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i D t o r m a e d t e e VISTOS: d c c r m n El Memorando NºD001119-2025-OACGD de fecha 03 de octubre de 2025, de la n o Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la Certificación de Crédito o r l a Presupuestario NºD00694-2025-OECE-OPPM de fecha 06 de octubre del 2025, de la a o Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe NºD00271-2025- t d UABA de la Unidad de Abastecimiento de fecha 16 de octubre de 2025 y el Informe r i d l N°D000115-2025-OECE-UFIN de fecha 17 de octubre 2025 de la Unidad de Finanzas; e e ( t f e CONSIDERANDO: m n a m Que, conforme a lo dispuesto en el párrafo 11.1) del artículo 11° de la Ley ) a u o N°32069, Ley General de Contrataciones Públicas, el OECE es un organismo técnico d d especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de n l derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, e L v y administrativa, funcional, económica y financiera; r ° c 7 Que, el artículo 40° de la Directiva de Tesorería Nº001-2007-EF/77.15, aprobada d 6 s , por Resolución Directo...
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i D t o r m a e d t e e VISTOS: d c c r m n El Memorando NºD001119-2025-OACGD de fecha 03 de octubre de 2025, de la n o Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la Certificación de Crédito o r l a Presupuestario NºD00694-2025-OECE-OPPM de fecha 06 de octubre del 2025, de la a o Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe NºD00271-2025- t d UABA de la Unidad de Abastecimiento de fecha 16 de octubre de 2025 y el Informe r i d l N°D000115-2025-OECE-UFIN de fecha 17 de octubre 2025 de la Unidad de Finanzas; e e ( t f e CONSIDERANDO: m n a m Que, conforme a lo dispuesto en el párrafo 11.1) del artículo 11° de la Ley ) a u o N°32069, Ley General de Contrataciones Públicas, el OECE es un organismo técnico d d especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de n l derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, e L v y administrativa, funcional, económica y financiera; r ° c 7 Que, el artículo 40° de la Directiva de Tesorería Nº001-2007-EF/77.15, aprobada d 6 s , por Resolución Directoral N°002-2007-EF-77.15 y modificatorias, establece que el n e encargo consiste en la entrega de dinero mediante cheque o giro bancario a personal h d de la institución para el pago de obligaciones que, por la naturaleza de determinadas p F : m funciones o características de ciertas tareas o trabajos indispensables para el a a cumplimiento de sus objetivos institucionales, no pueden ser efectuados de manera p y directa por la Oficina de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora; f e m i disponiendo además que el Encargo se regula mediante Resolución del Director p c General de Administración o de quien haga sus veces, estableciendo el nombre de la r d g s persona, la descripción del objeto del “encargo”, los conceptos del gasto, los montos, b i las condiciones a que deben sujetarse las adquisiciones y contrataciones a ser p t realizadas, el tiempo que tomará el desarrollo de las mismas y el plazo para la rendición / e e , de cuentas debidamente documentada; / u l e Que, mediante Resolución N°093-2021-OSCE-SGE, se aprobó la Directiva N°09- a a o m 2021-OSCE/SGE, denominada “Directiva para la solicitud, autorización y otorgamiento, x n utilización, ejecución, rendición y control de fondos públicos bajo la modalidad de t o encargo en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, hoy l m o Organismo Especializado de las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE”, la cual f regula el procedimiento aplicable para la disposición, administración y control de los a fondos otorgados bajo la modalidad de encargo en el OECE; r s L Que, conforme a lo establecido en la citada Directiva, el procedimiento para la a formalización del encargo se inicia con la solicitud del área usuaria, debidamente sustentada y acompañada de la certificación presupuestal emitida por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, siendo posteriormente evaluada por la Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: V276FOB Unidad de Finanzas respecto a la disponibilidad y pertinencia de los fondos, mientras que la Unidad de Abastecimiento verifica la existencia de restricciones de oferta local que justifiquen la aplicación de la modalidad de encargo, y con dichos sustentos la Oficina de Administración emite el acto administrativo que autoriza y formaliza el otorgamiento del fondo público bajo dicha modalidad; Que, mediante Memorando N°D001119-2025-OACGD, de fecha 03 de octubre de i D 2025, la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental comunica la necesidad t o de contratar bajo la modalidad de fondos por encargo el servicio de “Recarga de r m a e extintores” de las Sedes de Arequipa y Cajamarca, por lo que solicita la suma de S/ d t 431.00 (Cuatrocientos treinta y uno con 00/100 Soles); e e d c c r Que, mediante la Certificación de Crédito Presupuestal N°D000694-2025-OECE- m n OPPM, de fecha 6 de octubre de 2025, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y n o Modernización emite la correspondiente certificación presupuestal con la finalidad de o r l a atender el requerimiento de asignación de fondos bajo la modalidad de encargo, a o solicitado por la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental; t d r i d l Que, mediante Memorando N°D000271-2025-OECE-UABA, de fecha 16 de e e octubre de 2025, la Unidad de Abastecimiento identifica restricciones a la oferta local, ( t f e ello debido a que ningún proveedor presentó cotización a través de la plataforma de m n Contratos Menores, precisando que dicha situación obedece a la baja cuantía del a m requerimiento por cada departamento. En ese contexto, se configura la condición ) a u o prevista en la Directiva N°009-2021-OSCE/SGE en el numeral 4.1 del literal b) indica d d son actividades por encargo las contrataciones de bienes y servicios, ante restricciones n l justificadas en el mercado local; e L v y r ° Que, mediante Informe N°D000115-2025-OECE-UFIN, de fecha 17 de octubre de c 7 2025, la Unidad de Finanzas evaluó la disponibilidad y pertinencia de los fondos para la d 6 s , configuración del supuesto que justifica la aplicación de la modalidad de encargo, n e sustentado en la restricción de oferta local, conforme a lo dispuesto en el literal b) del h d numeral 4.1 de la Directiva N°009-2021-OSCE/SGE; p F : m a a Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.5 de la Directiva, la Jefa de la p y Oficina de Administración es responsable de la autorización del fondo de encargo, a f e m i través de la emisión de la Resolución respectiva; p c r d g s Con la visación de la Jefa de la Unidad de Finanzas y la Jefa de la Unidad de b i Abastecimiento, y; p t / e e , De conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y j) del artículo 38° del Texto / u Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado l e para las Contrataciones Públicas Eficientes - ROF del OECE, la Directiva de Tesorería a a o m N 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral N. 002-2007-EF/77.15 y x n modificatorias y la Directiva N 009-2021-OSCE/SGE; t o l m o SE RESUELVE: f a Artículo 1º.- APROBAR el encargo solicitado por la Oficina de Atención al r s Ciudadano y Gestión Documental, por el monto ascendente a S/ 431.00 (Cuatrocientos L treinta y uno con 00/100 soles), de acuerdo con el anexo adjunto, a fin de atender los a gastos por contratación de servicios, que coadyuven al cumplimiento de sus funciones, bajo el supuesto establecido en el literal b) del numeral 4.1 de la Directiva N°009-2021- OSCE/SGE. Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: V276FOB Artículo 2º.- DISPONER que los responsables del Encargo aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, efectúen la rendición documental del monto otorgado, en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles de culminada la actividad que lo motivó, de conformidad a lo establecido en el numeral 7.5 de la Directiva Nº009-2021- OSCE/SGE. n o Artículo 3º.- DISPONER, que los gastos que se efectúen con relación al g u Encargo, deberán estar debidamente sustentados con los Comprobantes de Pago – d m SUNAT, visados por el funcionario responsable de la solicitud del gasto, en señal de d n d o conformidad l e o t u ó Artículo 4º.- ESTABLECER que la rendición de cuentas de dicho Encargo, se e c afectará con cargo al Presupuesto Institucional del OECE correspondiente al Año Fiscal t f 2025, en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios y Meta 17. y m a a a o Artículo 5°. – NOTIFICAR la presente resolución a la Oficina de Atención al o i a t Ciudadano y Gestión Documental, a la Unidad de Finanzas; así como a los d m responsables del Encargo aprobado a través de la presente resolución. l e s e f e m e Regístrese y comuníquese ( m ) a u o d d Firmado por n l e L v y ANA FABIOLA ZARATE ANCHANTE r ° Jefe(a) de la Oficina de Administración c 7 d 6 OFICINA DE ADMINISTRACIÓN s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: V276FOB Anexo: Gastos por contratación de servicios RESPONSABLES DEL META CLASIF. IMPORTE ENCARGO DATOS 17-Areq 2.3.2.4.7.1 266.00 Chávez Cárdenas Carlos DNI: 42500356 n o Adrián g u (Del 13 al 20 de noviembre) d m d n d o 17-Caj. 2.3.2.4.7.1 165.00 Rumiche Caruajulca Patricia DNI: 26728046 l e Janett o t (Del 03 al 10 de noviembre) u ó e c t f y m a a a o o i a t d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: V276FOB