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Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 7152-2025-TCP-S4 Sumilla: “los errores materiales o aritméticos contenidos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados,siemprequenosealtere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, según lo prescrito en el numeral 1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444” Lima, 23 de octubre de 2025 VISTO en sesión del 23 de octubre de 2025 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones Públicas, el Expediente N° 8208/2025.TCE, sobre el error material advertido en la Resolución N° 6354-2025-TCP-S4 del 24 de septiembre de 2025; y, atendiendo a lo siguiente: I. ANTECEDENTES 1. El24deseptiembrede2025,laCuartaSaladelTribunaldeContratacionesPúblicas emitió la Resolución N° 6354-2025-TCP-S4. 2. En el Visto, en el numeral 1 de los antecedentes y el numeral 1 de la parte resolutiva de la referida resolución se consigna que la nomenclatura del procedimiento de selección bajo análisis es el “Concurso Público Abreviado...
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Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 7152-2025-TCP-S4 Sumilla: “los errores materiales o aritméticos contenidos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados,siemprequenosealtere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, según lo prescrito en el numeral 1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444” Lima, 23 de octubre de 2025 VISTO en sesión del 23 de octubre de 2025 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones Públicas, el Expediente N° 8208/2025.TCE, sobre el error material advertido en la Resolución N° 6354-2025-TCP-S4 del 24 de septiembre de 2025; y, atendiendo a lo siguiente: I. ANTECEDENTES 1. El24deseptiembrede2025,laCuartaSaladelTribunaldeContratacionesPúblicas emitió la Resolución N° 6354-2025-TCP-S4. 2. En el Visto, en el numeral 1 de los antecedentes y el numeral 1 de la parte resolutiva de la referida resolución se consigna que la nomenclatura del procedimiento de selección bajo análisis es el “Concurso Público Abreviado N° 004-2025-MTC/20”; sin embargo,de manera errónea, en los numerales1.1 y 3 de la parte resolutiva se consigna como nomenclatura del procedimiento el “Concurso Público Abreviado N° 002-2025-UNAJ/CS”; de ese modo, si bien dicho error no altera el análisis realizado ni el sentido de la decisión adoptada, debe ser corregido por el Tribunal. 3. Mediante decreto de fecha 7 de octubre de 2025, se dispuso poner el expediente a consideración de la Cuarta Sala. II. FUNDAMENTACIÓN: Página 1 de 4 Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 7152-2025-TCP-S4 1. En la parte resolutiva de la Resolución N° 6354-2025-TCP-S4 del 24 de septiembre de 2025, específicamente, en los numerales 1.1 y 3 se consigna como nomenclatura del procedimiento de selección el “Concurso Público Abreviado N° 002-2025-UNAJ/CS”, siendo lo correcto señalar “Concurso Público Abreviado N° 004-2025-MTC/20”, lo cual, si bien no altera el análisis realizado ni el sentido de la decisión adoptada, debe ser corregido por el Tribunal. 2. En tal sentido, cabe señalar que los errores materiales o aritméticos contenidos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, según lo prescrito en el numeral 1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 3. Por tanto, al haberse advertido la existencia de un error material en la Resolución N° 6354-2025-TCP-S4 del24 de septiembre de 2025,el cualno altera el sentidode la decisión, corresponde efectuar la respectiva rectificación. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe de la vocal ponente Annie Elizabeth Pérez Gutiérrez, y la intervención de los vocales Juan Carlos Cortez Tataje y Lupe Mariella Merino De La Torre, en reemplazo del Vocal Erick Joel Mendoza Merino, según Rol de Turnos de Vocales de Sala vigente y atendiendo a la conformación de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones Públicas, según lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000006-2025-OECE-PRE del 23 de abril de 2025, publicada el mismo día en el Diario Oficial “El Peruano”, y en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 12, 16, 17 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y los artículos 18 y 19 del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado por Decreto Supremo N° 067-2025-EF del 12 de abril de 2025, analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Rectificar de oficio el error material advertido en los numerales 1.1 y3 de la parte resolutiva de la Resolución N° 6354-2025-TCP-S4 del 24 de septiembre de 2025, en los siguientes términos. Donde dice: Página 2 de 4 Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 7152-2025-TCP-S4 “(…) 1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el postor PORTLANDSTUDIOE.I.R.L.,enelmarcodelConcursoPúblicoAbreviado N°004-2025-MTC/20 para la contratación de servicios: “Software de diseño asistido AUTOCAD”, convocado por el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - Provias Nacional. En consecuencia, corresponde: 1.1 Confirmar la buena pro al postor PROFILE CONSULTING GROUP S.A.C., en el marco del Concurso Público Abreviado N° 002-2025- UNAJ/CS. 1.2 Confirmar el puntaje de evaluación técnica asignado al postor PORTLAND STUDIO E.I.R.L. 2. Declarar IMPROCEDENTE el segundo, tercer y cuarto punto controvertido, en virtud de lo establecido en el literal j del artículo 308 del Reglamento. 3. Ejecutar la garantía presentada por el postor PORTLAND STUDIO E.I.R.L., para la interposición de su recurso de apelación, en el marco del Concurso Público Abreviado N° 002-2025-UNAJ/CS”. Debe decir: “(…) 1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el postor PORTLANDSTUDIOE.I.R.L.,enelmarcodelConcursoPúblicoAbreviado N°004-2025-MTC/20 para la contratación de servicios: “Software de diseño asistido AUTOCAD”, convocado por el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - Provias Nacional. En consecuencia, corresponde: 1.3 Confirmar la buena pro al postor PROFILE CONSULTING GROUP S.A.C., en el marco del Concurso Público Abreviado N°004-2025- MTC/20. Página 3 de 4 Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 7152-2025-TCP-S4 1.4 Confirmar el puntaje de evaluación técnica asignado al postor PORTLAND STUDIO E.I.R.L. 2. Declarar IMPROCEDENTE el segundo, tercer y cuarto punto controvertido, en virtud de lo establecido en el literal j del artículo 308 del Reglamento. 3. Ejecutar la garantía presentada por el postor PORTLAND STUDIO E.I.R.L., para la interposición de su recurso de apelación, en el marco del Concurso Público Abreviado N°004-2025-MTC/20”. 2. Dejar subsistentes en susdemásextremos la Resolución N° 6354-2025-TCP-S4 del 24 de septiembre de 2025. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTEZ TATAJE PRESIDENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE LUPE MARIELLA MERINO DE LA TORRE ANNIE ELIZABETH PÉREZ GUTIÉRREZ VOCAL VOCAL DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE ss. Cortez Tataje. Pérez Gutiérrez Merino de la Torre. Página 4 de 4