Documento regulatorio

Resolución N.° 062-2024-OSCE-UFIN

Declarar procedente Uno (1) depósito indebido que se encuentra en Tránsito, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución, por un importe de S/ 5 150.00 (Cinco Mil Ciento Cincuenta ...

Tipo
Resolución
Fecha
25/11/2024
Fuente
gob.pe/oece/normas-legales

Vista previa del PDF

Puedes leer el documento directamente en la página.

Si tu navegador bloquea el visor, usa este enlace directo al PDF.

Extracto del texto

Extracto del contenido extraído del PDF para facilitar lectura e indexación.

VISTOS: t Do g u El Informe D00012-2024-LAR-OSCE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la d me Oficina de Administración; y d t e o d e c rt CONSIDERANDO: m n e o o i Que el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de y m Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece a ad u o que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo o ig técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería a ta e m jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía a n técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; ) te r n m l Que, conforme el numeral 53.1 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de la s m Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto p c Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los e o e e procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la s a prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en r e ...
Ver texto completo extraído
VISTOS: t Do g u El Informe D00012-2024-LAR-OSCE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la d me Oficina de Administración; y d t e o d e c rt CONSIDERANDO: m n e o o i Que el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de y m Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece a ad u o que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo o ig técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería a ta e m jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía a n técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; ) te r n m l Que, conforme el numeral 53.1 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de la s m Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto p c Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los e o e e procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la s a prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en r e e N función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en f 2 los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de a 27 la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operación y mantenimiento de la a 9 e ,L infraestructura asociada a cada procedimiento; : y h e Que, de acuerdo al numeral 6.2.1 de la Directiva N° 001-2021-OSCE/SGE s Fi / m “Directiva para el reconocimiento de ingresos y devolución de tasas del Organismo p s Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE”, aprobada mediante Resolución s C N° 004-2021-OSCE/SGE, la solicitud de devolución de tasas, se presentará en los r er m f siguientes supuestos: (I) Pago no Utilizado, o (II) Pago no utilizado en un trámite ante p a el OSCE; u o g D b g Que, asimismo, conforme lo previsto en el numeral 7.3.1.5 de la acotada e ta Directiva, en caso de ser procedente la solicitud de devolución de tasas, esta deberá w es b s realizarse a nombre de la persona natural que figura en el voucher; y en caso de persona v Ru jurídica, a nombre de su representante legal; i g a m o e Que, el literal c) de la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado x tn del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que m y l m la tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva d por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente; i t r De conformidad con lo dispuesto en el en el literal j) del artículo 50 del s Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las L Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; a Pág. 1 de 2 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidae integridadpueden ser contrastadasa travésde la siguientedirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 6SSJKKQ SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar procedente Uno (1) depósito indebido que se encuentra en Tránsito, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución, por un importe de S/ 5 150.00 (Cinco Mil Ciento Cincuenta con 00/100 Soles) importe del cual se descontará la comisión bancaria que aplique el banco según sea el caso. n D e c i mu a n d o Regístrese, comuníquese y publíquese. l e o c u ró m i n o o r Firmado por l am a od t d MARTHA VIRGINIA ARIAS QUISPE r ii Jefe(a) de la Unidad de Finanzas a tl UNIDAD DE FINANZAS e e ( tn ) e r n a l s m p c e o e e s a r e e N f 2 a 27 a 9 e ,L : y h e p F : m p s p y i eC m i p c r d g s b i p tg / el e , / u a Re d a d m r n h to m y l o i c o a . a Pág. 2 de 2 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 6SSJKKQ A : MARTHA VIRGINIA ARIAS QUISPE Jefe(a) de la Unidad de Finanzas t o g u d m DE : LADY SAMIRA ALMERCO RENAILOS d n d o Auxiliar en Finanzas l e o t ASUNTO : DEPOSITO INDEBIDO. u ó e c t o REFERENCIA : PROVEIDO N° D013323-2024-OSCE-UFIN (26NOV2024) o m a a . a o t d í t d l Me dirijo a usted, a fin de informar que se han verificado los depósitos que detallo en el siguiente e e cuadro: ( t ) e m n RAZON SOCIAL RUC/DNI CCI VOUCHER FECHA DE PAGO IMPORTE EXPEDIENTE a l BENEFICIARIO ) a u c d d CONSTRUCTORES Y CONSTRUCTORES Y 802-043-002321242080-08 e e CONSULTORES AREL 20477433465 CONSULTORES AREL BBVA 0014626 23/10/2024 5, 150.00 INDEBIDO s a r e S.A.C S.A.C e N f 2 BANCO DE LA NACION S/5, 150.00 a 2 00-068-198194 a 9 e L : y Dicho depósito se muestra en tránsito, es decir no se ha utilizado en alguna facturación, el mismo h e que se han reconocido como depósito indebido. p F : m a s Recibo de Ingreso con R202400754 SIAF 3035 con de fecha 22.11.2024 p y f e m i p c Es todo cuanto informo para los fines convenientes. r d . s o i p t / e e , b u a e Firmado por d l d m r n LADY SAMIRA ALMERCO RENAILOS h o m y Auxiliar en Finanzas l m UNIDAD DE FINANZAS d c t r s L a LAR cc.: Pág. 1 de 1 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoSupervisordelasContrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: