Documento regulatorio

Resolución de Recursos Humanos N.° 109-2025-OECE-ORH

Artículo 1°.- INSTAURAR procedimiento administrativo disciplinario al servidor Gyno Alberto CRUZ VELASQUEZ - Profesional III de la Unidad de Abastecimiento del Organismo Especializado para las Cont...

Tipo
Resolución de Recursos Humanos
Fecha
14/09/2025
Fuente
gob.pe/oece/normas-legales

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t o g u d e VISTOS: d t e o d e La Carta S/N de la servidora Yesica Juliana Falla Burga, el Memorando N° c r D000067-2025-OECE-ORH de la Oficina de Recursos Humanos, el Memorando N° m n e o D000038-2025-OECE-TCP de la Presidenta del Tribunal de Contrataciones Públicas, el o i Proveído N° D001007-2025-OECE-ORH-CCS del Analista de Administración de y m Personas y el Informe N° D000056-2025-OECE-ORH-CEG de la Especialista Legal; y a d u o o g CONSIDERANDO: a a e m a n Que, de acuerdo al artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1057, modificado por la ) e Ley N° 29849, referente a los derechos de los/as servidores/as civiles bajo el régimen r n m l de Contratación Administrativa de Servicios (en adelante régimen CAS), se establece s m lo siguiente: p c e o e e “Artículo 6.- Contenido s a El Contrato Administrativo de Servicios otorga al trabajador los siguientes derechos: r e (…) e N f 2 g) Licencias con goce de haber por maternidad, paternidad, y otras licencias a las a 2 que tienen derecho los trabajadores de los regímenes laborales generales.” (El a 9 resaltado es propio). e L : y h e...
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t o g u d e VISTOS: d t e o d e La Carta S/N de la servidora Yesica Juliana Falla Burga, el Memorando N° c r D000067-2025-OECE-ORH de la Oficina de Recursos Humanos, el Memorando N° m n e o D000038-2025-OECE-TCP de la Presidenta del Tribunal de Contrataciones Públicas, el o i Proveído N° D001007-2025-OECE-ORH-CCS del Analista de Administración de y m Personas y el Informe N° D000056-2025-OECE-ORH-CEG de la Especialista Legal; y a d u o o g CONSIDERANDO: a a e m a n Que, de acuerdo al artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1057, modificado por la ) e Ley N° 29849, referente a los derechos de los/as servidores/as civiles bajo el régimen r n m l de Contratación Administrativa de Servicios (en adelante régimen CAS), se establece s m lo siguiente: p c e o e e “Artículo 6.- Contenido s a El Contrato Administrativo de Servicios otorga al trabajador los siguientes derechos: r e (…) e N f 2 g) Licencias con goce de haber por maternidad, paternidad, y otras licencias a las a 2 que tienen derecho los trabajadores de los regímenes laborales generales.” (El a 9 resaltado es propio). e L : y h e Que, por su parte, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, en el Informe s i Técnico N° 00454-2023-SERVIR-GPGSC establece en el numeral 2.10, lo siguiente: / m p s “No obstante, cabe señalar que el otorgamiento de la licencia sin goce de s C remuneraciones no es un derecho que pueda ser exigido por el servidor con la sola r r presentación de la solicitud a las entidades públicas para que estas lo acaten según los m f p a requerimientos de quien lo solicita, sino que, por el contrario, las entidades públicas u o podrán o no otorgar dicha licencia, previa evaluación, de acuerdo con el caso en g D b g concreto y teniendo en cuenta las necesidades de servicio de la entidad.”; e a w s Que, el artículo 28° del Reglamento Interno de los/las Servidores/as Civilesdel b s v R OSCE, aprobado con Resolución N° 177-2019-OSCE/PRE del 4 de octubre de 2019, i g establece que “la licencia es la autorización que seconcede al/a la servidor/a civil para a m no asistir al centro de trabajo por uno o más días. Se inicia a petición del/de la servidor/a o e x t civil y es otorgada por la Unidad de Recursos Humanos o la Secretaría General, según m y corresponda, con conocimiento previo de su superior jerárquico inmediato. Se concede l m d con o sin goce de remuneraciones.”; i t Que, por su parte, el artículo 30 del cuerpo normativo interno antes señalado, r s establece lo siguiente: L a “Artículo 30.- Licencia sin goce de remuneraciones Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: PKWRPLF 30.1. La licencia sin goce de remuneraciones se otorga para atender asuntos de carácter personal o particular. Constituye una liberalidad del OSCE y no un derecho del/de la servidor/a civil. Está condicionada a la conformidad del superior jerárquico inmediato del/ de la servidor/a que solicita la licencia, teniendo en cuenta las necesidades del servicio. 30.2. En el caso de los/las servidores/a civiles sujetos al régimen laboral de la actividad privada, se otorga por un plazo de noventa (90) días. “(…)”. i D t o 30.3. Para el otorgamiento de licencia sin goce de remuneraciones que exceda los r m quince (15) días, el/la servidor/a deberá contar con más de un (1) año de a e d t servicio continuo en el OSCE. e e d c 30.4. La licencia sin goce de remuneraciones es autorizada, mediante resolución, por c r la Unidad de Recursos Humanos, previo informe favorable del superior m n n o jerárquico inmediato del/de la servidor/a civil que solicita la licencia. o r l a “(…)” a o t d r i La licencia sin goce de remuneraciones debe ser presentada a la unidad de d l Recursos Humanos con una anticipación mínima de diez (10) días hábiles e e ( t previos al inicio de la licencia, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente f e sustentado. m n a m (…) ) a u o d d 30.6. Cumplido el tiempo máximo permitido, el/la servidor/a civil no puede solicitar n l nueva licencia sin goce de remuneraciones hasta que transcurra doce (12) e L v y meses”. r ° c 7 Evaluación de cumplimiento de requisitos de la solicitud de licencia sin goce de d 6 s , remuneraciones presentada por la servidora Yesica Juliana Falla Burga. n e h d Que, el caso que convoca, la servidora Yesica Juliana Falla Burga, quien labora p F : m como Secretaria en el Tribunal de Contrataciones del Estado, según Contrato a a Administrativo de Servicios N° 76-2012-OSCE , 1 actualmente Tribunal de p y Contrataciones Públicas, a través de la Carta S/N del 30 de abril del 2025, solicita a f e m i este despacho, licencia sin goce de remuneraciones, a partir del 12 de mayo del año en p c curso y por el periodo de noventa (90) días calendario, para atender asuntos de carácter r d personal; g s b i p t Que, mediante Memorando N° D000067-2025-OECE-ORH del 5 de mayo de / e 2025, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 del RIS, se solicita a la Presidenta e , / u del Tribunal de Contrataciones Públicas, emitir su conformidad de ser el caso, respecto l e a la solicitud de licencia sin goce de remuneraciones de la servidora Yesica Juliana Falla a a o m Burga, por tratarse de asuntos personales; x n t o Que, dicha solicitud es autorizada mediante la conformidad de su superior l m o jerárquico (Presidenta del Tribunal de Contrataciones Públicas), por conducto del f Memorando n.° D000038-2025-OECE-TCP del 5 de mayo del 2025; a r s Que, de acuerdo a lo informado por el Analista de Administración de Personas, L mediante el Proveído n.° D001007-2025-OECE-ORH-CCS y en atención al Proveído n.° a D000087-2025-OECE-ORH- CEG, ambos del 5 de mayo del 2025, la servidora Yesica 1A partir del 3 de abril del 2012 Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: PKWRPLF Juliana Falla Burga no se le ha concedido licencia sin goce de remuneraciones durante los últimos doce (12) meses, pertenece al régimen laboral CAS y ha ingresado a la entidad a laborar el 3 de abril de 2012; Que, mediante el Informe n.° D000056-2025-OECE-ORH-CEG, la Especialista Legal, de acuerdo a la documentación que obra en el expediente, ha considerado que la solicitud sin goce de remuneraciones, efectuada por la servidora Yesica Juliana Falla Burga, deviene ser atendible; toda vez que, cumple con la concurrencia de las siguientes exigencias: i D t o r m • Mantiene vínculo laboral con el OECE, bajo el régimen CAS, suscribiendo a e el Contrato Administrativo de Servicios n.° 76-2012-OSCE, actualmente d t OECE, a partir del 3 de abril del 2012, continuando vigente el vínculo e e d c laboral. c r m n n o • A través de la Carta S/N del 30 de abril del 2025, solicita licencia sin goce o r de remuneraciones por noventa (90) días calendario, a partir del 12 de l a mayo del 2025. a o t d r i • La Presidenta del Tribunal de Contrataciones Públicas, a través del d l Memorando n.° D000038-2025-OECE-TCP del 5 de mayo del 2025, e e ( t autoriza la licencia sin goce de remuneraciones, por tratarse de motivos f e personales. m n a m ) a • La solicitud de licencia sin goce de remuneraciones no cumple con la u o presentación dentro del plazo mínimo establecido de diez (10) días de d d n l anticipación; sin embargo, ha sido autorizado por su superior jerárquico. e L v y • Cuenta con más de un (1) año laborando en el OECE. r ° c 7 d 6 • A la fecha, no registra licencia sin goce de remuneraciones en los últimos s , n e doce (12) meses, tal como lo ha informado el Analista de Administración h d de Personas de la oficina a su cargo. p F : m a a Que, en ese orden de ideas, la suscrita considera que, el pedido de licencia sin p y goce de remuneraciones, efectuada por la servidora Yesica Juliana Falla Burga, f e Secretaria en el Tribunal de Contrataciones Públicas, deviene ser atendible; toda vez m i p c que, revisados los actuados y de acuerdo con la normativa interna del OSCE - RIS, r d cuenta con la autorización del superior jerárquico y no registra licencias durante los g s últimos doce (12) meses; b i p t / e Que, es importante señalar que el otorgamiento de la licencia sin goce de e , remuneraciones a la servidora Yesica Juliana Falla Burga, aplicará por noventa (90) días / u l e calendario, a partir del 12 de mayo al 9 de agosto del 2025, para atender asuntos de a a carácter personal; o m x n t o Que, de conformidad con el Texto Integrado del Reglamento de Organización y l m Funciones del OECE aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002- o f 2025-OECE-PRE; y en uso de la facultad conferida en la Resolución de Presidencia a Ejecutiva N° D000003-2025-OECE-PRE del 22 de abril del 2025; r s L SE RESUELVE: a ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR, la licencia sin goce de remuneraciones a la servidora Yesica Juliana Falla Burga, Secretaria del Tribunal de Contrataciones Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: PKWRPLF Públicas, por el periodo de noventa (90) días calendario, el cual regirá a partir del 12 de mayo al 9 de agosto del 2025. ARTÍCULO 2.- NOTIFICAR la presente Resolución a la servidora Yesica Juliana Falla Burga, Secretaria en el Tribunal de Contrataciones del Estado del OECE, las áreas correspondientes y registrarse en el legajo personal de la servidora. Regístrese y comuníquese. n o g u d m d n Firmado por d o l e YESSICA DORIS PÉREZ ASTUHUAMAN o t u ó Jefa (e) de la Oficina de Recursos Humanos e c OFICINA DE RECURSOS HUMANOS t f y m a a a o o i a t d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: PKWRPLF