Extracto del contenido extraído del PDF para facilitar lectura e indexación.
i D t o r m a e VISTOS: d t e e d c El Memorando Nº D000604-2025-OECE-OAD de la Oficina de Administración; c r el Informe Nº D000323-2025-OECE-UABA de la Unidad de Abastecimiento; y el Informe m n Nº D000218-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, n o o r l a CONSIDERANDO: a o t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las e e ( t Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, a m ) a funcional, económica y financiera; u o d d Que, según información publicada en el Sistema Electrónico de Contrataciones n l e L del Estado de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (SEACE de la v y Pladicop), el 3 de octubre de 2025 el Organismo Especializado para las Contrataciones r ° Públicas Eficientes (OECE) invita al proveedor a participar del Proc...
Ver texto completo extraído
i D t o r m a e VISTOS: d t e e d c El Memorando Nº D000604-2025-OECE-OAD de la Oficina de Administración; c r el Informe Nº D000323-2025-OECE-UABA de la Unidad de Abastecimiento; y el Informe m n Nº D000218-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, n o o r l a CONSIDERANDO: a o t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las e e ( t Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, a m ) a funcional, económica y financiera; u o d d Que, según información publicada en el Sistema Electrónico de Contrataciones n l e L del Estado de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (SEACE de la v y Pladicop), el 3 de octubre de 2025 el Organismo Especializado para las Contrataciones r ° Públicas Eficientes (OECE) invita al proveedor a participar del Procedimiento de c 7 d 6 Selección No Competitivo N° 03-2025-OECE-1, “Servicio de arrendamiento de un s , inmueble para el funcionamiento de la oficina OECE–sede Huaraz”; n e h d p F Que, con fecha 15 de octubre de 2025, se adjudicó el Procedimiento de : m Selección No Competitivo N° 03-2025-OECE-1 a la sociedad conyugal conformada por a a p y la señora Gregoria Milla Arnao y el señor Pablo Alfonso Maguiña Minaya, al haber f e supuestamente cumplido con los requisitos de admisión y calificación establecidos en m i el requerimiento, previstos en las bases de procedimientos de selección no p c r d competitivos; g s b i Que, mediante Memorando Nº D000604-2025-OECE-OAD, que adjunta el p t / e Informe Nº D000323-2025-OECE-UABA de la Unidad de Abastecimiento, la Oficina de e , Administración informa que se ha identificado vicios de nulidad en el Procedimiento de / u Selección No Competitivo N° 03-2025-OECE-1, convocado para la contratación del l e a a “Servicio de arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de la oficina OECE– o m sede Huaraz”, al haberse configurado el supuesto establecido en el numeral1) del literal x n b) del párrafo 70.2 del Artículo 70 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones t o l m Públicas; solicitando se declare la nulidad del citado procedimiento y se retrotraiga hasta o la etapa de convocatoria, previa reformulación de las bases, dado que, conposterioridad f a la adjudicación, se advierte lo siguiente: a r s - Respecto del área construida del inmueble ofertado: En el rubro “Características L Generales” del numeral 6 “Términos de Referencia” de las Bases, se señala que a el local debe contar con un área construida mínima de 300 metros cuadrados. Asimismo, en el literal a)del numeral 6.3 “Requisitos para la entrega y Recepción del Inmueble”, en cuanto al área del inmueble se señala, entre otros aspectos, Pág. 1 de 5 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 01V92HA que el local debe contar con un área construida mínima de 300 metros cuadrados. Para la verificación del cumplimiento de esta caracteristica del inmueble se señaló en el rubro “Aspectos Legales” del subnumeral 6.1.1. del numeral 6.1 “Caracteristicas y/o condiciones del servicio”, que el area construida del inmueble a arendar se acredita mediante declaración de fabrica o declaración jurada de autovaluo (P.U. y H.R.) del año 2025. i D De la documentación presentada por el adjudicatario (P.U. y H.R. de los años t o r m 2024 y 2025) se advierte que el área construida del inmueble que figura es de a e 137.50 m2 por piso, habiendo ofertado dos (2) pisos, con los cuales se tiene un d t total de área construida del inmueble de 275 m2. e e d c c r Por lo que la sociedad conyugal ofertó un inmueble cuya área construida no m n cumplía los 300 m2 que contempla los Términos de Referencia del servicio, n o o r habiéndose efectuado una incorrecta adjudicación del procedimiento al l a proveedor, pues afecta las condiciones establecidas por el área usuaria (Oficina a o t d de Atención al Ciudadano y Gestión Documental) para el cumplimiento de la r i finalidad pública del contrato. d l e e ( t - Respecto del lugar de la prestación de servicio: Conforme a lo señalado en el f e literal d) del numeral 5 del Capítulo III ”Requerimiento” de las Bases, se m n establece que el local debe de estar ubicado en la Región Ancash, ciudad a m ) a Huaraz, en una zona accesible al público usuario. El local debe de estar ubicado u o en primer piso y tener acceso independiente. d d n l e L Asimismo, en el literal a)del numeral 6.3 “Requisitos para la entrega y Recepción v y del Inmueble”, en cuanto a la ubicación del inmueble se señala, entre otros r ° aspectos, que el local debe de estar ubicado en primer piso y tener acceso c 7 d 6 independiente. s , n e De la misma manera, se advierte que en el rubro “Características Generales” del h d p F numeral 6 “Términos de Referencia” de las Bases, se señala que el local debe : m de estar ubicado en primer y segundo piso, tener acceso independiente. a a p y f e Por lo que se evidencia la falta de claridad en la formulación del requerimiento m i al no tener certeza sobre las condiciones del lugar donde se prestará el servicio p c r d y sobre el cumplimiento de las caracteristicas del bien ofertado, en ese extremo. g s b i - En tal sentido, la Dependencia Encargada de las Contrataciones evaluó y otorgó p t / e la adjudicación del Procedimiento de Selección No Competitivo N° 03-2025- e , OECE-1, a la sociedad conyugal conformada por la señora Gregoria Milla Arnao / u y el señor Pablo Alfonso Maguiña Minaya, a pesar que no habrían cumplido con l e a a las condiciones del local, ni con los requisitos del inmueble definidos en los o m Términos de Referencia, por tanto, se habría inobservado los requisitos x n establecidos en dichos términos lo que conlleva que la oferta no posea el área t o l m construida mínima de 300 m², implicando el incumplimiento de las condiciones o esenciales del servicio de arrendamiento establecidas en los Términos de f Referencia. a r s Asimismo, el área usuaria ha formulado los Términos de Referencia con una L falta de precisión relevante en las características del inmueble a arrendar, a específicamente en la definición de los pisos que debe ocupar el local (Primer Piso Únicamente versus Primer y Segundo Piso). Esta contradicción afecta la claridad y objetividad del requerimiento. Pág. 2 de 5 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 01V92HA Que, en cuanto al proceso de contratación en los procedimientos de selección no competitivos, el párrafo 101.1. del artículo 101 del Reglamento de la Ley N° 32069, establece, entre otros aspectos, que se inicia con la elaboración del requerimiento de conformidad con el artículo 46 de la Ley, siendo aplicables las disposiciones generales de las actuaciones preparatorias contempladas en el Reglamento, con excepción de la interacción con el mercado, asimismo refiere que la DEC identifica al proveedor que cumpla los requisitos de admisión y requisitos de calificación, según corresponda; i D Que, en la misma línea, el párrafo 101.2. del artículo 101 del mencionado t o r m reglamento, establece que la fase de selección en los procedimientos de selección no a e competitivos comienza luego de la aprobación del expediente de contratación y consiste d t únicamente en la invitación al proveedor identificado, adjuntando las bases de e e d c procedimientos de selección no competitivos conforme al formato aprobado por la DGA, c r y la presentación de las ofertas técnica y económica por parte de este, conforme a los m n artículos 68 y 69, correspondiendo a la DEC seleccionar a un proveedor según la causal n o o r que se invoque, que cumpla los requisitos de admisión y los requisitos de calificación l a que se hubieran establecido en el requerimiento; a o t d r i Que, teniendo en cuenta la normativa antes señalada y conforme lo expuesto d l por la Dependencia Encargada de las Contrataciones, se procedió a la elaboración de e e ( t los términos de referencia, la identificación del proveedor que cumplía con los requisitos f e de admisión y requisitos de calificación, aprobándose el expediente de contratación y m n publicando en el SEACE la invitación al proveedor; sin embargo, se ha evaluado y a m ) a otorgado la adjudicación del Procedimiento de Selección No Competitivo N° 03-2025- u o OECE-1 a la sociedad conyugal conformada por la señora Gregoria Milla Arnao y el d d señor Pablo Alfonso Maguiña Minaya, a pesar de no haber cumplido con los términos n l e L de referencia, en cuanto a las características y condiciones del inmueble, por tanto, se v y habría inobservado los requisitos establecidos en las bases del procedimiento, r ° conllevando que la oferta del inmueble a arrendar no posea el área construida mínima c 7 d 6 de 300 m², solicitado por el área usuaria en sus términos de referencia, afectando con s , ello la finalidad de la contratación; n e h d p F Que, asimismo, se advierte que los términos de referencia contenidos en la : m Bases del Procedimiento contienen inconsistencias en la descripción de las a a p y características del inmueble a arrendar, toda vez que el literal d) del numeral 5 del f e Capítulo III ”Requerimiento” y el literal a) del numeral 6.3 “Requisitos para la entrega y m i Recepción del Inmueble”, establecen que el local debe de estar ubicado en primer piso p c r d y tener acceso independiente, mientras que el acápite de “Características Generales” g s del numeral 6 “Términos de Referencia” de las Bases, se señala que el local debe de b i estar ubicado en primer y segundo piso, tener acceso independiente; por lo que no p t 2 / e resulta claro si los 300 m corresponden al primer piso o al primer y segundo piso, e , sumados en su totalidad: / u l e a a Que, al respecto, corresponde señalar que de conformidad con lo dispuesto en o m el párrafo 46.4 del artículo 46 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones x n Públicas, el requerimiento se formula de manera clara y objetiva, y debe expresar el t o l m bien, servicio u obra a contratar, preferentemente, en función a su desempeño y o funcionalidad. El requerimiento de bienes se plasma en especificaciones técnicas; el de f servicios, en términos de referencia; y el de obras, en el expediente técnico de obra o a r en los objetivos funcionales, según el sistema de entrega utilizado; s L Que, conforme a lo expuesto, también se advierte la vulneración del párrafo 46.4 a del artículo 46 de la Ley N° 32069, al no existir claridad en la descripción de las condiciones y/o características del inmueble contenido en los Términos de Referencia; Pág. 3 de 5 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 01V92HA Que, mediante Informe N° D000218-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la opinión técnica sustentatoria emitida por la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración, opina que resulta legalmente viable continuar con el trámite respectivo para declarar la nulidad del Procedimiento de Selección No Competitivo N° 03-2025-OECE-1, convocado por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) para la contratación del “Servicio de arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de la oficina OECE–sede Huaraz”, al haberse configurado el supuesto de nulidad establecido en el numeral1) del literal b) del párrafo 70.2 del artículo 70 de la Ley N° 32069, Ley General i D de Contrataciones Públicas, toda vez que, luego de la adjudicación del mencionado t o r m procedimiento de selección se habría advertido vicios transcendentes, conforme a lo a e informado por la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración, que afectan d t la finalidad de la contratación pública y vulnera la normativa de contrataciones; e e d c c r Que, el artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 32069 establece que la m n Autoridad de Gestión Administrativa aprueba, autoriza y supervisa los procesos de n o o r contratación de bienes, servicios y obras, entre otras establecidas en la Ley y l a Reglamento, siendo responsable de, entre otras funciones: e) Declarar la nulidad de los a o t d procedimientos de selección y de los contratos; r i d l Que, el artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y e e ( t Funciones del OECE, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº f e D000002-2025-OECE-PRE, establece, entre otros, que la Gerencia General es el m n órgano de la Alta Dirección y máxima autoridad administrativa de la entidad, encargada a m ) a de la conducción y supervisión de la gestión de las unidades de organización de u o administración interna, así como de las actividades vinculadas a los sistemas d d administrativos a su cargo, teniendo entre sus funciones expedir resoluciones en n l e L materia de su competencia, conforme a lo establecido en el literal l) del artículo 14 del v y citado texto; r ° c 7 d 6 Que, en razón de lo expuesto, corresponde a la Gerencia General declarar de s , oficio la nulidad del Procedimiento de Selección No Competitivo N° 003-2025-OECE-1, n e convocado por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes h d p F (OECE), para la contratación del “Servicio de arrendamiento de un inmueble para el : m funcionamiento de la oficina OECE–sede Huaraz”; a a p y f e Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 70.3 del artículo m i 70 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, corresponde disponer p c r d el inicio del deslinde de responsabilidades a que hubiera lugar; g s b i Con los vistos de la Jefa de la Oficina de Administración, de la Jefa de la Unidad p t / e de Abastecimiento (e), y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; e , / u De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32069, Ley General de l e a a Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° o m 009-2025-EF, y lo dispuesto en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y x n Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes t o l m (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE- o PRE; f a r SE RESUELVE: s L Artículo 1.- Declarar de oficio la nulidad del Procedimiento de Selección No a Competitivo N° 003-2025-OECE-1, convocado por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) para la contratación del “Servicio de arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de la oficina OECE–sede Pág. 4 de 5 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 01V92HA Huaraz”, debiendo retrotraerse el procedimiento de selección a la etapa de convocatoria, previa reformulación de bases. Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Administración cumpla con publicar la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (SEACE de la Pladicop). Artículo 3.- Disponer que se efectúen las acciones correspondientes para el deslinde de responsabilidad a que hubiere lugar. n o g u Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la Plataforma d m d n digital única del Estado Peruano (www.gob.pe/oece) y en el Portal de Transparencia d o Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe). l e o t u ó Regístrese y comuníquese. e c t f y m Firmado por a a CARMEN MARIA MARROU GARCÍA a o o i Gerente General a t GERENCIA GENERAL d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 5 de 5 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 01V92HA