Documento regulatorio

Resolución N.° 7741-2025-TCP-S4

Rectificación de error material en la Resolución N° 6469-2025-TCP-S4 del 30 de septiembre de 2025.

Tipo
Resolución
Fecha
13/11/2025
Fuente
gob.pe/oece/normas-legales

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Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 7741-2025-TCP-S4 Sumilla: (…) los errores materiales o aritméticos contenidos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión (…)” Lima, 14 de noviembre de 2025 VISTO en sesión del 14 de noviembre de 2025, de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones Públicas, el Expediente N° 9806/2024.TCP, sobre rectificación de error materialenlaResoluciónN°6469-2025-TCP-S4del30deseptiembrede2025;yatendiendo a lo siguiente: I. ANTECEDENTES 1. La Cuarta Sala del Tribunal emitió la Resolución N° 6469-2025-TCP-S4, señalando en la parte resolutiva la siguiente anotación: “Salvo mejor parecer, ERICK JOEL MENDOZA MERINO VOCAL DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE EJMM/cqr” 2. Con Decreto del 20 de octubre de 2025, se dispuso remitir el expediente a la Cuarta SaladelTribunal,al advertirlaexistenciadeunerror material todavezqueenlaparte resolutiva se consignó una indicación que ...
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Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 7741-2025-TCP-S4 Sumilla: (…) los errores materiales o aritméticos contenidos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión (…)” Lima, 14 de noviembre de 2025 VISTO en sesión del 14 de noviembre de 2025, de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones Públicas, el Expediente N° 9806/2024.TCP, sobre rectificación de error materialenlaResoluciónN°6469-2025-TCP-S4del30deseptiembrede2025;yatendiendo a lo siguiente: I. ANTECEDENTES 1. La Cuarta Sala del Tribunal emitió la Resolución N° 6469-2025-TCP-S4, señalando en la parte resolutiva la siguiente anotación: “Salvo mejor parecer, ERICK JOEL MENDOZA MERINO VOCAL DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE EJMM/cqr” 2. Con Decreto del 20 de octubre de 2025, se dispuso remitir el expediente a la Cuarta SaladelTribunal,al advertirlaexistenciadeunerror material todavezqueenlaparte resolutiva se consignó una indicación que no corresponde y se omitió consignar los nombres de 2 los vocales intervinientes. II. FUNDAMENTACIÓN 1. Según el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS, en lo sucesivo el TUO de la LPAG , los errores materiales o aritméticos 1 “Articulo 212.- Rectificación de errores 212.1 Los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. 212.2 Larectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”. Página 1 de 4 Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 7741-2025-TCP-S4 contenidos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. 2. Teniendo en cuenta el Decreto del 20 de octubre de 2025, mediante el cual el presente expediente fue remitido a Sala debido a la existencia de un error material en la Resolución N° 6469-2025-TCP-S4, se procedió a la revisión de la misma. Así,seadvirtióqueenlaparteresolutivadelreferidopronunciamiento,existeunerror material con relación a la indicación prevista en la parte final de la resolución, así como en la indicación de los nombres y apellidos de 2 vocales intervinientes, habiéndose señalado: “Salvo mejor parecer, ERICK JOEL MENDOZA MERINO VOCAL DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE EJMM/cq” Por ende, existiendo error en la resolución en mención, corresponde corregir dicho extremo, conforme a lo siguiente: “Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTEZ TATAJE PRESIDENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE ERICK JOEL MENDOZA MERINO ANNIE ELIZABETH PÉREZ GUTIÉRREZ VOCAL VOCAL DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE ss. Cortez Tataje. Pérez Gutiérrez. Mendoza Merino. ” 3. En este sentido, compete a este Tribunal rectificar el citado error material de conformidadconlodispuestoenelnumeral212.1delartículo212delTUOdelaLPAG, Página 2 de 4 Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 7741-2025-TCP-S4 dejando subsistentes, en todos sus demás términos, el texto de dicho pronunciamiento. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del vocal ponente Erick Joel Mendoza Merino, y la intervención de los vocales Juan Carlos Cortez Tataje y Annie Elizabeth Pérez Gutiérrez, atendiendo a la conformación de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones Públicas, según lo dispuesto en la Resolución N° D000006-2025-OECE-PRE del 23 de abril de 2025 publicada en esa misma fecha en el Diario Oficial “El Peruano”, y en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 16 de la Ley N° 32069, Ley General de ContratacionesPúblicas,ylosartículos18y19delReglamentodeOrganización yFunciones del OECE, aprobado por Decreto Supremo N° 067-2025-EF publicado el 12 de abril de 2025 en el Diario Oficial “El Peruano”, analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Rectificar el error material advertido en la parte resolutiva de la Resolución N° 6469- 2025-TCP-S4, en los siguientes términos: Dice: “Salvo mejor parecer, ERICK JOEL MENDOZA MERINO VOCAL DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE EJMM/cq” Debe decir: “Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTEZ TATAJE PRESIDENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE ERICK JOEL MENDOZA MERINO ANNIE ELIZABETH PÉREZ GUTIÉRREZ VOCAL VOCAL DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE ss. Cortez Tataje. Página 3 de 4 Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 7741-2025-TCP-S4 Pérez Gutiérrez. Mendoza Merino. ” 2. Dejar subsistentes, en todos sus demás términos, el texto de la Resolución N° 6469- 2025-TCP-S4 del 30 de septiembre de 2025. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTEZ TATAJE PRESIDENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE ERICK JOEL MENDOZA MERINO ANNIE ELIZABETH PÉREZ GUTIÉRREZ VOCAL VOCAL DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE ss. Cortez Tataje. Pérez Gutiérrez Mendoza Merino. Página 4 de 4