Documento regulatorio

Resolución N.° 15-2025-OECE-OAD

Autorizar la reducción de prestaciones N° 01 al Contrato N° 021-2022-OSCE suscrito entre el OSCE y AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C., para la ejecución del “Servicio de Telefonía Móvil y Plan de Datos para...

Tipo
Resolución
Fecha
28/05/2025
Fuente
gob.pe/oece/normas-legales

Vista previa del PDF

Puedes leer el documento directamente en la página.

Si tu navegador bloquea el visor, usa este enlace directo al PDF.

Extracto del texto

Extracto del contenido extraído del PDF para facilitar lectura e indexación.

n D e c VISTOS: r m El Informe N° D000065-2025-OECE-UIN de fecha 20 mayo del 2025 y a n d o Memorandos N° D000052-2025-OECE-UIN, D000060-2025-OECE-UIN de l l fecha 23 y 28 de mayo del 2025 de la Unidad de Infraestructura y Soporte o c u ó Tecnológico; los Memorandos N° D000200-2025-OECE-OTI, N° D000219-2025- e c OECE-OTI y N° D000245-2025-OECE-OTI de fecha 21, 23 y 28 de mayo del t o 2025, de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Informe N° D000043- o m a a 2025-OECE-UABA de fecha 29 de mayo del 2025 de la Unidad de u o Abastecimiento; y o i a t d m CONSIDERANDO: a n s e i n Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de m e s m Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019- p r EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado- e o e e OSCE, es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de s a Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que r e e N constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, f 2 administrativa, económica y financier...
Ver texto completo extraído
n D e c VISTOS: r m El Informe N° D000065-2025-OECE-UIN de fecha 20 mayo del 2025 y a n d o Memorandos N° D000052-2025-OECE-UIN, D000060-2025-OECE-UIN de l l fecha 23 y 28 de mayo del 2025 de la Unidad de Infraestructura y Soporte o c u ó Tecnológico; los Memorandos N° D000200-2025-OECE-OTI, N° D000219-2025- e c OECE-OTI y N° D000245-2025-OECE-OTI de fecha 21, 23 y 28 de mayo del t o 2025, de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Informe N° D000043- o m a a 2025-OECE-UABA de fecha 29 de mayo del 2025 de la Unidad de u o Abastecimiento; y o i a t d m CONSIDERANDO: a n s e i n Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de m e s m Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019- p r EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado- e o e e OSCE, es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de s a Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que r e e N constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, f 2 administrativa, económica y financiera; a 2 a 9 e e Que, con fecha 06 de octubre de 2022, el Organismo Supervisor de las : y Contrataciones del Estado - OSCE suscribió el Contrato N° 021-2022-OSCE con t e s r AMÉRICA MOVIL PERÚ S.A.C., para la prestación del “Servicio de telefonía / m móvil y plan de datos para la comunicación oficial del OSCE”, por la suma de S/ p s . C 482,976.00 (Cuatrocientos Ochenta y Dos Mil Novecientos Setenta y Seis con r r 00/100 soles), con plazo de 36 meses contado a partir de la suscripción del acta a i e d de puesta en marcha, la misma que se activó el 27 de octubre del 2022, siendo u s esta fecha de inicio el 27 de octubre de 2022 hasta el 27 de octubre de 2025; o D . i / e Que, con fecha 04 de abril de 2023, el OSCE y AMÉRICA MÓVIL PERÚ w , S.A.C. suscribieron la Primera Adenda al Contrato N° 021-2022-OSCE por la / u a e prestación adicional N° 01, para la ejecución del “Servicio de Telefonía Móvil y d l Plan de Datos para Comunicación Oficial del OSCE”, por el monto de S/ d m . n 22,134.00 (Veintidós Mil Ciento Treinta y Cuatro con 00/100 soles), con lo que h o se modificó el monto contractual del Contrato N° 021-2022-OSCE, ascendiendo m m l o a la suma de S/ 505,110.00 (Quinientos Cinco Mil Ciento Diez con 00/100 Soles) f a todo costo incluido los impuestos correspondientes; a o a Que, con fecha 23 de mayo de 2024, el OSCE y AMÉRICA MÓVIL PERÚ L a S.A.C. suscribieron la Segunda Adenda al Contrato N° 021-2022-OSCE el cual tenía como objetivo efectuar la actualización de la Cartilla Antisoborno que se Pág. 1 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: SPEWAV6 adjuntó al Contrato N° 021-2022-OSCE del “Servicio de Telefonía Móvil y Plan de Datos para Comunicación Oficial del OSCE” y la primera adenda al contrato; Que, el numeral 34.3 del artículo 34 del citado Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que excepcionalmente y previa sustentación por el área usuaria de la contratación, la Entidad puede ordenar y n D e c pagar directamente la ejecución de prestaciones adicionales en caso de bienes, r m servicios y consultorías hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del a n d o contrato original, siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del l l contrato. Asimismo, puede reducir bienes, servicios u obras hasta por el mismo o c u ó porcentaje; e c t o Que, el numeral 157.1 del artículo 157 del Reglamento de la Ley N° o m a a 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° u o 344-2018-EF, y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, establece que: o i a t “Mediante Resolución previa, el Titular de la entidad puede disponer la ejecución d m de prestaciones adicionales hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) a n s e del monto del contrato original, siempre que estas sean necesarias para alcanzar i n la finalidad del contrato, para lo cual corresponde contar con la asignación m e s m presupuestal necesaria. El costo de los adicionales se determina sobre la base p r de las especificaciones técnicas del bien o términos de referencia del servicio en e o e e general o de consultoría y de las condiciones y precios pactados en el contrato; s a en defecto de estos se determina por acuerdo entre las partes”; r e e N f 2 Que, complementariamente, el numeral 157.2 del artículo 157 del a 2 Reglamento citado en el considerando precedente, establece que igualmente, a 9 e e puede disponerse la reducción de las prestaciones hasta el límite del veinticinco : y por ciento (25%) del monto del contrato original; t e s r / m Que, la Unidad de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la Oficina de p s . C Tecnologías de la Información, a través del Informe N° D000065-2025-OECE- r r UIN y Memorandos N° D000052-2025-OECE-UIN y N° D000060-2025-OECE- a i e d UIN, sustenta la Reducción al Contrato N° 021-2022-OSCE por el monto de S/ u s 8,400.00 (Ocho Mil Cuatrocientos con 00/100 soles), el mismo que equivale al o D . i 1.7392168555% del contrato original, y sin perjuicio de ello, solicita a la Unidad / e de Abastecimiento confirme el monto de la presente reducción; w , / u a e Que, mediante Informe N° D000043-2025-OECE-UABA, la Unidad de d l Abastecimiento considera procedente la reducción de prestaciones al Contrato d m . n N° 021-2022-OSCE, y el monto de la reducción es actualizada a S/ 8,288.00 h o (Ocho Mil Doscientos Ochenta y Ocho con 00/100 soles), el mismo que equivale m m l o al 1.71602729742265% del contrato original, porcentaje que no supera el 25% f conforme lo establecido en el numeral 34.3 de la Ley y 157.1 del Reglamento de a o la Ley de Contrataciones, no generándose algún perjuicio que pudiera afectar el a equilibrio económico financiero de la contratación; L a Que, de conformidad con el literal a) del artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000025-2025-OECE-PRE, el/la jefe/a de la Oficina de Pág. 2 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: SPEWAV6 Administración tiene la facultad de autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios acorde a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Con el visado de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración; i D t o De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley r m N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto a e d t Supremo N° 082-2019- EF; el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de e e Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018- d c c r EF, y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del m n Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCE, aprobado por n o o r Decreto Supremo N° 067-2025-EF; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° l a D000025-2025-OECE-PRE, y su modificatoria; a o t d r i SE RESUELVE: d l e e ( t Artículo 1º.- Autorizar la reducción de prestaciones N° 01 al Contrato N° f e m n 021-2022-OSCE suscrito entre el OSCE y AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C., para a m la ejecución del “Servicio de Telefonía Móvil y Plan de Datos para Comunicación ) a u o Oficial del OSCE”, por el monto de S/ 8,288.00 (Ocho Mil Doscientos Ochenta y d d Ocho con 00/100 soles), el mismo que equivale al 1.71602729742265% del n l e L contrato original por las razones expuestas en la parte considerativa de la v y presente Resolución. r ° c 7 d 6 Artículo 2º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento realice, en el s , marco de sus competencias, las acciones pertinentes destinadas al n e h d cumplimiento de la presente resolución. p F : m a a Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución se publique en la sede p y digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes f e m i (OECE) (www.gob.pe/oece). p c r d g s b i Regístrese, comuníquese y publíquese. p t / e e , / u l e a a Firmado por o m x n ANA FABIOLA ZARATE ANCHANTE t o Jefe de la Oficina de Administración l m o OFICINA DE ADMINISTRACIÓN f a r s L a Pág. 3 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: SPEWAV6