la Resolución Nº 027-2019- a d u o OSCE/SGE, que aprueba la ficha de procedimiento: Declaración de Cuestionamientos o g Improcedentes y Atención de Solicitudes de Barreras de Acceso, con código PR01- a a e m GSUP-SUPP, versión 00. a n ) e Artículo 2.- Derogar la Resolución N° D000064-2024-OSCE-SGE, que aprueba r n m l la ficha de procedimiento: Supervisión de oficio al registro de orden de compra, orden s m de servicio y de información de la ejecución contractual en el SEACE, con código p c PM04.01.03.04, versión 01. e o e e s a Artículo 3.- Poner en conocimiento la presente Resolución a la Oficina de r e e N Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y a la Dirección de Supervisión y f 2 Asistencia Técnica, para los fines correspondientes. a 2 a 9 e L Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital : y del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) h e (www.gob.pe/oece). s i / m p s Regístrese y comuníquese. s C r r m f p a Firmado por u o g D CARMEN MARÍA MARROU GARCÍA b g Gerente General e a GERENTE GENERAL w s b s v R i g a m o e x t m y l m d i t r s L a Pág. 3 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: HJFJKDY