Extracto del contenido extraído del PDF para facilitar lectura e indexación.
i D t o r m a e d t e e VISTOS: d c c r m n El Informe Nº D000079-2025-OECE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la n o Oficina de Administración; y o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i d l Que, el numeral 11.1) del artículo 11° de la Ley N° 32069, Ley General de e e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las ( t f e Contrataciones Públicas Eficientes - OECE es un organismo técnico especializado m n adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho a m público, que constituye pliego presupuestal ygoza de autonomía técnica, administrativa, ) a u o funcional, económica y financiera; d d n l Que, conforme el numeral 53.1) del artículo 53° del Texto Único Ordenado de e L v y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto r ° Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los c 7 procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la d 6 s , prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en n e función del ...
Ver texto completo extraído
i D t o r m a e d t e e VISTOS: d c c r m n El Informe Nº D000079-2025-OECE-UFIN de la Unidad de Finanzas de la n o Oficina de Administración; y o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i d l Que, el numeral 11.1) del artículo 11° de la Ley N° 32069, Ley General de e e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las ( t f e Contrataciones Públicas Eficientes - OECE es un organismo técnico especializado m n adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho a m público, que constituye pliego presupuestal ygoza de autonomía técnica, administrativa, ) a u o funcional, económica y financiera; d d n l Que, conforme el numeral 53.1) del artículo 53° del Texto Único Ordenado de e L v y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto r ° Supremo N° 004-2019-JUS, procede establecer derechos de tramitación en los c 7 procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la d 6 s , prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en n e función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en h d los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de p F : m la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operación y mantenimiento de la a a infraestructura asociada a cada procedimiento; p y f e Que, el literal c) de la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado m i del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que p c r d la tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva g s por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente; b i p t Que, de acuerdo al numeral 6.2.1) de la Directiva N° 001-2021-OSCE/SGE / e e , “Directiva para el reconocimiento de ingresos y devolución de tasas del Organismo / u Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE”, aprobada mediante Resolución l e N° 004-2021-OSCE/SGE, la solicitud de devolución de tasas, se presentará en los a a o m siguientes supuestos: (I) Pago no Utilizado, o (II) Pago no utilizado en un trámite ante x n el OSCE; t o l m Que, asimismo, conforme lo previsto en el numeral 7.3.1.5) de la acotada o Directiva, en caso de ser procedente la solicitud de devolución de tasas, esta deberá f a realizarse a nombre de la persona naturalquefigura en el voucher; y en caso de persona r jurídica, a nombre de su representante legal; s L Que, el numeral 3.2 del Informe N° D000079-2025-OECE-UFIN de la Unidad de a Finanzas, señala que se han recibido cuatro (4) solicitudes de devolución de depósitos indebidos y de la verificación realizada sobre los depósitos detallados en el numeral 3.1 del citado informe, se ha determinado que se encuentran en estado "en tránsito", lo que Pág. 1 de 2 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 1CD7TEZ indica que no han sido utilizados en ningún trámite o facturación ante el OECE, por lo que en concordancia con lo establecido en la Directiva N° 001-2021-OSCE/SGE, los pagos que cumplen con la condición de "Pago no Utilizado" deben ser reconocidos como depósitos indebidos o en exceso, siendo susceptibles de devolución, los mismos que han sido registrados con recibo de ingreso R202500544 y R202500545, asociados al registro SIAF 2405 y 2406 de fecha 01/09/2025, lo cual formaliza su identificación en nuestros sistemas, por lo que opina favorablemente sobre la devolución de cuatro (4) i D depósitos indebidos que se encuentran en tránsito detallados en anexo, por un importe t o de S/ 60,614.82 (Sesenta mil seiscientos catorce con 82/100 Soles), importe del cual se r m a e descontará la comisión bancaria que aplique el banco, según sea el caso; d t e e Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del artículo 38° del Texto d c c r Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado m n para las Contrataciones Públicas Eficientes - ROF del OECE, aprobado con Resolución n o de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, es función de la Oficina de o r l a Administración “Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, a o los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Tesorería y t d Contabilidad”; r i d l e e ( t Con el visto de la Jefa de la Unidad de Finanzas; f e m n De conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y j) del artículo 38° del Texto a m Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado ) a u o para las Contrataciones Públicas Eficientes; d d n l SE RESUELVE: e L v y r ° Artículo 1º.- Declarar procedente cuatro (4) solicitudes de devolución por c 7 depósito indebido que se encuentra en Tránsito, detalladas en el anexo adjunto, el d 6 s , mismo que forma parte integrante de la presente resolución, por un monto total de S/ n e 60,614.82 (Sesenta mil seiscientos catorce con 82/100 Soles), importe del cual se h d descontará la comisión bancaria que aplique el banco, según sea el caso. p F : m a a Artículo 2º.- Encargar a la Unidad de Finanzas la notificación de la presente p y resolución a los usuarios y proceda a realizar las acciones que conlleven a la devolución f e m i de tasa, a que se refiere el precedente artículo 1°. p c r d g s Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital b i del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes– OECE p t (www.gob.pe/oece) y Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al / e e , Ciudadano (www.gob.pe). / u l e a a o m Regístrese, comuníquese y publíquese. x n t o l m o Firmado por f a ANA FABIOLA ZARATE ANCHANTE r s Jefa de la Oficina de Administración L OFICINA DE ADMINISTRACIÓN a Pág. 2 de 2 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 1CD7TEZ