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i D t o VISTOS: r m a e d t El Oficio N° 001433-2025-SERVIR-GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de e e Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio d c Civil; el Memorando N° D000613-2025-OECE-ORH, que adjunta el Informe N° c r m n D000031-2025-OECE-ORH-EZH, de la Oficina de Recursos Humanos; y el Informe N° n o D000092-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l e e Contrataciones Públicas establece que el Organismo Especializado para las ( t Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n a m público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d n l Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad e L Nacional del Servicio Civil – SERVIR, rectora del Sistema Administrativo de Gestión v y r ° de Recur...
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i D t o VISTOS: r m a e d t El Oficio N° 001433-2025-SERVIR-GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de e e Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio d c Civil; el Memorando N° D000613-2025-OECE-ORH, que adjunta el Informe N° c r m n D000031-2025-OECE-ORH-EZH, de la Oficina de Recursos Humanos; y el Informe N° n o D000092-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de d l e e Contrataciones Públicas establece que el Organismo Especializado para las ( t Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f e adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho m n a m público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, ) a administrativa, funcional, económica y financiera; u o d d n l Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad e L Nacional del Servicio Civil – SERVIR, rectora del Sistema Administrativo de Gestión v y r ° de Recursos Humanos del Estado, establece que dicho Sistema comprende, entre c 7 otros, la gestión del rendimiento; d 6 s , n e Que, de conformidad con el artículo 19 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio h d Civil, la gestión del rendimiento comprende el proceso de evaluación de desempeño y p F tiene por finalidad estimular el buen rendimiento y el compromiso del servidor civil. : m a a Identifica y reconoce el aporte de los servidores con las metas institucionales y p y evidencia las necesidades requeridas por los servidores para mejorar el desempeño f e en sus puestos y de la entidad; disponiendo el artículo 22 de la citada Ley que la m i p c evaluación de desempeño es el proceso obligatorio, integral, sistemático y continuo de r d apreciación objetiva y demostrable del rendimiento del servidor público en g s cumplimiento de los objetivos y funciones de su puesto, la cual es llevada a cabo b i p t obligatoriamente por las entidades públicas en la oportunidad, forma y condiciones que / e señale el ente rector; e , / u l e Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio a a Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que el Sistema o m x n Administrativo de Gestión de Recursos Humanos comprende los subsistemas t o previstos en el artículo 5 del Decreto Legislativo 1023, actuando las oficinas de l m recursos humanos sobre los siete (7) subsistemas descritos en el citado artículo, los o f mismos que contienen, como mínimo, los procesos allí detallados, siendo la evaluación a de desempeño un proceso del subsistema de Gestión del Rendimiento; r s L Que, los artículos 25, 37 y 38 del precitado Reglamento General de la Ley Nº a 30057, modificados por el Decreto Supremo Nº 127-2019-PCM, señalan, respectivamente, que la gestión del rendimiento es un ciclo integral, continuo y Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 8ZNR2PB sistemático que, con carácter anual, se desarrolla en cada entidad mediante la planificación, el seguimiento y la evaluación; donde la etapa de planificación abarca todas aquellas acciones necesarias para preparar a la entidad para la ejecución de las etapas del ciclo, asegurando la información y participación de todos los actores involucrados; contemplando, entre otros, la elaboración del cronograma institucional; i D t o Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000068-2020- SERVIR- r m PE se formaliza la aprobación de la Directiva del Subsistema de Gestión del a e d t Rendimiento, cuya finalidad es que las entidades públicas cuenten con un marco e e normativo que les permita la aplicación del Subsistema de Gestión del Rendimiento d c para que se evidencie el aporte de los/as servidores/as civiles al cumplimiento de los c r m n objetivos y metas institucionales; n o o r Que, el párrafo 5.4 de la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento l a a o establece que el cronograma es un documento formal que se elabora y aprueba por t d cada ciclo de la Gestión del Rendimiento y contiene las actividades a desarrollar en r i cada etapa, sus plazos y puede incluir acciones previas y/o transversales al ciclo de d l e e Gestión del Rendimiento; ( t f e Que, el párrafo 6.1.1 de la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento m n a m señala que con la Etapa de Planificación se inicia el ciclo de Gestión del Rendimiento ) a y comprende las acciones de comunicación, aprobación del cronograma, definición de u o la matriz de participantes y la definición de los factores de evaluación. Asimismo, el d d n l párrafo 6.2.2 de la Directiva establece que el Titular de la entidad es la máxima e L autoridad administrativa de la entidad y responsable del funcionamiento del v y r ° Subsistema de Gestión del Rendimiento, quien, durante la etapa de planificación, c 7 aprueba el cronograma mediante resolución; d 6 s , n e Que, el párrafo 3.1.3 de la Guía para la Implementación del Subsistema de h d Gestión del Rendimiento, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº p F 000076-2021-SEVIR-PE, establece que en la etapa de planificación el cronograma es : m a a elaborado y aprobado mediante resolución del Titular de la entidad, el cual contiene p y las actividades a realizar en todas las etapas del ciclo. Asimismo, se señala que, f e excepcionalmente, se podría requerir modificaciones, por lo que se sugiere que en la m i p c resolución se considere otorgar a la Oficina de Recursos Humanos la potestad de r d hacer cambios al citado cronograma, con cargo de dar cuenta al Titular de la entidad g s y a SERVIR; b i p t / e Que, en el contexto normativo precitado, mediante Resolución N° D000005- e , 2025-OSCE-SGE se aprueba el Cronograma de Implementación del Subsistema de / u l e Gestión del Rendimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado a a - OSCE – Ciclo 2025 (hoy Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas o m x n Eficientes); t o l m Que, mediante Memorando N° D000613-2025-OECE-ORH, que adjunta el o f Informe N° D000031-2025-OECE-ORH-EZH, la Oficina de Recursos Humanos a sustenta la propuesta de modificación del Cronograma de Implementación del r Subsistema de Gestión del Rendimiento del Organismo Especializado para las s L Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) - Ciclo 2025, considerando los cambios a legales producidos por la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, el Reglamento de la Ley N° 32069, aprobado con Decreto Supremo N° 009-2025-EF, y Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 8ZNR2PB la nueva estructura orgánica del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), formalizada mediante el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; así como, el Oficio N° 001433-2025- SERVIR-GDCRSC, a través del cual la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil de SERVIR, en el marco de la Cuarta Disposición i D t o Complementaria Transitoria de la Directiva antes citada, dispone que el OECE r m implemente la Gestión del Rendimiento ciclo 2025 considerando como plazo mínimo a e d t de duración para la etapa de seguimiento el periodo de cuatro (4) meses, el cual no e e podrá exceder el 31 de diciembre del periodo fiscal, señalando que la modificación que d c se realice en el plazo final de la etapa de planificación y los plazos de la etapa de c r m n seguimiento del actual cronograma deberán considerar el plazo de duración de la n o etapa de seguimiento dispuesto por SERVIR; o r l a a o Que, mediante Informe N° D000092-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría t d Jurídica opina que es legalmente viable continuar con el trámite de modificación del r i Cronograma de Implementación del Subsistema de Gestión del Rendimiento del d l e e Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) – Ciclo ( t 2025, por encontrarse acorde al marco normativo vigente; f e m n a m Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del Reglamento General ) a de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° u o 040-2014-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 127-2019-PCM, señala que d d n l respecto al Ciclo de la Gestión del Rendimiento, el titular de la entidad mediante e L resolución aprueba el calendario de la entidad y sus modificaciones, precisando el v y r ° literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, c 7 Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que, para d 6 efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular de la s , n e entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública, siendo que para h d el caso del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes p F (OECE), la máxima autoridad administrativa es la Gerencia General, de conformidad : m a a con el artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones p y aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; f e m i p c Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo mediante el cual r d se apruebe la modificación del Cronograma de Implementación del Subsistema de g s Gestión del Rendimiento del Organismo Especializado para las Contrataciones b i p t Públicas Eficientes (OECE) – Ciclo 2025; / e e , Con el visado de la Jefa (e) de la Oficina de Recursos Humanos y de la Jefa de / u l e la Oficina de Asesoría Jurídica, y; a a o m x n De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el t o Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el l m Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Directiva del Subsistema de Gestión del o f Rendimiento, formalizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000068-2020- a SERVIR-PE; la Guía para la implementación del Subsistema de Gestión del r Rendimiento, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000076-2021- s L SERVIR-PE; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del a Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 8ZNR2PB SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el Cronograma de Implementación del Subsistema de Gestión del Rendimiento del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) – Ciclo 2025, el que, en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. n o g u d m Artículo 2.- Autorizar a la Oficina de Recursos Humanos la potestad de realizar d n cambios al Cronograma de Implementación del Subsistema de Gestión del d o Rendimiento, durante el Ciclo de Gestión de Rendimiento 2025, para el cumplimiento l e o t de la implementación de la Gestión del Rendimiento. Los cambios deben ser u ó justificados con cargo de dar cuenta a la Gerencia General y a SERVIR. e c t f y m Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Recursos Humanos adopte las medidas a a necesarias para la conducción operativa del Subsistema de Gestión del Rendimiento a o o i en el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE). a t d m Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en l e s e la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas f e Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece). m e ( m ) a u o Regístrese y comuníquese. d d n l e L v y Firmado por r ° CARMEN MARIA MARROU GARCÍA c 7 d 6 Gerente General s , GERENCIA GENERAL n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: 8ZNR2PB