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t o g u VISTOS: d e d t e o El Memorando N° D000579-2025-OECE-OACGD, de la Oficina de Atención al d e c r Ciudadano y Gestión Documental; el Informe N° D000031-2025-OECE-ORH e Informe m n N° D000038-2025-OECE-ORH, de la Oficina de Recursos Humanos; y el Informe N° e o D000088-2025-OECE-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, o i y m a d CONSIDERANDO: u o o g a a Que, el artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones e m Públicas, establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas a n Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de ) e r n Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye m l pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica s m p c y financiera; e o e e Que, el artículo 127 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo s a r e General, establece que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus e N unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de f 2 atención, quienes...
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t o g u VISTOS: d e d t e o El Memorando N° D000579-2025-OECE-OACGD, de la Oficina de Atención al d e c r Ciudadano y Gestión Documental; el Informe N° D000031-2025-OECE-ORH e Informe m n N° D000038-2025-OECE-ORH, de la Oficina de Recursos Humanos; y el Informe N° e o D000088-2025-OECE-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, o i y m a d CONSIDERANDO: u o o g a a Que, el artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones e m Públicas, establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas a n Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de ) e r n Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye m l pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica s m p c y financiera; e o e e Que, el artículo 127 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo s a r e General, establece que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus e N unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de f 2 atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus a 2 a 9 servicios a los administrados; e L : y Que, asimismo, el precitado artículo de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento h e s i Administrativo General, señala que el fedatario tiene como labor personalísima, / m comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la p s s C copia presentada, la fidelidad del contenido de esta última para su empleo en los r r procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la m f agregación de los documentos o el administrado desee agregarlos como prueba. p a u o También pueden, a pedido de los administrados, certificar firmas previa verificación de g D la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea b g necesario; e a w s b s Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 27444, v R i g Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que cada entidad podrá a m elaborar un reglamento interno en el cual se establecerán los requisitos, atribuciones o e y demás normas relacionadas con el desempeño de las funciones de fedatario; x t m y l m Que, los artículos 5 y 6 del Reglamento del Régimen de Fedatarias/os del d Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (hoy OECE), i t aprobado por Resolución N° D000073-2022-OSCE-SGE, establecen los requisitos e r impedimentos para la designación de fedatarios, los que deben ser verificados de s manera previa a su designación; L a Pág. 1 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: U2EXY7Q Que, el párrafo 7.1 del artículo 7 del citado Reglamento, establece que la designación de fedatarios es aprobada por resolución de Secretaría General (hoy Gerencia General) a propuesta de los órganos del OSCE (hoy OECE); Que, el párrafo 7.2 del artículo 7 del Reglamento en mención, establece que la designación de fedatarios es por un período de dos (2) años. Culminado el período de i D t o designación, continúan en el ejercicio de sus funciones en tanto se designa al nuevo r m fedatario, salvo que la designación quede sin efecto por las causales previstas en el a e d t párrafo 7.10 o por configurarse alguno de los impedimentos establecidos en el artículo e e 6 del citado Reglamento; d c c r m n Que, asimismo, conforme a lo dispuesto en el párrafo 7.6 del artículo 7 del n o referido Reglamento, la resolución de designación debe contener la relación o r actualizada de fedatarios que ejercerán funciones conforme a lo dispuesto en la l a a o normativa en mención; t d r i Que, mediante Resolución N° D000111-2024-OSCE-SGE, se designa a los d l e e fedatarios del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, por ( t un período de dos (2) años; f e m n a m Que, con Memorando N° D000579-2025-OECE-OACGD, la Oficina de ) a Atención al Ciudadano y Gestión Documental solicita la actualización de la relación de u o fedatarios institucionales, en el marco del Reglamento de Organización y Funciones d d n l del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), que e L prevé una nueva estructura orgánica de la entidad, precisando que los servidores v y r ° propuestos como fedatarios cumplen con el requisito de tener reconocida capacidad, c 7 idoneidad, honradez y solvencia moral, según lo manifestado por los órganos d 6 proponentes; y, asimismo, se ha verificado por la Oficina de Recursos Humanos el s , n e cumplimento de los requisitos, así como no encontrase incursos en los impedimentos, h d de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 5 y 6 del Reglamento del Régimen de p F Fedatarias/os, según Informe N° D000031-2025-OECE-ORH e Informe N° D000038- : m a a 2025-OECE-ORH; p y f e Que, a través del Informe N° D000087-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría m i p c Jurídica emite opinión legal favorable para la continuación del trámite de designación r d de fedatarios del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes g s (OECE), por encontrarse acorde con el marco normativo aplicable; b i p t / e Con el visado de la Jefa de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión e , Documental, de la Jefa (e) de la Oficina de Recursos Humanos y de la Jefa de la / u l e Oficina de Asesoría Jurídica, y; a a o m x n De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento t o Administrativo General; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y l m Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes o f (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE- a PRE; y el Reglamento del Régimen de Fedatarias/os del Organismo Supervisor de las r Contrataciones del Estado – OSCE (hoy OECE), aprobado por Resolución N° s L D000073-2022-OSCE-SGE; a Pág. 2 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: U2EXY7Q SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, como fedatarios del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), por un período de dos (2) años, a los servidores que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. t o g u Artículo 2.- Los fedatarios designados desempeñan su función de fedatario d e d t prestando el servicio de autenticación de documentos y/o certificación de firma a título e o gratuito, en adición a sus funciones. d e c r m n Artículo 3.- Los fedatarios desempeñan sus funciones de acuerdo a lo e o dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y en el o i y m Reglamento del Régimen de Fedatarias/os del Organismo Supervisor de las a d Contrataciones del Estado – OSCE (hoy OECE), aprobado por Resolución N° u o D000073-2022-OSCE-SGE. o g a a e m Artículo 4.- Derogar la Resolución N° D000111-2024-OSCE-SGE. a n ) e r n Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en m l la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas s m p c Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece). e o e e s a r e Regístrese y comuníquese. e N f 2 a 2 a 9 e L : y Firmado por h e CARMEN MARÍA MARROU GARCÍA s i Gerente General / m p s GERENTE GENERAL s C r r m f p a u o g D b g e a w s b s v R i g a m o e x t m y l m d i t r s L a Pág. 3 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: U2EXY7Q