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i D t o r m VISTO: a e d t e e El Informe N° D000051-2025-OECE-ORH-JCA, de fecha 28 de noviembre d c de 2025; y, c r m n n o CONSIDERANDO: o r l a a o Que, de acuerdo con el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, t d r i el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) d l es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y e e ( t Finanzas con personería jurídica de derecho público que constituye pliego f e presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica m n a m y financiera. ) a u o d d Que, mediante Decreto Legislativo N° 1405, se estableció regulaciones n l para que el disfrute del descanso vacacional remunerado favorezca la e L v y conciliación de la vida laboral y familiar, siendo aplicable a los servidores del r ° Estado, bajo cualquier régimen de contratación laboral, especial o de carrera, c 7 incluyendo al Cuerpo de Gerentes Públicos; asimismo los servidores tienen d 6 s , derecho a gozar de un descanso vacacional remunerado de treinta (30) días n e calendario por cada año comple...
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i D t o r m VISTO: a e d t e e El Informe N° D000051-2025-OECE-ORH-JCA, de fecha 28 de noviembre d c de 2025; y, c r m n n o CONSIDERANDO: o r l a a o Que, de acuerdo con el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, t d r i el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) d l es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y e e ( t Finanzas con personería jurídica de derecho público que constituye pliego f e presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica m n a m y financiera. ) a u o d d Que, mediante Decreto Legislativo N° 1405, se estableció regulaciones n l para que el disfrute del descanso vacacional remunerado favorezca la e L v y conciliación de la vida laboral y familiar, siendo aplicable a los servidores del r ° Estado, bajo cualquier régimen de contratación laboral, especial o de carrera, c 7 incluyendo al Cuerpo de Gerentes Públicos; asimismo los servidores tienen d 6 s , derecho a gozar de un descanso vacacional remunerado de treinta (30) días n e calendario por cada año completo de servicios. h d p F : m Que, el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1405, a a p y aprobado por Decreto Supremo N° 013-2019-PCM, señala que las Oficinas de f e Recursos Humanos, o las que hagan sus veces, son las responsables de m i p c coordinar y formular la programación del rol vacacional de los servidores, de r d acuerdo con las necesidades de servicio e interés particular de los servidores; g s b i asimismo que el rol de vacaciones de los servidores de la entidad se aprueba p t durante el mes de noviembre del año anterior. / e e , / u Que, el artículo 34 del Reglamento Interno de los Servidores Civiles – RIS, l e a a aprobado por Resolución Nº 177-2019-OSCE-PRE, establece que es o m responsabilidad de el/la servidor/a civil y de el/la jefe/a inmediato/a el x n t o cumplimiento del descanso vacacional programado y/o reprogramado, según l m sea el caso, bajo responsabilidad. o f a Que, en el marco de lo dispuesto en el literal q) del artículo 47 del Texto r s Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado L por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 002-2025-OECE/PRE, corresponde a a esta Oficina de Recursos Humanos emitir el acto resolutivo que apruebe el Rol Anual de Vacaciones para el periodo 2026 de los servidores civiles del OECE. Pág. 1 de 2 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: RTSOKSO De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1405, Decreto Legislativo que establece regulaciones para que el disfrute del descanso vacacional remunerado favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2019-PCM; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 002-2025-OECE/PRE. t o g u d e SE RESUELVE: d t e o d e Artículo 1.- Aprobar el Rol Anual de Vacaciones para el periodo 2026 de c r m n los servidores civiles del Organismo Especializado para las Contrataciones e o Públicas Eficientes – OECE, el mismo que en el anexo forma parte de la o i y m presente Resolución. a d u o o g Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a las unidades de a a organización del OECE, para conocimiento y fines. e m a n ) e r n m l Regístrese, comuníquese y publíquese. s m p c e o e e Firmado por s a r e e N YESSICA DORIS PÉREZ ASTUHUAMAN f 2 Jefe(a) de la Oficina de Recursos Humanos a 2 a 9 OFICINA DE RECURSOS HUMANOS e L : y h e s i / m p s s C r r m f p a u o g D b g e a w s b s v R i g a m o e x t m y l m d i t r s L a Pág. 2 de 2 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: RTSOKSO