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VISTOS: t o Los Informes Nº D000001-2025-OSCE-OPM y Nº D000002-2025-OSCE-OPM g u de la Oficina de Planeamiento y Modernización, los Informe N° D000008-2025-OSCE- d e OAJ y N° D000033-2025-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Acta de d t e o Sesión de Consejo Directivo N° 001-2025/OSCE-CD del Consejo Directivo del d e Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE; y; c r m n e o CONSIDERANDO: o i y m Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a d u o establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), es o g un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con a a e m personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de a n autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; ) e r n m l Que, mediante Resolución Ministerial N° 425-2023-EF/41, se aprueba el “Plan s m Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024-2030”, el mismo p c que se encuentra articulado al Plan Estratégico de Desarrollo Nac...
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VISTOS: t o Los Informes Nº D000001-2025-OSCE-OPM y Nº D000002-2025-OSCE-OPM g u de la Oficina de Planeamiento y Modernización, los Informe N° D000008-2025-OSCE- d e OAJ y N° D000033-2025-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Acta de d t e o Sesión de Consejo Directivo N° 001-2025/OSCE-CD del Consejo Directivo del d e Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE; y; c r m n e o CONSIDERANDO: o i y m Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a d u o establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), es o g un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con a a e m personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de a n autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; ) e r n m l Que, mediante Resolución Ministerial N° 425-2023-EF/41, se aprueba el “Plan s m Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024-2030”, el mismo p c que se encuentra articulado al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050, e o e e y dispone en su artículo 3 que, el Ministerio de Economía y Finanzas, los organismos s a públicos adscritos y empresas vinculadas al Sector Economía y Finanzas, efectúen la r e e N elaboración de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales articulados a los f 2 objetivos y acciones estratégicas sectoriales del citado Plan Estratégico Sectorial a 2 Multianual (PESEM); a 9 e L : y Que con Resolución N° 105-2018-OSCE/PRE, se conforma la Comisión de h e Planeamiento Estratégico del OSCE, de carácter permanente, presidida por la/el s i / m Presidenta/e Ejecutiva/o y conformada por los siguientes miembros: la/el Secretaria/o p s General, la/el Presidenta/e del Tribunal de Contrataciones del Estado, las/los s C Directoras/es de Órganos de Línea y las/los Jefas/es de las Oficinas de Asesoramiento r r m f y Apoyo; p a u o g D Que, mediante la Resolución Nº 059-2019-OSCE/PRE se aprueba el “Plan b g Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del e a Estado – OSCE, para el periodo 2019-2022” y con las Resoluciones N° 081-2020- w s b s OSCE/PRE, N° 064-2021-OSCE/PRE, N° D000069-2022-OSCE/PRE, N° D000092- v R 2023-OSCE-PRE se aprueba su ampliación del horizonte temporal al periodo 2023, i g 2024, 2025, 2026, respectivamente; asimismo, con Resolución N° D000069-2024- a m o e OSCE/PRE, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 – 2027; x t m y l m Que, de acuerdo al artículo 21 de la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD d “Directiva General del Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento i Estratégico”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00021- t r 2024-CEPLAN/PCD y modificada mediante Resolución N° 00039 -2024-CEPLAN/PCD s y Resolución N° 00101-2024/CEPLAN/PCD, el PEI es un instrumento de gestión que L presenta la estrategia de mediano plazo de la institución a fin de contribuir al a cumplimiento del PESEM, Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) o plan superior al cual se articula, según corresponda; orienta la gestión estratégica de la Pág. 1 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XGL3QUF entidad para lograr objetivos de nivel de resultado, en el marco de sus funciones; con un horizonte temporal de cinco (5) años; Que, el numeral 1.6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055-2024/CEPLAN/PCD, dispone que las instituciones que cuenten con un PEI, validado por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) y aprobado por la institución, pueden realizar la ampliación del horizonte temporal del PEI, por única vez, con la finalidad de dar cobertura al Plan Operativo Institucional (POI) Multianual en elaboración; i D t o r m Que, el numeral 1.4 de la citada Guía dispone que el PEI del pliego debe contar a e con la validación del Sector al cual se encuentra adscrito, el cual elabora un informe de d t validación sobre la consistencia y coherencia del PEI con las políticas y planes bajo e e d c competencia del Sector. Asimismo, CEPLAN verifica y valida la metodología, la c r consistencia y coherencia del PEI con el PEDN y emite su respectivo informe técnico; m n n o o r Que, mediante Acta N° 005-2024-CPE, la Comisión de Planeamiento l a Estratégico del OSCE, acuerda validar la ampliación del PEI al período 2024-2028; a o t d r i Que, con los documentos de vistos, la Oficina de Planeamiento y d l Modernización, propone la aprobación PEI período 2024-2028 Ampliado, señalando e e ( t que dicha propuesta cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de f e Planificación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, según Oficio Nº m n 0046-2024-EF/41.02 que hace suyo el Informe N° 0251-2024-EF/41.02, y con la a m ) a verificación y validación de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento u o Estratégico del CEPLAN, según Oficio Nº 001199-2024-CEPLAN-DNCP que contiene d d el Informe Técnico N° 000439-2024-CEPLAN-DNCPPEI; n l e L v y Que, mediante informes de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica considera r ° viable la propuesta del “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 – 2028 Ampliado del c 7 d 6 Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)”; asimismo, considera s , que corresponde efectuar la publicación del acto resolutivo que formaliza el acuerdo n e que aprueba el citado instrumento de gestión en el Diario Oficial “El Peruano”; h d p F : m Que, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Organización y a a p y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, f e aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF, el Consejo Directivo es el máximo m i órgano del OSCE, encontrándose presidido por el Presidente Ejecutivo; asimismo, el p c r d literal c) de su artículo 8 dispone que es función del Consejo Directivo, aprobar los g s objetivos estratégicos, planes estratégicos y políticas institucionales; b i p t / e Que, en ese sentido, mediante Acuerdo N° 002-001-2025/OSCE-CD del Acta de e , Sesión de Consejo Directivo N° 01-2025/OSCE-CD, el Consejo Directivo del OSCE / u acordó aprobar el “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 – 2028 Ampliado del l e a a Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y disponer su o m formalización mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva y su posterior publicación x n el Diario Oficial El Peruano”; t o l m o f Que, de conformidad con el artículo 8 y el literal h) del artículo 9 del Reglamento a r Interno del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del s Estado – OSCE, formalizado con Resolución N° D000249-2023-OSCE-PRE, el L Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo a del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de Resolución cuando se disponga en el acta; Pág. 2 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XGL3QUF Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; la Directiva N° 001-2014-CEPLAN/PCD, Directiva General de n o Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, aprobada g u por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00021-2024-CEPLAN/PCD y d m d n modificada mediante Resolución N° 00039-2024-CEPLAN/PCD y Resolución N° 00101- d o 2024/CEPLAN/PCD; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por l e Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055-2024/CEPLAN/PCD; o t u ó e c SE RESUELVE: t f y m a a Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo del OSCE que aprueba a o el “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 – 2028 Ampliado del Organismo Supervisor o i a t de las Contrataciones del Estado (OSCE)”; el mismo que en anexo forma parte d m integrante de la presente Resolución. l e s e f e Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Planeamiento y Modernización efectúe m e el seguimiento y evaluación del instrumento de gestión formalizado en el artículo ( m precedente. ) a u o d d Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en la n l e L Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), en la sede digital del v y Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce) y r ° en el Portal de Transparencia Estándar. c 7 d 6 s , n e h d Regístrese, comuníquese y publíquese. p e : r a a p y FIRMADO POR . C m t LAURA LISSET GUTIÉRREZ GONZÁLES a i Presidenta Ejecutiva e d u s PRESIDENCIA EJECUTIVA o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 3 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: XGL3QUF