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VISTOS: t Do g u El Oficio Múltiple N° D000001-2025-JUS/PGE-CTPPPGE de la Secretaría d me Técnica de la Comisión de Transferencia de las Procuradurías Publicas; el Memorando d t e o N° D000045-2025-OSCE-SGE y el Proveído N° D000845-2025-OSCE-SGE de la d e Secretaría General; el Informe N° D000017-2025-OSCE-UOYM de la Unidad de c rt Organización y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el m n e o Memorando N° D000103-2025-OSCE-OPM de la Oficina de Planeamiento y o i Modernización; el Memorando N° D000060-2025-OSCE-OAJ y el Informe N° D000067- y m 2025-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, a ad u o o ig CONSIDERANDO: a ta e m a n Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, ) te establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) es r n m l un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con s m personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de p c autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; e o e e s a ...
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VISTOS: t Do g u El Oficio Múltiple N° D000001-2025-JUS/PGE-CTPPPGE de la Secretaría d me Técnica de la Comisión de Transferencia de las Procuradurías Publicas; el Memorando d t e o N° D000045-2025-OSCE-SGE y el Proveído N° D000845-2025-OSCE-SGE de la d e Secretaría General; el Informe N° D000017-2025-OSCE-UOYM de la Unidad de c rt Organización y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el m n e o Memorando N° D000103-2025-OSCE-OPM de la Oficina de Planeamiento y o i Modernización; el Memorando N° D000060-2025-OSCE-OAJ y el Informe N° D000067- y m 2025-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, a ad u o o ig CONSIDERANDO: a ta e m a n Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, ) te establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) es r n m l un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con s m personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de p c autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; e o e e s a Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1326, se reestructura el Sistema r e e N Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del f 2 Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia a 27 y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía a 9 e ,L funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; : y h e Que, el artículo 4 del citado Decreto Legislativo, establece que el Sistema s Fi / m Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, es el conjunto de principios, normas, p s procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales el Procurador General del s C Estado, los procuradores públicos y demás funcionarios o servidores ejercen la defensa r er m f jurídica del Estado; p a u o g D Que, la Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° b g 1326, señala que la implementación de la Procuraduría General del Estado así como e ta el proceso de transferencia de plazas, personal, recursos presupuestarios, bienes y w es b s acervo documentario de las procuradurías públicas a la Procuraduría General del v Ru Estado, se encuentra sujeto al Plan de Implementación de la Procuraduría General del i g Estado, aprobado por resolución ministerial y con opinión previa del Ministerio de a m o e Economía y Finanzas en cuanto se refiere a los aspectos presupuestales del referido x tn proceso de transferencia; m y l m d Que, a través del Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, se aprueba el i Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, con la finalidad de optimizar el Sistema t r Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, garantizando el desarrollo efectivo de s las actividades desplegadas por los operadores en beneficio de los intereses del L Estado; y su Décima Tercera Disposición Complementaria Final refiere que el Plan de a Implementación comprende la incorporación y transferencia de las procuradurías públicas de todos los niveles de gobierno a la Procuraduría General del Estado. Las Pág. 1 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidae integridadpueden ser contrastadasa travésde la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XHQI6FK Procuradurías Públicas Especializadas, que forman parte de la estructura orgánica de la Procuraduría General del Estado, se encuentra en primer orden; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0287-2022-JUS, se aprueba el Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado, con el objetivo de establecer el proceso de incorporación progresiva de las Procuradurías Públicas a la Procuraduría General del Estado, asegurando la adecuada transferencia de plazas, personal, recursos presupuestarios, bienes y acervo documentario, el mismo que fue modificado mediante Resoluciones Ministeriales N° 0439-2022-JUS, N° 0083-2023-JUS, N° 0401- i D 2023-JUS y N° 0303-2024-JUS; t o r mu a e Que, a través del Oficio Múltiple N° D000001-2025-JUS/PGE-CTPPPGE de la d t Secretaría Técnica de la Comisión de Transferencia de las Procuradurías Publicas, e e d c comunica la actualización del Plan de Implementación de la Procuraduría General del c rt Estado y solicita adoptar las acciones pertinentes para la creación de un órgano m n colegiado a cargo del proceso de transferencia de la procuraduría pública, su n o o r instalación e inicio de gestiones, de conformidad con la precitada Séptima Disposición l am Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1326; a od t d r ii Que, con documentos de Vistos, la Secretaría General comunica que el órgano d tl colegiado encargado del proceso de transferencia de la Procuraduría Pública, estará e e ( tn integrado de acuerdo a lo siguiente: un/a represente de la Presidencia Ejecutiva, un/a f e representante de la Secretaría General, el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos m n Humanos, el/la Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento, el/la Jefe/a de la Oficina de a m ) a Tecnologías de la Información, el/la Jefe/a de la Unidad de Atención al Usuario, el/la u o Jefe/a de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y el/la Procurador/a Pública, y el/la d d Jefe/a de la Oficina de Asesoría Jurídica, como Secretaría Técnica; n l e L v y Que, a través de los documentos de Vistos, la Oficina de Planeamiento y r ° Modernización hace suyo el documento, con el cual, la Unidad de Organización y c 7 d 6 Modernización de la Oficina de Planeamiento y Modernización señala, entre otros, que s , la conformación de los órganos colegiados en el marco del proceso de transferencia de n e la procuraduría pública, no se encuentra dentro del marco normativo de los h d p Fe Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054- : m 2018-PCM, por cuanto se crean en el marco del Decreto Legislativo N° 1326; y que la a a p y conformación del órgano colegiado propuesto se encuentra acorde con lo f eC recomendado en la reunión de coordinación convocada por la Oficina de Planeamiento, m i Presupuesto y Modernización de la Procuraduría General del Estado, en su calidad de p c r d Secretaría Técnica de la Comisión de Transferencia de las Procuradurías Públicas a la g s Procuraduría General del Estado; b i p tg / el Que, mediante Informe N° D000067-2024-OSCE-OAJ, la Oficina de Asesoría e , Jurídica señala que conforme a lo establecido por el artículo 10 y el literal y) del artículo / u 11 del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto l Re a a Supremo N° 076-2016-EF, resulta legalmente viable emitir la Resolución, a través de o m la cual, el Presidencia Ejecutiva cree y conforme el órgano colegiado encargado del x tn proceso de transferencia de la Procuraduría Pública; t o l m o Que, el artículo 10 y el literal y) del artículo 11 del Reglamento de Organización f y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF, establecen a r que la/el Presidenta/e Ejecutiva/o es la máxima autoridad ejecutiva, Titular del Pliego y s representante legal del OSCE; y, que constituye una de sus funciones, la de emitir L resoluciones sobre asuntos de su competencia, previo informe emitido por la Oficina a de Asesoría Jurídica, respectivamente; Pág. 2 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidae integridadpueden ser contrastadasa travésde la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XHQI6FK Con las visaciones de la Secretaria General, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Modernización y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; la Resolución Ministerial N° 0287-2022-JUS, Resolución Ministerial que aprueba el Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado; y, el Reglamento de i D Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado t o r mu - OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; a e d t SE RESUELVE: e e d c c rt Artículo 1.- Conformación m n 1.1. Conformar la Comisión, de naturaleza temporal, denominada “Comisión de n o o r Transferencia de la Procuraduría Pública del Organismo Supervisor de las l am Contrataciones del Estado – OSCE”, la cual está integrada por: a od t d r ii ▪ Un/a representante de la Presidencia Ejecutiva, quien lo preside. d tl ▪ Un/a representante de la Secretaría General. e e ( tn ▪ El/La Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos. f e ▪ El/La Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento. m n ▪ El/La Jefe/a de la Oficina de Tecnologías de la Información. a m ) a ▪ El/La Jefe/a de la Unidad de Atención al Usuario. u o ▪ El/La Jefe/a de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto d d ▪ El/La Procurador/a Pública. n l e L v y 1.2. El/La titular de la Presidencia Ejecutiva y de la Secretaría General, designan r ° su representante mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, en un c 7 d 6 plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la notificación de la presente s , Resolución. n e h d p Fe Artículo 2.- Responsabilidades : m La Comisión de Transferencia de la Procuraduría Pública del Organismo a a p y Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, desarrolla las actividades f eC contenidas en el Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado, m i asegurando la adecuada transferencia de plazas, personal, recursos presupuestarios, p c r d bienes y acervo documentario. g s b i Artículo 3.- Secretaría Técnica p tg / el La Secretaría Técnica de la Comisión de Transferencia de la Procuraduría e , Pública del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, está a / u cargo del/de la Jefe/a de la Oficina de Asesoría Jurídica o del/de la servidor/a que sea l Re a a designado/a por este. o m x tn Artículo 4.- Instalación e inicio de gestiones t o l m 4.1. La Comisión de Transferencia de la Procuraduría Pública del Organismo o Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE se instala en un plazo no mayor f a diez días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución. a r s 4.2. La Comisión de Transferencia de la Procuraduría Pública del Organismo L Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE inicia gestiones a partir del día a siguiente de su instalación. Pág. 3 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidae integridadpueden ser contrastadasa travésde la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XHQI6FK Artículo 5.- Notificación Notificar la presente Resolución a los integrantes de la Comisión de Transferencia de la Procuraduría Pública del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE (www.gob.pe/osce). n D Regístrese y comuníquese. e c i mu a n d o FIRMADO POR l e o c LAURA LISSET GUTIERREZ GONZALES u ró Presidenta Ejecutiva m i PRESIDENCIA EJECUTIVA n o o r l am a od t d r ii a tl e e ( tn ) e r n a l s m p c e o e e s a r e e N f 2 a 27 a 9 e ,L : y h e p F : m p s p y i eC m i p c r d g s b i p tg / el e , / u a Re d a d m r n h to m y l o i c o a . a Pág. 4 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XHQI6FK