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i D t o r m VISTOS: a e d t El Memorando N° D000619-2025-OECE-DSEACE de Dirección del Sistema e e d c Electrónico de Contrataciones del Estado; el Informe N° D00383-2025-OECE-SDGU, c r de la Subdirección de Gestión de Usuarios; el Memorando N° D001087-2025-OECE- m n OPPM, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° n o o r D000268-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; y el Informe N° l a D000263-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, a o t d r i CONSIDERANDO: d l e e ( t Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de f e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las m n Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado a m ) a adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho u o público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, d d administrativa, funcional, económica y financiera; n l e L v y Que, el literal e) del párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069, señala como r ° una de las f...
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i D t o r m VISTOS: a e d t El Memorando N° D000619-2025-OECE-DSEACE de Dirección del Sistema e e d c Electrónico de Contrataciones del Estado; el Informe N° D00383-2025-OECE-SDGU, c r de la Subdirección de Gestión de Usuarios; el Memorando N° D001087-2025-OECE- m n OPPM, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° n o o r D000268-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; y el Informe N° l a D000263-2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, a o t d r i CONSIDERANDO: d l e e ( t Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de f e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las m n Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado a m ) a adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho u o público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, d d administrativa, funcional, económica y financiera; n l e L v y Que, el literal e) del párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069, señala como r ° una de las funciones del OECE, la de integrar, procesar y evaluar la información c 7 d 6 registrada en la Pladicop para generar evidencias sobre el desempeño de las entidades s , públicas, de los proveedores y de los efectos de la normativa en contratación pública; n e h d p F Que, mediante Resolución N° D000055-2025-OSCE-PRE se formaliza la : m aprobación de la Directiva N° 007-2025-OECE-CD “Disposiciones aplicables para el a a p y acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del f e Estado- SEACE”, la cual tiene por objeto establecer disposiciones que deben observar m i los operadores del SEACE para acceder y registrar información en el Sistema p c r d Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) en el marco de la Ley N° 32069, g s Ley General de Contrataciones Públicas, su Reglamento, regímenes especiales, b i contratos menores y demás normativa que establezca la obligatoriedad de su registro p t / e en el SEACE; e , / u Que, mediante Resolución de Gerencia General N° D000053-2025-OECE-GG, l e a a se aprueba la Directiva N° 003-2025-OECE/GG, Directiva para la Gestión de o m Documentos Normativos Institucionales, la cual tiene como finalidad establecer las x n disposiciones técnicas para el diseño, elaboración, aprobación, publicación, difusión; t o l m así como, la revisión, modificación y derogación de los documentos normativos o institucionales del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas f Eficientes; a r s Que, mediante Resolución N° 029-2017-OSCE/SGE, se aprobó el “Manual de L Gestión de Procesos y Procedimientos del Proceso de Gestión de la Plataforma del a SEACE – Procedimiento de revisión de uso adecuado del CUBSO por parte de las Entidades”, teniendo como objeto verificar el uso adecuado del Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras – CUBSO por parte de las Entidades; Pág. 1 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: RNOQ4TS Que, a partir del 22 de abril de 2025, con la entrada en vigencia, de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, se deroga la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, según lo dispuesto en el literal a) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley N° 32069, y el literal a) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento de la Ley N° 32069, respectivamente; i D Que, mediante Memorando N° D000619-2025-OECE-DSEACE, que adjunta el t o r m Informe N° D00383-2025-OECE-SDGU de la Subdirección de Gestión de Usuarios, la a e Dirección del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado, propone y sustenta la d t derogación de la Resolución N° 029-2017-OSCE/SGE, que aprueba el “Manual de e e d c Gestión de Procesos y Procedimientos del Proceso de Gestión de la Plataforma del c r SEACE – Procedimiento de revisión de uso adecuado del CUBSO por parte de las m n Entidades”, en tanto el contenido del citado documento ha sido materialmente n o o r desplazado por un nuevo marco normativo de superior jerarquía y vigencia, configurado l a por la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento a o t d aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; r i d l Que, mediante Memorando N° D001087-2025-OECE-OPPM, que adjunta el e e ( t Informe N° D000268-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, la Oficina de f e Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustenta y emite opinión técnica favorable m n para la derogación de la mediante Resolución N° 029-2017-OSCE/SGE, que aprueba a m ) a el “Manual de Gestión de Procesos y Procedimientos del Proceso de Gestión de la u o Plataforma del SEACE – Procedimiento de revisión de uso adecuado del CUBSO por d d parte de las Entidades”, de acuerdo con las causales de derogación señaladas en el n l e L numeral 8.1.14 de la Directiva N° 003-2025-OECE-GG; toda vez, que el documento v y normativo contienen disposiciones que han sido superadas por nuevas normas o r ° lineamientos vigentes; c 7 d 6 s , Que, mediante Informe N° D000263-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría n e Jurídica señala que es legalmente viable continuar con el trámite para la derogación de h d p F la Resolución N° 029-2017-OSCE/SGE, que aprueba el “Manual de Gestión de : m Procesos y Procedimientos del Proceso de Gestión de la Plataforma del SEACE – a a p y Procedimiento de revisión de uso adecuado del CUBSO por parte de las Entidades”, f e por cuanto fue emitida en el contexto de un marco normativo que no se encuentra a la m i fecha vigente; p c r d g s Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 8.1.14 de la Directiva N° 003- b i 2025-OECE/GG, Directiva para la Gestión de Documentos Normativos Institucionales, p t / e aprobada por Resolución de Gerencia General N° D000053-2025-OECE-GG, puede e , proponerse la derogación de documentos normativos institucionales de alcance interno, / u entre otros criterios, cuando el documento normativo contiene disposiciones que han l e a a sido superadas por nuevas normas o lineamientos vigentes; o m x n Que, de conformidad con el artículo 13 del Texto Integrado Actualizado del t o l m Reglamento de Organización y Funciones del OECE, aprobado por Resolución de o Presidencia Ejecutiva N° D000090-2025-OECE-PRE, la Gerencia General es el órgano f de la Alta Dirección y máxima autoridad administrativa de la entidad, siendo que a r conforme al literal l) del artículo 14 del citado documento la Gerencia General tiene s entre sus funciones expedir resoluciones en materia de su competencia; L a Con las visaciones del Director de la Dirección del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado; la Subdirectora de la Subdirección de Gestión de Usuarios; Pág. 2 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: RNOQ4TS del Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Ejecutiva de la Unidad de Modernización; y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2025-EF; la Directiva N° 003-2025-OECE/GG Directiva para la Gestión de Documentos Normativos Institucionales, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 053- 2025-OECE-GG; y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes t o (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000090-2025-OECE- g u PRE; d e d t e o SE RESUELVE: d e c r Artículo 1.- Derogar la Resolución N° 029-2017-OSCE/SGE, que aprueba el m n e o “Manual de Gestión de Procesos y Procedimientos del Proceso de Gestión de la o i Plataforma del SEACE – Procedimiento de revisión de uso adecuado del CUBSO por y m parte de las Entidades”. a d u o o g Artículo 2.- Poner en conocimiento la presente Resolución a la Oficina de a a e m Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y a la Dirección del Sistema Electrónico a n de Contrataciones del Estado para los fines correspondientes. ) e r n m l Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital s m del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) p c (www.gob.pe/oece). e o e e s a r e e N Regístrese y comuníquese. f 2 a 2 Firmado por a 9 e L CARMEN MARÍA MARROU GARCÍA : y Gerente General h e GERENCIA GENERAL s i / m p s s C r r m f p a u o g D b g e a w s b s v R i g a m o e x t m y l m d i t r s L a Pág. 3 de 3 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: RNOQ4TS