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i D t o r m a e d t e e VISTOS: d c c r m n El Informe N° D000141-2025-OECE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la n o Oficina de Administración; y o r l a a o t d CONSIDERANDO: r i d l Que, el numeral 11.1) del artículo 11° de la Ley N° 32069, Ley General de e e ( t Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las f e Contrataciones Públicas Eficientes - OECE es un organismo técnico especializado m n a m adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho ) a público, que constituye pliego presupuestal ygoza de autonomía técnica, administrativa, u o funcional, económica y financiera; d d n l e L Que, conforme el numeral 53.1) del artículo 53° del Texto Único Ordenado de v y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto r ° c 7 Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los d 6 procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la s , prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en n e h d función ...
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i D t o r m a e d t e e VISTOS: d c c r m n El Informe N° D000141-2025-OECE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la n o Oficina de Administración; y o r l a a o t d CONSIDERANDO: r i d l Que, el numeral 11.1) del artículo 11° de la Ley N° 32069, Ley General de e e ( t Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las f e Contrataciones Públicas Eficientes - OECE es un organismo técnico especializado m n a m adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho ) a público, que constituye pliego presupuestal ygoza de autonomía técnica, administrativa, u o funcional, económica y financiera; d d n l e L Que, conforme el numeral 53.1) del artículo 53° del Texto Único Ordenado de v y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto r ° c 7 Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los d 6 procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la s , prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en n e h d función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en p F los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de : m la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operación y mantenimiento de la a a p y infraestructura asociada a cada procedimiento; f e m i Que, el literal c) de la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado p c del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que r d la tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva g s b i por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente; p t / e Que, de acuerdo al numeral 6.2.1) de la Directiva N° 001-2021-OSCE/SGE e , “Directiva para el reconocimiento de ingresos y devolución de tasas del Organismo / u l e Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE”, aprobada mediante Resolución a a N° 004-2021-OSCE/SGE, la solicitud de devolución de tasas, se presentará en los o m siguientes supuestos: (I) Pago no Utilizado, o (II) Pago no utilizado en un trámite ante x n t o el OSCE; l m o Que, asimismo, conforme lo previsto en el numeral 7.3.1.5) de la acotada f Directiva, en caso de ser procedente la solicitud de devolución de tasas, esta deberá a realizarse a nombre de la persona naturalquefigura en el voucher; y en caso de persona r s jurídica, a nombre de su representante legal; L a Que, el Informe N° D000141-2025-OECE-UFIN de 28 de noviembre de 2025, de la Unidad de Finanzas, señala que se han recibido cuatro (4) solicitudes de devolución de depósitos indebidos y de la verificación realizada sobre los depósitos detallados en el numeral 3.1 del citado informe, se ha determinado que se encuentran en estado "en Pág. 1 de 2 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: B1XUKX9 tránsito", lo que indica que no han sido utilizados en ningún trámite o facturación ante el OECE, por lo que en concordancia con lo establecido en la Directiva N° 001-2021- OSCE/SGE, los pagos que cumplen con la condición de "Pago no Utilizado" deben ser reconocidos como depósitos indebidos o en exceso, siendo susceptibles de devolución, los mismos que han sido registrados con recibo de ingreso R202500755, asociados al registro SIAF 3290 de fecha 24/11/2025, lo cual formaliza su identificación en nuestros sistemas. Asimismo, respecto al segundo cuadro, se ha verificado que el pago fue i D facturado y posteriormente anulado mediante la nota de crédito correspondiente. t o Conforme a la Decisión sobre Devolución de Gastos Administrativos emitida por la r m a e DREGAJU, dicho importe debe ser restituido al administrado; por tanto, al corresponder d t a un abono del año 2023, ha sido reconocido como un depósito indebido y registrado e e con el Recibo de Ingreso R20230080 en el SIAF 553, de fecha 31 de marzo del 2023. d c c r En ese sentido, la Unidad de Finanzas opina favorablemente sobre la devolución de m n cuatro (4) depósitos indebidos que se encuentran en tránsito detallados en el anexo n o adjunto, por un importe de S/ 38,588.28 (Treinta y ocho mil quinientos ochenta y ocho o r l a con 28/100 Soles), importe del cual se descontará la comisión bancaria que aplique el a o banco, según sea el caso; t d r i d l Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del artículo 38° del Texto e e Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado ( t f e para las Contrataciones Públicas Eficientes, aprobado con Resolución de Presidencia m n Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, es función de la Oficina de Administración a m “Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos ) a u o técnicos de los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Tesorería y Contabilidad”; d d n l Con el visto de la Jefa de la Unidad de Finanzas; e L v y De conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y j) del artículo 38° del Texto r ° c 7 Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado d 6 para las Contrataciones Públicas Eficientes; s , n e h d SE RESUELVE: p F : m a a Artículo 1º.- Declarar procedente cuatro (4) solicitudes de devolución por p y f e depósito indebido que se encuentra en Tránsito, detalladas en el anexo adjunto, el m i mismo que forma parte integrante de la presente resolución, por un monto total de S/ p c 38,588.28 (Treinta y ocho mil quinientos ochenta y ocho con 28/100 Soles), importe del r d g s cual se descontará la comisión bancaria que aplique el banco, según sea el caso. b i p t Artículo 2º.- Encargar a la Unidad de Finanzas la notificación de la presente / e e , resolución a los usuarios y proceda a realizar las acciones que conlleven a la devolución / u de tasa, a que se refiere el precedente artículo 1°. l e a a o m Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital x n del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes– OECE t o l m (www.gob.pe/oece) y Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al o Ciudadano (www.gob.pe). f a r Regístrese, comuníquese y publíquese. s L Firmado por a ANA FABIOLA ZARATE ANCHANTE Jefa de la Oficina de Administración OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Pág. 2 de 2 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: B1XUKX9