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i D t o r m VISTOS: a e d t e e El Informe N° D000113-2025-OECE-ORH y el Memorando N° D001242-2025- d c OECE-ORH de la Oficina de Recursos Humanos; el Memorando N° D000701-2025- c r m n OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe n o N° D000172-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; y el Informe N° o r D0000174-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, l a a o t d CONSIDERANDO: r i d l e e Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de ( t Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en f e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado m n a m adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho ) a público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, u o administrativa, funcional, económica y financiera; d d n l e L Que, el artículo 28 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, señala que la v y r ° compensación es el conjunto de ingresos y beneficios que la entidad destina al servidor c 7 civil pa...
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i D t o r m VISTOS: a e d t e e El Informe N° D000113-2025-OECE-ORH y el Memorando N° D001242-2025- d c OECE-ORH de la Oficina de Recursos Humanos; el Memorando N° D000701-2025- c r m n OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe n o N° D000172-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; y el Informe N° o r D0000174-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, l a a o t d CONSIDERANDO: r i d l e e Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de ( t Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en f e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado m n a m adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho ) a público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, u o administrativa, funcional, económica y financiera; d d n l e L Que, el artículo 28 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, señala que la v y r ° compensación es el conjunto de ingresos y beneficios que la entidad destina al servidor c 7 civil para retribuir la prestación de sus servicios a la entidad, de acuerdo al puesto que d 6 ocupa. El objetivo de la compensación es captar, mantener y desarrollar un cuerpo de s , n e servidores efectivos que contribuya con el cumplimiento de los objetivos h d institucionales; p F : m a a Que, el artículo 29 de la acotada Ley, regula la estructura de las p y compensaciones de la siguiente manera: i) La compensación económica; y, (ii) La f e compensación no económica, la cual está constituida por los beneficios otorgados para m i p c motivar y elevar la competitividad de los servidores civiles; r d g s Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea b i p t la Autoridad Nacional del Servicio Civil, establece que el Sistema Administrativo de / e Gestión de Recursos Humanos comprende la gestión de las relaciones humanas, el e , cual se encuentra definido en la Directiva Nº 002-2014-SERVIR-GDSRH “Normas para / u l e la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las a a entidades públicas”, cuya aprobación es formalizada mediante Resolución de o m x n Presidencia Ejecutiva Nº 238-2014-SERVIR-PE, conforme a la cual el subsistema de t o gestión de las relaciones humanas y sociales comprende las relaciones que se l m establecen en la organización y sus servidores civiles en torno a las políticas y o f prácticas de personal; a r Que, la Directiva N° 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una s L cultura de integridad en las entidades del sector público”, aprobada por Resolución de a Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021-PCM/SIP, establece que la Etapa II: Desarrollo de los componentes del modelo de integridad, consta del desarrollo de Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: DHH6NWD nueve (9) componentes del modelo de integridad, a fin de dar cumplimiento al programa de integridad, de acuerdo al cronograma de trabajo, entre los que se encuentra el Componente “Políticas de integridad”, el cual comprende, entre otros, el Subcomponente: Incentivos y reconocimientos al personal, que señala que la Oficina de Recursos Humanos, en coordinación con el órgano que ejerce la función de integridad, establece directrices para implementar y/o actualizar disposiciones sobre i D t o incentivos y reconocimientos al personal en la entidad. Dichos incentivos y r m reconocimientos están alineados a la promoción de los valores, principios y normas de a e d t la función pública destinados a fortalecer la cultura de integridad en la entidad; e e d c Que, mediante Resolución N° D000081-2022-OSCE-SGE se aprueba la Ficha c r m n de Procedimiento “Realizar el reconocimiento de los/las servidores/as civiles”, con n o código PS02.05.02, versión 01, del Organismo Supervisor de las Contrataciones del o r Estado – OSCE, cuyo objetivo fue establecer los lineamientos para seleccionar y l a a o reconocer a los servidores civiles que destaquen en el cumplimiento de los valores t d institucionales, la integridad y los objetivos del organismo; r i d l e e Que, mediante Resolución N° D000083-2022-OSCE-SGE, se aprueba la ( t Directiva N° 006-2022-OSCE/SGE “Directiva para establecer los lineamientos de f e reconocimiento de las/los servidoras/es civiles por el cumplimiento de los valores m n a m institucionales del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE” ) a para establecer los lineamientos para otorgar el reconocimiento a los servidores civiles u o con la finalidad de destacar su labor y compromiso en el cumplimiento y observancia d d n l de los valores y objetivos institucionales y la promoción de la integridad; e L v y r ° Que, la Oficina de Recursos Humanos, a través del Informe N° D000113-2025- c 7 OECE-ORH y Memorando N° D001242-2025-OECE-ORH, sustenta la propuesta de d 6 Directiva de reconocimientos a los servidores civiles por el cumplimiento de valores s , n e institucionales del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas h d Eficientes – OECE, con la finalidad de contar con un instrumento normativo que p F permita identificar y reconocer el aporte de los servidores civiles al cumplimiento de : m a a valores institucionales, promoción de la integridad pública, así como a la trayectoria p y laboral, para el logro de los objetivos institucionales, lo cual contribuye a brindar un f e servicio idóneo a la ciudadanía; proponiendo la derogación de la Directiva N° 006- m i p c 2022-OSCE/SGE “Directiva para establecer los lineamientos de reconocimiento de r d las/los servidoras/es civiles por el cumplimiento de los valores institucionales del g s Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE”, aprobada por b i p t Resolución N° D000083-2022-OSCE-SGE; así como la derogación de la Ficha de / e Procedimiento “Realizar el reconocimiento de los/las servidores/as civiles” con código e , PS02.05.02, versión 01, del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – / u l e OSCE, aprobada por Resolución N° D000081-2022-OSCE-SGE; a a o m x n Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del t o Memorando N° D000701-2025-OECE-OPPM, que adjunta el Informe N° D000172- l m 2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, emite opinión técnica favorable o f señalando que el citado proyecto de Directiva cumple con lo establecido en la Directiva a N° 003-2025-OECE-GG “Directiva para la gestión de documentos normativos r institucionales”, aprobada por Resolución de Gerencia General N° D0000053-2025- s L OECE-GG; informando, asimismo, que corresponde la derogación de la Directiva N° a 006-2022-OSCE/SGE “Directiva para establecer los lineamientos de reconocimiento de las/los servidoras/es por el cumplimiento de los valores institucionales del Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: DHH6NWD Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE”, aprobada por Resolución N° D000083-2022-OSCE/SGE, y la derogación de la Ficha de Procedimiento “Realizar el reconocimiento de los/las servidores/as civiles” con código PS02.05.02, versión 01, del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobada por Resolución N° D000081-2022-OSCE-SGE, a fin de evitar la sobre regulación y duplicidad de disposiciones sobre una misma materia; i D t o r m Que, mediante Informe N° D000174-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría a e d t Jurídica emite opinión legal favorable para la continuación del trámite de aprobación e e de la propuesta de Directiva de reconocimientos a los servidores civiles por el d c cumplimiento de valores institucionales del Organismo Especializado para las c r m n Contrataciones Públicas Eficientes (OECE); así como la derogación de la Resolución n o N° D000083-2022-OSCE-SGE, que aprueba la Directiva N° 006-2022-OSCE/SGE o r “Directiva para establecer los lineamientos de reconocimiento de las/los servidoras/es l a a o civiles por el cumplimiento de los valores institucionales del Organismo Supervisor de t d las Contrataciones del Estado – OSCE”, y la Resolución N° D000081-2022-OSCE- r i SGE que aprueba la Ficha de Procedimiento “Realizar el reconocimiento de los/las d l e e servidores/as civiles” con código PS02.05.02, versión 01, del Organismo Supervisor ( t de las Contrataciones del Estado – OSCE; f e m n a m Que, conforme lo establece el artículo IV del Título Preliminar del Reglamento ) a General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° u o 040-2014-PCM, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos d d n l Humanos el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad e L pública; v y r ° c 7 Que, de conformidad con el artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de d 6 Organización y Funciones del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia s , n e Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, la Gerencia General es el órgano de la Alta h d Dirección y la máxima autoridad administrativa de la entidad, teniendo entres sus p F funciones, de conformidad con el literal j) del artículo 14 del mencionado Reglamento, : m a a la de aprobar los dispositivos normativos y planes necesarios para el funcionamiento p y de los procesos asociados a los sistemas administrativos a su cargo y los que se f e disponga por norma; m i p c r d Que, con las visaciones de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos, del Jefe g s de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Jefa de Unidad de b i p t Modernización, y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; / e e , De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que / u l e crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y a a su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Directiva Nº o m x n 002-2014-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de t o Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas”, cuya aprobación es l m formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 238-2014-SERVIR-PE; la o f Directiva N° 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura de a integridad en las entidades del sector público”, aprobada por Resolución de Secretaría r de Integridad Pública N° 002-2021-PCM/SIP; y, el Texto Integrado del Reglamento de s L Organización y Funciones del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia a Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: DHH6NWD SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 05-2025-OECE-GG, “Directiva de reconocimientos a los servidores civiles por el cumplimiento de valores institucionales del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE”, la que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. t o g u Artículo 2.- Derogar la Resolución N° D000081-2022-OSCE-SGE, que d e d t aprueba la Ficha de Procedimiento “Realizar el reconocimiento de los/las servidores/as e o civiles” con código PS02.05.02, versión 01, del Organismo Supervisor de las d e c r Contrataciones del Estado – OSCE; y la Resolución N° D000083-2022-OSCE-SGE, m n que aprueba la Directiva N° 006-2022-OSCE/SGE “Directiva para establecer los e o lineamientos de reconocimiento de las/los servidoras/es civiles por el cumplimiento de o i y m los valores institucionales del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado a d – OSCE”. u o o g a a Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo se difundan a los e m servidores de la entidad. a n ) e r n Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en m l la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas s m p c Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece). e o e e s a r e Regístrese y comuníquese. e N f 2 a 2 a 9 Firmado por e L CARMEN MARÍA MARROU GARCÍA : y Gerente General h e s i GERENTE GENERAL / m p s s C r r m f p a u o g D b g e a w s b s v R i g a m o e x t m y l m d i t r s L a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: DHH6NWD