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VISTOS: i D t o r m El Memorando N° D000225-2025-OECE-OAD, que adjunta el Informe N° a e d t D000027-2025-OECE-OAD-JBJ, y el Memorando N° D000264-2025-OECE-OAD de e e la Oficina de Administración; elInforme N° D000127-2025-OECE-UMOD yMemorando d c N° D000435-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y c r m n Modernización; y, el Informe Nº D000111-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría n o Jurídica; y, o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l e e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las ( t Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n a m público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d n l Que, mediante Ley N° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del e L Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, v y r ° descent...
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VISTOS: i D t o r m El Memorando N° D000225-2025-OECE-OAD, que adjunta el Informe N° a e d t D000027-2025-OECE-OAD-JBJ, y el Memorando N° D000264-2025-OECE-OAD de e e la Oficina de Administración; elInforme N° D000127-2025-OECE-UMOD yMemorando d c N° D000435-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y c r m n Modernización; y, el Informe Nº D000111-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría n o Jurídica; y, o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l e e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las ( t Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n a m público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d n l Que, mediante Ley N° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del e L Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, v y r ° descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar los riesgos c 7 asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos d 6 riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante s , n e situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, h d lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del p F Riesgo de Desastres; : m a a p y Que, el párrafo 16.2 del artículo 16 de la citada Ley señala que las entidades f e públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, m i p c integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la r d máxima autoridad ejecutiva de la entidad. Esta función es indelegable; g s b i p t Que, el párrafo 13.4 del artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley / e que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), e , aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, prevé que los Titulares de los / u l e ministerios, de los organismos públicos y demás entidades públicas del gobierno a a nacional, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de o m x n Desastres, como espacios internos de articulación para la implementación de los t o procesos de Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia; l m o f Que, el párrafo VI de la Directiva Nº 001-2012-PCM-SINAGERD “Lineamientos a para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de r Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”, aprobada con Resolución s L Ministerial N° 276-2012-PCM, señala que los Grupos de Trabajo de la Gestión del a Riesgo de Desastres son espacios internos de articulación, de las unidades orgánicas Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZMBHE3P competentes de cada entidad pública en los tres niveles de gobierno, para la formulación de normas y planes, evaluación y organización de los procesos de gestión del riesgo de desastres en el ámbito de su competencia y es la máxima autoridad de cada entidad pública de nivel Nacional, los Presidentes Regionales y los Alcaldes quienes constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres; i D t o r m Que, mediante Resolución N° 146-2013-OSCE/PRE, se constituye el Grupo de a e d t Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Organismo Supervisor de las e e Contrataciones del Estado – OSCE, cuya reconformación es aprobada con Resolución d c N° 121-2018-OSCE-PRE; c r m n n o Que, mediante Memorando N° D000225-2025-OECE-OAD, que adjunta el o r Informe N° D000027-2025-OECE-OAD-JBJ, y Memorando N° D000264-2025-OECE- l a a o OAD, la Oficina de Administración sustenta y propone la reconformación del Grupo de t d Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres considerando los cambios normativos r i producidos por la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y la nueva d l e e estructura orgánica del OECE, conforme con el Texto Integrado del Reglamento de ( t Organización y Funciones, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº f e D000002-2025-OECE-PRE, señalando que, en atención al cambio de las m n a m denominaciones de diferentes órganos y/o unidades orgánicas de la entidad, dentro ) a de las cuales se encuentran los miembros del Grupo de Trabajo para la Gestión del u o Riesgo de Desastres, y con el fin de continuar con la implementación de la gestión de d d n l riesgos de desastres en el OECE, resulta necesario realizar la reconformación del e L citado Grupo de Trabajo; v y r ° c 7 Que, mediante el Memorando N° D000435-2025-OECE-OPPM, que adjunta el d 6 Informe N° D000127-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, la Oficina de s , n e Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el marco de sus competencias, h d sustenta la viabilidad técnica para la reconformación del Grupo de Trabajo para la p F Gestión del Riesgo de Desastres del OECE, señalando que en el marco de la Ley Nº : m a a 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, el Cuadro de Equivalencias de las p y unidades de organización del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia f e Ejecutiva N° D000001-2025-OECE-PRE, y la nueva estructura orgánica del OECE, m i p c formalizada en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, r d aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000002-2025-OECE-PRE, g s corresponde actualizar la conformación del Grupo de Trabajo para la Gestión del b i p t Riesgo de Desastres de manera que refleje la nueva estructura organizacional y se / e adecúe a las disposiciones vigentes del Reglamento de Organización y Funciones de e , la entidad; / u l e a a Que, mediante Informe N° D000111-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría o m x n Jurídica, atendiendo a la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento, t o Presupuesto y Modernización, opina que resulta legalmente viable que se continúe l m con el trámite para la reconformación del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo o f de Desastres del OECE, por cuanto se cumple el marco legal aplicable para ello; a r Que, de conformidad con el numeral 1 del párrafo VII de la Directiva Nº 001- s L 2012-PCM-SINAGERD “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los a Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZMBHE3P Gobierno”, los titulares de las entidades públicas de nivel nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres mediante la expedición de la Resolución o norma equivalente, según corresponda; Que, el artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y i D t o Funciones del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002- r m 2025-OECE-PRE, establece que la Presidencia Ejecutiva es la máxima autoridad a e d t ejecutiva del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes. e e Conduce y supervisa el funcionamiento de la entidad. Está a cargo del Presidente d c Ejecutivo, quien es titular del Pliego y representante legal de la entidad, en c r m n consecuencia, corresponde a la Presidencia Ejecutiva la reconformación del Grupo de n o Trabajo para la Gestión del Riesgos de Desastres; o r l a a o Con los vistos de la Gerenta General; de la Jefa de la Oficina de Administración; t d de la Jefa de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y de la Jefa r i de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; d l e e ( t De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema f e Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su Reglamento m n a m aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; la Directiva Nº 001-2012-PCM- ) a SINAGERD “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de u o Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”, d d n l aprobada con Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM; y el Texto Integrado del e L Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución de Presidencia v y r ° Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; c 7 d 6 SE RESUELVE: s , n e h d Artículo 1.- Reconformar el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de p F Desastres del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes : m a a (OECE), el que queda integrado por: p y f e • El Presidente Ejecutivo, quien lo preside; m i • El Gerente General; p c r d • El Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; g s • El Jefe de la Oficina de Administración, quien actúa como Secretario b i Técnico; p t / e • El Director de la Dirección Técnico Normativa; e , • El Director de la Dirección de Supervisión y Asistencia Técnica; / u l e • El Director de la Dirección del Registro Nacional de Proveedores; a a • El Director de la Dirección del Sistema Electrónico de Contrataciones del o m Estado; x n t o • El Director de la Dirección del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros l m de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas; y, o f • El Director de la Dirección de Gestión de Datos, Información y a Conocimiento de Contratación Pública. r s L Artículo 2.- El Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del a Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), así Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZMBHE3P como sus integrantes, ejercen las funciones previstas por la Directiva Nº 001-2012- PCM-SINAGERD “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”. Artículo 3.- Poner en conocimiento la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del n o Riesgo de Desastres – CENEPRED, al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI y g u d m a los integrantes del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del d n Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), a que d o se refiere el artículo 1 de la presente Resolución. l e o t u ó Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital e c t f del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) y m (www.gob.pe/oece). a a a o o i a t Regístrese y comuníquese. d m l e s e f e Firmado por m e ( m MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE ) a Presidenta Ejecutiva u o PRESIDENCIA EJECUTIVA d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZMBHE3P