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VISTO: t o g u d e La Resolución D000120-2025-OSCE-OAD de 23 de diciembre de 2025; y d t e o CONSIDERANDO: d e c r m n Que, mediante la Resolución N° D000120-2025-OSCE-OAD de fecha 23 de diciembre e o de 2025, la Oficina de Administración del Organismo Especializado para las Contrataciones o i y m Públicas Eficientes – OECE, aprobó el reembolso de gastos a favor de la servidora Tatiana a d Bernadina Lisbet López Guerrero, por el importe de S/ 190.00 (Ciento noventa con 00/100 u o Soles), por concepto de transporte terrestre y viáticos por la comisión de servicio realizada o g en la ciudad de Tumbes el día 16 de diciembre de 2025; a a e m a n Que, se advierte que se ha incurrido en error material en el contenido de la citada ) e Resolución, debido a que, se consignó información incorrecta sobre los montos ejecutados r n m l en los clasificadores de gasto. s m p c Que, el numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del e o e e Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales o aritméticos en s a los actos administrativos pueden ser re...
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VISTO: t o g u d e La Resolución D000120-2025-OSCE-OAD de 23 de diciembre de 2025; y d t e o CONSIDERANDO: d e c r m n Que, mediante la Resolución N° D000120-2025-OSCE-OAD de fecha 23 de diciembre e o de 2025, la Oficina de Administración del Organismo Especializado para las Contrataciones o i y m Públicas Eficientes – OECE, aprobó el reembolso de gastos a favor de la servidora Tatiana a d Bernadina Lisbet López Guerrero, por el importe de S/ 190.00 (Ciento noventa con 00/100 u o Soles), por concepto de transporte terrestre y viáticos por la comisión de servicio realizada o g en la ciudad de Tumbes el día 16 de diciembre de 2025; a a e m a n Que, se advierte que se ha incurrido en error material en el contenido de la citada ) e Resolución, debido a que, se consignó información incorrecta sobre los montos ejecutados r n m l en los clasificadores de gasto. s m p c Que, el numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del e o e e Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales o aritméticos en s a los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier r e momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial e N f 2 de su contenido ni el sentido de la decisión; a 2 a 9 En consecuencia, habiéndose advertido un error material en el artículo 1 de la e L Resolución N° D000120-2025-OSCE-OAD de 23 de diciembre de 2025, se requiere efectuar : y h e la rectificación de oficio, con el fin de que, figure la información correcta respecto a los s i montos ejecutados en los clasificadores de gasto para que se realice el reembolso a favor / m de la servidora Tatiana Bernadina Lisbet López Guerrero; p s s C r r De conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 002-2021-OSCE/SGE Directiva m f para la gestión de viáticos por comisión de servicios en el OECE, la Directiva N° 01-2024- p a u o EF/52.06 Directiva que formaliza el sustento y registro del gasto devengado y los incisos a) g D y j) del artículo 38° del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del b g Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes aprobado por la e a Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000090-2025-OECE-PRE de 16 de diciembre de w s b s 2025; v R i g a m SE RESUELVE: o e x t m y Artículo 1°. - RECTIFICAR de oficio el error material incurrido en el cuadro l m considerado en el artículo 1 de la Resolución N° D000120-2025-OSCE-OAD, en los d i términos siguientes: t r “DICE: s L a Autorizar el reembolso de gastos a favor de la servidora Tatiana Bernadina Lisbet López Guerrero, por el importe de S/ 190.00 (Ciento noventa con 00/100 Soles), por concepto de transporte terrestre y viáticos, con cargo al Clasificador de gasto 2.3.2.1.2.1 y Pág. 1 de 2 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: BHKJMVJ 2.3.2.1.2.2, con motivo de la comisión de servicio realizada en la ciudad de Tumbes, el día 16 de diciembre de 2025, de acuerdo a lo siguiente: Clasificador de gasto Monto rendido S/ 2.3.2.1.2.1 103.00 2.3.2.1.2.2 87.00 Total 190.00 (…)” t o g u d e “DEBE DECIR: d t e o Autorizar el reembolso de gastos a favor de la servidora Tatiana Bernadina Lisbet d e López Guerrero, por el importe de S/ 190.00 (Ciento noventa con 00/100 Soles), por c r m n concepto de transporte terrestre y viáticos, con cargo al Clasificador de gasto 2.3.2.1.2.1 y e o 2.3.2.1.2.2, con motivo de la comisión de servicio realizada en la ciudad de Tumbes, el día o i 16 de diciembre de 2025, de acuerdo a lo siguiente: y m a d u o Clasificador de gasto Monto rendido S/ o g 2.3.2.1.2.1 87.00 a a e m 2.3.2.1.2.2 103.00 a n Total 190.00 ) e r n (…)” m l s m Artículo 2º.- Notificar la presente resolución la servidora Tatiana Bernadina Lisbet p c López Guerrero. e o e e s a Artículo 3º.- Encargar a la Unidad de Finanzas a realizar las acciones que r e conlleven a realizar el reembolso a que se refiere el precedente artículo 1°. e N f 2 a 2 Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital a 9 del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes - OECE e L : y (www.gob.pe/oece) y Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al h e Ciudadano (www.gob.pe). s i / m p s s C r r Regístrese, comuníquese y publíquese. m f p a u o g D Firmado por b g e a w s ANA FABIOLA ZARATE ANCHANTE b s v R Jefe(a) de la Oficina de Administración i g OFICINA DE ADMINISTRACIÓN a m o e x t m y l m d i t r s L a Pág. 2 de 2 EstaesunacopiaauténticaimprimibledeundocumentoelectrónicoarchivadoenelOrganismoEspecializadoparalasContrataciones Públicas Eficientes aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgdvirtual.oece.gob.pe/validadorDocumental/inicio/detalle.jsf e ingresando la siguiente clave: BHKJMVJ