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VISTOS: i D El Informe N° D000018-2025-OSCE-DTN y Proveído N° 000452-2025-DTN, t o r m de la Dirección Técnico Normativa; el Informe N° D000112-2025-OSCE-OAJ, de la a e Oficina de Asesoría Jurídica; y, d t e e d c CONSIDERANDO: c r m n Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y n o o r sus modificatorias establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del l a Estado (OSCE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de a o t d Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye r i pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, d l económica y financiera; e e ( t f e Que, con fecha 24 de junio de 2024, se publicó en el Diario Oficial El Peruano m n la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, la cual tiene por objeto a m ) a establecer el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, u o servicios y obras, así como regular, la participación de los actores involucrados en el d d proceso de contratación pública, siendo su finalidad ...
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VISTOS: i D El Informe N° D000018-2025-OSCE-DTN y Proveído N° 000452-2025-DTN, t o r m de la Dirección Técnico Normativa; el Informe N° D000112-2025-OSCE-OAJ, de la a e Oficina de Asesoría Jurídica; y, d t e e d c CONSIDERANDO: c r m n Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y n o o r sus modificatorias establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del l a Estado (OSCE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de a o t d Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye r i pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, d l económica y financiera; e e ( t f e Que, con fecha 24 de junio de 2024, se publicó en el Diario Oficial El Peruano m n la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, la cual tiene por objeto a m ) a establecer el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, u o servicios y obras, así como regular, la participación de los actores involucrados en el d d proceso de contratación pública, siendo su finalidad la de maximizar el uso de n l e L recursos públicos en las contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del v y Estado; r ° c 7 d 6 Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la citada Ley, s , establece que dicha norma entrará en vigor a los noventa días calendario contados n e a partir del día siguiente a la publicación de su reglamento, excepto los numerales 1 h d p F y 2 de la décima tercera, décima sexta, décima novena y vigésima octava : m disposiciones complementarias finales, así como la única disposición a a p y complementaria modificatoria, que entran en vigor a partir del día siguiente de la f e publicación de la citada ley en el diario oficial El Peruano; asimismo, establece que m i el numeral 3 de la décima tercera disposición complementaria final entra en vigor a p c r d partir del día siguiente de la publicación del reglamento de la referida ley en el diario g s oficial El Peruano; b i p t / e Que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 3 de la Décima Tercera e , Disposición Complementaria Final de la referida Ley se habilita al OSCE, a partir de / u la publicación del reglamento, entre otros, a gestionar y aprobar las directivas y/o los l e a a lineamientos para el desarrollo y complemento de la Ley N° 32069; o m x n Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, se dispone la aprobación t o l m del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; o f Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 y el literal d) del artículo 69 a r Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto s Supremo N° 076-2016-EF (ROF del OSCE), la Dirección Técnico Normativa es L responsable, entre otros, de evaluar y proponer los proyectos de directivas, a documentos estandarizados, comunicados, productos y proyectos para la mejora de la gestión de las contrataciones del Estado y la implementación de nuevos modelos; Pág. 1 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridad pueden ser contrastadasa través de la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: TXSSGEM y tiene entre sus funciones, el evaluar y proponer para su aprobación por el Consejo Directivo, los proyectos de directivas en materia de contrataciones del Estado; Que, mediante los documentos de Vistos, la Dirección Técnico Normativa emite opinión favorable al Proyecto de Directiva Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, remitiendo el documento que contiene dicho Proyecto, así como el sustento técnico respectivo; asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable y remite el proyecto de Resolución que aprueba la i D mencionada propuesta de Directiva; t o r m a e Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que d t establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter e e d c general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo c r N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican m n en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su n o o r elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; l a a o t d Que, los numerales 21.1 y 21.2 del artículo 21 del Reglamento antes r i mencionado establecen que la publicación de un proyecto normativo se aprueba d l mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la e e ( t Administración Pública, la cual se publica en el diario oficial, y precisa, además, que f e el proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la m n entidad de la Administración Pública. Asimismo, en el caso de una entidad del Poder a m ) a Ejecutivo adscrita a un ministerio, aquella entidad debe comunicar a este ministerio u o la publicación del proyecto normativo y dicha comunicación debe incluir el proyecto d d normativo, la exposición de motivos y la norma que dispone la publicación; n l e L v y Que, en ese sentido, considerando que el proyecto de Directiva Disposiciones r ° aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de c 7 d 6 Contrataciones del Estado – SEACE, y el proyecto de resolución que dispone la s , formalización de su aprobación, constituyen normas de carácter general, resulta n e necesario aprobar la publicación del citado proyecto, a fin de recoger los h d p F comentarios, aportes u opiniones de los actores involucrados en la contratación : m pública; así como, del público en general; a a p y f e Que, el segundo párrafo del artículo 54 de la Ley N° 30225 establece que la/el m i Presidenta/e Ejecutiva/o del OSCE es la máxima autoridad ejecutiva, Titular del p c r d Pliego y representante legal de la Entidad, y que sus funciones se encuentran g s asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones; b i p t / e Que, el literal y) del artículo 11 del ROF del OSCE establece que la/el e , Presidenta/e Ejecutiva/o tiene asignadas, entre otras, la función de emitir / u resoluciones sobre asuntos de su competencia, previo informe emitido por la Oficina l e a a de Asesoría Jurídica, respectivamente; o m x n Con las visaciones de la Secretaria General, de la Directora de la Dirección t o l m Técnico Normativa, y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; o f De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones a r del Estado; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Reglamento s que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas L de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante el a Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; Pág. 2 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridad pueden ser contrastadasa través de la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: TXSSGEM SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Aprobar la publicación del proyecto de Directiva de Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, el proyecto de Resolución correspondiente y su exposición de t o motivos en la sede digital del Organismo Supervisor de las Contrataciones del g u Estado – OSCE (www.gob.pe/osce), el mismo día de la publicación de la presente d e Resolución en el Diario Oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días d t e o calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente d e Resolución, para recoger los comentarios, aportes u opiniones. c r m n e o Artículo 2.- Mecanismos de participación o i Disponer que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado en y m el artículo precedente son recibidos a través de la Mesa de Partes del Organismo a d u o Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE – Sede Lima, ubicada en Av. o g Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” 108, Piso 1, Residencial San Felipe, Jesús a a e m María, y la sección https://www.gob.pe/institucion/osce/colecciones/62325- a n proyectos-normativos-pre-publicados de la sede digital del OSCE. ) e r n m l Artículo 3.- Unidad de organización encargada s m Establecer que la Dirección Técnica Normativa y la Dirección del SEACE son p c las encargadas de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u e o e e opiniones que se presenten. s a r e e N Artículo 4.- Remisión f 2 Remitir la presente Resolución, el proyecto normativo y la exposición de a 2 motivos que lo sustentan, al Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines a 9 e L correspondientes. : y h e Regístrese, comuníquese y publíquese. s i / m p s s C r r m f FIRMADO POR p a MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE u o g D Presidenta Ejecutiva b g PRESIDENCIA EJECUTIVA e a w s b s v R i g a m o e x t m y l m d i t r s L a Pág. 3 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridad pueden ser contrastadasa través de la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: TXSSGEM