Extracto del contenido extraído del PDF para facilitar lectura e indexación.
i D VISTOS: t o r m a e El Informe N° D000038-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; d t el Memorando N° D000505-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, e e d c Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000138-2025-OECE-UMOD de la c r Unidad de Modernización; y, el Informe N° D000121-2025-OECE-OAJ de la Oficina m n de Asesoría Jurídica; y, n o o r l a CONSIDERANDO: a o t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en e e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado ( t f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, a m ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d Que, el literal f) del párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069 señala que n l e L el OECE tiene la función de diseñar, formular, aprobar y difundir directivas y v y lineamientos en materia de su competencia, así como de las plat...
Ver texto completo extraído
i D VISTOS: t o r m a e El Informe N° D000038-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; d t el Memorando N° D000505-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, e e d c Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000138-2025-OECE-UMOD de la c r Unidad de Modernización; y, el Informe N° D000121-2025-OECE-OAJ de la Oficina m n de Asesoría Jurídica; y, n o o r l a CONSIDERANDO: a o t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado en e e Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado ( t f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, a m ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d Que, el literal f) del párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069 señala que n l e L el OECE tiene la función de diseñar, formular, aprobar y difundir directivas y v y lineamientos en materia de su competencia, así como de las plataformas o r ° herramientas que administra, incluidas las de gestión para el cumplimiento de su rol c 7 d 6 supervisor y de acompañamiento, siendo que, los anteproyectos de alcance general s , deben ser prepublicados para fomentar la participación de los actores de la compra n e pública en su diseño y formulación; h d p F : m Que, asimismo, el literal l) del citado párrafo establece que el OECE tiene la a a función de supervisar de oficio, de manera selectiva o aleatoria, o incluso a pedido de p y f e parte, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento para ser m i incluidos o excluidos en el Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de p c Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas que resuelven r d g s controversias en contrataciones públicas; b i p t / e Que, el Capítulo I-A del Título IV de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento e , Administrativo General, regula lo referido a la actividad administrativa de fiscalización, / u estableciendo en el párrafo 228-A.1 del artículo 228 de dicha Ley que la actividad de l e a a fiscalización constituye el conjunto de actos y diligencias de investigación, supervisión, o m control o inspección sobre el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras x n limitaciones exigibles a los administrados, derivados de una norma legal o t o l m reglamentaria, contratos con el Estado u otra fuente jurídica, bajo un enfoque de o cumplimiento normativo, de prevención del riesgo, de gestión del riesgo y tutela de los f bienes jurídicos protegidos; disponiendo que solamente por Ley o Decreto Legislativo a r puede atribuirse la actividad de fiscalización a las entidades; s L Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 86 y el literal c) del artículo 87 del a Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: OYQEVBR por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE, la Dirección Técnico Normativa es el órgano de línea, encargado de promover la generación de directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública, absolver consultas sobre el sentido o alcance de la normativa vigente; y, entre sus funciones, le corresponde evaluar y proponer directivas y lineamientos de alcance i D general en materia de contratación pública, respectivamente; t o r m a e Que, mediante los documentos de Vistos, la Dirección Técnico Normativa d t presenta y emite opinión favorable al proyecto de Directiva de Supervisión de e e d c Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y c r Resolución de Disputas, que incluye un Anexo, remitiendo el documento que contiene m n dicho Proyecto, así como el sustento técnico respectivo; además, la Oficina de n o o r Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable al citado l a proyecto de Directiva; siendo que la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal a o favorable para la continuación del trámite de publicación respectivo, remitiendo el t d r i proyecto de Resolución que aprueba la mencionada propuesta de Directiva; d l e e Que, de acuerdo con el párrafo 19.1 del artículo 19 del Reglamento que ( t f e establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter m n general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo a m ) a N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican u o en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su d d elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; n l e L v y Que, los párrafos 21.1 y 21.2 del artículo 21 del Reglamento citado en el r ° considerando precedente establecen que la publicación de un proyecto normativo se c 7 d 6 aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la s , Administración Pública, la cual se publica en el diario oficial, y precisan, además, que n e el proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la h d p F entidad de la Administración Pública; asimismo, en el caso de una entidad del Poder : m Ejecutivo adscrita a un ministerio, aquella entidad debe comunicar al ministerio la a a publicación del proyecto normativo, y dicha comunicación debe incluir el proyecto p y f e normativo, la exposición de motivos y la norma que dispone la publicación; m i p c Que, considerando que el proyecto de Directiva de Supervisión de Instituciones r d g s Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de b i Disputas, que incluye un Anexo, así como el proyecto de resolución que dispone la p t / e formalización de su aprobación, constituyen normas de carácter general, resulta e , necesario aprobar la publicación del citado proyecto, a fin de recoger los comentarios, / u aportes u opiniones de los actores involucrados en la contratación pública, así como, l e a a del público en general; o m x n Que, el literal b) del párrafo 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 32069, Ley t o l m General de Contrataciones Públicas, establece que el Presidente Ejecutivo es la o máxima autoridad ejecutiva, titular del pliego y representante legal de la entidad; en f concordancia con ello, el literal q) del artículo 12 del Texto Integrado del Reglamento a r de Organización y Funciones del OECE establece que la Presidencia Ejecutiva tiene, s entre otras, la función de expedir Resoluciones de Presidencia Ejecutiva sobre L asuntos de su competencia; a Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: OYQEVBR Con las visaciones de la Gerente General, de la Directora de la Dirección Técnico Normativa, del Director del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, de la Jefa de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; i D t o r m De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de a e Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- d t 2025-EF; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el e e d c Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de c r normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado m n mediante el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento n o o r de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones l a Públicas Eficientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva a o N° D000002-2025-OECE-PRE; t d r i d l SE RESUELVE: e e ( t f e Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo m n a m ) a Aprobar la publicación del proyecto de Directiva de Supervisión de u o Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y d d Resolución de Disputas, que incluye un Anexo, y su correspondiente exposición de n l e L motivos, así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital del v y Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) r ° (www.gob.pe/oece), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el c 7 d 6 diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde s , el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recoger los n e comentarios, aportes u opiniones conforme a lo señalado en la parte considerativa de h d p F la presente Resolución. : m a a Artículo 2.- Mecanismos de participación p y f e m i Disponer que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado en el p c artículo precedente son recibidos a través de la Mesa de Partes del Organismo r d g s Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), ubicada en Av. b i Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” No. 108, Piso 1, Jesús María, y la sección p t / e https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos- e , prepublicados de la sede digital del OECE. / u l e a a Artículo 3.- Unidad de organización encargada o m x n Establecer que la Dirección Técnico Normativa y la Dirección del Registro de t o l m Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Junta de Prevención y o Resolución de Disputas sean las encargadas de recibir, sistematizar y analizar los f comentarios, aportes u opiniones que se presenten. a r s L a Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: OYQEVBR Artículo 4.- Remisión Remitir la presente Resolución, el proyecto normativo y la exposición de motivos que lo sustentan, al Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines correspondientes. n o g u d m Regístrese, comuníquese y publíquese. d n d o l e o t u ó e c FIRMADO POR t f MIRTHA A. RAZURI ALPISTE y m a a Presidenta Ejecutiva a o PRESIDENCIA EJECUTIVA o i a t d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: OYQEVBR