Documento regulatorio

Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 046-2025-OECE/PRE

Publicación del proyecto normativo Aprobar la publicación del proyecto de Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de...

Tipo
Resolución de Presidencia Ejecutiva
Fecha
16/08/2025
Fuente
gob.pe/oece/normas-legales

Vista previa del PDF

Puedes leer el documento directamente en la página.

Si tu navegador bloquea el visor, usa este enlace directo al PDF.

Extracto del texto

Extracto del contenido extraído del PDF para facilitar lectura e indexación.

i D VISTOS: t o r m a e El Informe N° D000039-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; d t el Memorando N° D000508-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, e e d c Presupuesto y Modernzación; el Informe N° D000139-2025-OECE-UMOD de la c r Unidad de Modernización; y, el Informe N° D000123-2025-OECE-OAJ de la Oficina m n de Asesoría Jurídica; y, n o o r l a CONSIDERANDO: a o t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en e e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado ( t f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, a m ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d Que, el literal f) del párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069 señala que n l e L el OECE tiene la función de diseñar, formular, aprobar y difundir directivas y v y lineamientos en materia de su competencia, así como de las plata...
Ver texto completo extraído
i D VISTOS: t o r m a e El Informe N° D000039-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; d t el Memorando N° D000508-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, e e d c Presupuesto y Modernzación; el Informe N° D000139-2025-OECE-UMOD de la c r Unidad de Modernización; y, el Informe N° D000123-2025-OECE-OAJ de la Oficina m n de Asesoría Jurídica; y, n o o r l a CONSIDERANDO: a o t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en e e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado ( t f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, a m ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d Que, el literal f) del párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069 señala que n l e L el OECE tiene la función de diseñar, formular, aprobar y difundir directivas y v y lineamientos en materia de su competencia, así como de las plataformas o r ° herramientas que administra, incluidas las de gestión para el cumplimiento de su rol c 7 d 6 supervisor y de acompañamiento, siendo que, los anteproyectos de alcance general s , deben ser prepublicados para fomentar la participación de los actores de la compra n e pública en su diseño y formulación; h d p F : m Que, asimismo, el literal m) del citado párrafo establece que el OECE tiene la a a función sancionar a las instituciones arbitrales y centros de administración de juntas p y f e de prevención y resolución de disputas que resuelven controversias en materia de m i contrataciones públicas, conforme a las disposiciones establecidas en la presente ley p c y su reglamento; r d g s b i Que, el artículo 229 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo p t / e General, regula lo referido al ejercicio de la potestad sancionadora que se atribuye a e , cualquiera de las entidades para establecer infracciones y las sanciones respectivas, / u precisando que las disposiciones contenidas se aplican con carácter supletorio a todos l e a a los procedimientos establecidos en leyes especiales, incluyendo los tributarios, los o m que deben observar necesariamente los principios de la potestad sancionadora x n administrativa a que se refiere el artículo 230, así como la estructura y garantías t o l m previstas para el procedimiento administrativo sancionador, asimismo señala que los o procedimientos especiales no pueden imponer condiciones menos favorables a los f administrados; a r s Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 86 y el literal c) del artículo 87 del L Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado a Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: AZNNXAY por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, la Dirección Técnico Normativa es el órgano de línea, encargado de promover la generación de directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública, así como absolver consultassobre el sentido o alcance de la normativa vigente; asimismo, tiene entre sus funciones, el evaluar y proponer directivas y lineamientos de alcance i D general en materia de contratación pública, respectivamente; t o r m a e Que, mediante los documentos de Vistos, la Dirección Técnico Normativa d t presenta y emite opinión favorable al proyecto de Directiva del Procedimiento e e d c Administrativo Sancionador de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de c r Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, que incluye un Anexo, adjuntando el m n documento que contiene dicho Proyecto, así como el sustento técnico respectivo; n o o r además, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión l a técnica favorable al citado proyecto de Directiva; asimismo, la Oficina de Asesoría a o Jurídica emite opinión legal favorable para la continuación del trámite de publicación t d r i respectivo, remitiendo el proyecto de Resolución que aprueba la mencionada d l propuesta de Directiva; e e ( t f e Que, de acuerdo con el párrafo 19.1 del artículo 19 del Reglamento que m n establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter a m ) a general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo u o N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican d d en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su n l e L elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; v y r ° Que, los párrafos 21.1 y 21.2 del artículo 21 del Reglamento citado en el c 7 d 6 considerando precedente establecen que la publicación de un proyecto normativo se s , aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la n e Administración Pública, la cual se publica en el diario oficial, y precisan, además, que h d p F el proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la : m entidad de la Administración Pública; asimismo, en el caso de una entidad del Poder a a Ejecutivo adscrita a un ministerio, aquella entidad debe comunicar a este ministerio la p y f e publicación del proyecto normativo y dicha comunicación debe incluir el proyecto m i normativo, la exposición de motivos y la norma que dispone la publicación; p c r d g s Que, considerando que el proyecto de Directiva del Procedimiento b i Administrativo Sancionador de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de p t / e Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, que incluye un Anexo, así como el e , proyecto de resolución que dispone la formalización de su aprobación, constituyen / u normas de carácter general, resulta necesario aprobar la publicación del citado l e a a proyecto, a fin de recoger los comentarios, aportes u opiniones de los actores o m involucrados en la contratación pública, así como del público en general; x n t o l m Que, el literal b) del párrafo 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 32069, Ley o General de Contrataciones Públicas, establece que el Presidente Ejecutivo es la f máxima autoridad ejecutiva, titular del pliego y representante legal de la entidad, en a r concordancia con ello, el literal q) del artículo 12 del Texto Integrado del Reglamento s de Organización y Funciones del OECE establece que la Presidencia Ejecutiva tiene, L a Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: AZNNXAY entre otras, la función de expedir Resoluciones de Presidencia Ejecutiva sobre asuntos de su competencia; Con las visaciones de la Gerenta General, de la Directora de la Dirección Técnico Normativa, del Director de la Dirección del Registro de Instituciones Arbitrales i D y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, de la t o r m Jefa de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Jefa de la a e Oficina de Asesoría Jurídica, y; d t e e d c De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de c r Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- m n 2025-EF; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el n o o r Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de l a normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado a o mediante el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento t d r i de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones d l Públicas Eficientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva e e N° D000002-2025-OECE-PRE; ( t f e m n SE RESUELVE: a m ) a u o Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo d d n l e L Aprobar la publicación del proyecto de Directiva del Procedimiento v y Administrativo Sancionador de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de r ° Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, que incluye un Anexo, y su c 7 d 6 correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de Resolución de s , aprobación, en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones n e Públicas Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece), el mismo día de la publicación de la h d p F presente Resolución en el diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días : m calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente a a Resolución, para recoger los comentarios, aportes u opiniones conforme a lo señalado p y f e en la parte considerativa de la presente Resolución. m i p c Artículo 2.- Mecanismos de participación r d g s b i Disponer que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado en el p t / e artículo precedente son recibidos a través de la Mesa de Partes del Organismo e , Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), ubicada en Av. / u Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” No. 108, Piso 1, Jesús María y la sección l e a a https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos- o m prepublicados de la sede digital del OECE. x n t o l m Artículo 3.- Unidad de organización encargada o f Establecer que la Dirección Técnico Normativa y la Dirección del Registro de a r Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Junta de Prevención y s Resolución de Disputas sean las encargadas de recibir, sistematizar y analizar los L comentarios, aportes u opiniones que se presenten. a Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: AZNNXAY Artículo 4.- Remisión Remitir la presente Resolución, el proyecto normativo y la exposición de motivos que lo sustentan, al Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines n o correspondientes. g u d m d n d o Regístrese, comuníquese y publíquese. l e o t u ó e c t f FIRMADO POR y m a a MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE a o Presidenta Ejecutiva o i PRESIDENCIA EJECUTIVA a t d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: AZNNXAY