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Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 5311-2025-TCP- S4 Sumilla: “(…)alhaberseadvertidoenelpresente casounerrormaterial enlosnumerales 1 y 2 de la parte resolutiva de la Resolución N° 2475-2025-TCE-S4 del 8 de abril de 2025 —el cual no altera el sentido de la decisión—, corresponde efectuar la respectiva rectificación”. Lima, 8 de agosto de 2025 VISTO, en sesión del 8 de agosto de 2025 de la Cuarta Sala del Tribunal de ContratacionesdelEstado,elExpedienteN°5229/2019.TCE,sobrerectificacióndeerror material en la Resolución N° 2475-2025-TCE-S4 del 8 de abril de 2025, y atendiendo a lo siguiente: I. ANTECEDENTES: 1. El 8 de abril de 2025, la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado emitió la Resolución N° 2475-2025-TCE-S4, por la cual, entre otros aspectos, determinó sancionar a la señora ROSA AMELIA BARRAZA PHARRY, por su responsabilidad al haber presentado información inexacta ante el GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC – SEDE CENTRAL, en el marco de la Adjudicación Simplificada N° 91-2017-GRAP - Primera Convocatoria; infracción tipificada en el literales i) del n...
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Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 5311-2025-TCP- S4 Sumilla: “(…)alhaberseadvertidoenelpresente casounerrormaterial enlosnumerales 1 y 2 de la parte resolutiva de la Resolución N° 2475-2025-TCE-S4 del 8 de abril de 2025 —el cual no altera el sentido de la decisión—, corresponde efectuar la respectiva rectificación”. Lima, 8 de agosto de 2025 VISTO, en sesión del 8 de agosto de 2025 de la Cuarta Sala del Tribunal de ContratacionesdelEstado,elExpedienteN°5229/2019.TCE,sobrerectificacióndeerror material en la Resolución N° 2475-2025-TCE-S4 del 8 de abril de 2025, y atendiendo a lo siguiente: I. ANTECEDENTES: 1. El 8 de abril de 2025, la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado emitió la Resolución N° 2475-2025-TCE-S4, por la cual, entre otros aspectos, determinó sancionar a la señora ROSA AMELIA BARRAZA PHARRY, por su responsabilidad al haber presentado información inexacta ante el GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC – SEDE CENTRAL, en el marco de la Adjudicación Simplificada N° 91-2017-GRAP - Primera Convocatoria; infracción tipificada en el literales i) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto Legislativo N° 1341 2. Sobre el particular, se ha detectado un error de material contenido en el citado pronunciamiento,todavezquesehaconsignadoenlosnumerales1y2delaparte resolutiva el R.U.C. N° 10238114005, cuando corresponde el R.U.C. N° 10238114905.Cabeseñalarque,dichoerrormaterialnoalteraelanálisisrealizado ni el sentido de la decisión adoptada, por lo que deberá ser corregido por el Tribunal. II. FUNDAMENTACIÓN: 1. En la Resolución N° 2475-2025-TCE-S4 del 8 de abril de 2025, se ha detectado la existencia de un error material en los numerales 1 y 2 de su parte resolutiva, respecto al R.U.C. de la persona natural sancionada [ROSA AMELIA BARRAZA PHARRY]. Página 1 de 3 Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 5311-2025-TCP- S4 2. Sobre el particular, cabe señalar que los errores materiales o aritméticos contenidos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, según lo establecido en el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y modificada mediante las Leyes N° 31465 y N° 31603. 3. Por tanto, al haberse advertido en el presente caso un error material en los numerales 1 y 2 de la parte resolutiva de la Resolución N° 2475-2025-TCE-S4 del 8 de abril de 2025 —el cual no altera el sentido de la decisión—, corresponde efectuar la respectiva rectificación. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del vocal ponente Juan Carlos Cortez Tataje, y la intervención de los vocales Erick Joel Mendoza Merino y Annie Elizabeth Pérez Gutiérrez, atendiendo a la conformación de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, según lo dispuesto en la Resolución N° D000006-2025- OECE-PRE del 23 de abril de 2025 publicada en esa misma fecha en el Diario Oficial “El Peruano”,yenejerciciodelasfacultadesconferidasenelartículo16delaLeyN°32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y los artículos 18 y 19 del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado por Decreto Supremo N° 067-2025-EF publicado el 12 de abril de 20225 en el Diario Oficial “El Peruano”, analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Rectificar el error material contenido en los numerales 1 y 2 de la parte resolutiva de la Resolución N° 2475-2025-TCE-S4 del 8 de abril de 2025, en los siguientes términos: Donde dice: “(…) LA SALA RESUELVE: 1. SANCIONAR ala señora ROSA AMELIA BARRAZA PHARRY,con R.U.C. N°10238114005 (…). 2. DeclararNOHALUGARalaimposicióndesancióncontralaseñoraROSAAMELIABARRAZA PHARRY, con R.U.C. N° 10238114005 (…)”. Debe decir: Página 2 de 3 Tribunal de Contrataciones Públicas Resolución Nº 5311-2025-TCP- S4 “(…) LA SALA RESUELVE: 1. SANCIONAR ala señora ROSA AMELIA BARRAZA PHARRY,con R.U.C. N°10238114905 (…). 2. DeclararNOHALUGARalaimposicióndesancióncontralaseñoraROSAAMELIABARRAZA PHARRY, con R.U.C. N° 10238114905 (…)”. 2. Dejar subsistentes los demás aspectos de la Resolución N° 2475-2025-TCE-S4 del 8 de abril de 2025. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTEZ TATAJE PRESIDENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE ERICK JOEL MENDOZA MERINO ANNIE ELIZABETH PÉREZ GUTIÉRREZ VOCAL VOCAL DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE ss. Cortez Tataje. Pérez Gutiérrez Mendoza Merino. Página 3 de 3