Documento regulatorio

Resolución N.° 019-2026-OECE-OAD

Declarar procedente nueve (9) solicitudes de devolución por depósito indebido que se encuentra en Tránsito, detalladas en el anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente resolu...

Tipo
No clasificado
Fecha
20/02/2026
Fuente
gob.pe/oece/normas-legales

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i D t o r m a e VISTO: d t e e El Informe N° D000033-2026-OECE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la Oficina d c c r de Administración; y m n n o o r CONSIDERANDO: l a a o Que, el numeral 11.1) del artículo 11° de la Ley N° 32069, Ley General de t d Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las r i d l Contrataciones Públicas Eficientes - OECE es un organismo técnico especializado e e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho ( t público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, f e m n funcional, económica y financiera; a m ) a Que, a través de la plataforma virtual de la mesa de partes del OECE, las personas u o naturales y jurídicas, en lo sucesivo los usuarios, han presentado nueve (9) solicitudes d d n l de devolución de depósitos indebidos; e L v y Que, conforme el numeral 53.1) del artículo 53° del Texto Único Ordenado de la r ° Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto c 7 Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tr...
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i D t o r m a e VISTO: d t e e El Informe N° D000033-2026-OECE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la Oficina d c c r de Administración; y m n n o o r CONSIDERANDO: l a a o Que, el numeral 11.1) del artículo 11° de la Ley N° 32069, Ley General de t d Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las r i d l Contrataciones Públicas Eficientes - OECE es un organismo técnico especializado e e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho ( t público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, f e m n funcional, económica y financiera; a m ) a Que, a través de la plataforma virtual de la mesa de partes del OECE, las personas u o naturales y jurídicas, en lo sucesivo los usuarios, han presentado nueve (9) solicitudes d d n l de devolución de depósitos indebidos; e L v y Que, conforme el numeral 53.1) del artículo 53° del Texto Único Ordenado de la r ° Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto c 7 Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los d 6 s , procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la n e prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en h d función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en p F : m los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de a a la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operación y mantenimiento de la p y infraestructura asociada a cada procedimiento; f e m i Que, el literal c) de la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del p c r d Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que la g s tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por b i el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente; p t / e Que, de acuerdo al numeral 6.2.1) de la Directiva N° 001-2021-OSCE/SGE e , / u “Directiva para el reconocimiento de ingresos y devolución de tasas del Organismo l e Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE”, aprobada mediante Resolución a a N° 004-2021-OSCE/SGE, la solicitud de devolución de tasas, se presentará en los o m x n siguientes supuestos: (I) Pago no Utilizado, o (II) Pago no utilizado en un trámite ante t o el OSCE; l m o Que, asimismo, conforme lo previsto en el numeral 7.3.1.5) de la acotada f a Directiva, en caso de ser procedente la solicitud de devolución de tasas, esta deberá r realizarse a nombre de la persona natural que figura en el voucher; y en caso de persona s jurídica, a nombre de su representante legal; L a Que, en el marco de las disposiciones citadas y de acuerdo al Informe N° D000033-2026-OECE-UFIN de la Unidad de Finanzas, señala que, se han recibido nueve (9) solicitudes de devolución de depósitos indebidos y de la verificación realizada Pág. 1 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 0XHPLSW sobre los depósitos detallados en el numeral 2.1 del citado informe, en el primer cuadro, se determinó que, figuran en tránsito en la cuenta de fondos de terceros – CUT. Asimismo, se corroboró que dichos depósitos no han sido utilizados en ningún proceso de facturación, motivo por el cual, son reconocidos como depósitos indebidos en el SIAF 619. En cuanto al segundo cuadro, los depósitos también se muestran en tránsito, es decir, no ha sido aplicados a ningún proceso de facturación; en consecuencia, deben ser reconocidos como depósitos indebidos, encontrándose registrado mediante el i D Recibo de Ingreso R202600102 en el SIAF 632, de fecha 16 de febrero de 2026. t o Respecto del tercer cuadro, se ha verificado que el pago fue inicialmente facturado y r m a e posteriormente anulado mediante la emisión de la nota de crédito correspondiente. d t Consecuentemente, conforme a lo señalado en el Informe Técnico N° D000017-2026- e e OECE-UFSNA-ROR y en el Memorando N° D000100-2026-OECE-DREGAJU, la d c c r Dirección del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas m n de Prevención y Resolución de Disputas, indicó que el arbitraje seguido bajo el n o Expediente N° S00006-2025/SNA-OSCE fue archivado mediante Resolución N° 4; y, o r l a ante el pedido de devolución presentado por la SBS con fecha 12 de noviembre de a o 2025, la citada Dirección, emitió la decisión sobre Devolución de Gastos Administrativos t d de fecha 17 de diciembre de 2025, disponiendo acceder a la devolución por concepto r i d l de gastos administrativos. En ese sentido, al haberse dispuesto expresamente la e e devolución y considerando que el proceso arbitral fue archivado sin culminar la ( t f e prestación correspondiente, el importe no fue finalmente aplicado; por lo que, tratándose m n de una devolución de ingresos de años anteriores, ha sido reconocido como depósito a m indebido en el SIAF 631. En ese sentido se opina favorablemente sobre la devolución ) a u o de nueve (9) depósitos indebidos que se encuentran en tránsito detallados en el anexo d d adjunto, por un importe de S/ 173,349.17 (Ciento setenta y tres mil trescientos cuarenta n l y nueve con 17/100 Soles), importe del cual se descontará la comisión bancaria que e L v y aplique el banco, según sea el caso; r ° c 7 Que, de acuerdo a lo establecido en elinciso a) del artículo 38° del Texto Integrado d 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las s , Contrataciones Públicas Eficientes - ROF del OECE, aprobado con Resolución de n e h d Presidencia Ejecutiva N° D000090-2025-OECE-PRE, es función de la Oficina de p F Administración “Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, : m los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Tesorería y a a p y Contabilidad”; f e m i Con el visto de la Jefa de la Unidad de Finanzas; p c r d De conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y j) del artículo 38° del Texto g s b i Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado p t para las Contrataciones Públicas Eficientes; / e e , / u l e SE RESUELVE: a a o m Artículo 1º.- Declarar procedente nueve (9) solicitudes de devolución por x n depósito indebido que se encuentra en Tránsito, detalladas en el anexo adjunto, el t o mismo que forma parte integrante de la presente resolución, por un monto total de S/ l m o 173,349.17 (Ciento setenta y tres mil trescientos cuarenta y nueve con 17/100 Soles) f importe del cual se descontará la comisión bancaria que aplique el banco según sea el a caso. r s Artículo 2º.- Encargar a la Unidad de Finanzas la notificación de la presente L a resolución a los usuarios y proceda a realizar las acciones que conlleven a la devolución de tasa, a que se refiere el precedente artículo 1°. Pág. 2 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 0XHPLSW Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes– OECE (www.gob.pe/oece) y Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe). n o g u Regístrese, comuníquese y publíquese. d m d n d o l e Firmado por o t u ó e c CHRISTIAN NELSON ALCALA NEGRON t f Jefe(a) de la Oficina de Administración y m OFICINA DE ADMINISTRACIÓN a a a o o i a t d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 3 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 0XHPLSW