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t o g u d e VISTOS: d t e o d e Los Expedientes N° 2025-0070386, 2025-0075506 y el Informe N° D000164- c r 2025-OECE-ORH-MBR de la Analista Legal II de la Oficina de Recursos Humanos, y; m n e o o i CONSIDERANDO: y m a d u o Que, mediante Resolución N° D000077-2023-OSCE-SGE, de fecha 11 de octubre o g de 2023, se ha dispuesto incorporar al entonces Organismo Supervisor de las a a e m Contrataciones del Estado-OSCE, ahora Organismo Especializado para las a n Contrataciones Públicas Eficientes-OECE, al servidor GYNO ALBERTO CRUZ ) e VELASQUEZ, a partir del 12 de octubre de 2023, bajo el régimen laboral regulado en el r n m l Decreto Legislativo N° 728, con el puesto de Profesional III de la Unidad de s m Abastecimiento; p c e o e e Que, a través del Expediente N° 2025-0070386, el servidor GYNO ALBERTO s a CRUZ VELASQUEZ solicita al OECE la suspensión del servicio civil por sesenta (60) r e e N días, en el marco de lo establecido en el artículo 46 y 47 literal g) de la Ley N° 30057, f 2 Ley del Servicio Civil, y lo establecido en el artículo 48 literal i) del Decreto Legislativo a 2 ...
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t o g u d e VISTOS: d t e o d e Los Expedientes N° 2025-0070386, 2025-0075506 y el Informe N° D000164- c r 2025-OECE-ORH-MBR de la Analista Legal II de la Oficina de Recursos Humanos, y; m n e o o i CONSIDERANDO: y m a d u o Que, mediante Resolución N° D000077-2023-OSCE-SGE, de fecha 11 de octubre o g de 2023, se ha dispuesto incorporar al entonces Organismo Supervisor de las a a e m Contrataciones del Estado-OSCE, ahora Organismo Especializado para las a n Contrataciones Públicas Eficientes-OECE, al servidor GYNO ALBERTO CRUZ ) e VELASQUEZ, a partir del 12 de octubre de 2023, bajo el régimen laboral regulado en el r n m l Decreto Legislativo N° 728, con el puesto de Profesional III de la Unidad de s m Abastecimiento; p c e o e e Que, a través del Expediente N° 2025-0070386, el servidor GYNO ALBERTO s a CRUZ VELASQUEZ solicita al OECE la suspensión del servicio civil por sesenta (60) r e e N días, en el marco de lo establecido en el artículo 46 y 47 literal g) de la Ley N° 30057, f 2 Ley del Servicio Civil, y lo establecido en el artículo 48 literal i) del Decreto Legislativo a 2 N° 728; a 9 e L : y Que, del contenido de la solicitud presentada con el Expediente N° 2025-0070386, h e se puede apreciar que el servidor GYNO ALBERTO CRUZ VELASQUEZ se encuentra s i / m detenido desde el 07 de setiembre de 2025, en razón a la orden de detención emitida p s por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata seguido en el s C Expediente N° 02633-2024-55-2701-JR-PE-03; r r m f p a Que, dicha información ha sido corroborada por el señor Yeme Yaket Toledo u o g D Pfoccori, abogado del servidor GYNO ALBERTO CRUZ VELASQUEZ, quien a través b g del escrito presentado con Expediente N° 2025-0075506 del 02 de octubre de 2025, e a señala que el servidor continuará detenido por sesenta (60) días; w s b s v R Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 contempla en su i g artículo 11 que se suspende el contrato de trabajo cuando cesa temporalmente la a m o e obligación del trabajador de prestar el servicio y la del empleador de pagar la x t remuneración respectiva, sin que desaparezca el vínculo laboral; m y l m d Que, el artículo 12 de la norma precitada, contempla como una de las causas de i suspensión del contrato de trabajo: “i) La detención del trabajador, salvo el caso de t r condena privativa de la libertad”; s L Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ha emitido el Informe Técnico N° a 1085-2017-SERVIR/GPGSC, donde respecto a la suspensión del contrato de trabajo concluyen en lo siguiente: Pág. 1 de 2 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: CKUCJIA “(…) 3.2. El mandato de prisión preventiva constituye una causal de ausencia justificada, pues el funcionario o servidor público se encuentra impedido de asistir con normalidad a su centro de labores. 3.3. En los casos en los que el servidor se encuentre con prisión preventiva, operaría temporalmente una suspensión perfecta de la obligación del servidor de prestar servicios y la obligación de la entidad de pagar sus remuneraciones mientras dure la investigación y se produzca el fallo t o judicial, luego del cual, en función de dicho fallo, la entidad podrá aplicar g u el artículo 49° de la Ley N" 30057 (destitución automática), o reanudar la d e ejecución de las obligaciones a cargo de ambas partes.”. d t e o d e Que, en ese sentido, dado que el servidor GYNO ALBERTO CRUZ VELASQUEZ c r se encuentra detenido e impedido de su libertad individual, se justificaría sus m n e o inasistencias al OECE desde el 07 de setiembre de 2025, correspondiendo la o i suspensión de su contrato hasta por un periodo de sesenta (60) días calendarios. y m a d u o Que, mediante Informe N° D000164-2025-OECE-ORH-MBR del 07 de octubre de o g 2025, la Analista Legal I de la Oficina de Recursos Humanos, concluye que corresponde a a e m suspender el contrato de trabajo del servidor GYNO ALBERTO CRUZ VELASQUEZ, a n Profesional III de la Unidad de Abastecimiento, por un periodo de sesenta (60) días ) e calendarios, computados desde el 07 de setiembre de 2025; r n m l s m De conformidad con el Texto Integrado del Reglamento de Organización y p c Funciones del OECE aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002- e o e e 2025-OECE-PRE; s a r e e N SE RESUELVE: f 2 a 2 Artículo 1.- Suspender el contrato de trabajo del servidor GYNO ALBERTO a 9 e L CRUZ VELASQUEZ, Profesional III de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de : y Administración, por un periodo de sesenta (60) días calendarios, computados desde el h e 07 de setiembre de 2025. s i / m p s Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Oficina de Administración y al s C r r servidor GYNO ALBERTO CRUZ VELASQUEZ, para los fines pertinentes. m f p a u o g D Regístrese, comuníquese y publíquese. b g e a w s b s Firmado por v R i g a m YESSICA DORIS PÉREZ ASTUHUAMAN o e Jefa de la Oficina de Recursos Humanos x t OFICINA DE RECURSOS HUMANOS m y l m d i t r s L a Pág. 2 de 2 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: CKUCJIA