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VISTOS: i D t o r m El Informe N° D000045-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; a e d t el Memorando N° D000576-2025-OECE-OPPM y el Informe N° D00152-2025-OECE- e e UMOD de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° d c D000141-2025-OECE-OAJ y el Informe N° D000148-2025-OECE-OAJ de la Oficina c r m n de Asesoría Jurídica; y el Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 06-2025/OECE-CD n o del Consejo Directivo del OECE; y, o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l e e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en ( t Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n a m público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d n l Que, el literal b) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de e L Organización y Funciones (ROF) del OECE, aprobado por Res...
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VISTOS: i D t o r m El Informe N° D000045-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; a e d t el Memorando N° D000576-2025-OECE-OPPM y el Informe N° D00152-2025-OECE- e e UMOD de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° d c D000141-2025-OECE-OAJ y el Informe N° D000148-2025-OECE-OAJ de la Oficina c r m n de Asesoría Jurídica; y el Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 06-2025/OECE-CD n o del Consejo Directivo del OECE; y, o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l e e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en ( t Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n a m público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d n l Que, el literal b) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de e L Organización y Funciones (ROF) del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia v y r ° Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, establece dentro de las funciones y c 7 atribuciones del Consejo Directivo, la de aprobar las directivas y lineamientos de d 6 alcance general en materia de contratación pública; s , n e h d Que, el literal o) del artículo 12 del Texto Integrado del ROF del OECE p F establece como una de las funciones de la Presidencia Ejecutiva la de proponer al : m a a Consejo Directivo los proyectos de directivas y lineamientos de alcance general en p y materia de contratación públicas; f e m i p c Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86 y el literal c) del artículo 87 r d del Texto Integrado del ROF del OECE, la Dirección Técnico Normativa es el órgano g s de línea, encargado de promover la generación de directivas y lineamientos de b i p t alcance general en materia de contratación pública, absolver consultas sobre el / e sentido o alcance de la normativa vigente; y, tiene entre sus funciones, el evaluar y e , proponer directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación / u l e pública, respectivamente; a a o m x n Que, de conformidad con lo establecido en el literal f) del párrafo 11.3 del t o artículo 11 de la Ley N° 32069, el OECE tiene como una de sus funciones diseñar, l m formular, aprobar y difundir directivas y lineamientos en materia de su competencia, o f así como de las plataformas o herramientas que administra, incluidas las de gestión a para el cumplimiento de su rol supervisor y de acompañamiento, siendo que, los r anteproyectos de alcance general deben ser prepublicados para fomentar la s L participación de los actores de la compra pública en su diseño y formulación; a Pág. 1 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: E4ESNJV Que, asimismo, el literal l) del citado párrafo, establece que el OECE tiene la función de supervisar de oficio, de manera selectiva o aleatoria, o incluso a pedido de parte, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento para ser incluidos o excluidos en el Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de disputas que resuelven controversias en contrataciones públicas; i D t o r m Que, el Capítulo I-A del Título IV de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento a e d t Administrativo General, regula lo referido a la actividad administrativa de fiscalización, e e siendo que el párrafo 228-A.1 del artículo 228 de dicha Ley señala que la actividad de d c fiscalización constituye el conjunto de actos y diligencias de investigación, supervisión, c r m n control o inspección sobre el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras n o limitaciones exigibles a los administrados, derivados de una norma legal o o r reglamentaria, contratos con el Estado u otra fuente jurídica, bajo un enfoque de l a a o cumplimiento normativo, de prevención del riesgo, de gestión del riesgo y tutela de los t d bienes jurídicos protegidos; solamente por Ley o Decreto Legislativo puede atribuirse r i la actividad de fiscalización a las entidades; d l e e ( t Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000045-2025-OECE- f e PRE, se aprueba la publicación del proyecto de Directiva de Supervisión de m n a m Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y ) a Resolución de Disputas, que incluye un Anexo, su exposición de motivos y el proyecto u o de Resolución de aprobación, en la sede digital del Organismo Especializado para las d d n l Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece), a fin de recoger e L comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía; v y r ° c 7 Que, mediante Informe N° D000045-2025-OECE-DTN, la Dirección Técnico d 6 Normativa sustenta la propuesta de Directiva N° 011-2025-OECE-CD, Directiva de s , n e Supervisión de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de h d Prevención y Resolución de Disputas, que incluye un Anexo y su exposición de p F motivos; asimismo, se pronuncia respecto de los aportes remitidos a la entidad en la : m a a etapa de publicación del proyecto, emitiendo opinión favorable con la finalidad de p y continuar con el trámite para su aprobación por el Consejo Directivo del OECE; f e m i p c Que, mediante Memorando N° D000576-2025-OECE-OPPM, que adjunta el r d Informe N° D000152-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, la Oficina g s de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable para b i p t la aprobación de la Directiva de Supervisión de Instituciones Arbitrales y Centros de / e Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas; e , / u l e Que, mediante Informe N° D000141-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría a a Jurídica señala que es legalmente viable continuar con el trámite para la aprobación o m x n de la Directiva de Supervisión de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración t o de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, por cuanto la misma se encuentra l m dentro del marco legal aplicable; o f a Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo N° 001-06- r 2025/OECE-CD, adoptado en la Sesión de Consejo Directivo N° 06-2025/OECE-CD, s L el Consejo Directivo del OECE acordó, por unanimidad, aprobar la Directiva de a Supervisión de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Pág. 2 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: E4ESNJV Prevención y Resolución de Disputas, que incluye un Anexo, disponiendo la formalización del acuerdo mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; i D t o Que, en virtud de lo dispuesto en el literal i) del párrafo 41.1 del artículo 41 del r m Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley a e d t General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado mediante Decreto Supremo e e N° 023-2025-PCM, la presente norma se encuentra excluida de la aplicación del d c Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, dado que su contenido regula disposiciones c r m n en el marco del desarrollo, funcionamiento e implementación del Sistema Nacional de n o Abastecimiento; o r l a a o Con las visaciones de la Gerenta General, de la Directora de la Dirección t d Técnico Normativa, del Director del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de r i Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, la Jefa de la d l e e Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Jefa de la Oficina de ( t Asesoría Jurídica, y; f e m n a m De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de ) a Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- u o 2025-EF; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Texto d d n l Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado e L para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), aprobado por Resolución de v y Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; r ° c 7 d 6 SE RESUELVE: s , n e h d Artículo 1.-. Formalizar la aprobación de la Directiva N° 011-2025-OECE-CD, p F Directiva de Supervisión de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de : m a a Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, que incluye un anexo, la que, en p y Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. f e m i p c Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y la Directiva r d N° 011-2025-OECE-CD, Directiva de Supervisión de Instituciones Arbitrales y Centros g s de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, que incluye un b i p t anexo, en el diario oficial El Peruano, en la sede digital del Organismo Especializado / e para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece), y en el Portal e , de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de / u l e la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario oficial a a El Peruano. o m x n t o l m Regístrese, comuníquese y publíquese. o f a r FIRMADO POR s L MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE a Presidenta Ejecutiva PRESIDENCIA EJECUTIVA Pág. 3 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: E4ESNJV