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t o g u d e d t VISTOS: e o d e c r El Memorando N° D000563-2025-OECE-DTN de la Dirección Tecnico m n Normativa; el Informe N° D000327-2025-OECE-SDDC de la Subdirección de e o Desarrollo de Capacidades; el Memorando N° D000860-2025-OECE-OPPM de la o i y m Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000208-2025- a d OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; y el Informe N° D000213-2025-OECE- u o OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, o g a a e m CONSIDERANDO: a n ) e r n Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de m l Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las s m p c Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado e o adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho e e público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, s a r e administrativa, funcional, económica y financiera; e N f 2 Que, el literal e) del artículo 6 de la citada Ley establece como uno de los a 2 a 9 enfoques de la norma la profesionalizaci...
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t o g u d e d t VISTOS: e o d e c r El Memorando N° D000563-2025-OECE-DTN de la Dirección Tecnico m n Normativa; el Informe N° D000327-2025-OECE-SDDC de la Subdirección de e o Desarrollo de Capacidades; el Memorando N° D000860-2025-OECE-OPPM de la o i y m Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000208-2025- a d OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; y el Informe N° D000213-2025-OECE- u o OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, o g a a e m CONSIDERANDO: a n ) e r n Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de m l Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las s m p c Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado e o adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho e e público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, s a r e administrativa, funcional, económica y financiera; e N f 2 Que, el literal e) del artículo 6 de la citada Ley establece como uno de los a 2 a 9 enfoques de la norma la profesionalización de la contratación pública, señalando que e L la promoción de estrategias de profesionalización integrales y dinámicas de los : y compradores públicos es una prioridad para la mejora continua en las contrataciones h e s i públicas, precisando queel Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas / m Eficientes (OECE), en coordinación con la Dirección General de Abastecimiento del p s s C Ministerio de Economía y Finanzas (DGA), es responsable de generar espacios de r r capacitación, entrenamiento y certificación de los compradores públicos, con la m f finalidad de conformar equipos especializados y profesionales en toda entidad p a u o contratante, capaces de reducir los riesgos y de garantizar la seguridad jurídica, g D eficiencia y eficacia en el uso de los recursos públicos; b g e a w s Que, respecto de la profesionalización de los compradores públicos, el párrafo b s 1 de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32069 establece que la v R i g Dirección General de Abastecimiento y la Autoridad Nacional del Servicio Civil a m establecen progresivamente las medidas que permitan la profesionalización de los o e compradores públicos. Estas medidas incluyen diagnósticos de conocimientos, x t m y estandarización de perfiles de puestos, programas de capacitación y desarrollo de l m competencias para el desempeño de sus funciones, así como la incorporación d progresiva al régimen del servicio civil y progresión de carrera en este, entre otros. i t Progresivamente se establecerá la estrategia nacional de profesionalización, que r incluye la evaluación del nivel actual de la profesionalización y los mecanismos que s garanticen la participación de las partes interesadas; L a Pág. 1 de 6 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: KL973VB Que, del mismo modo, el párrafo 3 de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32069 establece que el OECE, en coordinación con la Dirección General de Abastecimiento, determina los componentes específicos de la profesionalización de los compradores públicos, incluida la certificación; i D t o Que, el literal i) del párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069 establece r m como función del OECE, entre otros, emitir la certificación de los responsables de las a e d t áreas involucradas en las contrataciones públicas, conforme a las disposiciones de la e e Dirección General de Abastecimiento; d c c r m n Que, el párrafo 15.1 y 15.2 del artículo 15 del Reglamento de la Ley N° 32069, n o Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009- o r 2025-EF, establece que los compradores públicos son los funcionarios y servidores de l a a o la Dependencia encargada de las contrataciones que intervienen en el proceso de t d contratación de bienes, servicios y obras, formando parte de los responsables de la r i cadena de abastecimiento público, y se encuentran sujetos a las disposiciones que d l e e emita la Dirección General de Abastecimiento para su profesionalización, y la ( t Autoridad Nacional del Servicio Civil en el marco de sus competencias, según lo f e dispuesto en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32069; m n a m ) a Que, el párrafo 1.2.1 del artículo 1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento u o Administrativo General, establece que son actos de administración interna de las d d n l entidades los destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o e L servicios; v y r ° c 7 Que, el párrafo 7.1 del artículo 7 de la normativa antes mencionada en el d 6 considerando precedente, establece, entre otros, que los actos de administración s , n e interna se orientan a la eficacia y eficiencia de los servicios y a los fines permanentes h d de las entidades, son emitidos por el órgano competente y su objeto debe ser física y p F jurídicamente posible; : m a a p y Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 y el literal g) del artículo f e 87 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, m i p c aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, la r d Dirección Técnico Normativa es el órgano de línea, encargado de promover la g s generación de directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación b i p t pública, absolver consultas sobre el sentido o alcance de la normativa vigente; / e asimismo, de gestionar el proceso de desarrollo de competencias del comprador e , público y su certificación; y, tiene entre sus funciones, dirigir los planes, actividades y / u l e mecanismos relacionados con el desarrollo de competencias del comprador público a a en la aplicación de la normativa de contratación pública y su certificación, o m x n respectivamente; t o l m Que, mediante Memorando N° D000563-2025-OECE-DTN, que adjunta el o f Informe N° D000327-2025-OECE-SDDC de la Subdirección de Desarrollo de a Capacidades, la Dirección Técnica Normativa propone y sustenta la necesidad de r conformar un Equipo Técnico cuyo objetivo principal es elaborar una propuesta de s L Hoja de Ruta para promover e impulsar la profesionalización del Comprador Público; a Pág. 2 de 6 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: KL973VB Que, mediante el Memorando N° D000860-2025-OECE-OPPM, que adjunta el Informe N° D000208-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el marco de sus competencias, emite opinión técnica favorable para la conformación del Equipo Técnico, señalando, entre otros aspectos, que las actividades que serán desarrolladas por el Equipo Técnico se i D t o enmarcan plenamente en las competencias y funciones asignadas al OECE por la Ley r m Nº 32069, Ley General de las Contrataciones Públicas, dichas acciones contribuyen al a e d t cumplimiento de su rol estratégico en la profesionalización de los compradores e e públicos, en coordinación con la DGA, fortaleciendo así las contrataciones públicas; d c c r m n Que, mediante Informe N° D000213-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría n o Jurídica opina que resulta legalmente viable que se continúe con el trámite para la o r conformación del Equipo Técnico, por cuanto se cumple el marco normativo aplicable l a a o para ello; t d r i Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Texto Integrado d l e e del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado por Resolución de ( t Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, la Presidencia Ejecutiva es la f e máxima autoridad ejecutiva del OECE, quien conduce y supervisa el funcionamiento m n a m de la entidad, es titular del pliego y representante legal del Organismo Especializado ) a para las Contrataciones Públicas Eficientes, teniendo como una de sus funciones el u o expedir Resoluciones de Presidencia Ejecutiva sobre asuntos de su competencia; d d n l e L Que, en ese sentido, dada la importancia de la profesionalización del v y r ° comprador público orientado a que este cuente con habilidades y competencias c 7 específicas que le permitan cumplir con efectividad y eficiencia sus funciones y, con la d 6 finalidad de contribuir activamente con la Dirección General de Abastecimiento en s , n e dicho cometido, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente con la finalidad h d de conformar el Equipo Técnico para la elaboración de una propuesta de Hoja de Ruta p F para promover e impulsar la profesionalización del Comprador Público; : m a a p y Con las visaciones de la Gerenta General, de la Directora de la Dirección f e Técnico Normativa, del Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y m i p c Modernización, y la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; r d g s De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento b i p t Administrativo General; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y / e su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; y, el Texto Integrado e , del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado por Resolución de / u l e Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; a a o m x n SE RESUELVE: t o l m Artículo 1.- Conformación del Equipo Técnico o f a 1.1 Conformar el Equipo Técnico para elaborar una propuesta de Hoja de Ruta r para promover e impulsar la profesionalización del Comprador Público, el s L mismo que queda integrado de la siguiente manera: a Pág. 3 de 6 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: KL973VB - La Presidenta Ejecutiva o su representante, quien lo preside. - El Director de la Dirección Técnico Normativa. - El Director de la Dirección de Supervisión y Asistencia Técnica. - El Director de la Dirección de Gestión de Datos, Información y Conocimiento. i D t o - El Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. r m - El Subdirector de la Subdirección de Desarrollo de Capacidades, quien a e d t actúa como Secretario Técnico. e e d c 1.2 La Presidencia Ejecutiva designa a su representante mediante comunicación c r m n escrita dirigida al secretario técnico. n o o r Artículo 2.- Finalidad del Equipo Técnico l a a o t d El Equipo Técnico tiene como finalidad elaborar una propuesta de Hoja de Ruta r i para promover e impulsar la profesionalización del Comprador Público, que incluya las d l e e acciones a realizar, hitos, responsables y plazos estimados para su implementación. ( t f e Artículo 3.- Instalación del Equipo Técnico m n a m ) a El Equipo Técnico se instala en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, u o contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución, iniciando sus d d n l actividades a partir del día siguiente de su instalación. e L v y r ° Artículo 4.- Actividades del Equipo Técnico c 7 d 6 El Equipo Técnico, para el cumplimiento de su finalidad, realiza las siguientes s , n e actividades: h d p F 1. Elaborar el Plan de Trabajo del Equipo Técnico con la finalidad de organizar : m a a las actividades orientadas a la elaboración de la propuesta de Hoja de Ruta p y para promover e impulsar la profesionalización del Comprador Público. f e 2. Identificar y coordinar con los grupos de interés, entidades e instituciones m i p c que tengan un rol clave en la implementación de la profesionalización del r d Comprador Público. g s 3. Realizar un análisis de la demanda del mercado público respecto al personal b i p t requerido para las Dependencias encargadas de las contrataciones. / e 4. Identificar y analizar la brecha de profesionales y técnicos certificados por e , niveles que se requiere en la Entidades contratantes. / u l e 5. Realizar un análisis de la profesionalización del Comprador Público a nivel a a internacional. o m x n 6. Analizar la oferta educativa y académica en el país con relación a la t o contratación pública, identificando modalidades, tipo de oferta, temáticas, l m grados, entre otros; y, revisar la regulación y procedimientos, para evaluar o f la viabilidad de la creación de una carrera independiente para el Comprador a Público. r 7. Proponer los componentes específicos de la profesionalización de los s L Compradores Públicos, incluida la certificación. a Pág. 4 de 6 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: KL973VB 8. Definir la estrategia orientada en promover e impulsar la profesionalización del Comprador Público, en razón del análisis realizado y las brechas identificadas. 9. Informar periódicamente a la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Presidencia Ejecutiva del OECE, cada treinta (30) días calendario, los avances en la elaboración de t o la propuesta de Hoja de Ruta para promover e impulsar la profesionalización g u del Comprador Público. d e d t 10. Otras actividades afines orientadas al cumplimiento de la finalidad del e o Equipo Técnico. d e c r m n Artículo 5.- Participación de otros actores e o o i y m El Equipo Técnico, para efectos de coadyuvar en el cumplimiento de su a d finalidad, puede convocar a servidores civiles de otras entidades públicas, directivos, u o expertos, académicos, representantes de la cooperación internacional, entre otros o g a a actores. e m a n Artículo 6.- Vigencia ) e r n m l El Equipo Técnico tiene una vigencia de ciento veinte (120) días calendario, s m p c contados desde su instalación, plazo dentro del cual debe presentar a la Presidencia e o Ejecutiva del OECE la propuesta de Hoja de Ruta para promover e impulsar la e e profesionalización del Comprador Público, que contenga los componentes específicos s a r e de la profesionalización, incluida la certificación, a fin de que esta sea remitida a la e N Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, para su f 2 consideración y evaluación. a 2 a 9 e L Artículo 7.- Obligación de todos los órganos y unidades orgánicas : y h e s i Disponer que las unidades de organización de la entidad, en el marco de sus / m respectivas funciones y competencias, brinden el apoyo que sea requerido por el p s s C Equipo Técnico, conformado a través de la presente Resolución, para el adecuado r r cumplimiento de sus actividades. m f p a u o Artículo 8.- Notificación g D b g Disponer la notificación de la presente Resolución a los miembros del Equipo e a w s Técnico; así como hacer de conocimiento a las unidades de organización de la entidad. b s v R i g Artículo 9.- Financiamiento a m o e Disponer que las actividades a desarrollar por el Equipo Técnico para el x t m y cumplimiento de su finalidad se financian con cargo al presupuesto institucional del l m Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), sin d irrogar gastos adicionales. i t r s L a Pág. 5 de 6 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: KL973VB Artículo 10.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE (www.gob.pe/oece). n o g u d m d n d o Regístrese y comuníquese. l e o t u ó e c t f Firmado por y m MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE a a Presidenta Ejecutiva a o o i PRESIDENCIA EJECUTIVA a t d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 6 de 6 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: KL973VB