Documento regulatorio

Resolución N.° 4405-2024 -TCE-S5

Rectificación del error material de la Resolución N° 4095-2024-TCE-S5 de fecha 22 de octubre de 2024

Tipo
Resolución
Fecha
06/11/2024
Fuente
gob.pe/oece/normas-legales

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Tribunal de Contrataciones del Estado Resolución Nº 4405-2024 -TCE-S5 Sumilla: “(…)loserroresmaterialesoaritméticoscontenidosenlos actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquiermomento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, según lo prescrito en el numeral 1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 (…)”. Lima, 7 de noviembre de 2024. VISTO en sesión de fecha 7 de noviembre de 2024 de la Quinta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente N° 8104/2023.TCE, sobre la rectificación del error material de la Resolución N° 4095-2024-TCE-S5 de fecha 22 de octubre de 2024; y, atendiendo a los siguientes: I. ANTECEDENTES: 1. El 22 de octubre de 2024, la Quinta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado emitió la Resolución N° 4095-2024-TCE-S5. 2. Mediante decreto del 31 de octubre de 2024, se dispuso poner el expediente a consideración de la Quinta Sala. II. ANÁLISIS: 1. En la parte resolutiva de la Resolución N° 4095-2024-...
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Tribunal de Contrataciones del Estado Resolución Nº 4405-2024 -TCE-S5 Sumilla: “(…)loserroresmaterialesoaritméticoscontenidosenlos actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquiermomento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, según lo prescrito en el numeral 1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 (…)”. Lima, 7 de noviembre de 2024. VISTO en sesión de fecha 7 de noviembre de 2024 de la Quinta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente N° 8104/2023.TCE, sobre la rectificación del error material de la Resolución N° 4095-2024-TCE-S5 de fecha 22 de octubre de 2024; y, atendiendo a los siguientes: I. ANTECEDENTES: 1. El 22 de octubre de 2024, la Quinta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado emitió la Resolución N° 4095-2024-TCE-S5. 2. Mediante decreto del 31 de octubre de 2024, se dispuso poner el expediente a consideración de la Quinta Sala. II. ANÁLISIS: 1. En la parte resolutiva de la Resolución N° 4095-2024-TCE-S5, se advierte la existencia de un error material, toda vez que en el numeral 2 de la parte resolutiva se ha dispuesto poner en conocimiento al Titular de la Entidad según los fundamentos 10 al 17, cuando corresponde señalar que es según los fundamentos 10 al 19 de la citada resolución. 2. Sobre el particular, cabe señalar que los errores materiales o aritméticos contenidos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, según lo prescrito en el numeral 1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Página 1 de 3 Tribunal de Contrataciones del Estado Resolución Nº 4405-2024 -TCE-S5 Por tanto, al haberse advertido la existencia de un error material en la Resolución N° 4095-2024 -TCE-S5, el cual no altera el sentido de la decisión, corresponde efectuar la respectiva rectificación. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Roy Nick Álvarez Chuquillanqui y la intervención del Vocal Christian Cesar Chocano Davis y la Vocal Olga Evelyn ChávezSueldo,atendiendoalareconformacióndelaQuintaSaladelTribunaldeContrataciones del Estado, según lo dispuesto en la Resolución N° D000103-2024-OSCE-PRE, del 1 de julio de 2024, publicada el 2 del mismo mes y año en el Diario Oficial “El Peruano”, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 59 del Texto Único Ordenado de la Ley N°30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, así como los artículos20y21delReglamentodeOrganizaciónyFuncionesdelOSCE,aprobadoporelDecreto Supremo N°076-2016-EF del 7 de abril de 2016; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Rectificar de oficio el error material advertido en la fecha de la Resolución N° 4095-2024-TCE-S5, en los siguientes términos. Donde dice: “(…) 2.RemitircopiadelapresenteresoluciónalTitulardelaEntidadparalasacciones de su competencia, conforme a lo señalado en el fundamento 10 al 17. (…).” Debe decir: “(…) 2.RemitircopiadelapresenteresoluciónalTitulardelaEntidadparalasacciones de su competencia, conforme a lo señalado en el fundamento 10 al 19. (…).” Página 2 de 3 Tribunal de Contrataciones del Estado Resolución Nº 4405-2024 -TCE-S5 2. Dejar subsistentes en susdemásextremosla Resolución N° 4095-2024-TCE-S5 del 22 de octubre de 2024 Regístrese, comuníquese y publíquese. OLGA EVELYN CHÁVEZ SUELDO ROY NICK ALVAREZ CHUQUILLANQUI VOCAL VOCAL DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE CHRISTIAN CÉSAR CHOCANO DAVIS PRESIDENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE ss. Chocano Davis. Chávez Sueldo Álvarez Chuquillanqui Página 3 de 3