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i D VISTOS: t o r m a e Los Informes N° D000013-2025-OSCE-UOYM y N° D000016-2025-OSCE- d t UOYM de la Unidad de Organización y Modernización de la Oficina de Planeamiento y e e d c Modernización; los Memorandos N° D000088-2025-OSCE-OPM y N° D0000105-2025- c r OSCE-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° D000078- m n 2025-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, n o o r l a CONSIDERANDO: a o t d r i Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, d l establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) es un e e ( t organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con f e personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de m n autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; a m ) a u o Que, mediante Decreto Legislativo N° 1203 se crea el Sistema Único de Trámites d d (SUT) como herramienta informática para la elaboración, simplificación y n l e L estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA...
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i D VISTOS: t o r m a e Los Informes N° D000013-2025-OSCE-UOYM y N° D000016-2025-OSCE- d t UOYM de la Unidad de Organización y Modernización de la Oficina de Planeamiento y e e d c Modernización; los Memorandos N° D000088-2025-OSCE-OPM y N° D0000105-2025- c r OSCE-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° D000078- m n 2025-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, n o o r l a CONSIDERANDO: a o t d r i Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, d l establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) es un e e ( t organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con f e personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de m n autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; a m ) a u o Que, mediante Decreto Legislativo N° 1203 se crea el Sistema Único de Trámites d d (SUT) como herramienta informática para la elaboración, simplificación y n l e L estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como v y el repositorio oficial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en r ° exclusividad, con su correspondiente información sustentatoria, formulados por las c 7 d 6 entidades de la Administración Pública; s , n e Que, el artículo 6 del citado decreto legislativo señala como finalidad del SUT el h d p F registrar, integrar y optimizar, los procesos respecto a la elaboración, aprobación y : m publicación de los TUPA de las entidades públicas bajo los lineamientos emitidos por el a a p y ente rector, responsable de su administración; f e m i Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2018-PCM, se aprueba el Reglamento p c r d del Decreto Legislativo N° 1203, el cual tiene como objeto establecer las disposiciones g s para el desarrollo, registro, integración y optimización del proceso de elaboración, b i aprobación y publicación de los TUPA que compendian los procedimientos p t / e administrativos y servicios prestados en exclusividad, a través del SUT, a cargo de las e , entidades de la administración pública; / u l e a a Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del citado Reglamento establece, entre otros o m aspectos, que las entidades de la administración pública, mediante resolución de x n Secretaría General, Gerente General o quien haga sus veces, designa al Responsable t o l m de la Administración de Usuarios para acceder al SUT; o f Que, mediante Resolución N° 025-2020-OSCE/SGE se designó a la/el Jefa/e de a r la Oficina de Planeamiento y Modernización como Responsable de la Administración de s Usuarios para acceder al Sistema Único de Tramites del Organismo Supervisor de las L Contrataciones del Estado – OSCE; a Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2020-PCM- SGP se aprobó la actualización del Manual de Usuario del SUT, en cuyo numeral 5.1 Pág. 1 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: WGXPQUH de la sección III establece la necesidad de constituir un equipo de trabajo, el mismo que de preferencia, lo constituye el Equipo de Mejora Continua (EMC) y en caso de las entidades del Poder Ejecutivo, el equipo técnico de Análisis de Calidad Regulatoria (ACR), no obstante a criterio de la entidad y de manera excepcional se puede conformarse un equipo exclusivo para implementar el SUT; Que, con fecha 24 de junio de 2024, se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, cuyo artículo 9 establece como uno de los actores del proceso de contratación al Organismo Especializado para las i D Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), el cual es un organismo técnico t o r m especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas con personería jurídica de a e derecho público que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, d t administrativa, funcional, económica y financiera; e e d c c r Que, el numeral 3 de la Décima Tercera Disposición Complementarita Final de m n la Ley N° 32069, modificado por la Décima Primera Disposición Complementaria n o o r Modificatoria de la Ley N° 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año l a Fiscal 2025, establece entre otros, que el OSCE a partir de la publicación del reglamento a o t d elabora, gestiona y aprueba su TUPA; r i d l Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la citada Ley, e e ( t modificada por la Décima Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley f e N° 32187, establece, entre otros aspectos, que la presente norma entra en vigor a los m n noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su a m ) a reglamento; asimismo indica que el numeral 3 de la Décima Tercera Disposición u o Complementaria Final entra en vigor a partir del día siguiente de la publicación del d d Reglamento de la Ley N° 32069 en el diario oficial El Peruano; n l e L v y Que, con fecha 22 de enero de 2025, se publicó en el diario oficial El Peruano el r ° Decreto Supremo N° 009-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la c 7 d 6 Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; s , n e Que, mediante informes de Vistos, la Unidad de Organización y Modernización h d p F propone y sustenta la conformación del equipo de trabajo para la implementación del : m Sistema Único de Trámites del OSCE, a fin de proceder a la elaboración del TUPA del a a p y OECE, registrando en el Sistema Único de Tramites los procedimientos administrativos f e aprobados en el Título XIII del Reglamento de la Ley N° 32069; m i p c r d Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante documento de Vistos, brinda g s opinión legal favorable a la citada propuesta, por encontrarse acorde con el marco b i normativo vigente; p t / e e , Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.1 del Manual de Usuario / u del SUT, la designación del equipo de trabajo se realiza con documento emitido por la l e a a Secretaria General, Gerencia General o quien haga sus veces; o m x n Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; t o l m o Con las visaciones del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Modernización, la f Jefa de la Unidad de Organización y Modernización, y del Jefe de la Oficina de Asesoría a r Jurídica; s L De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1203, Decreto a Legislativo que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simplificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 031-2018-PCM; la Resolución de Secretaría de Pág. 2 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: WGXPQUH Gestión Pública N° 001-2020-PCM-SGP, que aprueba la actualización del Manual de Usuario del Sistema Único de Trámites (SUT); y, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016- EF; SE RESUELVE: Artículo 1.-. Designación y roles del Equipo de Trabajo 1.1. Designar al Equipo de Trabajo para la implementación del Sistema Único de t o Trámites – SUT del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y g u los roles a cumplir, el mismo que se encuentra integrado por los siguientes miembros: d e d t e o N° Cargo Rol d e c r 1 La/El Secretaria/o General Supervisor SUT m n La/El Jefa/e de la Oficina de Planeamiento y e o 2 Modernización Administrador SUT o i y m 3 La/El Jefa/e de la Oficina de Asesoría Jurídica Registrador Legal a d La/El Jefa/e de la Unidad de Organización y u o 4 Modernización Registrador de Procesos o g a a 5 La/El Jefa/e de la Unidad de Finanzas Registrador de Costos e m a n ) e 1.2. Los miembros del Equipo de Trabajo desarrollan sus actividades conforme r n a los lineamientos establecido en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° m l s m 001-2020-PCM/SGP, que aprueba la actualización del Manual de Usuarios del Sistema p c Único de Trámites y demás disposiciones vinculadas. e o e e s a Artículo 2.- Vigencia r e El Equipo de Trabajo conformado por la presente Resolución tiene una vigencia e N f 2 de carácter permanente, el cual opera para la elaboración del Texto Único de a 2 Procedimientos Administrativos (TUPA) y las modificaciones que se realicen. a 9 e L : y Artículo 3.- Obligación de todos los órganos y unidades orgánicas h e Disponer que los órganos y unidades orgánicas de la entidad, en el marco de s i sus respectivas funciones y competencias, brinden el apoyo necesario al Equipo de / m p s Trabajo para la implementación del Sistema Único de Tramites (SUT), conformado a s C través de la presente Resolución para el adecuado cumplimiento de sus funciones. r r m f p a Artículo 4.- Notificación u o Disponer la notificación de la presente Resolución a los miembros del Equipo de g D b g Trabajo para la Implementación del Sistema Único de Tramites (SUT) del Organismo e a Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. w s b s v R Artículo 5.- Publicación i g Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del a m o e Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE (www.gob.pe/osce). x t m y Regístrese y comuníquese. l m d i t Firmado por r s KARLA ROMERO SÁNCHEZ L Secretaria General a SECRETARÍA GENERAL Pág. 3 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidae integridadpueden ser contrastadasa travésde la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: WGXPQUH