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n o g u d m d n d o l e VISTOS: o t u ó e c El Memorando Nº D00553-2025-OACGD de fecha 27 de junio de 2025 de la Oficina de t f Atención al Ciudadano y Gestión Documental; Informe Nº D0083-2025-UABA de la Unidad de y m Abastecimiento de fecha 27 de junio de 2025 y la Certificación de Crédito Presupuestario Nº a a D000273-2025-OECE-OPPM de fecha 01 de julio del 2025, de la Oficina de Planeamiento, a o o i Presupuesto y Modernización. a t d m CONSIDERANDO: l e s e f e Que, el artículo 40° de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada por m e Resolución Directoral N° 002-2007-EF-77.15 y modificatorias, establece que el Encargo consiste ( m en la entrega de dinero mediante cheque o giro bancario a personal de la institución para el pago ) a de obligaciones que, por la naturaleza de determinadas funciones o características de ciertas u o d d tareas o trabajos indispensables para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, no pueden n l ser efectuados de manera directa por la Oficina General de Administración o la que haga sus e L veces en la Unidad Ejecutora; dispon...
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n o g u d m d n d o l e VISTOS: o t u ó e c El Memorando Nº D00553-2025-OACGD de fecha 27 de junio de 2025 de la Oficina de t f Atención al Ciudadano y Gestión Documental; Informe Nº D0083-2025-UABA de la Unidad de y m Abastecimiento de fecha 27 de junio de 2025 y la Certificación de Crédito Presupuestario Nº a a D000273-2025-OECE-OPPM de fecha 01 de julio del 2025, de la Oficina de Planeamiento, a o o i Presupuesto y Modernización. a t d m CONSIDERANDO: l e s e f e Que, el artículo 40° de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada por m e Resolución Directoral N° 002-2007-EF-77.15 y modificatorias, establece que el Encargo consiste ( m en la entrega de dinero mediante cheque o giro bancario a personal de la institución para el pago ) a de obligaciones que, por la naturaleza de determinadas funciones o características de ciertas u o d d tareas o trabajos indispensables para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, no pueden n l ser efectuados de manera directa por la Oficina General de Administración o la que haga sus e L veces en la Unidad Ejecutora; disponiendo además que el Encargo se regula mediante v y Resolución del Director General de Administración o de quien haga sus veces, estableciendo el r ° c 7 nombre de la(s) persona(s), la descripción del objeto del “Encargo”, los conceptos del gasto, los d 6 montos, las condiciones a que deben sujetarse las adquisiciones y contrataciones a ser s , realizadas, el tiempo que tomará el desarrollo de las mismas y el plazo para la rendición de n e cuentas debidamente documentada; h d p e : r Que, en el marco de lo dispuesto en la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, a a mediante Resolución Nº 093-2021-OSCE-SGE se aprobó la Directiva Nº 009-2021-OSCE/SGE p y “Directiva para la solicitud, autorización y otorgamiento, utilización, ejecución, rendición y control . C m t de fondos públicos bajo la modalidad de Encargo en el Organismo Especializado de las a i Contrataciones Públicas Eficientes – OECE, la misma que regula la solicitud, autorización, e d otorgamiento, ejecución, rendición y control de los fondos públicos bajo la modalidad de Encargo u s o D interno en el Organismo Especializado de las Contrataciones Públicas Eficientes – OECE; . i e l Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 4.1 de la Directiva Nº 009-2021- w , OSCE/SGE, las Actividades por Encargo son aquellas que se encuentran enmarcadas en los b u a R siguientes supuestos: d g d m a) Desarrollo de eventos, talleres o investigaciones, cuyo detalle de gastos no pueda r n conocerse con precisión ni con la debida anticipación. h o m y b) Contratación de bienes y servicios, ante restricciones justificadas en cuanto a la oferta l m local. d c) Contingencias derivadas de situaciones de emergencia declaradas por Ley. c t i Que, mediante el documento del visto la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión s Documental comunica la necesidad de realizar el pago de “recarga de 06 extintores y prueba a hidrostática” en la UDE PUNO, por lo que solicita la suma de S/ 660.00 (Seiscientos sesenta con 00/100 Soles), de acuerdo al anexo adjunto a dicho documento, bajo la modalidad de fondo de Encargo, lo que se enmarcaría en el supuesto previsto en el literal b) del numeral 4.1 de la Directiva Nº 009-2021-OSCE/SGE “Directiva para la solicitud, autorización , otorgamiento, Pág. 1 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YBSHDLS utilización, ejecución, rendición y control de los fondos públicos bajo la modalidad de encargo en el Organismo Especializado de las Contrataciones Públicas Eficientes”, aprobada con Resolución Nº 093-2021-OSCE/SGE. Que, a través de la Certificación de Crédito Presupuestal de vistos, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite la Certificación de Crédito Presupuestal Nº D000273-2025/OPPM de fecha 01 de julio de 2025, a fin de atender el requerimiento de asignación de fondos por Encargo solicitado por la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental; t o g u Que, conforme a lo expuesto por la Oficina solicitante, siendo el referido servicio de d e d t carácter indispensable, toda vez que permitirá el normal desarrollo de las actividades de la sede e o del OECE en la ciudad de Puno, teniendo en cuenta que por su naturaleza y características no d e podría ser efectuado de manera directa por la Oficina de Administración, resulta pertinente que c r los recursos para la atención de dichas obligaciones se autoricen a través de la modalidad de m n e o encargo, bajo el supuesto establecido en el literal b) del numeral 4.1 de la Directiva N 009-2021- o i OSCE/SGE. y m a d Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del artículo 38° del Texto Integrado del u o Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones o g Públicas Eficientes - ROF del OECE, aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° a a D000002-2025-OECE-PRE, es función de la Oficina de Administración “Planear, organizar, e m a n dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas ) e Administrativos de Abastecimiento, Tesorería y Contabilidad”; r n m l Con la visación de la Jefa de la Unidad de Finanzas y la Jefa de la Unidad de s m Abastecimiento, y; p c e o De conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y j) del artículo 38° del Texto Integrado e e del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las s a Contrataciones Públicas Eficientes - ROF del OECE, la Directiva de Tesorería N 001-2007- r e e N EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral N. 002-2007-EF/77.15 y modificatorias y la f 2 Directiva N 009-2021-OSCE/SGE; a 2 a 9 e L SE RESUELVE: : y h e s i Artículo 1°.- Aprobar el Encargo solicitado por la Oficina de Atención al Ciudadano y / m Gestión Documental, por el monto ascendente a S/ 660.00 (Seiscientos sesenta con 00/100 p s soles), de acuerdo al anexo adjunto, a fin de atender los gastos por contratación de bienes y/o s C servicios, que coadyuven al cumplimiento de sus funciones, bajo el supuesto establecido en el r r m f literal b) del numeral 4.1 de la Directiva N. 009-2021-OSCE/SGE. p a u o Artículo 2°.- Otorgar el Encargo aprobado en el artículo 1° de la presente resolución, g D por el monto solicitado por la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, según b g cuadro adjunto, debiendo presentar la rendición de cuentas documentada en un plazo no mayor e a w s a tres (3) días hábiles de culminada la actividad por Encargo, de conformidad a lo establecido b s en el numeral 7.5 de la Directiva Nº 009-2021-OSCE/SGE. v R i g Artículo 3°.- La utilización de esta modalidad de ejecución es para fines distintos de los a m o e que tienen establecidos el Fondo para Pagos en Efectivo o Fondo Fijo para Caja Chica y los x t viáticos, así como no exime del cumplimiento de los procedimientos de contratación aplicables m y de acuerdo a Ley de Contrataciones del Estado vigente. l m d i Artículo 4°.- Los gastos que se efectúen con relación al Encargo, deberán estar t debidamente sustentados con los Comprobantes de Pago – SUNAT, visados por el funcionario r responsable de la solicitud del gasto, en señal de conformidad. s L a Artículo 5°.- La rendición de cuentas de dicho Encargo, se afectará con cargo al Presupuesto Institucional del OECE correspondiente al Año Fiscal 2025, en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios y Meta 17. Pág. 2 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YBSHDLS Artículo 6º.-Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes - OECE (www.gob.pe/oece) y Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. n o g u Firmado por d m d n ANA FABIOLA ZARATE ANCHANTE d o l e Jefa de la Oficina de Administración o t OFICINA DE ADMINISTRACIÓN u ó e c t f y m a a a o o i a t d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 3 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YBSHDLS ANEXO META CLASIF. IMPORTE COMISIONADO DATOS S/ n D 17-Puno 2.3.2.4.7.1 660.00 Sucari Apaza Angel Arturo DNI.: 42671361 e c BN: 04-701-492-094 i m a n d o l e o c u ó m i FECHA DE ENCARGO: Del 02 al 11 de julio de 2025. n o o r l a a o t d r i a l e e ( n ) e r n a l s m p c e o e e s a r e e N f 2 a 2 a 9 e L : y h e p F : m p s p y i e m i p c r d g s b i p t / e e , / u a e d a d m . n h o m y l o i c o a . a Pág. 4 de 4 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: YBSHDLS