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t o VISTOS: g u d e i) El Informe N° D000273-2024-OSCE-UREH, y los Memorandos N° D002751- d t e o 2024-OSCE-UREH, N° D003836-2024-OSCE-UREH y N° D003874-2024-OSCE-UREH d e de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; ii) los Memorandos c r N° D001270-2024-OSCE-OAD y N° D001272-2024-OSCE-OAD de la Oficina de m n e o Administración, iii) el Informe N° D000578-2024-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría o i Jurídica; y, y m a d u o CONSIDERANDO: o g a a e m Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a n establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, es ) e un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con r n m l personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de s m autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; p c e o e e Que, el artículo 5 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece s a que el acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto, por r e e N grupo ocupacional...
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t o VISTOS: g u d e i) El Informe N° D000273-2024-OSCE-UREH, y los Memorandos N° D002751- d t e o 2024-OSCE-UREH, N° D003836-2024-OSCE-UREH y N° D003874-2024-OSCE-UREH d e de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; ii) los Memorandos c r N° D001270-2024-OSCE-OAD y N° D001272-2024-OSCE-OAD de la Oficina de m n e o Administración, iii) el Informe N° D000578-2024-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría o i Jurídica; y, y m a d u o CONSIDERANDO: o g a a e m Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a n establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, es ) e un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con r n m l personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de s m autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; p c e o e e Que, el artículo 5 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece s a que el acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto, por r e e N grupo ocupacional, en base a los méritos y capacidad de las personas, en un régimen f 2 de igualdad de oportunidades; a 2 a 9 e L Que, el literal c) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31953, Ley de : y Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, contempla como excepción a h e las medidas de austeridad en materia de personal, la contratación para el reemplazo s i / m por cese del personal, señalando que éste comprende al cese que se hubiese producido p s a partir del año 2023, debiéndose tomar en cuenta que el ingreso a la administración s C pública se efectúa necesariamente por concurso público de méritos y sujeto a los r r m f documentos de gestión respectivos; p a u o g D Que, mediante Memorando los documentos de Vistos, la Oficina de b g Administración autoriza el inicio de la Convocatoria de los Concursos Públicos de e a Méritos N° 016-2024/OSCE, N° 017-2024/OSCE, N° 018-2024/OSCE y N° 019- w s b s 2024/OSCE, aprobando las bases de los citados concursos públicos de méritos, a v R efectos de cubrir las plazas CAP-P por reemplazo por cese de personal de un/una (1) i g Profesional I y cuatro (4) Profesionales II del Tribunal de Contrataciones del Estado, a m o e un/una (1) Profesional II de la Unidad de Gestión de Desarrollo de Software, un/una (1) x t Profesional II de la Subdirección de Gestión Funcional del SEACE, un/una (1) m y l m Profesional I y un/una (1) Profesional II de la Subdirección de Normatividad; d i Que, mediante los documentos de Vistos, la Unidad de Recursos Humanos de t r la Oficina de Administración informa el resultado de los Concursos Públicos de Méritos s N° 017-2024/OSCE y N° 019-2024/OSCE para plazas CAP-P, señalando que se han L cubierto las plazas de un/una (1) Profesional II de la Unidad de Gestión de Desarrollo a de Software, siendo el ganador el señor Juan Carlos Jaime García Francia, un/una (1) Profesional I y un/una (1) Profesional II de la Subdirección de Normatividad, siendo los ganadores, los señores Gissel Marylin Marin Sanches y Anthony Román Paredes Cruz, Pág. 1 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: FM4TZBU respectivamente; indicando que corresponde se les incorpore al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, bajo el régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo N° 728; asimismo, la referida Unidad señala en relación al resultado del Concurso Público deMéritos N° 018-2024/OSCE para plazas CAP-P, que se declaró desierta la plaza de un/una (1) Profesional II de la Subdirección de Gestión Funcional del SEACE, y que respecto al Concurso Público de Méritos N° 016-2024/OSCE para plazas CAP-P, el plazo de cinco (5) días hábiles para la incorporación de los/las postulantes declarados/as ganadores/as al citado concurso, se cumpliría el 06 de enero de 2025; t o g u Que, mediante el documento de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica emite d e opinión legal favorable a la incorporación del personal antes señalado, bajo el régimen d t e o laboral regulado por el Decreto Legislativo N° 728, al encontrarse dentro del marco legal d e vigente; c r m n e o Que, el artículo 10 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, o i Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003- y m 97-TR, establece que elpersonal bajo el citado régimen laboral, está sujeto a un período a d u o de prueba de tres (3) meses, siendo que las partes pueden pactar un término mayor en o g caso las labores requieran de un período de capacitación o adaptación o que por su a a e m naturaleza o grado de responsabilidad tal prolongación pueda resultar justificada; a n ) e Que, conforme lo establece el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del r n m l Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto s m Supremo N° 040-2014-PCM, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de p c Recursos Humanos el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de e o e e una entidad pública; s a r e e N Que, de acuerdo con el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones f 2 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por el a 2 Decreto Supremo N° 076-2016-EF, la Secretaría General es la máxima autoridad a 9 e L administrativa del OSCE; : y h e Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 9 de la Ficha de s i / m Procedimiento PS02.01.01.02 “Vincular al personal” versión 05, aprobado mediante p s Resolución N° D000003-2023-OSCE-SGE de fecha 31 de enero de 2023, corresponde s C a la Secretaría General emitir la resolución de incorporación de personal al Organismo r r m f Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, bajo el régimen laboral regulado p a por el Decreto Legislativo N° 728; u o g D b g Con las visaciones de la Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría e a Jurídica y la Unidad de Recursos Humanos; w s b s v R De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo i g Público; en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a m o e 2024; en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad x t y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR; en el m y l m Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto d Supremo N° 040-2014-PCM; el Decreto Supremo N° 076-2016-EF que aprueba el i Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las t r Contrataciones del Estado – OSCE; y la Resolución N° D000080-2023-OSCE-PRE, a s través de la cual se designa a la Secretaria General del OSCE; L a Pág. 2 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: FM4TZBU SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporar al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, a partir del 27 de diciembre de 2024, bajo el régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo N° 728, a los/las servidores/as civiles que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los/las servidores/as civiles que se incorporan se encuentran n o sujetos al período de prueba, de acuerdo al plazo que se detalla en el Anexo que forma g u parte integrante de la presente Resolución. d m d n d o Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a los/las servidores/as civiles que l e se detallan en el Anexo de la presente Resolución y a la Unidad de Recursos Humanos o t u ó de la Oficina de Administración, para los fines correspondientes. e c t f Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la y m a a sede digital del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE a o (www.gob.pe/osce). o i a t d m l e Regístrese, comuníquese y publíquese. s e f e m e ( m Firmado por ) a u o d d KARLA ROMERO SANCHEZ n l e L Secretaria General v y SECRETARÍA GENERAL r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 3 de 3 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: FM4TZBU