Documento regulatorio

Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 129-2025-OECE/PRE

Formalizar la derogación de la Directiva N° 004-2016-OSCE/CD “Lineamientos para la contratación en la que se hace referencia a determinada marca o tipo particular”, aprobada conforme al artículo 1 ...

Tipo
Resolución de Presidencia Ejecutiva
Fecha
28/12/2025
Fuente
gob.pe/oece/normas-legales

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t o g u d e d t e o d e c r m n e o VISTOS: o i y m a d El Informe N° D000074-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; el u o o g Memorando N° D001023-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, a a Presupuesto yModernización; elInforme N° D000258-2025-OECE-UMOD de la Unidad e m de Modernización; el Informe N° D000247-2025-OECE-OAJ y el Informe N° D000320- a n ) e 2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, el Acta de Sesión de Consejo r n Directivo N° 11-2025/OECE-CD del Consejo Directivo del OECE; y, m l s m p c CONSIDERANDO: e o e e Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de s a r e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las e N Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f 2 a 2 adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho a 9 público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, e L administrativa, funcional, económica y financiera; : y h e s i Que, el literal b) del artículo 10 del Texto Integrado Actualiz...
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t o g u d e d t e o d e c r m n e o VISTOS: o i y m a d El Informe N° D000074-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; el u o o g Memorando N° D001023-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, a a Presupuesto yModernización; elInforme N° D000258-2025-OECE-UMOD de la Unidad e m de Modernización; el Informe N° D000247-2025-OECE-OAJ y el Informe N° D000320- a n ) e 2025-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, el Acta de Sesión de Consejo r n Directivo N° 11-2025/OECE-CD del Consejo Directivo del OECE; y, m l s m p c CONSIDERANDO: e o e e Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de s a r e Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las e N Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado f 2 a 2 adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho a 9 público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, e L administrativa, funcional, económica y financiera; : y h e s i Que, el literal b) del artículo 10 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento / m de Organización y Funciones (ROF) del OECE, aprobado por Resolución de p s s C Presidencia Ejecutiva N° D000090-2025-OECE-PRE, establece dentro de las r r funciones y atribuciones del Consejo Directivo, la de aprobar las directivas y m f lineamientos de alcance general en materia de contratación pública; p a u o g D Que, el literal o) del artículo 12 del Texto Integrado Actualizado del ROF del b g e a OECE, establece como una de las funciones de la Presidencia Ejecutiva la de proponer w s al Consejo Directivo los proyectos de directivas y lineamientos de alcance general en b s materia de contratación públicas; v R i g a m Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86 y el literal c) del artículo 87 o e del Texto Integrado Actualizado del ROF del OECE, la Dirección Técnico Normativa es x t m y el órgano de línea, encargado de promover la generación de directivas y lineamientos l m de alcance general en materia de contratación pública, absolver consultas sobre el d i sentido o alcance de la normativa vigente; y, tiene entre sus funciones, el evaluar y t proponer directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación r pública, respectivamente; s L a Pág. 1 de 8 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZXTC95G Que, en mérito al Acuerdo N° 004-002-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria N° 002-2016/OSCE-CD del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) de fecha 9 de enero de 2016, se aprueba en el i D artículo 1 de la Resolución N° 011-2016-OSCE/PRE, de fecha 9 de enero de 2016, la t o Directiva N° 004-2016-OSCE/CD “Lineamientos para la contratación en la que se hace r m referencia a determinada marca o tipo particular”; a e d t e e Que, en mérito al Acuerdo N° 002-010-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria d c N° 006-2016/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 23 de junio de 2016, c r m n se aprueba con Resolución N° 239-2016-OSCE/PRE, de fecha 28 de junio de 2016, la n o Directiva N° 022-2016-OSCE/CD “Disposiciones aplicables a la Comparación de o r Precios”; asimismo, se formaliza la aprobación de la modificación de su numeral 6.1 del l a a o acápite 6, así como la formalización de la modificación del numeral 4 de su Anexo 1, t d mediante el artículo 1 y artículo 2, respectivamente, de la Resolución N° 094-2020- r i d l OSCE/PRE, de fecha 13 de julio de 2020, en mérito al Acuerdo N° 003-009- e e 2020/OSCE-CD de la Sesión del Consejo Directivo N° 009-2020/OSCE-CD del OSCE; ( t f e m n Que, en mérito al Acuerdo N° 001-011-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria a m N° 007-2016/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 21 de julio de 2016, ) a se aprueba con Resolución N° 274-2016-OSCE/PRE, de fecha 22 de julio de 2016, la u o d d Directiva N° 023-2016-OSCE/CD “Disposiciones sobre la formulación y absolución de n l consultas y observaciones; e L v y r ° Que, en mérito al Acuerdo N° 013-001-2017/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria c 7 N° 001-2017/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 31 de marzo de 2017 d 6 se aprueba, en el artículo 2 de la Resolución N° 007-2017-OSCE/CD, de fecha 31 de s , n e marzo de 2017, la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD “Disposiciones aplicables a los h d catálogos electrónicos de acuerdo marco”; p F : m a a Que, en mérito al Acuerdo N° 002-2017/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria N° p y 002-2017/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 9 de mayo de 2017, se f e m i aprueba con la Resolución N° 014-2017-OSCE/CD, de fecha 9 de mayo de 2017, la p c Directiva N° 012-2017-OSCE/CD “Gestión de riesgos en la planificación de la ejecución r d de obras”; asimismo, es modificada mediante el artículo 1 de la Resolución N° 018- g s b i 2017-OSCE/CD, de fecha 23 de mayo de 2017, en mérito al Acuerdo N° 004-003- p t 2017/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria N° 003-2017/OSCE-CD del Consejo Directivo / e del OSCE de fecha 23 de mayo de 2017; e , / u l e Que, en mérito al Acuerdo N° 005-001-2018/PSCE-CD de la Sesión Ordinaria a a N° 001-2018/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 16 de marzo de 2018, o m x n se aprueba con Resolución N° 016-2018-OSCE/PRE, de fecha 16 de marzo de 2018, t o la Directiva N° 001-2018-OSCE/CD “Requisito de solvencia económica en l m adjudicaciones simplificados cuyo uso se autoriza mediante normas de excepción”; o f a Que, en mérito al Acuerdo N° 002-002-2019/OSCE-CD de la Sesión de Consejo r Directivo N° 002-2019/OSCE-CD, Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del OSCE s L a Pág. 2 de 8 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZXTC95G fecha 28 de enero de 2019, se formaliza la aprobación en el artículo 1 de la Resolución N° 014-2019-OSCE/PRE la Directiva N° 002-2019-OSCE/CD “Plan Anual de Contrataciones”, que entra en vigencia a partir del 30 de enero de 2019; asimismo es modificada mediante el artículo 1 de la Resolución N° 213-2021-OSCE/PRE, de fecha i D 30 de diciembre de 2021, en mérito al Acuerdo N° 003-0012-2021/OSCE-CD del Acta t o de Sesión del Consejo Directivo N° 012-2021/OSCE-CD del Consejo Directivo del r m OSCE; a e d t e e Que, en mérito al Acuerdo N° 006-002-2019/OSCE-CD de la Sesión de Consejo d c Directivo N° 002-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2019 del c r m n Consejo Directivo del OSCE, se formaliza la aprobación en el artículo 1 de la n o Resolución N° 015-2019-OSCE/PRE, de fecha 29 de enero de 2019, la Directiva N° o r 003-2019-OSCE/CD “Lineamientos para la aplicación de la garantía de fiel l a a o cumplimiento por prestaciones accesorias”, que entra en vigencia a partir del 30 de t d enero de 2019; r i d l e e Que, en mérito al Acuerdo N° 008-002-2019/OSCE-CD de la Sesión de Consejo ( t Directivo N° 002-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2019 del f e m n Consejo Directivo del OSCE, se formaliza la aprobación en el artículo 1 de la a m Resolución N° 016-2019-OSCE/PRE la Directiva N° 004-2019-OSCE/CD ) a “Disposiciones sobre el contenido de resumen ejecutivo de las actuaciones u o d d preparatorias”, que entra en vigencia a partir del 30 de enero de 2019; asimismo, se n l formaliza la aprobación de la modificación del literal c) del numeral 7.2 y del acápite e L VIII, así como se formaliza la incorporación del formato “Resumen Ejecutivo del Estudio v y r ° de las Actuaciones Preparatorias Servicios a contratar en el marco de la c 7 Decimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, como anexo de la d 6 Directiva, conforme a los artículos 1 y 2, respectivamente, de la Resolución N° 099- s , n e 2019-OSCE/PRE de fecha 28 de mayo de 2019, en mérito al Acuerdo N° 004-005- h d 2019/OSCE-CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 005-2019/OSCE-CD – Sesión p F Ordinaria de fecha 24 de mayo de 2019 del Consejo Directivo del OSCE. : m a a Posteriormente, se formaliza la aprobación de la modificación del numeral 7.1, el literal p y c) del numeral 7.2 y el acápite VIII, así como se formaliza la incorporación del formato f e m i “Resumen Ejecutivo de las Actuaciones Preparatorias para bienes y servicios a ser p c contratados de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 070-2020” como anexo, r d conforme a los artículos 1 y 2, respectivamente, de la Resolución N° 080-2020- g s b i OSCE/PRE de fecha 25 de junio de 2020, en mérito al Acuerdo N° 002-007- p t 2020/OSCE-CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 007-2020/OSCE-CD del Consejo / e Directivo del OSCE; e , / u l e Que, en mérito al Acuerdo N° 005-002-2019/OSCE-CD de la Sesión de Consejo a a Directivo N° 002-2019/OSCE-CD - Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2019 del o m x n Consejo Directivo del OSCE, se formaliza la aprobación, en el artículo 1 de la t o Resolución N° 017-2019-OSCE/PRE, de fecha 29 de enero de 2019, de la Directiva N° l m 005-2019-OSCE/CD “Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones o f del Estado”, que entra en vigencia a partir del 30 de enero de 2019; a r s L a Pág. 3 de 8 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZXTC95G Que, en mérito al Acuerdo N° 003-002-2019/OSCE-CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 002-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2019 del Consejo Directivo del OSCE, en el artículo 1 de la Resolución N° 018-2019-OSCE/PRE, de fecha 29 de enero de 2019, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2019- i D OSCE/CD “Procedimiento de Selección de Subasta Inversa Electrónica”, que entra en t o vigencia a partir del 30 de enero de 2019; asimismo, se formaliza la aprobación de su r m modificación, que entra en vigencia a partir del 28 de octubre del 2022, conforme al a e d t artículo 1 de la Resolución N° D000213-2022-OSCE-PRE de fecha 26 de octubre de e e 2022, en mérito al Acuerdo N° 004-011-2022/OSCE-CD de la Sesión de Consejo d c Directivo N° 011-2022/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE; c r m n n o Que, en mérito al Acuerdo N° 002-006-2019/OSCE-CD de la Sesión de Consejo o r Directivo N° 006-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria de fecha 10 de junio de 2019 del l a a o Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con la Resolución N° 112-2019-OSCE/PRE, t d de fecha 13 de junio de 2019, la aprobación de la Directiva N° 011-2019-OSCE/CD r i d l “Disposiciones sobre el contenido del convenio de compra corporativa facultativa”; e e ( t Que, en mérito al Acuerdo N° 001-009-2019/OSCE-CD de la Sesión del Consejo f e m n Directivo N° 009-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria de fecha 18 de octubre de 2019 a m del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con el artículo de la Resolución N° 183- ) a 2019-OSCE/PRE, de fecha 18 de octubre de 2019, la aprobación de la Directiva N° u o d d 013-2019-OSCE/CD “Intervención Económica de la Obra”; n l e L Que, en mérito al Acuerdo N° 001-005-2020/OSCE-CD de la Sesión de Consejo v y r ° Directivo N° 005-2020/OSCE-CD – Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del OSCE, c 7 se formaliza con Resolución N° 061-2020-OSCE/PRE, de fecha 19 de mayo de 2020, d 6 la aprobación de la Directiva N° 005-2020-OSCE/CD “Alcances y Disposiciones para la s , n e reactivación de Obras Públicas y Contratos de Supervisión, en el marco de la Segunda h d Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1486”; asimismo, se p F formaliza la aprobación de la modificación de los numerales 6.2 y 7.1.1 de la Directiva : m a a N° 005-2020-OSCE/CD, conforme al artículo 1 de la Resolución N° 102-2020- p y OSCE/PRE de fecha 30de julio de 2020, enmérito al Acuerdo N° 003-010-2020/OSCE- f e m i CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 010-2020/OSCE-CD; p c r d Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 8.1.14 de la Directiva N° 003- g s b i 2025-OECE/GG, Directiva para la Gestión de Documentos Normativos Institucionales, p t aprobada por Resolución de Gerencia General N° D000053-2025-OECE-GG, puede / e proponerse la derogación de documentos normativos institucionales de alcance interno, e , / u entre otros criterios, cuando el documento normativo contiene disposiciones que han l e sido superadas por nuevas normas o lineamientos vigentes; a a o m x n Que, mediante Informe N° D000074-2025-OECE-DTN, la Dirección Técnico t o Normativa sustenta la propuesta de la derogación de las Directivas Nº 004-2016- l m OSCE/CD, Nº 022-2016 -OSCE/CD, Nº 023-2016 -OSCE/CD, N° 007-2017-OSCE/CD, o f Nº 012-2017-OSCE/CD, Nº 001-2018-OSCE/CD, N° 002-2019-OSCE/CD, Nº 003- a 2019-OSCE/CD, Nº 004-2019-OSCE/CD, Nº 005-2019-OSCE/CD, Nº 006-2019- r OSCE/CD, Nº 011-2019-OSCE/CD, Nº 013-2019-OSCE/CD y Nº 005-2020-OSCE/CD; s L a Pág. 4 de 8 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZXTC95G lo cual incluye sus respectivas modificaciones; precisando que, sin perjuicio de la derogatoria expresa de los dispositivos normativos precitados, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32069 establece que los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la referida Ley se rigen por las normas i D vigentes al momento de su convocatoria, por lo que la normativa de contrataciones t o públicas dispone que, aquellos procedimientos de selección que han sido convocados r m antes de la entrada en vigencia de la citada Ley, continúan rigiéndose por las normas a e d t vigentes al momento de su convocatoria, permitiéndose así, la aplicación ultractiva de e e la anterior normativa de contrataciones del Estado; d c c r m n Que, mediante Memorando N° D001023-2025-OECE-OPPM, que adjunta el n o Informe N° D000258-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, la Oficina de o r Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustenta y emite opinión técnica favorable l a a o para la derogación de las Directivas Nº 004-2016-OSCE/CD, Nº 022-2016 -OSCE/CD, t d Nº 023-2016 -OSCE/CD, N° 007-2017-OSCE/CD, Nº 012-2017-OSCE/CD, Nº 001- r i d l 2018-OSCE/CD, N° 002-2019-OSCE/CD, Nº 003-2019-OSCE/CD, Nº 004-2019- e e OSCE/CD, Nº 005-2019-OSCE/CD, Nº 006-2019-OSCE/CD, Nº 011-2019-OSCE/CD, ( t Nº 013-2019-OSCE/CD y Nº 005-2020-OSCE/CD; incluyendo sus modificatorias; f e m n a m Que, mediante Informe N° D000247-2025-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría ) a Jurídica señala que es legalmente viable continuar con el trámite para la derogación de u o d d las Directivas, Nº 004-2016-OSCE/CD, Nº 022-2016-OSCE/CD, Nº 023-2016- n l OSCE/CD, N° 007-2017-OSCE/CD, Nº 012-2017-OSCE/CD, Nº 001-2018-OSCE/CD, e L N° 002-2019-OSCE/CD, Nº 003-2019-OSCE/CD, Nº 004-2019-OSCE/CD, Nº 005- v y r ° 2019- OSCE/CD, Nº 006-2019-OSCE/CD, Nº 011-2019-OSCE/CD, Nº 013-2019- c 7 OSCE/CD y Nº 005-2020-OSCE/CD, incluida sus respectivas modificatorias, d 6 aprobadas o formalizadas por Resolución N° 011-2016-OSCE/PRE, Resolución N° s , n e 239-2025-OSCE/PRE, Resolución N° 274-2016-OSCE/PRE, Resolución N° 007-2017- h d OSCE/CD, Resolución N° 014-2017-OSCE/CD (y modificatoria), Resolución N° 016- p F 2018-OSCE/PRE, Resolución N° 014-2019-OSCE/PRE ( y modificatoria), Resolución : m a a N° 015-2019-OSCE/PRE, Resolución N° 016-2019-OSCE/PRE (y modificatorias), p y Resolución N° 017-2019-OSCE/PRE, Resolución N° 018-2019-OSCE/PRE (y f e m i modificatoria), Resolución N° 112-2019-OSCE/PRE, Resolución N° 183-2019- p c OSCE/PRE , Resolución N° 061-2020-OSCE/PRE (y modificatoria), respectivamente, r d por cuanto se emitieron en el marco de una normativa de contrataciones públicas que g s b i no se encuentra vigente a la fecha; p t / e Que, en atención a la propuesta presentada, mediante acuerdo adoptado en la e , / u Sesión de Consejo Directivo N° 11-2025/OECE-CD, el Consejo Directivo del OECE l e acordó, por unanimidad, aprobar la derogación de los documentos normativos citados a a precedentemente, incluyendo sus modificatorias; así como, disponer la formalización o m x n de la derogación a través de la Presidencia Ejecutiva; t o l m Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde emitir el o f acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; a r s L a Pág. 5 de 8 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZXTC95G Con las visaciones de la Gerenta General, de la Directora de la Dirección Técnico Normativa, del Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; i D De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de t o Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- r m 2025-EF; la Resolución de Gerencia General N° D000053-2025-OECE-GG, que a e d t aprueba la Directiva N° 003-2025-OECE/GG Directiva para la Gestión de Documentos e e Normativos Institucionales; y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de d c Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones c r m n Públicas Eficientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° n o D000090-2025-OECE-PRE; o r l a a o SE RESUELVE: t d r i Artículo 1.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 004-2016-OSCE/CD d l e e “Lineamientos para la contratación en la que se hace referencia a determinada marca ( t o tipo particular”, aprobada conforme al artículo 1 de la Resolución N° 011-2016- f e OSCE/PRE. m n a m ) a Artículo 2.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 022-2016-OSCE/CD u o d d “Disposiciones aplicables a la Comparación de Precios”, aprobada mediante n l Resolución N° 239-2016-OSCE/PRE, incluyendo su modificatoria aprobada por e L Resolución N° 094-2020-OSCE/PRE. v y r ° c 7 Artículo 3.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 023-2016-OSCE/CD d 6 “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”, s , n e aprobada mediante Resolución N° 274-2016-OSCE/PRE. h d p F Artículo 4.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD : m a a “Disposiciones aplicables a los catálogos electrónicos de acuerdo marco”, aprobada p y conforme al artículo 2 de la Resolución N° 007-2017-OSCE/CD. f e m i p c Artículo 5.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 012-2017-OSCE/CD r d “Gestión de riesgos en la planificación de la ejecución de obras”, aprobada mediante g s Resolución N° 014-2017-OSCE/CD, incluyendo su modificatoria aprobada por b i p t Resolución N° 018-2017-OSCE/CD. / e e , Artículo 6.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 001-2018-OSCE/CD / u l e “Requisito de solvencia económica en adjudicaciones simplificados cuyo uso se autoriza a a mediante normas de excepción”, aprobada mediante Resolución N° 016-2018- o m x n OSCE/PRE. t o l m Artículo 7.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 002-2019-OSCE/CD o f “Plan Anual de Contrataciones”, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución a N° 014-2019-OSCE/PRE, incluyendo su modificatoria formalizada por Resolución N° r 213-2021-OSCE/PRE. s L a Pág. 6 de 8 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZXTC95G Artículo 8.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 003-2019-OSCE/CD “Lineamientos para la aplicación de la garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias”, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución N° 015-2019- i D OSCE/PRE. t o r m Artículo 9.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 004-2019-OSCE/CD a e d t “Disposiciones sobre el contenido de resumen ejecutivo de las actuaciones e e preparatorias”, cuya aprobación fue formalizada conforme al artículo 1 de la Resolución d c N° 016-2019-OSCE/PRE, incluyendo sus modificatorias formalizadas con Resolución c r m n N° 099-2019-OSCE/PRE y Resolución N° 080-2020-OSCE/PRE. n o o r Artículo 10.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 005-2019-OSCE/CD l a a o “Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado”, cuya t d aprobación fue formalizada mediante Resolución N° 017-2019-OSCE/PRE. r i d l e e Artículo 11.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 006-2019-OSCE/CD ( t “Procedimiento de Selección de Subasta Inversa Electrónica”, cuya aprobación fue f e m n formalizada conforme al artículo 1 de la Resolución N° 018-2019-OSCE/PRE, a m incluyendo su modificatoria formalizada con Resolución N° D000213-2022-OSCE-PRE. ) a u o d d Artículo 12.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 011-2019-OSCE/CD n l “Disposiciones sobre el contenido del convenio de compra corporativa facultativa”, cuya e L aprobación fue formalizada mediante Resolución N° 112-2019-OSCE/PRE. v y r ° c 7 Artículo 13.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 013-2019-OSCE/CD d 6 “Intervención Económica de la Obra”, cuya aprobación fue formalizada conforme al s , n e artículo 1 de la Resolución N° 183-2019-OSCE/PRE. h d p F Artículo 14.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 005-2020-OSCE/CD : m a a “Alcances y Disposiciones para la reactivación de Obras Públicas y Contratos de p y Supervisión, en el marco de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del f e m i Decreto Legislativo N° 1486”, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución N° p c 061-2020-OSCE/PRE, incluyendo su modificatoria formalizada con Resolución N° 102- r d 2020-OSCE/PRE. g s b i p t Artículo 15.- Precisar que, de conformidad con lo dispuesto en la Cuarta / e Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32069, los procedimientos de e , / u selección iniciados antes de la vigencia de la referida Ley se rigen por las normas l e vigentes al momento de su convocatoria. a a o m x n Artículo 16.- Poner en conocimiento la presente Resolución a la Oficina de t o Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y a la Dirección Técnico Normativa para l m los fines correspondientes. o f a Artículo 17.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el diario r oficial El Peruano, en la sede digital del Organismo Especializado para las s L a Pág. 7 de 8 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZXTC95G Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece), y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario oficial El Peruano. n o g u d m Regístrese, comuníquese y publíquese. d n d o l e o t u ó FIRMADO POR e c t f MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE y m Presidenta Ejecutiva a a PRESIDENCIA EJECUTIVA a o o i a t d m l e s e f e m e ( m ) a u o d d n l e L v y r ° c 7 d 6 s , n e h d p e : r a a p y . C m t a i e d u s o D . i e l w , b u a R d g d m r n h o m y l m d c t i s a Pág. 8 de 8 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: ZXTC95G