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Firmado digitalmente por MARROU 20419026809 hardria FAU Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 10.09.2025 18:08:57 -05:00 Jesús María, 10 de Septiembre del 2025 RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL N° D000059-2025-OECE-GG n o VISTOS: g u d m d n La solicitud de defensa y asesoría legal presentada el 2 de setiembre de 2025, d o subsanada mediante solicitud recibida el 8 de setiembre de 2025, suscritas por la l l o t servidora Gina Mercedes Panduro Piedra; el Memorando N° D001050-2025-OECE- u ó ORH, de la Oficina de Recursos Humanos; y el Informe N° D000150-2025-OECE-OAJ, e c t f de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, y m a a CONSIDERANDO: a o o i a t Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d m Contrataciones Públicas establece que el Organismo Especializado para las l e s e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m e ( m público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, ) a administrativa, funcional, económ...
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Firmado digitalmente por MARROU 20419026809 hardria FAU Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 10.09.2025 18:08:57 -05:00 Jesús María, 10 de Septiembre del 2025 RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL N° D000059-2025-OECE-GG n o VISTOS: g u d m d n La solicitud de defensa y asesoría legal presentada el 2 de setiembre de 2025, d o subsanada mediante solicitud recibida el 8 de setiembre de 2025, suscritas por la l l o t servidora Gina Mercedes Panduro Piedra; el Memorando N° D001050-2025-OECE- u ó ORH, de la Oficina de Recursos Humanos; y el Informe N° D000150-2025-OECE-OAJ, e c t f de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, y m a a CONSIDERANDO: a o o i a t Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d m Contrataciones Públicas establece que el Organismo Especializado para las l e s e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m e ( m público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d n l Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 35 de la Ley e L N° 30057, Ley del Servicio Civil, el servidor civil tiene derecho a contar con la defensa v y r ° y asesoría legal, asesoría contable, económica o afín, con cargo a los recursos de la c 7 entidad para su defensa en procesos judiciales, administrativos, constitucionales, d 6 arbitrales, investigaciones congresales y policiales, ya sea por omisiones, actos o s , n e decisiones adoptadas o ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, inclusive como h d consecuencia de encargos, aun cuando al momento de iniciarse el proceso hubiese p F concluido la vinculación con la entidad; indicando que si al finalizar el proceso se : r a a demostrara responsabilidad, el beneficiario debe reembolsar el costo del p y asesoramiento y de la defensa especializada; disponiendo el artículo 154 del . C m t Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley de Servicio Civil, aprobado por Decreto a c Supremo N° 040-2014-PCM, que la defensa y asesoría se otorga a pedido de parte, e d previa evaluación de la solicitud; u s o D . i Que, de acuerdo a lo establecido en el párrafo 6.1 del artículo 6 de la Directiva e l N° 004-2015-SERVIR/GPGSC, Reglas para acceder al beneficio de defensa y w , b u asesoría de los servidores y ex servidores civiles, aprobada mediante Resolución de a R Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE, para acceder al beneficio de defensa d g d m y asesoría se requiere de una solicitud expresa conteniendo los requisitos establecidos r n en el párrafo 6.3 del artículo 6 de la citada Directiva y que el solicitante haya sido citado h o o emplazado formalmente en calidad de denunciado, investigado, procesado, m y l m imputado, demandado, testigo, tercero civilmente responsable o para la actuación de d alguna prueba, dentro de alguno de los procesos, investigaciones o procedimientos c Firmado digitalmente por PEREZ t 20419026809 softca Dopor hechos relacionados a una omisión, acción o decisión realizada en el ejercicio i Fecha: 10.09.2025 18:04:13 -05:00us funciones o actividades o bajo criterios de gestión en su oportunidad; . a Que, el párrafo 6.3 del artículo 6 de la Directiva precitada, establece como requisitos de admisibilidad para acceder al beneficio de asesoría y defensa: i) Solicitud Firmado digitalmente por Esther FAU 20419026809 soft Fecha: 10.09.2025 17:52:48 -05:00 Pág. 1 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: LDFC6JL dirigida al Titular de la Entidad, con carácter de declaración jurada, ii) Compromiso de reembolso en caso se demuestre su responsabilidad, iii) Propuesta de Servicio de defensa o asesoría, precisando si esta se solicita por todo el proceso o por alguna etapa; y, iv) Compromiso de devolver a la entidad los costos y las costas determinados a su favor, en caso no resulte responsable en el procedimiento, proceso o investigación; i D t o r m Que, mediante solicitud presentada el 2 de setiembre de 2025, subsanada d e d t mediante solicitud recibida el 8 de setiembre de 2025, la servidora Gina Mercedes e e Panduro Piedra, Analistaen Identificación de Riesgos y Atención de Cuestionamientos d c de la Subdirección de Supervisión de Procedimientos Competitivos (antes c r m n Subdirección de Procesamiento de Riesgos) de la Dirección de Supervisión y n o Asistencia Técnica (antes Dirección Gestión de Riesgos) del Organismo Especializado o r para la Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), solicita acceder al beneficio de l a a o defensa y asesoría legal durante la Investigación Preparatoria y Etapa Intermedia, t d respecto a la investigación seguida en su contra por la presunta r i , en agravio d l e e del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (hoy OECE), ( t , tramitado ante la Primera Fiscalía Corporativa f e Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, cuyos hechos se produjeron en m n a m el ejercicio de sus funciones; para cuyo efecto adjunta, entre otros, copia de la ) a Disposición de fecha 14 de agosto de 2025 y su u o respectiva notificación, vía correo electrónico de fecha 15 de agosto de 2025, la cual d d n l dispone que el titular del Segundo Despacho Provincial de la Primera Fiscalía e L Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia formalice y continúe la Investigación v y r ° Preparatoria contra Mercedes Panduro Piedra y otros; c 7 d 6 Que, mediante Memorando N° D001050-2025-OECE-ORH, la Oficina de s , n e Recursos Humanos informa sobre los puestos y las funciones desempeñadas por la h d solicitante; p F / m a a Que, con Informe N° D000150-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría p y Jurídica informa que la solicitud presentada por la servidora Gina Mercedes Panduro f e Piedra se ajusta a los requisitos de admisibilidad y procedencia señalados en la m i p c Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC, Reglas para acceder al beneficio de defensa r d y asesoría de los servidores y ex servidores civiles; por lo que resulta legalmente viable g s el otorgamiento del beneficio de defensa y asesoría legal solicitado, durante la b i p a Investigación Preparatoria y Etapa Intermedia respecto a la investigación seguida en / e su contra, detallado en el considerando precedente; e s / u l e Con los vistos de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos y de la Jefa de a a la Oficina de Asesoría Jurídica, y; o e x t t o De conformidad con lo establecido en el Texto Integrado del Reglamento de l m Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones d i Públicas Eficientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº a D000002-2025-OECE-PRE; en la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC, Reglas r para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores s L civiles, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015- a SERVIR-PE; y en la Directiva N° 011-2021-OSCE/SGE, Directiva que regula el procedimiento para solicitar y acceder al beneficio de defensa y asesoría para Pág. 2 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: LDFC6JL servidores/as y ex servidores/as del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 112-2021-OSCE/SGE; SE RESUELVE: Artículo 1.- del beneficio de defensa y i D Declarar procedente la autorización t o asesoría legal solicitado por la servidora Gina Mercedes Panduro Piedra, Analista en r m Identificación de Riesgos y Atención de Cuestionamientos de la Subdirección de d e d t Supervisión de Procedimientos Competitivos de la Dirección de Supervisión y e e Asistencia Técnica, durante la Investigación Preparatoria y Etapa Intermedia, d c respecto a la investigación seguida en su contra por la presunta c r m n , en agravio n o del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (hoy OECE), Carpeta o r Fiscal , tramitado ante la Primera Fiscalía Corporativa l a a o Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, cuyos hechos se produjeron en t d el ejercicio de sus funciones de Analista en Identificación de Riesgos y Atención de r i Cuestionamientos de la Subdirección de Supervisión de Procedimientos d l e e Competitivos (antes Subdirección de Procesamiento de Riesgos) de la Dirección de ( t Supervisión y Asistencia Técnica (antes Dirección Gestión de Riesgos), de f e con formidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente m n a m Resolución. ) a u o d d Artículo 2.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la señora Gina n l Mercedes Panduro Piedra. e L v y r ° Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su respectiva notificación c 7 sean remitidas a la Oficina de Administración para el cumplimiento de lo establecido d 6 en la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC, Reglas para acceder al beneficio de s , n e defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles, aprobada mediante h d Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE, y a la Oficina de p F / m Recursos Humanos para el archivo en el legajo personal respectivo. a a p y Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal f e m i Institucional del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes p c (www.gob.pe/oece). r d g s b i Regístrese y comuníquese. p a / e e s / u Firmado por l e a a CARMEN MARÍA MARROU GARCÍA o e Gerenta General x t GERENCIA GENERAL t o l m d i a r s L a Pág. 3 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: LDFC6JL