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i D VISTOS: t o r m a e El Informe N° D000049-2025-OECE-DTN y el Informe N° D000050-2025- d t OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; el Memorando N° D000612-2025- e e d c OECE-OPPM y el Informe N° D000157-2025-OECE-UMOD de la Oficina de c r Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000152-2025-OECE- m n OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, n o o r l a CONSIDERANDO: a o t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en e e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado ( t f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, a m ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d Que, mediante Resolución N° 100-2020-OSCE/PRE, se formaliza la n l e L aprobación de la Directiva N° 009-2020-OSCE/CD, Lineamientos para el uso del v y Cuaderno de Obra Digital; r ° c 7 d 6 Que, el literal f) del párrafo 11.3...
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i D VISTOS: t o r m a e El Informe N° D000049-2025-OECE-DTN y el Informe N° D000050-2025- d t OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; el Memorando N° D000612-2025- e e d c OECE-OPPM y el Informe N° D000157-2025-OECE-UMOD de la Oficina de c r Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000152-2025-OECE- m n OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, n o o r l a CONSIDERANDO: a o t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en e e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado ( t f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, a m ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d Que, mediante Resolución N° 100-2020-OSCE/PRE, se formaliza la n l e L aprobación de la Directiva N° 009-2020-OSCE/CD, Lineamientos para el uso del v y Cuaderno de Obra Digital; r ° c 7 d 6 Que, el literal f) del párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069, establece s , como una de las funciones del OECE, la de diseñar, formular, aprobar y difundir n e directivas y lineamientos en materia de su competencia, así como de las plataformas h d p F o herramientas que administra, incluidas las de gestión para el cumplimiento de su rol : m supervisor y de acompañamiento, siendo que, los anteproyectos de alcance general a a deben ser prepublicados para fomentar la participación de los actores de la compra p y f e pública en su diseño y formulación; m i p c Que, asimismo, el literal d) del citado párrafo, señala que el OECE tiene la r d g s función de administrar, diseñar, desarrollar, gestionar e integrar datos, y evaluar el b i desempeño de las herramientas digitales a su cargo, las cuales forman parte de la p t / e Pladicop; e , / u Que, por su parte, el párrafo 256.1 del artículo 256 del Reglamento de la Ley l e a a N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo o m N° 009-2025-EF, establece que la Pladicop es el conjunto de herramientas digitales x n que permiten la gestión e integración de la información sobre contrataciones en el t o l m ámbito del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA), la cual está integrada, entre o otros, por el SEACE y el cuaderno de incidencias; siendo que, el párrafo 256.2. del f citado artículo, señala, entre otros, que el OECE establece, en el marco de sus a r competencias, mediante directiva las disposiciones referidas a la operatividad de las s herramientas digitales que forman parte de la Pladicop; L a Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: N3W9BIK Que, el párrafo 188.4 del artículo 188 del Reglamento de la Ley N° 32069, establece que el OECE emite, mediante directiva, las disposiciones sobre la operatividad en la Pladicop del uso del cuaderno de incidencias y señala los casos excepcionales en los que se permite el uso del cuaderno de incidencias físico; i D Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 86 y el literal c) del artículo 87 del t o r m Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado a e por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, la Dirección d t Técnico Normativa es el órgano de línea, encargado de promover la generación de e e d c directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública, c r absolver consultas sobre el sentido o alcance de la normativa vigente; y, tiene entre m n sus funciones, el evaluar y proponer directivas y lineamientos de alcance general en n o o r materia de contratación pública, respectivamente; l a a o Que, mediante los documentos de Vistos, la Dirección Técnico Normativa t d r i presenta y emite opinión favorable al proyecto de Directiva de disposiciones sobre el d l uso del Cuaderno de Incidencias, remitiendo el documento que contiene dicho e e Proyecto, su anexo, así como el sustento técnico respectivo; además, la Oficina de ( t f e Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable al citado m n proyecto de Directiva; siendo que la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal a m ) a favorable para la continuación del trámite de publicación respectivo, remitiendo el u o proyecto de Resolución que aprueba la mencionada propuesta de Directiva; d d n l e L Que, la Directiva de disposiciones sobre el uso del Cuaderno de Incidencias v y tiene la finalidad de desarrollar disposiciones complementarias sobre su uso en los r ° contratos para la elaboración de expediente técnico, la ejecución de obras, y la c 7 d 6 supervisión de dichas prestaciones; orientadas a facilitar el acceso a la información s , que se registra en dicho cuaderno y cautelar su inalterabilidad, con el objeto de n e establecer disposiciones sobre el registro y acceso de las anotaciones en el cuaderno h d p F de incidencias, de los principales hechos que ocurren durante la ejecución del contrato : m para la elaboración del expediente técnico, la ejecución de obras, y la supervisión de a a dichas prestaciones, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley p y f e N° 32069; m i p c Que, de acuerdo con el párrafo 19.1 del artículo 19 del Reglamento que r d g s establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter b i general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo p t / e N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican e , en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su / u elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; l e a a o m Que, los párrafos 21.1 y 21.2 del artículo 21 del Reglamento citado en el x n considerando precedente, establecen que la publicación de un proyecto normativo se t o l m aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la o Administración Pública, la cual se publica en el diario oficial y precisa, además, que el f proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la a r entidad de la Administración Pública; asimismo, en el caso de una entidad del Poder s Ejecutivo adscrita a un ministerio, aquella entidad debe comunicar a este ministerio la L publicación del proyecto normativo y dicha comunicación debe incluir el proyecto a normativo, la exposición de motivos y la norma que dispone la publicación; Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: N3W9BIK Que, considerando que el proyecto de Directiva de disposiciones sobre el uso del Cuaderno de Incidencias, su anexo, y el sustento respectivo, así como el proyecto de resolución que dispone la formalización de su aprobación, constituyen normas de carácter general, resulta necesario aprobar la publicación del citado proyecto, a fin de i D recoger los comentarios, aportes u opiniones de los actores involucrados en la t o r m contratación pública; así como, del público en general; a e d t Que, el literal b) del párrafo 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 32069, Ley e e d c General de Contrataciones Públicas establece que el Presidente Ejecutivo es la c r máxima autoridad ejecutiva, titular del pliego y representante legal de la entidad, en m n concordancia con lo cual el literal q) del artículo 12 del Texto Integrado del n o o r Reglamento de Organización y Funciones del OECE establece que la Presidencia l a Ejecutiva tiene, entre otras, la función de expedir Resoluciones de Presidencia a o Ejecutiva sobre asuntos de su competencia; t d r i d l Con las visaciones de la Gerenta General, de la Directora de la Dirección e e Técnico Normativa, del Director de la Dirección del Sistema Electrónico de ( t f e Contrataciones del Estado, de la Jefa de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y m n Modernización; y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, a m ) a u o De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de d d Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- n l e L 2025-EF; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y v y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, r ° aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del c 7 d 6 Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las s , Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia n e Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; h d p F : m SE RESUELVE: a a p y f e Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo m i p c Aprobar la publicación del proyecto de Directiva de disposiciones sobre el uso r d g s del Cuaderno de Incidencias, su anexo y su correspondiente exposición de motivos, b i así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital del Organismo p t / e Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) e , (www.gob.pe/oece), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el / u diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde l e a a el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recoger los o m comentarios, aportes u opiniones conforme a lo señalado en la parte considerativa de x n la presente Resolución. t o l m o Artículo 2.- Mecanismos de participación f a r Disponer que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado en el s artículo precedente son recibidos a través de la Mesa de Partes del Organismo L Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), ubicada en Av. a Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” No. 108, Piso 1, Jesús María y la sección Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: N3W9BIK https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos- prepublicados de la sede digital del OECE. Artículo 3.- Unidad de organización encargada n o Establecer que la Dirección Técnico Normativa y la Dirección del Sistema g u Electrónico de Contrataciones del Estado sean los encargados de recibir, sistematizar d m y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. d n d o l e Artículo 4.- Remisión o t u ó e c Remitir la presente Resolución, el proyecto normativo y la exposición de t f motivos que lo sustenta, al Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines y m a a correspondientes. a o o i a t d m l e Regístrese, comuníquese y publíquese. s e f e m e ( m ) a u o FIRMADO POR d d MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE n l e L Presidenta Ejecutiva v y PRESIDENCIA EJECUTIVA r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: N3W9BIK