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t o g u d e d t e o d e c r m n e o VISTOS: o i y m a d El Informe N° D000071-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; el u o o g Memorando N° D000929-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, a a Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000224-2025-OECE-UMOD de la e m Unidad de Modernización; el Informe N° D000229-2025-OECE-OAJ de la Oficina de a n ) e Asesoría Jurídica; y, r n m l CONSIDERANDO: s m p c e o Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de e e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en Contrataciones s a r e Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al e N Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que f 2 a 2 constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, a 9 económica y financiera; e L : y h e Que, el literal f) del párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069 establece s i como una de las funciones del OECE, la de diseñar, formular, aprobar y difundir / m directivas y lineamientos en mater...
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t o g u d e d t e o d e c r m n e o VISTOS: o i y m a d El Informe N° D000071-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; el u o o g Memorando N° D000929-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, a a Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000224-2025-OECE-UMOD de la e m Unidad de Modernización; el Informe N° D000229-2025-OECE-OAJ de la Oficina de a n ) e Asesoría Jurídica; y, r n m l CONSIDERANDO: s m p c e o Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de e e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en Contrataciones s a r e Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al e N Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que f 2 a 2 constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, a 9 económica y financiera; e L : y h e Que, el literal f) del párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069 establece s i como una de las funciones del OECE, la de diseñar, formular, aprobar y difundir / m directivas y lineamientos en materia de su competencia, así como de las plataformas o p s s C herramientas que administra, incluidas las de gestión para el cumplimiento de su rol r r supervisor y de acompañamiento, siendo que, los anteproyectos de alcance general m f p a deben ser prepublicados para fomentar la participación de los actores de la compra u o pública en su diseño y formulación; g D b g e a Que, asimismo, el literal f) del párrafo 25.1 del artículo 25 de la Ley N° 32069 w s define a los compradores públicos como los funcionarios y servidores de la b s dependencia encargada de las contrataciones (DEC), responsables de realizar las v R i g actividades relativas a la gestión de las contrataciones de la entidad contratante, las a m cuales incluyen la organización, elaboración de la documentación y conducción del o e proceso de contratación, así como el seguimiento de la ejecución del contrato y su x t m y conclusión; l m d i Que, por su parte, los párrafos 15.1 y 15.2 del artículo 15 del Reglamento de la t Ley N° 32069 establecen que los compradores públicos son los funcionarios y r servidores de la DEC que intervienen en el proceso de contratación de bienes, servicios s L y obras y que forman parte de los responsables dela cadena de abastecimiento público, a y que se encuentran sujetos a las disposiciones que emita la Dirección General de Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 8FZAOQW Abastecimiento para su profesionalización, y la Autoridad Nacional del Servicio Civil en el marco de sus competencias, según lo dispuesto en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley; en adición, el párrafo 15.3 del citado artículo 15 establece que el OECE aprueba los lineamientos de conducta de los compradores i D públicos para el desarrollo de los procesos de contratación, entre otros aspectos que t o coadyuven a la prevención y la gestión oportuna de conflictos de interés y/o potenciales r m conflictos de interés, así como a la transparencia e imparcialidad de los compradores a e d t públicos; e e d c Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 86 y el literal c) del artículo 87 del c r m n Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado por n o Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, la Dirección o r Técnico Normativa es el órgano de línea, encargado de promover la generación de l a a o directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública, t d absolver consultas sobre el sentido o alcance de la normativa vigente; y, tiene entre r i d l sus funciones, el evaluar y proponer directivas y lineamientos de alcance general en e e materia de contratación pública, respectivamente; ( t f e m n Que, mediante el documento de Vistos, la Dirección Técnico Normativa propone a m los Lineamientos de conducta de los compradores públicos para el desarrollo del ) a proceso de contratación pública, remitiendo el documento que contiene dicho proyecto, u o d d incluido sus anexos, así como el sustento técnico respectivo; además, la Oficina de n l Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable al citado e L proyecto de Lineamientos; siendo que la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión v y r ° legal favorable para la continuación del trámite de publicación respectivo, remitiendo el c 7 proyecto de Resolución que aprueba la publicación de mencionada propuesta de d 6 Lineamientos; s , n e h d Que, de acuerdo con el párrafo 19.1 del artículo 19 del Reglamento que p F establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter : m a a general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo p y N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican f e m i en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su p c elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; r d g s b i Que, los párrafos 21.1 y 21.2 del artículo 21 del Reglamento citado en el p t considerando precedente establecen que la publicación de un proyecto normativo se / e aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la e , / u Administración Pública, la cual se publica en el diario oficial y precisa, además, que el l e proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la a a entidad de la Administración Pública; asimismo, en el caso de una entidad del Poder o m x n Ejecutivo adscrita a un ministerio, aquella entidad debe comunicar a este ministerio la t o publicación del proyecto normativo y dicha comunicación debe incluir el proyecto l m normativo, la exposición de motivos y la norma que dispone la publicación; o f a Que, considerando que el proyecto de Lineamientos de conducta de los r compradores públicos para el desarrollo del proceso de contratación pública, que s L incluye sus anexos, y el sustento respectivo, así como el proyecto de resolución que a dispone la formalización de su aprobación, constituyen normas de carácter general, Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 8FZAOQW resulta necesario aprobar la publicación del citado proyecto, a fin de recoger los comentarios, aportes u opiniones de los actores involucrados en la contratación pública; así como, del público en general; i D Que, el literal b) del párrafo 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 32069, Ley General t o de Contrataciones Públicas, establece que el Presidente Ejecutivo es la máxima r m autoridad ejecutiva, titular del pliego y representante legal de la entidad, en a e d t concordancia con lo cual el literal q) del artículo 12 del Texto Integrado del Reglamento e e de Organización y Funciones del OECE establece que la Presidencia Ejecutiva tiene, d c entre otras, la función de expedir Resoluciones de Presidencia Ejecutiva sobre asuntos c r m n de su competencia; n o o r Con las visaciones de la Gerenta General, de la Directora de la Dirección l a a o Técnico Normativa, del Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y t d Modernización, y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; r i d l e e De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de ( t Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- f e m n 2025-EF; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y a m difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, ) a aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del u o d d Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las n l Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia e L Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; v y r ° c 7 SE RESUELVE: d 6 s , n e Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo h d p F Aprobar la publicación del proyecto de Lineamientos de conducta de los : m a a compradores públicos para el desarrollo del proceso de contratación pública, incluido p y sus anexos, y su correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de f e m i Resolución de aprobación, en la sede digital del Organismo Especializado para las p c Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece), el mismo día de la r d publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, por el plazo de g s b i quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la p t presente Resolución, para recoger los comentarios, aportes u opiniones conforme a lo / e señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. e , / u l e Artículo 2.- Mecanismos de participación a a o m x n Disponer que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado en el t o artículo precedente son recibidos a través de la Mesa de Partes del Organismo l m Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), ubicada en Av. o f Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” No. 108, Piso 1, Jesús María y la sección a https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos- r prepublicados de la sede digital del OECE. s L a Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 8FZAOQW Artículo 3.- Unidad de organización encargada Establecer que la Dirección Técnico Normativa sea la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. n o Artículo 4.- Remisión g u d m d n Remitir la presente Resolución, el proyecto normativo y la exposición de motivos d o l e que lo sustentan, al Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines o t correspondientes. u ó e c t f y m a a a o Regístrese, comuníquese y publíquese. o i a t d m l e s e FIRMADO POR f e MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE m e ( m Presidenta Ejecutiva ) a PRESIDENCIA EJECUTIVA u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 8FZAOQW