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i D t o r m VISTOS: a e d t El Informe N° D000087-2024-OSCE-UAUS de la Unidad de Atención al Usuario; e e d c el Memorando N° D000573-2024-OSCE-OCO de la Oficina de Comunicaciones; el c r Informe N° D000125-2024-OSCE-UOYM de la Unidad de Organización y m n Modernización; el Memorando N° D001124-2024-OPM de la Oficina de Planeamiento y n o o r Modernización; el Informe N° D000514-2024-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría l a Jurídica; y, a o t d r i CONSIDERANDO: d l e e ( t Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, f e establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) es un m n organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con a m ) a personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de u o autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; d d n l e L Que, mediante la Ley N° 25323, se creó el Sistema Nacional de Archivos con la v y finalidad de integrar estructural, normativa y funcionalmente los archivos de las r ° entidades públicas exist...
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i D t o r m VISTOS: a e d t El Informe N° D000087-2024-OSCE-UAUS de la Unidad de Atención al Usuario; e e d c el Memorando N° D000573-2024-OSCE-OCO de la Oficina de Comunicaciones; el c r Informe N° D000125-2024-OSCE-UOYM de la Unidad de Organización y m n Modernización; el Memorando N° D001124-2024-OPM de la Oficina de Planeamiento y n o o r Modernización; el Informe N° D000514-2024-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría l a Jurídica; y, a o t d r i CONSIDERANDO: d l e e ( t Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, f e establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) es un m n organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con a m ) a personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de u o autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; d d n l e L Que, mediante la Ley N° 25323, se creó el Sistema Nacional de Archivos con la v y finalidad de integrar estructural, normativa y funcionalmente los archivos de las r ° entidades públicas existentes en el ámbito nacional, mediante la aplicación de c 7 d 6 principios, normas, técnicas y métodos de archivo, garantizando con ello la defensa, s , conservación, organización y servicio del Patrimonio Documental de la Nación; n e h d p F Que, con Resolución N° D000108-2022-OSCE-SGE de fecha 2 de diciembre de : m 2022, se aprobó la Directiva N° 008-2022-OSCE/SGE, “Directiva que regula los a a p y procedimientos del Sistema Institucional de Archivos del Organismo Supervisor de las f e Contrataciones del Estado - OSCE”, la cual tiene por finalidad establecer lineamientos m i que regulen la organización y procedimientos del Sistema Institucional de Archivos de p c r d la entidad; g s b i Que, A través de Resolución Jefatural N° 000107-2023-AGN/JEF publicada el p t / e 22 de abril de 2023, se aprueba la Directiva N° 001-2023-AGN/DDPA denominada e , “Norma de administración de archivos en las entidades públicas” (en adelante, Directiva / u N° 001-2023-AGN/DDPA), tiene por objeto disponer de lineamientos para la l e a a administración de archivos que permitan la implementación, funcionamiento y desarrollo o m del Sistema Institucional de Archivos (SIA) en las entidades públicas; x n t o l m Que, los literales a) y b) del sub numeral 8.1.1 del numeral 8.1, de la Directiva o N° 001-2023-AGN/DDP establece que el SIA es un sistema funcional de la entidad f pública encargado de planificar, dirigir y monitorear la implementación, adecuación y a r cumplimiento del marco normativo de la gestión documental y archivística vigente; que s debe contar con un conjunto integrado de componentes, instancias, principios, normas, L procesos, procedimientos, técnicas, instrumentos y funciones que interactúan durante a el ciclo vital de los documentos archivísticos de acuerdo con los instrumentos y procesos de gestión archivística y procesos de gestión documental; Pág. 1 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: U5RA4A8 Que, el literal e) del sub numeral 8.1.1 del numeral 8.1 en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 001-2023-AGN/DDPA, señalan que la más alta autoridad de la entidad, aprueba el SIA, y en caso las Entidades ya lo tengan conformados y aprobados de forma previa, deben de actualizar y modificar su SIA; Que, el numeral 7.2 y el sub numeral 8.3.1 del numeral 8.3 de la mencionada i D Directiva, establecen que, el Órgano de Administración de Archivos (OAA) de la entidad t o r m pública, es aquella unidad de organización responsable de la gestión documental y a e archivística de la entidad pública que debe proponer, gestionar y dirigir la d t implementación, funcionamiento y desarrollo del SIA; y que el mismo, se identifica a e e d c través de los instrumentos de organización y funciones u operaciones institucionales; c r m n Que, el sub numeral 8.1.3 del numeral 8.1 de la Directiva N° 001-2023- n o o r AGN/DDPA establece, entre otros, los componentes internos, roles y archivos por los l a cuales está conformado el SIA; a o t d r i Que, a través de la Resolución N° D000156-2024-OSCE-PRE de fecha 21 de d l octubre de 2024, se aprobó la actualización y modificación del SIA del OSCE, e e ( t estableciendo en su artículo 1 que, el mismo se encuentra conformado por los f e siguientes componentes internos: 1) Órgano de Administración de Archivos (OAA): a m n cargo de la Unidad de Atención al Usuario; 2) Archivos de la Entidad: (a) Archivos de a m ) a Gestión, (b) Archivos Periféricos, y (c) Archivo Central; 3) Procesos Archivísticos: (a) u o Organización de documentos, (b) Descripción de documentos, (c) Valoración de d d documentos, (d) Conservación de documentos, y (e) Servicio archivístico; 4) n l e L Instrumentos Archivísticos: (a) Cuadro de Clasificación del Fondo, (b) Inventarios, (c) v y Cronograma Anual de Transferencia de Documentos, (d) Cronograma Anual de r ° Eliminación de Documentos, (e) Registro de Transferencia de Documentos, (f) Registro c 7 d 6 de Eliminación de Documentos, (g) Registro de Atenciones de Servicio Archivístico, y s , (h) Otras que establezca la normativa archivística vigente; 5) Procesos de Gestión n e Documental; y 6) Comité Evaluador de Documentos (CED); h d p F : m Que, además, el artículo 2 de la citada Resolución, dispuso que la Unidad de a a p y Atención al Usuario, en su calidad de OAA, elabore la propuesta de la Directiva para la f e administración del SIA del OSCE, en concordancia con las disposiciones contenidas en m i la Directiva Nº 001-2023-AGN/DDPA; p c r d g s Que, mediante documentos de Vistos, la Unidad de Atención al Usuario de la b i Oficina de Comunicaciones, en su calidad de OAA propone la Directiva para la p t / e administración del SIA del OSCE, el cual contiene las disposiciones que regulen la e , integración, composición, responsabilidades, procesos, procedimientos, instrumentos y / u funciones del mismo, en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° 001-2023- l e a a AGN/DDPA; asimismo, propone la derogación de la Directiva N° 008-2022-OSCE/SGE, o m “Directiva que regula los procedimientos del Sistema Institucional de Archivos del x n Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE”, aprobada con t o l m Resolución N° D000108-2022-OSCE-SGE; o f Que, la Unidad de Organización y Modernización de la Oficina de Planeamiento a r y Modernización, a través del documento de Vistos, emite opinión técnica favorable s señalando que el citado proyecto de directiva cumple con lo establecido en la Directiva L N° 004-2018-OSCE/SGE, “Directiva para la Elaboración, Actualización y Aprobación de a Directivas y Reglamentos Internos del Organismo Supervisor de las Contracciones del Estado”, aprobada por Resolución N° 107 -2018-OSCE/SGE, recomendando dejar sin efecto la Directiva N° 008-2022-OSCE/SGE, “Directiva que regula los procedimientos Pág. 2 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: U5RA4A8 del Sistema Institucional de Archivos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE”, aprobada con Resolución N° D000108-2022-OSCE-SGE; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante documento de Vistos, emite opinión legal favorable a la propuesta de la “Directiva que regula los procedimientos del Sistema Institucional de Archivos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)” y recomienda la derogación de la Directiva N° 008-2022-OSCE/SGE, “Directiva que regula los procedimientos del Sistema Institucional de Archivos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE”, aprobada con t o Resolución N° D000108-2022-OSCE-SGE; g u d e Que, de conformidad con el literal a) del numeral 1.4 del artículo 1 de la d t e o Resolución N° D000250-2023-OSCE-PRE, se delegó a el/la Secretario/a General la d e facultad de aprobar, modificar y/o derogar la normativa interna relacionada con los c r Sistemas Administrativos de Contabilidad, Tesorería, Planeamiento Estratégico, m n e o Presupuesto Público, Modernización de la Gestión Pública e Inversión Pública, o i Abastecimiento, Control Patrimonial, y todas aquellas cuyo alcance sea a más de un y m órgano del OSCE, de acuerdo a la normativa aplicable, con excepción de aquellas que a d u o por mandato legal correspondan ser aprobadas por el Titular de la Entidad; o g a a e m Que, en consecuencia, corresponde a la Secretaría General aprobar la “Directiva a n que regula los procedimientos del Sistema Institucional de Archivos del Organismo ) e Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)” y derogar la Directiva N° 008- r n m l 2022-OSCE/SGE, “Directiva que regula los procedimientos del Sistema Institucional de s m Archivos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE”, p c aprobada por Resolución N° D00108-2022-OSCE-SGE; e o e e s a Con las visaciones de la Jefa de la Oficina de Comunicaciones, de la Jefa de la r e e N Unidad de Atención al Usuario, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Modernización, f 2 de la Jefa de la Unidad de Organización y Modernización y del Jefe de la Oficina de a 2 Asesoría Jurídica; a 9 e L : y De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones h e del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, aprobado por s i / m Decreto Supremo N° 076-2016-EF; y, la Directiva N° 001-2023-AGN/DDPA denominada p s “Norma de administración de archivos en las entidades públicas”, aprobada por s C Resolución Jefatural N° 107-2023-AGN/JEF; r r m f p a SE RESUELVE: u o g D b g Artículo 1.-. Aprobar la Directiva N° 001 -2024-OSCE/SGE “Directiva para la e a administración del Sistema Institucional de Archivos del Organismo Supervisor de las w s b s Contrataciones del Estado (OSCE)”. v R i g Artículo 2.- Derogar la Resolución N° D000108-2022-OSCE-SGE, que aprueba a m o e la Directiva N° 008-2022-OSCE-SGE, “Directiva que regula los procedimientos del x t Sistema Institucional de Archivos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del m y l m Estado - OSCE”. d i Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Atención al Usuario notifique la presente t r Resolución y su anexo, alArchivo General de la Nación, para los fines correspondientes. s L Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución y su anexo, a la Presidencia a Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE. Pág. 3 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: U5RA4A8 Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en la sede digital del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce). Regístrese y comuníquese. Firmado por n D e c i m a n KARLA ROMERO SÁNCHEZ d o Secretaria General l e o c SECRETARÍA GENERAL u ó m i n o o r l a a o t d r i a l e e ( n ) e r n a l s m p c e o e e s a r e e N f 2 a 2 a 9 e L : y h e p F : m p s p y i e m i p c r d g s b i p t / e e , / u a e d a d m r n h o m y l o i c o a . a Pág. 4 de 4 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016- PCM. Su autenticidade integridadpueden ser contrastadas a través de la siguiente direcciónweb: https://sgdvirtual.osce.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: U5RA4A8