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i D t o VISTOS: r m a e d t El Informe N°000011-2026-OECE-UABA de la Unidad de Abastecimiento, e e Informe Técnico de Compatibilización N.º 0001-2026 sustentando la necesidad de d c c r realizar la compatibilización del requerimiento “Servicio de la Plataforma en la NUBE m n ORACLE”, y el Memorando N° D000054-2026-OECE-OTI de la Oficina de Tecnologías n o de la Información; y, o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i d l Que, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas en su numeral e e 11.1 del artículo 11, establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones ( t f e Públicas Eficientes es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de m n Economía y Finanzas; con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego a m presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y ) a u o financiera; d d n l Que, la Ley N° 32069, en su numeral 46.4 del artículo 46° señala que el e L v y requerimiento debe formularse de manera clara y objetiva, precisando el bien, servicio r ° u obra a contratar, privilegiando su definició...
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i D t o VISTOS: r m a e d t El Informe N°000011-2026-OECE-UABA de la Unidad de Abastecimiento, e e Informe Técnico de Compatibilización N.º 0001-2026 sustentando la necesidad de d c c r realizar la compatibilización del requerimiento “Servicio de la Plataforma en la NUBE m n ORACLE”, y el Memorando N° D000054-2026-OECE-OTI de la Oficina de Tecnologías n o de la Información; y, o r l a a o CONSIDERANDO: t d r i d l Que, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas en su numeral e e 11.1 del artículo 11, establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones ( t f e Públicas Eficientes es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de m n Economía y Finanzas; con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego a m presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y ) a u o financiera; d d n l Que, la Ley N° 32069, en su numeral 46.4 del artículo 46° señala que el e L v y requerimiento debe formularse de manera clara y objetiva, precisando el bien, servicio r ° u obra a contratar, privilegiando su definición en función a su desempeño y c 7 funcionalidad”; d 6 s , n e Que, el Reglamento de la Ley N° 32069, aprobado mediante Decreto h d Supremo N° 009-2025-EF, en su numeral 44.6 del artículo 44°, establece que el p F : m requerimiento no debe contener exigencias desproporcionadas o innecesarias que a a restrinjan la concurrencia o generen ventajas para un proveedor en particular, ni hacer p y referencia a procedencia, fabricante, marca, patente, origen, tipo de producción o f e m i cualquier descripción que oriente la contratación hacia ellos, salvo que la autoridad de p c la gestión administrativa apruebe el correspondiente proceso de compatibilización del r d g s requerimiento, conforme a las disposiciones que emita la Dirección General de b i Abastecimiento (DGA) del Ministerio de Economía y Finanzas mediante Directiva; p t / e e , Que, la Directiva N°0001-2025-EF/54.01 “Directiva de Compatibilización del / u Requerimiento”, en adelante la Directiva, en el numeral 6.1 del artículo 6° indica que el l e área usuaria o el área técnica estratégica, según corresponda, elabora un informe a a o m técnico sustentando la necesidad de realizar la compatibilización del requerimiento, x n debiendo indicarse el periodo de vigencia de la Compatibilización, el cual se encuentra t o sujeto a que se mantengan las condiciones que motivaron la compatibilización; l m o f Que, la citada Directiva en su numeral 6.3 establece que la compatibilización a de los bienes o servicios a contratar debe ser aprobada por la autoridad de la gestión r s administrativa de la entidad, sobre la base del informe técnico elaborado por el área L usuaria o el área técnica estratégica, según corresponda, en el que se sustente la a necesidad de realizar la compatibilización del requerimiento. Asimismo, conforme a los alcances de lo dispuesto en el numeral 6.4 de la misma directiva, el documento de Pág. 1 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: K1FFJPD aprobación debe ser publicado en la sede digital de la entidad contratante dentro del plazo máximo de tres (03) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su emisión; Que, mediante Informe Técnico de Compatibilización N.º 0001-2026, la Unidad de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la Oficina de Tecnologías de la Información sustenta la necesidad de realizar la compatibilización del Servicio de la Plataforma en la Nube de Oracle señalando que el OECE tiene un contrato vigente del i D servicio en la nube de Oracle, sobre el cual se encuentra desplegada y operativa la t o plataforma del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE), sistema r m a e que permite el intercambio de la información y difusión de las contrataciones públicas d t del Estado a nivel nacional, además sobre la plataforma de la nube de Oracle se viene e e desarrollando e implementando los sistemas y servicios que integran la nueva d c c r plataforma de la compra pública, esta plataforma contar con una infraestructura m n tecnológica con alto nivel de disponibilidad, confiabilidad, escalabilidad, seguridad y n o operatividad para las aplicaciones y/o sistemas y bases de datos que componen la o r l a plataforma del sistema electrónico de las contrataciones del estado (SEACE; a o t d Que, mediante el Informe Técnico Previo de Evaluación de Software N° 01- r i d l 2026, la Unidad de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la Oficina de Tecnologías e e de la Información, sustenta la necesidad de realizar la compatibilización del Servicio de ( t f e la Plataforma en la Nube Oracle, a razón que, la Entidad cuenta con licencias de base m n de datos Oracle como bienes preexistentes y usa servicios como infraestructura y a m plataforma de la Nube de Oracle. La preexistencia de estos servicios de base de datos ) a u o y aplicaciones de la plataforma del Sistema Electrónico de las Contrataciones del d d Estado (SEACE), permiten garantizar y mantener la continuidad de los servicios que la n l Entidad brinda, también realiza el intercambio de información y difusión sobre las e L v y contrataciones públicas del Estado, así como, la realización de transacciones r ° electrónicas. El software de base de datos Oracle en la plataforma en nube de Oracle, c 7 realiza el soporte y almacena la información estructurada de los sistemas componentes d 6 s , de la plataforma del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE, que n e es generada por los sistemas registrales y administrativos del OECE, los cuales son h d publicados en línea, para se encuentren disponibles para las entidades públicas; p F : m a a Que, mediante el Informe N° D000011-2026-OECE-UABA, la Unidad de p y Abastecimiento señala que resulta procedente continuar con la compatibilización del f e m i servicio de la Plataforma en la NUBE ORACLE, en atención a que el área usuaria ha p c efectuado el análisis integral de los supuestos establecidos en la Directiva; r d g s b i Que, la facultad de autorizar los procesos de compatibilización de p t requerimiento, se encuentra delegada en la Oficina de Administración, de conformidad / e e , con el literal m) del artículo 1. de la Resolución de Gerencia General N°D000106-2025- / u OECE-GG; l e a a o m Con la visación del Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y del x n Jefe de la Unidad de Abastecimiento; t o l m o De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°32069, Ley General de f Contrataciones Públicas, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo a N°009-2025-EF; la Directiva N°0001-2025-EF/54.01 - “Directiva de compatibilización del r s requerimiento”, aprobada mediante la Resolución Directoral N°0007-2025-EF/54.01; así L como el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo a Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes - ROF del OECE aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D0000090-2025-OECE-PRE; y, en uso Pág. 2 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: K1FFJPD de las facultades delegadas a través de la Resolución de Gerencia General N°D000106- 2025-OECE-GG ; 1 SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Proceso de compatibilización del requerimiento del “Servicio de la Plataforma en Nube Oracle”, por un periodo de tres (03) años. La Oficina de Tecnologías de la Información (OTI) deberá comunicar oportunamente cualquier n o g u variación en las condiciones que sustentaron dicha aprobación, a fin de dejarla sin d m efecto de ser el caso. d n d o l e Artículo 2 .- Notificar la presente resolución a la Oficina de Tecnologías de o t la Información (OTI), a fin de que ésta verifique durante el período de vigencia de la u ó e c presente compatibilización, si se mantienen las condiciones que determinaron su t f aprobación. y m a a a o Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede o i digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes– OECE a t d m (www.gob.pe/oece) y Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al l e Ciudadano (www.gob.pe) en un plazo de tres (3) días hábiles. s e f e m e ( m ) a u o Regístrese, comuníquese y publíquese. d d n l e L v y r ° c 7 ANA FABIOLA ZARATE ANCHANTE d 6 s , Jefa de la Oficina de Administración n e OFICINA DE ADMINISTRACIÓN h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a 1 Modificada por la Resolución de Gerencia General N° D000006-2026-OECE-GG de 14.01.2026 Pág. 3 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: K1FFJPD